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EL MARCO JURÍDICO DEL GOBIERNO CORPORATIVO EN COLOMBIA OCDE

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EL MARCO JURÍDICO DEL GOBIERNO CORPORATIVO EN COLOMBIA OCDE
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EL MARCO JURÍDICO DEL GOBIERNO CORPORATIVO EN COLOMBIA

DESDE LA ENTRADA DE COLOMBIA A LA ORGANIZACIÓN PARA LA

COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO – OCDE.

JULIO CESAR RAMIREZ AZCARATE

PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA

FACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES

MAESTRÍA EN DERECHO EMPRESARIAL

JUNIO 2020

EL MARCO JURÍDICO DEL GOBIERNO CORPORATIVO EN COLOMBIA

DESDE LA ENTRADA DE COLOMBIA A LA ORGANIZACIÓN PARA LA

COOPERACIÓN Y EL DESARROLLO ECONÓMICO – OCDE.

JULIO CESAR RAMIREZ AZCARATE

Estudiante

TRABAJO ESCRITO PARA OPTAR EL TÍTULO DE MAGISTER EN DERECHO

EMPRESARIAL

FRANCESCO ZAPPALA SASTOQUE

Asesor

PONTIFICIA UNIVERSIDAD JAVERIANA

FACULTAD DE HUMANIDADES Y CIENCIAS SOCIALES

MAESTRÍA EN DERECHO EMPRESARIAL

JUNIO 2020

Tabla de Contenido Resumen Analítico Especializado ................................................................... 3 Introducción ...................................................................................................... 4 El Gobierno Corporativo como herramienta de Derecho Societario ... 7 Principios de Gobierno Corporativo del G20 y de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico – OCDE ................... 17 Sistema Jurídico y Marco Normativo del Gobierno Corporativo en Colombia ................................................................................................... 29 Referencias Bibliográficas ............................................................................ 48 1 Resumen Analítico Especializado Nombre del Julio César Ramírez Azcarate Estudiante Tema El Marco jurídico del Gobierno Corporativo en Colombia desde la

entrada de Colombia a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico – OCDE. Planteamiento Marco Jurídico de Gobierno Corporativo Colombiano vs Principios de Epistemológico Gobierno Corporativo del G20 y de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico – OCDE. Problema Con la entrada de Colombia en la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico – OCDE, el Estado se comprometió a estructurar un marco legal que permita la inclusión de principios de dicha organización dentro de los cuales se encuentran los Principios de Gobierno Corporativo del G20 y de la OCDE. Pregunta ¿Cuáles son los cambios en el marco jurídico del Gobierno General Corporativo en Colombia que se deben ajustar, para permitir implementar los Principios de Gobierno Corporativo del G20 y de la OCDE? Primera ¿Qué es Gobierno Corporativo? pregunta Segunda ¿Qué son los Principios de Gobierno Corporativo del G20 y de la pregunta OCDE? Tercera ¿Cuáles son los requisitos legales y reglamentarios que influyen en las pregunta prácticas de Gobierno Corporativo y que no permiten aplicarlos y exigirlos de manera eficiente y equitativa a todos los actores comerciales del país? 3 Introducción La empresa, como agente económico, al ser uno de los pilares fundamentales de la sociedad, necesita buscar métodos para preservarse y formar ecosistemas que favorezcan su desarrollo y fortalecimiento. Por lo anterior, siendo esta institución (empresa), la encargada de generar valor, crear empleo, impulsar innovaciones, asumir riesgos y producir riquezas, los empresarios, con el paso de tiempo, han encontrado herramientas que les permiten mitigar

y proteger a las compañías de malas conductas que a mediano y largo plazo deterioren su funcionamiento. Además, dentro de las empresas se ha realizado un constante ejercicio de ensayo y error, en donde se han detectado prácticas que, si son utilizadas, logran blindar a las compañías, y a sus partes interesadas, de decisiones cuestionables y carentes de beneficio. A las prácticas anteriormente mencionadas, se les denomina Prácticas de Gobierno Corporativo, que son una herramienta, con la que cuentan los empresarios, para mejorar el rendimiento de sus Compañías. Es importante resaltar que esta herramienta, en ningún caso, se debe entender como obligatoria y debe ser diseñada a la medida de cada sociedad, ya que las realidades económicas de las empresas tienden a ser diferentes. Ahora bien, dentro de los distintos actores que participan en el desarrollo de las sociedades, el Estado es protagonista en el diseño de condiciones jurídicas propias de desarrollo de la actividad económica, ya que define los lineamientos tanto macroeconómicos como microeconómicos. Por consiguiente, bajo estos lineamientos los empresarios deben construir su organización, dando prioridad a quien se encarga del diseño de la empresa, es 4 decir que el rol de diseñador es esencial para promover y nutrir de herramientas a las empresas con el objetivo de crecer y consolidarse correctamente. Sin embargo, la economía no se puede entender como un ser estático, ya que se requieren constantes actualizaciones que se adapten a las nuevas necesidades sociales y organizacionales. En este orden de ideas, en materia de Gobierno Corporativo se crean organizaciones colegiadas que procesan información constante e identifican tendencias para

mantener actualizado el ordenamiento jurídico, sin transgredir, en ningún caso, la libertad de empresa. En Colombia, por otra parte, el abuso del derecho y la corrupción han sido los principales promotores de nuevas normas que restringen el actuar corporativo, pues han sido los causantes de un sinfín de acontecimientos históricos negativos que han ocasionado daños en la economía, por lo que se han desarrollado medidas que contrarresten esos comportamientos como lo es, por ejemplo, la transparencia de la información. Algunos casos negativos de gobierno corporativo que han servido de laboratorio y han impulsado la implementación de este tipo de políticas que basadas en la supervisión y en la construcción de criterios éticos rígidos que buscan salvaguardar a los grupos de interés ha sido el caso de Enron Corporation usa sociedad por acciones listada en la bolsa de valores de los Estados Unidos, que desde 1996 hasta el año 2000 fue catalogada como la empresa más innovadora del mundo, sin embargo, ante la revelación de fraudulentas prácticas corporativas y reveses operacionales y financieros originados por esta causa, el precio de sus acciones cayó pasando de USD $80 por acción en enero 2001 hasta 26 centavos de dólar por acción, lo que la llevó a declararse en quiebra el 02 de diciembre de 2001. Dentro de las conductas indebidas de Enron encontramos: (i) Ineficiente administración y control de riesgos en las 5 operaciones y manejo contable de la compañía no solo por parte de la administración, junta directiva y grupos de gestión de riesgos internos, sino también consentida por su auditor externo y en algunos casos por las autoridades, debido a la falta de regulación de actividades

hasta entonces nunca antes realizadas en el mercado; (ii) Manejo errado de los conflictos de interés presentados por los administradores, directivos y asesores de la compañía; (iii) Violación de los deberes fiduciarios por parte de los administradores y miembros de junta directiva a través de actos negligentes y fraudulentos; (iv) Cultura empresarial codiciosa a la que no le importaba superar límites éticos ni legales, con el fin de mostrar beneficios cortoplacistas que les permitían acceder a jugosas bonificaciones; y (v) Falta de transparencia en la revelación de la información financiera y comercial de la compañía. Otros casos negativos que se han presentado en la historia reciente han sido los casos de Parmalat, Volkswagen, Worldcom, La Polar, o incluso Molinos del Cauca, quienes por sus practicas han generado una serie de desequilibrios económicos que han afectado el desarrollo social del planeta dada la relevancia de la economía para los estados. En la lucha por evitar que estos casos se vuelvan a presentar, los diferentes gobiernos o incluso algunas iniciativas privadas han propendido por construir un marco jurídico que desde la autonomía de la voluntad de las partes pueda ser adoptado por las organizaciones, con el único propósito de evitar que las compañías se encuentren inmersas dentro de conductas reprochables, una de estas iniciativas es la propuesta por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y el G20. A partir de lo anterior, el presente trabajo de investigación tiene como finalidad conocer el marco jurídico colombiano en relación con el Gobierno Corporativo, con el fin de acoplarse a los Principios de Gobierno Corporativo del G20 y de la Organización para la 6

Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), teniendo en cuenta el reciente ingreso de Colombia en la OCDE. Por ende, el presente texto se organizará de la siguiente forma: primero, se abordará el concepto de Gobierno Corporativo; segundo, se indagará sobre los Principios de Gobierno Corporativo del G20 y de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico – OCDE y por último, se revisará el marco legal colombiano con el fin de encontrar debilidades y oportunidades de mejora, que se buscan integrar satisfactoriamente los conceptos antes mencionados. El Gobierno Corporativo como herramienta de Derecho Societario El presente capitulo tiene como objetivo explicar qué es el Gobierno Corporativo y su aporte al derecho societario colombiano, para lo que se analizará n cada uno de los elementos que integran el concepto y los resultados de la implementación de estas políticas en las organizaciones. Finalmente, se revisará la función del Estado con su facultad legislativa y el rol en los mercados. En cuanto al desarrollo del concepto de Gobierno Corporativo, este surgió por la búsqueda de mecanismos que permitieran a las empresas mejorar su desempeño, evitar posibles contingencias y mitigar los riesgos. Por tanto, los empresarios empezaron a implementar una serie de prácticas que permitían entre otras, mayor transparencia en la contratación y en la toma de decisiones, a estas prácticas se les denominaron Gobierno Corporativo, concepto que fue evolucionando hasta llegar a la definición de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico – OCDE (como se citó en Flores Konja y Rozas Flores, 2008) que refiere que: 7 El gobierno corporativo es el sistema por el cual las sociedades son dirigidas y

controladas. La estructura del gobierno corporativo especifica la distribución de los derechos y responsabilidades entre los diferentes participantes de la sociedad, tales como el directorio, los gerentes, los accionistas y otros agentes económicos que mantengan algún interés en la empresa. El gobierno corporativo también provee la estructura a través de la cual se establecen los objetivos de la empresa, los medios para alcanzar estos objetivos, así como la forma de hacer un seguimiento a su desempeño (p.9). Esta herramienta jurídica surge por la necesidad de los empresarios para autorregularse o potencializar su negocio, debido a la complejidad del mercado, es por esto que en el artículo titulado “El Gobierno Corporativo: Consideraciones y cimientos teóricos”, los autores resaltan la importancia de abordar el Gobierno corporativo en las empresas contemporáneas, ya que para ellos: Hoy, más que nunca, se supone necesario conocer y profundizar en los aspectos que están involucrados en el gobierno de las organizaciones, al tiempo que se pone el relieve de las consideraciones relativas al buen gobierno corporativo, como elemento vital de este seductivo y complejo tema de la empresa contemporánea (Ganga Contreras y Vera Garnica, 2008, p.95). Asimismo, los autores del artículo titulado “Buen gobierno corporativo, solución a la crisis de confianza: cambios en la contabilidad y la auditoría, aporte de los estándares internacionales, apuntes de la comparación de los casos Parmalat – Enron”, destacan la importancia del gobierno corporativo en las empresas, enfocándose en los resultados positivos que trae para las organizaciones, protegiendo los intereses de los inversionistas y 8 promoviendo aspectos tan relevantes como la competitividad, la productividad e incluso la

transparencia, refiriéndose a este como: El buen gobierno corporativo no debe considerarse como un tema de moda, sino como la solución a la crisis de confianza que se percibe alrededor de las empresas del sector público y privado, las cuales reflejan los resultados de sus operaciones y gestión en estados financieros e informes bastante cuestionados. Busca, asegurar el buen manejo y administración de las sociedades, especialmente en aquellas que cotizan en bolsa, para proteger los derechos de los inversionistas y otros grupos de interés, promoviendo la transparencia, la productividad, la competitividad y la integridad de las instituciones. Ello no quiere decir que las pequeñas empresas no puedan disponer también de códigos de buen gobierno corporativo, porque en algunos de nuestros países las PYMES (pequeñas y medianas empresas) ya disponen de ese código (Castro y Cano, 2004, p.22). Por ende, el gobierno corporativo es una de las herramientas a tener en cuenta, pues como concluye el artículo titulado “El gobierno corporativo: un enfoque moderno”, la falta de un buen gobierno corporativo se manifiesta por medio diferentes patologías empresariales que son enemigos del desarrollo empresarial, como por ejemplo el abuso del derecho en materia societaria, o la ineficiencia presupuestal debido a la contratación de personal no idóneo para el cumplimiento del objeto social, así como la deficiente capacidad de supervisión que impide la inmediatez al momento de corregir los errores. todas estas deficiencias impiden que las empresas puedan crecer o incluso participar en mercados de capital. En palabras de Flores Koja y Rozas Flores (2008): 9 La ausencia de buenas prácticas de gobierno corporativo se manifiesta en muchas

formas: fallas en la oportunidad y transparencia en la divulgación de información financiera, abuso de los inversionistas minoritarios, falta de independencia e integridad en los procesos de auditoría, contratación de personal no idóneo para desempeñar sus funciones, entre otras. Estas fallas no permiten garantizar un manejo eficiente de los recursos de las empresas, ni precautela el patrimonio entregado por inversionistas y acreedores. Como resultado, se limita el acceso de las empresas a los mercados de capital (p.17). Igualmente, los autores en su artículo recomiendan que aun cuando la empresa no esté obligada vía norma o regulación, debe implementar principios de buen gobierno corporativo, puesto que lo anterior debe ser entendido como una inversión, que será devuelta con creces si se maneja correctamente “(...)cuyo retorno será la reducción de los riesgos empresariales y constituye el más efectivo ambiente de confianza con la gerencia, los inversionistas, las agencias reguladoras y el público” (Flores Konja y Rozas Flores, 2008, p.18). No obstante, dentro del sistema jurídico colombiano, no se evidencian normas que obliguen a los propietarios de empresas cerradas a implementar lineamientos de gobierno corporativo, ya que el legislador considera que la libertad de empresa abarca la libertad de gestión al interior de la compañía, y la imposición de principios tendientes a direccionar la administración, puede considerarse una vulneración al mencionado derecho constitucional; a menos que se trate de empresas pertenecientes a sectores sensibles, como el financiero pues se ponderan derechos y prima el interés general sobre el particular. 10 En el caso de las organizaciones vigiladas por la Superintendencia Financiera de

Colombia, son las entidades obligadas a contar con una serie de políticas de gobierno corporativo, dentro de las cuales encontramos la creación de un órgano administrativo llamado Junta Directiva, quien es será el encargado de ejercer el control interno en la organización, tal como lo explica Gaitán Riaño (2009), quien expone que los organismos responsables de implementar el control interno son las juntas directivas de las compañías. Dichas juntas permiten que los accionistas e inversionistas hagan un seguimiento minucioso de las actividades empresariales. Y, por consiguiente, cobra importancia que los miembros de la junta puedan ejercer control de la gestión, ya que así garantizan la transparencia, cumplimiento y efectividad de los resultados. Por otro lado, dentro de las herramientas jurídicas del gobierno corporativo se encuentra el registro estatutario del control interno, en el cual se establecen obligaciones al interior de la compañía, para evaluar el cumplimiento de las políticas y los reglamentos internos y la evaluación de los riesgos a los que está expuesta la empresa, con el fin de establecer estrategias de mitigación o control del riesgo. Lo anterior refiere que el registro estatutario del control interno es la base del resto de componentes, ya que en él se integran los otros y ejercen su desarrollo conjunto, debido a que ayuda a identificar factores tales como: la integridad, valores éticos, competencias y manejo administrativo frente a los empleados y las decisiones tomadas por los administradores (Carvaja Sandoval y Escobar Ávila, 2015). Igualmente, de acuerdo con Amaya Prieto (2015), vale la pena explorar mecanismos alternos de solución de conflictos (en materia societaria) y añadir cláusulas compromisorias,

en los estatutos sociales, que restrinjan el desgaste administrativo y la ineficiencia de un 11 sistema judicial colapsado. Uno de los mecanismos que cumplen esta función es el Derecho Societario, que neutraliza los conflictos que se presentan en los partícipes de la actividad social. Uno de sus medios más efectivos para lograr sus objetivos generales y específicos, tiene que ver con el desarrollo de estrategias regulatorias y de gobierno que maximicen el valor de la inversión de quienes comprometen su capital con el desarrollo de los negocios sociales. Ahora bien, por medio de diferentes normas, el Estado se ha encargado de promocionar la utilización de diferentes principios que pueden contribuir a la consolidación de las compañías intervinientes en el tejido empresarial colombiano, como lo fue en un primer momento la Resolución 275 de 2001 expedida en su momento por la Superintendencia de Valores ahora Superintendencia Financiera de Colombia. En palabras de Gaitán Riaño (2009) A este respecto, en Colombia no existía un solo código en el país hasta el año 2001 cuando, con la Resolución 275 se consolidó la normatividad sobre el gobierno corporativo. Con base en dicha resolución, entidades directamente vinculadas al sistema financiero, lideradas por la Superintendencia Financiera de Colombia, emprendieron en 2005 el desarrollo de un código de mejores prácticas corporativas, el cual integra temas como la asamblea general de accionistas, junta directiva, revelación de información y solución de controversias (p.143). Al respetarse la libertad de gestión de las compañías no vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia, la Gobernabilidad Corporativa cobra especial

relevancia al ser uno de los causantes centrales en el análisis de la supervivencia de las 12 organizaciones, pues dentro de la administración se deben cuantificar los resultados teniendo en cuenta el modelo de gestión utilizados por las compañías y es aquí donde la autonomía de la voluntad de las partes debe entender que la gobernanza es una inversión que se destaca una vez se revisan los resultados de la empresa. Para Flores Konja y Roza Flores (2008), “las discusiones giran inicialmente en torno a la definición del término «gobernabilidad corporativa» y a los intentos de aplicarlo en el contexto empresarial y local. Por consiguiente, muchas compañías van tomando conciencia de cómo la gobernabilidad corporativa es un factor que incide en sus resultados” (p.10). Un ejemplo claro de lo mencionado anteriormente, son las cifras de las compañías que sin estar obligadas jurídicamente deciden adoptar pautas de gobierno corporativo en comparación con las compañías que deciden no invertir en este tipo de políticas, evidenciando que aquellas que decidieron acoger la recomendación de incluir miembros independientes en sus juntas directivas, obtienen en promedio mayor rentabilidad, crecimiento en ventas y endeudamiento, lo que claramente son resultados positivos para los inversionistas. Estadísticas presentadas por Gómez-Betancourt, López Vergara, Betancourt Ramírez y Millán Payán (2012), con respecto al gobierno corporativo, muestran que Aunque no existen diferencias significativas, en promedio aquellas empresas que tenían menor número de familiares en la junta directiva (<50%) frente a las que tenían un mayor porcentaje de familiares en ese órgano de gobierno presentaron en

promedio una mayor rentabilidad (8,25% y 6.2% respectivamente), un mayor endeudamiento promedio (38% y 25.2% respectivamente) y en promedio un mayor crecimiento en ventas (1.25 y 1.11 respectivamente), por lo tanto empezamos a ver pequeñas evidencias del impacto de tener miembros externos independientes en la 13 junta, premisa que debe ser validada en futuros estudios; pero falta mayor énfasis en promocionar estas buenas prácticas en las empresas de todo el país (GómezBetancourt et al., 2012, p.39). Una de las finalidades del gobierno corporativo es la transparencia en las organizaciones, donde se permita evidenciar la trazabilidad de cada uno de los procesos, que le facilite la labor de supervisión a los órganos administrativos. Entre más empresas transparentes encontremos en el mercado, más competitividad y eficiencia se logrará, “la transparencia en los mercados promueve una competencia saludable y los líderes empresariales con altos estándares éticos también promueven la lealtad y el compromiso de los empleados” (Castro y Cano 2004, p.1). Cuando se analiza la viabilidad de las empresas, es necesario identificar los factores tanto macroeconómicos como microeconómicos que puedan afectar o contribuir a la consolidación de estas en un mercado creciente, como lo es la economía colombiana, que, en los últimos años, de acuerdo con cifras de Confecámaras ha incrementado la constitución de nuevas empresas (Flores Konja y Rozas Flores, 2008; Gaitán Riaño, 2009). Cabe mencionar que una de las herramientas para medir los resultados de la

implementación del Gobierno Corporativo, en las compañías, es consultando los órganos directivos y revisando la gestión de los mismos, para revelar información financiera y la resolución de controversias, este instrumento se denomina la encuesta Código País. Siguiendo A Lagos Cortés (2013) y a Lagos Cortés y Vecino Arenas (2011), con el objetivo de medir la aplicación de prácticas de gobierno corporativo se usa el Índice de Gobierno Corporatvo (IGCCP), construido por Lagos y Vecino en 2011. Para desarrollar el IGCCP, se hace uso de la encuesta Código País, que suministra información sobre la aplicación de 14 prácticas definidas dentro del Código de Gobierno Corporativo para emisores colombianos (Código País). Ulterior a esto, dichas prácticas se agrupan en cuatro categorías, distribuidas de la siguiente forma: primero, asamblea general de accionistas, segundo, junta directiva; tercero, Revelación de Información Financiera y no Financiera y, por último, resolución de controversias (Lagos Cortés, 2013). En palabras de Lagos Cortés y Vecino Arenas (2011), los resultados arrojados por el IGCCP evidencian que: “la aplicación de prácticas de gobierno corporativo en las empresas inscritas en el RNVE, está lejos de alcanzar niveles altos, aunque se puede observar una tendencia de mejora en los índices obtenidos por las empresas a partir del 2007, año en que empezó a realizarse la encuesta código país”(p.233). Igualmente, en el año 2000 se construye uno de los índices de gobierno corporativo, realizado por Credit Lyonnais Security Asia (CLASA), grupo de mercados de capital e inversiones, el cual analizó 495 empresas de 25 países emergentes. Dicho índice se desarrolló

a partir de una encuesta conformada por 57 preguntas, divididas en siete grupos de medidas, relacionadas con el gobierno empresarial, de la siguiente manera: disciplina, transparencia, independencia, rendición de cuentas, responsabilidad, justicia y responsabilidad social. En particular, esta encuesta ha sido utilizada por distintos autores, quienes también han construido índices para estudiar aspectos específicos de países. Un ejemplo a resaltar es el estudio desarrollado por Klapper y Love (citado en Lagos Cortés y Vecino Arenas, 2011) en donde toman como muestra 374 empresas en 14 países para analizar la relación entre el índice de gobierno corporativo y los sistemas legales en cada país de la muestra. Es necesario recalcar que las mediciones no solo se realizan a nivel estatal, sino que permiten distinguir los diferentes sectores de la economía, encontrando que el mayor desarrollo se encuentra en las empresas financieras, y las que menos aplican las políticas de 15 Gobierno Corporativo son las empresas del sector real, resultado que cobra especial relevancia cuando se compara la solidez de cada uno de estos sectores, evidenciando que las organizaciones que hacen parte del sector financiero son entidades con mayor solidez y resiliencia, análisis que ha motivado a los empresarios colombianos a explorar e implementar en sus compañías algunas recomendaciones de gobierno corporativo. Lo anteriormente mencionado es referido por Lago Cortés y Vecino Arenas (2011), quienes resaltan que algunos estudios que miden el impacto generado en las empresas por la aplicación de prácticas de gobierno corporativo excluyen las instituciones financieras. Concluyen, que la nombrada exclusión se debe principalmente a la estructura única en su género, la

reglamentación y las normas de contabilidad propias del sector financiero. En el caso colombiano, las empresas del sector servicios presentan altos índices de gobierno corporativo versus empresas del sector financiero. Y, en cuanto a las empresas del sector real, obtienen menores índices de aplicación de prácticas de gobierno corporativo, comparadas con los sectores ya nombrados. De acuerdo con Lagos Cortés y Vecino Arenas (2011), “si se analizan los diferentes sectores, a nivel de percentiles, se observa este mismo comportamiento de crecimiento, lo cual sugiere que existe una mayor preocupación por mejorar los niveles aplicación de prácticas de gobierno corporativo en las empresas pertenecientes al sector de servicios públicos” (p.244). Ahora bien, teniendo en cuenta los anteriores conceptos y resultados de investigación, se concluye que el gobierno corporativo es una herramienta con la que cuentan los empresarios para mejorar el rendimiento de sus Compañías, herramienta que en ningún caso puede entenderse como obligatoria y que debe ser diseñada a la medida de cada sociedad, pues no responde a una única realidad económica de las empresas. Consecuente a lo anterior, 16 la función de la administración es evaluar cada uno de los puntos débiles o que puedan mejorarse, con el fin de diseñar por medio de medidas autoimpuestas unos lineamientos vinculantes para la organización que apoyen a la tarea de corrección y consolidación de la empresa. Es importante resaltar que el Estado, como institución promotora de ambientes propicios para la actividad económica nacional, propone una lista de distintas prácticas que se encaminan a robustecer a las organizaciones y brindar apoyo a los empresarios en las diferentes áreas de la compañía, sin que dichas herramientas sean obligatorias para todos los

sectores, ya que el legislador considera que la libertad de empresa abarca la libertad de gestión al interior de la compañía, y la imposición de principios tendientes a direccionar la administración, puede considerarse una vulneración al mencionado derecho constitucional; a menos que se trate de empresas pertenecientes a sectores sensibles, como el financiero. Esta guía obligatoria de prácticas se les conoce como Código País, que cumple con la función de ser la carta de instrucciones de las empresas que desean incluir en su administración, distintas medidas de control. Principios de Gobierno Corporativo del G20 y de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico – OCDE El presente capitulo tiene como objetivo principal explicar tanto el funcionamiento del G20 como de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico – OCDE y su función con relación a los Principios de Gobierno Corporativo. Posteriormente se revisarán los objetivos en los que se fundamentan los principios, así como las características innovadoras y los resultados que la implementación de estos ha traído a los países que los han adoptado. 17 Para empezar, vale la pena explicar que el G20 surge como lo hacen la mayoría de políticas de gobierno corporativo, por medio de un ejercicio constante de prueba y error, en el que los estados por medio de experiencias negativas, van aprendiendo e intentando remediar lo ocurrido, en el caso concreto, el G20 nace para combatir la crisis financiera de los años 1997 y 1998, crisis que se generó por una débil regulación bancaria y prácticas crediticias peligrosas, y que evidencio la libertad que tenía un sector tan sensible como el sector financiero, es por esto que, con su constitución se empieza a robustecer las políticas

de supervisión y vigilancia de este tipo de organizaciones, creando controles conjuntos entre estados, y buscando reconstruir la trazabilidad de los movimientos financieros. Este articulado tan complejo requería la participación activa de las naciones más importantes. Chi Wook (2010), explica que: El G20 fue producto de la crisis financiera asiática de los años 1997-1998. Algunos afirmaron que esta crisis había sido causada básicamente por el fracaso del sistema financiero internacional; es decir, por las súbitas salidas de capital. Sin embargo, la crisis tuvo varias causas internas importantes, como una débil regulación bancaria, prácticas crediticias peligrosas y, en términos generales, la existencia de un capitalismo amiguista. Las repercusiones negativas de estas vulnerabilid

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