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España-Colombia - Tratado de extradición

España,Colombia

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Detalles

Título
España-Colombia - Tratado de extradición
Autor
España,Colombia
Categoría
Constitucional
Área del derecho
Internacional Público
Año

,-_-·- --------------...... --------------,------------------7 11\' -¡¡' Madrid, 19d e septiembre de 1.991

Señor Embajador: Tengo la honra de referirme a los artículos 2º y 3º del Convenio de Extradición entre el Reino de España y la República de Colombia, firmado en Bogota el día 23 de julio de 1892,a sí como a la Convención Unica de 1961s obre estupefacientes, de Naciones Unidas, en la que ambos Estados son Parte y especialmente a sus artículos 35 y 36, para proponer a Vuestra Excelencia lo siguiente: Que para la aplicación l d e l artículo 2º ' incluido el tráfico ilícito de drogas y sustancias sicotrópicas, las autoridades judiciales requirentes, transmitan, por los canales adecuados, los documentos, informaciones y efectos necesarios para el enjuiciamiento en el Estado requerido, de sus propios nacionales, cuya extradición no sea procedente, sin necesidad de formular previamente una solicitud de extradición. 2º Por parte del Reino de España, la autoridad remitente y receptora será el Ministerio de Justicia.

Si lo anterior es aceptable para el Gobierno de Vuestra Excelencia, propongo que esta Nota y la respuesta de Vuestra Excelencia indicando la autoridad remitente y receptora colombiana, constituyan un acuerdo entre nuestros dos Gobiernos, en los términos antes transcritos, entrando en vigor desde el momento en que las Partes se informen del cumplimiento de sus respectivos requisitos constitucionales. L_ _______________________________ fi __ ll \ 11 Aprovecho la oportunidad para expresar a Vuestra Excelencia, el testimonio de mi más alta consideración.

Francisco Fernández Ordóñez Ministro de Asuntos Exteriores

EXCMO. SR. D.

WILLIANS JARAMILLO GOMEZ

EMBAJADOR DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA EN ESPAÑA

L_._ ___________......,_ ___ l EMBAJADA DE COLOMBIA Madrid, 19 de Septiembre de 1.991

Excelentísimo Señor: Tengo el honor de referirme a la atenta Nota de la fecha de hoy, 19 de Septiembre, suscri­

ta por V.E., en la que se dice lo siguiente: 1 "Señor Embajador: Tengo la honra de referirme a los ar­ tículos 2Q y 3Q del Convenio de Extradición entre el Reino de España y la República de Colombia, firmado en Bogotá el día 23 de julio de 1892, así como a la Convención Unica de 1961 sobre estupefacientes, de Naciones Unidas, en la que ambos Estados son Parte y especialmente a sus artículos 35 y 36, para propo­ ner a vuestra Excelencia lo siguiente: lº Que para la aplicación del artículo 2Q, incluido el tráfico ilícito de drogas y sustancias sico­ trópicas, las autoridades judiciales requirentes, transmitan, por los canales adecuados, los docu­ mentos, informaciones y efectos necesarios para ' el enjuiciamiento en el Estado requerido, de sus propios nacionales, cuya extradición no sea proce­ dente, sin necesidad de formular previamente una solicitud de extradición. 2Q Por parte del Reino de España, la autoridad remi·­ tente y receptora será el Ministerio de Justicia. Si lo anterior es aceptable para el

Gobierno de vuestra Excelencia, propongo que esta Nota y la respuesta de Vuestra Excelencia indicando la autoridad remitente y receptora colombiana, constituyan un acuerdo entre nuestros dos Gobiernos, en los tér­ minos antes transcritos, entrando en vigor desde el momento en que las partes se informen del cumplimiento de sus respectivos requisitos constitucionales. Aprovecho la oportunidad para expresar a Vuestra Excelencia, el testimonio de mi más alt a fi consideración. i: • .¡ l. (Fdo) Francisco Fernández Ordóñez ,,fir ) ._.fi ,,fi' Ministro de Asuntos Exteriores " :.'":.:·•

EMBAJADA DE COLOMBIA

2. Tengo la honra de informar a Vuestra Excelencia que la República de Colombia acepta la pro­ puesta y, en consecuencia, esta respuesta y su Nota constituirán un Acuerdo entre la República de Colombia y el Reino de España para desarrollar la Convención de Extradición de Reos, firmada entre ambos países el 23 de julio de 1.892, en Bogotá. Asimismo tengo el honor de comunicar a Vuestra Excelencia que la Autoridad remitente y re­ ceptora por parte de la República de Colombia será la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la Repúbli­ 1 ca. Con respecto a la entrada en vigor del presente Canje de Notas, y dado que por la Parte colombiana los requisitos constitucionales ya están cumplidos, la entrada en vigor del presente Acuerdo se producirá en el momento en que la Parte española informe del cumplimiento de sus requisitos consti tucio­ nales internos. Aprovecho la oportunidad para rei­ terar a Vuestra Excelencia el testimonio de mi más

alta consideración. ' C:.L. ªfi{l fi fi Emba 'ador de c!.fifim ia ' Al Excelentísimo Señor Francisco Fernández Ordóñez Ministro de Asuntos Exteriores Madrid. La presenfi es copia de la original entregada al Min Asuntos Exteriores el día 19 de Septiembre de 1.991. L

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