FCF - Resolución 022 de 2025
FCF - Federación Colombiana de Fútbol
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Detalles
- Título
- FCF - Resolución 022 de 2025
- Autor
- FCF - Federación Colombiana de Fútbol
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2025
e FCFFederación Colombiana de FútbolRESOLUCIÓN No. 022 de 2025(28 DE JULIO DE 2025)Por la cual se resuelve una solicitud de habilitación provisionalEL COMITE DISCIPLINARIO DE LA SUPERCOPA JUVENIL 2025En uso de sus facultades legales, estatutarias y reglamentarias, y en particular lasconferidas en el Código Disciplinario de la Federación Colombiana de Fútbol y laResolución No. 4900 del 7 de febrero de 2025, por la cual se adoptó el Reglamento delCampeonato Supercopa Juvenil 2025RESUELVEArticulo Único” Solicitud de habilitación provisional del jugador JHON EDWUARD LARGACHA PEÑA,realizada por AMÉRICA DE CALI, para actuar en la Fecha 15 de la Supercopa Juvenil FCF 2025, en aplicacióndel artículo 138 del Reglamento del Campeonato y del articulo 21 literal 0) del CDU FCF.Por medio de comunicación de fecha 28 de julio de 2025, remitida en la misma fecha,AMÉRICA DE CALI solicitó la habilitación provisional del jugador JHON EDWUARDLARGACHA PEÑA, quien resultó expulsado en la fecha número 11 del Campeonato.La solicitud se fundamenta en el artículo 138 del Reglamento de la Supercopa JuvenilFCF 2025, así como en el artículo 21 literal o) del CDU FCF, pues el jugador JOSÉANTONIO CAVADIA PEDRAZA fue convocado a la Selección Colombia Sub-20 deFútbol.Revisada la solicitud, conforme al artículo 138, existen dos requisitos
para que procedala habilitación provisional del jugador JHON EDWUARD LARGACHA PEÑA, a saber:i) Que el jugador llamado a integrar la Selección Nacional, se encuentre inscritooficialmente en la FCF a través del Sistema COMET, con el club solicitante delbeneficio al momento de la convocatoria.ii) Que el jugador esté en la posibilidad de actuar, es decir, que no se halleincurso en sanción disciplinaria.En ese sentido, este Comité pudo constatar que mediante Resolución 4995 del 8 dejuliode 2025, el Comité Ejecutivo de la FCF convocó al jugador arriba mencionado a integrarla Selección Nacional Sub 20 representativa de esta Federación, que se concentrará enCali del 21 al 31 de julio de 2025, en donde disputaremos dos amistosos contra PanamáSub. 20, como preparación hacia la Copa Mundial Sub 20 de la FIFA Chile 2025.Ahora bien, una vez revisado el jugador convocado, se procede a verificar si cuentan consanciones pendientes por cumplir:A. El Jugador JOSÉ ANTONIO CAVADIA PEDRAZA no tiene a la fecha sancionespendientes por cumplir, con lo cual se cumple con los dos requisitos arribaenunciados.En mérito de lo expuesto, el Comité resuelve habilitar al jugador JHON EDWUARDLARGACHA PEÑA para disputar el partido correspondiente a la Fecha 15 de laBogotá D.C. Colombia: Carrera 45a #94-06 - Tel: +57 (1) 518 5501 — www.fcf.com.co -info@fcf.com.co@ FCFFederación Colombiana de FutbolSupercopa Juvenil
FCF 2025, de conformidad con lo establecido en el artículo 138 delReglamento del Campeonato y el artículo 21 literal o) del CDU FCF.Advertir que la presente habilitación no significa una condonación o eliminación de lasanción impuesta al jugador JHON EDWUARD LARGACHA PEÑA motivo por el cual eldeportista deberá cumplir la(s) fecha(s) de suspensión pendiente(s) posterior a la Fecha15 del campeonato.Contra la presente decisión procede el recurso de reposición.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASEOriginal firmado Original firmadoDANIEL CARDONA ARANDA LUIS GABRIEL MIRANDA VERBELMiembro Miembro Original firmado Original firmadoFABIÁN LÓPEZ TEJEDA LORENZO REYES GUERREROMiembro Secretario
Bogotá D.C. Colombia: Carrera 45a #94-06 - Tel: +57 (1) 518 5501 — wwwfcf.com.co -info@fcf.com.co