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FCF - Resolución 032 de 2024

FCF - Federación Colombiana de Fútbol

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Detalles

Título
FCF - Resolución 032 de 2024
Autor
FCF - Federación Colombiana de Fútbol
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año
2024

e FCF Federación Colombiana de Fútbol RESOLUCIÓN No. 032 de 2024. (22 DE OCTUBRE DE 2024) Por la cual se imponen unas sanciones

EL COMITÉ DISCIPLINARIO DE LA SUPERCOPA JUVENIL 2024

En uso de sus facultades legales, estatutarias y reglamentarias, y en particular las conferidas en el Código Disciplinario de la Federación Colombiana de Fútbol y la Resolución No. 4688 del 12 de febrero de 2024, por la cual se adoptó el Reglamento del Campeonato Supercopa Juvenil 2024 RESUELVE ARTÍCULO 1 - Investigación disciplinaria contra el club ALIANZA PETROLERA por la presunta infracción del artículo 109 del Reglamento del Campeonato y el articulo +8 literal f) del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol, en el partido disputado contra CORTULUÁ en la ciudad de VALLEDUPAR el 20 de octubre de 202U, por los Cuartos de Final - Ida, de la Supercopa Juvenil FCF 2024, Mediante informe de fecha 20 de octubre de 2024, el comisario del partido informó al Comité Disciplinario del Campeonato lo siguiente: “En los actos protocolarios no se entonaron los himnos respectivos, porque el sonido en el momento no funcionó...” En vista de lo reportado, el Comité encuentra que la anterior situación podría constituirse como una infracción del artículo 109 del Reglamento del Campeonato y el artículo 78 literal f) del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol por parte del club ALIANZA PETROLERA.

como una infracción del artículo 109 del Reglamento del Campeonato y el artículo 78 literal f) del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol por parte del club ALIANZA PETROLERA. En mérito de lo expuesto, el Comité Disciplinario del Campeonato resuelve correr traslado a ALIANZA PETROLERA por el término de un (1) día hábil, contado a partir de la notificación de la presente decisión, con el fin de que presente sus descargos y aporte O solicite las pruebas que estime pertinentes. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Original firmado Original firmado DANIEL CARDONA ARANDA LUIS GABRIEL MIRANDA VERBEL Miembro Miembro Original firmado Original firmado

FABIÁN LÓPEZ TEJEDA LORENZO REVES GUERRERO

Miembro Secretario

Bogotá D.C. Colombia: Carrera 45a ++94-06 - Tel: +57 (1) 518 5501 — www.fcf,ccom.coinfoGfcf.,com.co

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