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FCF - Resolución 038 de 2024

FCF - Federación Colombiana de Fútbol

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Detalles

Título
FCF - Resolución 038 de 2024
Autor
FCF - Federación Colombiana de Fútbol
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año
2024

e FCE Federación Colombiana de Fútbol RESOLUCIÓN No. 038 de 2024. (31 DE OCTUBRE DE 2024) Por la cual se imponen unas sanciones

EL COMITÉ DISCIPLINARIO DE LA LIGA BETPLAY FUTSAL FCF 2024

En uso de sus facultades legales, estatutarias y reglamentarias, y en particular las conferidas en el Código Disciplinario de la Federación Colombiana de Fútbol y la Resolución No. 4691 del 20 de febrero de 2024, por la cual se adoptó el Reglamento de la Liga BetPlay Futsal FCF 2024. RESUELVE Articulo 1.- imponer las sanciones correspondientes a los partidos disputados en los Octavos de Final — Vuelta de la Liga BetPlay Futsal FCF 2024 Il

SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSIÓN A CUMPLIR

LUIS ALBERTO Santa Marta Vuelta - Octavos 1 fecha Próximo REALES PEREZ Beach Soccer de Final Liga partido de la BetPlay Futsal Liga Betplay FCF 2024 Il Futsal FCF

Motivo: Doble amonestación

Art. 60-2 CDU FCF

JOSE CARLOS Santa Marta Vuelta — Octavos 1 fecha Próximo ROY CORREA Beach Soccer de Final Liga partido de la BetPlay Futsal Liga Betplay FCF 2024 Il Futsal FCF

Motivo: Doble amonestación

Art. 60-2 CDU FCF MATEO Santa Marta Vuelta — Octavos 1 fecha Próximo SERRANO Beach Soccer de Final Liga partido de la GARCIA BetPlay Futsal Liga Betplay FCF 2024 Il Futsal FCF Motivo: Malograr oportunidad manifiesta de gol con falta

SERRANO Beach Soccer de Final Liga partido de la GARCIA BetPlay Futsal Liga Betplay FCF 2024 Il Futsal FCF Motivo: Malograr oportunidad manifiesta de gol con falta Art. 63-B CDU FCF LUIS EDUARDO Santa Marta Vuelta — 3 fechas y Próximos 3 BARBOZA Beach Soccer Octavos de multa de partidos de la MELENDEZ Final Liga $975.000 Liga Betplay (Cuerpo Técnico) BetPlay Futsal Futsal FCF FCF 2024 Il Motivo: Lenguaje ofensivo contra oficial de partido

Art. 63-B CDU FCF

Bogotá D.C. Colombia: Carrera 45a +94-06 - Tel: +57 (1) 518 5501 -— www.fcf,com.coinfoGfcf.,com.coe FCE Federación Colombiana de Fútbol

JIM ARLEY Deportivo Meta

PORTILLA HeH

LEIVA (Cuerpo Técnico) Motivo: Lenguaje ofensivo contra oficial de partido

Art. 63-B CDU FCF

SAMUEL Deportivo Meta

ESTEBAN H8eH

MARTINEZ PAZ

(Cuerpo Técnico)

Motivo: Protestar decisiones

Art. 64-A CDU FCF

ANGELO JOSE

ROMERO

LAMEDA Generaciones de Bolívar Motivo: Juego brusco grave

Art. 63-C CDU FCF

ALEJANDRO

MUÑOZ HENAO

Club Lyon de Cali Motivo: Vías de hecho Art. 63-F CDU FCF Vuelta - Octavos 3 fechas y de Final Liga multa de

BetPlay Futsal $975.000

FCF 2024 Il

HENAO

Club Lyon de Cali Motivo: Vías de hecho Art. 63-F CDU FCF Vuelta - Octavos 3 fechas y de Final Liga multa de

BetPlay Futsal $975.000 FCF 2024 Il Vuelta - Octavos 2 fechas y de Final Liga multa de BetPlay Futsal $975.000 FCF 2024 Il Vuelta — 2 fechas Octavos de Final Liga BetPlay Futsal FCF 2024 Il Vuelta — 4 fechas Octavos de Final Liga BetPlay Futsal

FCF 2024 Il

CONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES

CLUB MOTIVO

ULTRAHUILCA

CLUB LYON DE CALI 5 amonestaciones en el mismo partido 5 amonestaciones en el mismo partido FECHA Vuelta - Octavos de Final Liga BetPlay Futsal FCF 2024 Il Vuelta — Octavos de Final Liga BetPlay Futsal FCF 2024 Il Próximos 3 partidos de la Liga Betplay Futsal FCF Próximo partido de la Liga Betplay Futsal FCF Próximos 2 partidos de la Liga Betplay Futsal FCF Próximos 4 partidos de la Liga Betplay Futsal FCF MULTA COP$650.000 COP$650.000

Bogotá D.C. Colombia: Carrera 45a +94-06 - Tel: +57 (1) 518 5501 -— www.fcf,com.coinfoGfcf.,com.coe FCE Federación Colombiana de Fútbol

COP$650.000

Bogotá D.C. Colombia: Carrera 45a +94-06 - Tel: +57 (1) 518 5501 -— www.fcf,com.coinfoGfcf.,com.coe FCE Federación Colombiana de Fútbol SANTA MARTA 4 amonestaciones en Vuelta — Octavos de COP$650.000

BEACH SOCCER el mismo partido Final Liga BetPlay Futsal FCF 2024 Il GENERACION 4 amonestaciones en Vuelta — Octavos de COP$650.000 BOLIVAR el mismo partido Final Liga BetPlay Futsal FCF 2024 Il

U. MANIZALES 4 amonestaciones en Vuelta —- Octavos de COP$650.000 el mismo partido Final Liga BetPlay Futsal FCF 2024 || Articulo 2.- Investigación disciplinaria en contra del club CARMEN DE VIBORAL por la presunta infracción del articulo 84 del CDU FCF, en el partido programado contra el CLUB LEONES DE NARIÑO en Carmen de Viboral, el 26 de octubre de 202U, correspondiente a la vuelta de los octavos de final de la Liga BetPlay Futsal FCF 2024.

Mediante informe del árbitro del partido, de fecha 26 de octubre de 2024, se informó al Comité Disciplinario de la Liga BetPlay Futsal FCF 2024 ll (en adelante “CDLFS”, lo siguiente: “Durante los actos protocolarios en la tribuna de enfrente a la mesa de control, algunos aficiomados del equipo local utilizaron algunas luces pirotécnicas que generaron humo dentro del coliseo. Lo anterior no puso en riesgo la integridad de ninguma persona presente, por lo que el encuentro transcurrió de forma normal” A su vez, el informe del comisario del partido informó lo siguiente:

pirotécnicas que generaron humo dentro del coliseo. Lo anterior no puso en riesgo la integridad de ninguma persona presente, por lo que el encuentro transcurrió de forma normal” A su vez, el informe del comisario del partido informó lo siguiente: “Durante los actos protocolarios, en la tribuna frente a la mesa de control, algunos aficionados del equipo local utilizaron luces pirotécnicas. En lo anterior NO PUSO EN RIESGO la integridad de ninguna persona presente ni del encuentro.” De acuerdo con lo anterior, este Comité dispone dar apertura a una investigación disciplinaria en contra del club CARMEN DE VIBORAL, por la infracción del artículo 84 del CDU FCF, el cual establece lo siguiente: “Artículo 84. Responsabilidad por la conducta de los espectadores. 1. (Modificado por el Acuerdo de Asamblea No. 043 del 8 de marzo de 2018. Ver notas de vigencia) Los clubes serán responsables de la conducta impropia de los espectadores, de conformidad con el grado de culpabilidad que se logre establecer. (.)

4. Se considera conducta impropia, particularmente, los actos de violencia contra personas o cosas, el empleo de objetos inflamables, el lanzamiento

Bogotá D.C. Colombia: Carrera 45a +94-06 - Tel: +57 (1) 518 5501 -— www.fcf,com.coinfoGfcf.,com.coe FCE Federación Colombiana de Fútbol de objetos, el despliegue de pancartas con textos de índole insultante, los gritos injuriosos y la invasión del terreno de juego (...)” De conformidad con lo anterior, se procede a correr traslado al club CARMEN DE

de objetos, el despliegue de pancartas con textos de índole insultante, los gritos injuriosos y la invasión del terreno de juego (...)” De conformidad con lo anterior, se procede a correr traslado al club CARMEN DE VIBORAL por un (1) día hábil, a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución, para que se pronuncie y allegue las pruebas que considere pertinentes. Contra la presente decisión no procede recurso alguno. Articulo 3.- Investigación disciplinaria en contra del jugador LUIS ALBERTO REALES PÉREZ del club SANTA MARTA BEACH SOCCER por la presunta infracción del articulo 65 del CDU FCF, en el partido programado contra el CD ULTRAHUILCA en la ciudad de NEIVA el 26 de octubre de 202U, correspondiente a la vuelta de los octavos de final de la Liga BetPlay Futsal FCF 2024. Mediante informe del árbitro del partido, de fecha 26 de octubre de 2024, se informó al Comité Disciplinario de la Liga BetPlay Futsal FCF 2024 (en adelante “CDLFS”), lo siguiente: “Faltando 15 segundos para finalizar el partido, se detiene el juego debido a que el jugador ++13 REALES PÉREZ, LUIS ALBERTO con +tComet 3808464 del equipo SANTA MARTA BEACH SOCCER, luego de ser expulsado, se dirige a la tribuna a provocar al público mediante gestos incitando a pelear e intentando subir a las gradas para enfrentarse a los integrantes de las tribunas. Cabe aclarar que la tribuna no tuvo nada que ver con el enfrentamiento, solo fue la reacción del jugador expulsado y tanto el personal

intentando subir a las gradas para enfrentarse a los integrantes de las tribunas. Cabe aclarar que la tribuna no tuvo nada que ver con el enfrentamiento, solo fue la reacción del jugador expulsado y tanto el personal logístico, personas de la tribuna y jugadores de ambos equipos actuaron de manera inmediata para evitar cualquier tipo de enfrentamiento sacando al jugador de la zona de conflicto. ” A su vez, el informe del comisario del partido informó lo siguiente: “El partido fue detenido faltando 15 segundos debido a que el jugador +13 LUIS ALBERTO REALES PEREZ, del registro SANTA MARTA BEACH SOCCER despues de ser expulsado cuando se dirigia hacia el camerino insita a los aficionados por medio de gestos a pelear intentando subir a la gradas de la tribuna del sector sur, gracias a la pronta reaccion de personal de logistica y jugadores de ambos equipos evitaron el enfrentamiento sacando al jugador de la zona de conflicto. Se aclara que la tribuna no tuvo nada que ver con lo acontesido solo fue una una reaccion del jugador expulsado.” De acuerdo con lo anterior, este Comité dispone dar apertura a una investigación disciplinaria en contra del jugador LUIS ALBERTO REALES PEREZ por la infracción del artículo 65 del CDU FCF, el cual establece lo siguiente: “Artículo 65. Provocación al público.

1. Toda persona que provoque al público durante un partido será sancionado con una suspensión de dos (2) a cuatro (4) fechas y una multa de dos (2) a

Bogotá D.C. Colombia: Carrera 45a +94-06 - Tel: +57 (1) 518 5501 -— www.fcf,com.coinfoGfcf.,com.coe FCE Federación Colombiana de Fútbol

Bogotá D.C. Colombia: Carrera 45a +94-06 - Tel: +57 (1) 518 5501 -— www.fcf,com.coinfoGfcf.,com.coe FCE Federación Colombiana de Fútbol ocho (8) salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento de la infracción. (..)” De conformidad con lo anterior, se procede a correr traslado al jugador LUIS ALBERTO REALES PEREZ por un (1) día hábil, a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución, para que se pronuncie y allegue las pruebas que considere pertinentes.

Contra la presente decisión no procede recurso alguno. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Original firmado Original firmado DANIEL CARDONA ARANDA LUIS GABRIEL MIRANDA VERBEL Miembro Miembro Original firmado Original firmado

FABIÁN LÓPEZ TEJEDA MARÍA FERNANDA LÓPEZ CASTILLO

Miembro Secretaria

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