FCF - Resolución 4 de 2022
FCF - Federación Colombiana de Fútbol
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Detalles
- Título
- FCF - Resolución 4 de 2022
- Autor
- FCF - Federación Colombiana de Fútbol
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2022
Federación Colombiana de Fútbol RESOLUCIÓN No. 004 de 2022 (28 DE ABRIL DE 2022) Por la cual se imponen unas sanciones
EL COMITÉ DISCIPLINARIO DE LA SUPERCOPA JUVENIL 2022
En uso de sus facultades legales, estatutarias y reglamentarias, y en particular las conferidas en el Código Disciplinario de la Federación Colombiana de Fútbol y la Resolución No. 4297 del 8 de marzo de 2022, por la cual se adoptó el Reglamento del Campeonato Supercopa Juvenil 2022
RESUELVE: Artículo 1.- Imponer las sanciones correspondientes a los partidos disputados por la 3º fecha de la
Supercopa Juvenil 2022 SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSIÓN A CUMPLIR AMAYA Real Santander 3º fecha Supercopa 1 fecha 4º fecha Supercopa ARMANDO Juvenil 2022 Juvenil 2022
Motivo: Doble Amonestación Art. 60-2 CDU FCF MADERA Atlético Real 3º fecha Supercopa 1 fecha 4º fecha Supercopa
JORMAN Boyacá Juvenil 2022 Juvenil 2022
Motivo: Doble Amonestación Art. 60-2 CDU FCF CAICEDO YAIR Atlético Real 3º fecha Supercopa 1 fecha 4º fecha Supercopa
STEWART Boyacá Juvenil 2022 Juvenil 2022
Motivo: Doble Amonestación Art. 60-2 CDU FCF MÉNDEZ Plata Vinotinto y 3º fecha Supercopa 1 fecha 4º fecha Supercopa
ADRIAN Oro Juvenil 2022 Juvenil 2022
Motivo: Doble Amonestación Art. 60-2 CDU FCF DUARTE Bucaramanga 3º fecha Supercopa 1 fecha 4º fecha Supercopa
BYRON Juvenil 2022 Juvenil 2022
Motivo: Doble Amonestación
Art. 60-2 CDU FCF
Bogotá D.C. Colombia: Carrera 45a #94-06 - Tel: +57 (1) 518 5501 – www.fcf.com.co - info@fcf.com.co Federación Colombiana de Fútbol LÓPEZ Alianza Petrolera 3º fecha Supercopa 2 fechas 4º y 5º fechas
YOHIBER Juvenil 2022 Supercopa Juvenil 2022
Motivo: Protestar decisiones arbitrales Art. 64-A CDU FCF TORRES Alianza Petrolera 3º fecha Supercopa 3 fechas 4º, 5º y 6º fechas
DIEGO Juvenil 2022 Supercopa Juvenil 2022
Motivo: Lenguaje y gestos ofensivos contra un oficial.
Art. 64-B CDU FCF BLANCO Independiente 3º fecha Supercopa 1 fecha 4º fecha Supercopa MIGUEL Medellín Juvenil 2022 Juvenil 2022
Motivo: Malograr una oportunidad manifiesta de gol Art. 63-A CDU FCF TORRES Santa Fe 3º fecha Supercopa 3 fechas 4º, 5º y 6º fechas
JHOJAN Juvenil 2022 Supercopa Juvenil 2022
Motivo: Agresión a los recogebolas.
Art. 67 CDU FCF CÓRDOBA Total Soccer 3º fecha Supercopa 1 fecha 4º fecha Supercopa
EDUAR Juvenil 2022 Juvenil 2022
Motivo: Juego brusco grave Art. 63-C CDU FCF ESCOBAR Atlético Zamba 3º fecha Supercopa 3 fechas y 4º, 5º y 6º fechas DANIEL Juvenil 2022 multa de Supercopa Juvenil
(Entrenador) COP 2022 $500.000
Motivo: Lenguaje y gestos ofensivos contra un oficial.
Art. 64-A CDU FCF OJEDA Atlético Chapinero 3º fecha Supercopa 3 fechas 4º, 5º y 6º fechas VILLAMIL Juvenil 2022 Supercopa Juvenil
LUCAS 2022
Motivo: Lenguaje y gestos ofensivos contra un oficial.
Art. 64-B CDU FCF VEGA Turbo Fútbol Club 3º fecha Supercopa 4 fechas 4º, 5º, 6º y 7º fechas MAILOR Juvenil 2022 Supercopa Juvenil 2022
Bogotá D.C. Colombia: Carrera 45a #94-06 - Tel: +57 (1) 518 5501 – www.fcf.com.co - info@fcf.com.co Federación Colombiana de Fútbol Motivo: Lenguaje y gestos ofensivos contra un oficial.
Art. 64-B CDU FCF
CONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES CLUB MOTIVO FECHA MULTA ATLÉTICO NACIONAL 5 amonestaciones en 3º fecha Supercopa COP$500.000 el mismo partido Juvenil 2022 BUCARAMANGA 6 amonestaciones en 3º fecha Supercopa COP$500.000 el mismo partido Juvenil 2022 COSTA AZUL 4 amonestaciones en 3º fecha Supercopa COP$500.000
el mismo partido Juvenil 2022 PANTERAS 5 amonestaciones en 3º fecha Supercopa COP$500.000 el mismo partido Juvenil 2022 ATLÉTICO REAL 7 amonestaciones en 3º fecha Supercopa COP$500.000 BOYACÁ el mismo partido Juvenil 2022 INDEPENDIENTE 4 amonestaciones en 3º fecha Supercopa COP$500.000 MEDELLÓN el mismo partido Juvenil 2022 LA EQUIDAD 4 amonestaciones en 3º fecha Supercopa COP$500.000 el mismo partido Juvenil 2022 LIBERTAD 4 amonestaciones en 3º fecha Supercopa COP$500.000 el mismo partido Juvenil 2022 PASTO 5 amonestaciones en 3º fecha Supercopa COP$500.000 el mismo partido Juvenil 2022 ACADEMIA CRESPO 5 amonestaciones en 3º fecha Supercopa COP$500.000 el mismo partido Juvenil 2022 CÚCUTA FC 4 amonestaciones en 3º fecha Supercopa COP$500.000 el mismo partido Juvenil 2022 ORSOMARSO 4 amonestaciones en 3º fecha Supercopa COP$500.000 el mismo partido Juvenil 2022 TOLIMA REAL 6 amonestaciones en 3º fecha Supercopa COP$500.000
Bogotá D.C. Colombia: Carrera 45a #94-06 - Tel: +57 (1) 518 5501 – www.fcf.com.co - info@fcf.com.co Federación Colombiana de Fútbol el mismo partido Juvenil 2022
FORTALEZA 5 amonestaciones en 3º fecha Supercopa COP$500.000
el mismo partido Juvenil 2022 ALIANZA VALLENATA 4 amonestaciones en 3º fecha Supercopa COP$500.000 el mismo partido Juvenil 2022 ALIANZA PETROLERA 6 amonestaciones en 3º fecha Supercopa COP$500.000 el mismo partido Juvenil 2022 Artículo 77 literal a) del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol Artículo 2.- Investigación disciplinaria contra ALIANZA PLATANERA por la presunta infracción del art. 53 numeral 10 del Reglamento de la Supercopa Juvenil 2022 y del artículo 78-F del CDU FCF, en el partido disputado contra ATLÉTICO NACIONAL en la ciudad de Medellín el 22 de abril de 2022, correspondiente a la 3º fecha del campeonato. Mediante informe arbitral de fecha 22 de abril de 2022, se informó al Comité Disciplinario de la Supercopa Juvenil 2022 (en adelante “CDSJ”) lo siguiente: “No hubo camerino para ambos clubes”. En virtud de lo anterior, este Comité advierte que la anterior conducta podría enmarcarse en la vulneración del artículo 53 numeral 10 del Reglamento de la Supercopa Juvenil 2022, y por consiguiente en la infracción al artículo 78-F del Código Disciplinario Único de la FCF. Por consiguiente, este Comité resuelve dar traslado al club ALIANZA PLATANERA, para que se pronuncie respecto a los hechos anteriormente reseñados, en un término de tres (3) días hábiles contados a partir de la publicación de la Resolución No. 004 de 2022.
Contra la presente decisión no procede recurso alguno. Artículo 3.- Investigación disciplinaria contra ALIANZA PLATANERA por la presunta infracción del art. 84 literales 1 y 4 del CDU FCF, en el partido disputado contra ATLÉTICO NACIONAL en la ciudad de Medellín el 22 de abril de 2022, correspondiente a la 3º fecha del campeonato. Mediante informe arbitral de fecha 22 de abril de 2022, se informó al Comité Disciplinario de la Supercopa Juvenil 2022 (en adelante “CDSJ”) lo siguiente: “Los acompañantes del club Alianza Platanera gritaban insultos a los árbitros durante el juego tales como: “malos, hijo de putas, no saben pitar, ladrón, quítate la camiseta, cuánto les dieron, vendidos”.
Bogotá D.C. Colombia: Carrera 45a #94-06 - Tel: +57 (1) 518 5501 – www.fcf.com.co - info@fcf.com.co Federación Colombiana de Fútbol En virtud de lo anterior, este Comité advierte que la anterior conducta podría enmarcarse en la vulneración del artículo 84 literal 4, y el club ALIANZA PLATANERA podría ser responsable de la conducta de sus espectadores en virtud del numeral 1. del mismo artículo.
Por consiguiente, este Comité resuelve dar traslado al club ALIANZA PLATANERA, para que se pronuncie respecto a los hechos anteriormente reseñados, en un término de tres (3) días hábiles contados a partir de la publicación de la Resolución No. 004 de 2022.
Contra la presente decisión no procede recurso alguno. Artículo 4.- Investigación disciplinaria contra MILLONARIOS F.C. por la presunta infracción del art. art. 65 numeral 1 del Reglamento de la Supercopa Juvenil 2022 y del artículo 78-F del CDU FCF, en el partido disputado contra SANTA FE en la ciudad de Bogotá el 23 de abril de 2022, correspondiente a la 3º fecha del campeonato. Mediante informe del comisario de partido de fecha 23 de abril de 2022, se informó al Comité Disciplinario de la Supercopa Juvenil 2022 (en adelante “CDSJ”) lo siguiente: “…El equipo local no presentó policía ni logística. Debido a esto un padre del equipo visitante empuja a un jugador del equipo local durante una reanudación de banda, adicionalmente, constantemente personas del club que no estaban en planilla venían a saludar al CT local”. Por su parte, en el informe arbitral, el árbitro central informó: “Millonarios no presentó ni suministró logística, policía. Esto ocasiona un altercado con el público. Un padre (Santa Fe) en una reposición (saque de banda) empuja a un jugador de millonarios. En virtud de lo anterior, este Comité advierte que la anterior conducta podría enmarcarse en la vulneración del artículo 65 numeral 1 del Reglamento del Campeonato, y por consiguiente en el desconocimiento del artículo 78-F del Código Disciplinario Único de la FCF por parte de
MILLONARIOS F.C.
Por consiguiente, este Comité resuelve dar traslado al club MILLONARIOS F.C., para que se pronuncie respecto a los hechos anteriormente reseñados, en un término de tres (3) días hábiles
contados a partir de la publicación de la Resolución No. 004 de 2022. Contra la presente decisión no procede recurso alguno. Artículo 5.- Investigación disciplinaria contra INDEPENDIENTE SANTA FE por la presunta infracción del art. 84 literales 2 y 4 del CDU FCF, en el partido disputado contra MILLONARIOS F.C. en la ciudad de Bogotá el 23 de abril de 2022, correspondiente a la 3º fecha del campeonato. Mediante informe del comisario de partido de fecha 23 de abril de 2022, se informó al Comité Disciplinario de la Supercopa Juvenil 2022 (en adelante “CDSJ”) lo siguiente: “…El equipo local no presentó policía ni logística. Debido a esto un padre del equipo visitante empuja
Bogotá D.C. Colombia: Carrera 45a #94-06 - Tel: +57 (1) 518 5501 – www.fcf.com.co - info@fcf.com.co Federación Colombiana de Fútbol a un jugador del equipo local durante una reanudación de banda, adicionalmente, constantemente personas del club que no estaban en planilla venían a saludar al CT local”.
Por su parte, en el informe arbitral, el árbitro central informó: “Millonarios no presentó ni suministró logística, policía. Esto ocasiona un altercado con el público. Un padre (Santa Fe) en una reposición (saque de banda) empuja a un jugador de millonarios. En virtud de lo anterior, este Comité advierte que la anterior conducta podría enmarcarse en la vulneración del artículo 84 literal 4, y el club INDEPENDIENTE SANTA FE podría ser responsable de
la conducta de sus espectadores en virtud del numeral 2. del mismo artículo. Por consiguiente, este Comité resuelve dar traslado al club INDEPENDIENTE SANTA FE, para que se pronuncie respecto a los hechos anteriormente reseñados, en un término de tres (3) días hábiles contados a partir de la publicación de la Resolución No. 004 de 2022. Contra la presente decisión no procede recurso alguno. Artículo 6.- Investigación disciplinaria contra MILLONARIOS F.C. por la presunta infracción del artículo 78-D del CDU FCF, en el partido disputado contra SANTA FE en la ciudad de Bogotá el 23 de abril de 2022, correspondiente a la 3º fecha del campeonato. Mediante informe arbitral del partido de fecha 23 de abril de 2022, se informó al Comité Disciplinario de la Supercopa Juvenil 2022 (en adelante “CDSJ”) lo siguiente: “El recogepelotas en una reanudación de saque de banda no entrega de forma rápida el balón al adversario ocasionando un cruce de palabras con un jugador de santafe” En virtud de lo anterior, este Comité advierte que la anterior conducta podría enmarcarse en la vulneración del artículo 78-G del Código Disciplinario Único de la FCF por parte de MILLONARIOS F.C. Por consiguiente, este Comité resuelve dar traslado al club MILLONARIOS F.C., para que se pronuncie respecto a los hechos anteriormente reseñados, en un término de tres (3) días hábiles contados a partir de la publicación de la Resolución No. 004 de 2022.
Contra la presente decisión no procede recurso alguno. Artículo 7.- Investigación disciplinaria contra el club MARTÍN GARCÍA por la presunta infracción del art. 53 numeral 10 del Reglamento de la Supercopa Juvenil 2022 y del artículo 78-F del CDU FCF, en el partido disputado contra FORTALEZA en la ciudad de Bogotá el 23 de abril de 2022, correspondiente a la 3º fecha del campeonato. Mediante informe del comisario de partido de fecha 23 de abril de 2022, se informó al Comité Disciplinario de la Supercopa Juvenil 2022 (en adelante “CDSJ”) lo siguiente:
Bogotá D.C. Colombia: Carrera 45a #94-06 - Tel: +57 (1) 518 5501 – www.fcf.com.co - info@fcf.com.co Federación Colombiana de Fútbol “…2. Los camerinos para los equipos no están en condiciones óptimas pues en estos espacios guardan otro tipo de elementos. 3. No hay más de un solo baño para todos los asistentes”.
En virtud de lo anterior, este Comité advierte que la anterior conducta podría enmarcarse en la vulneración del artículo 53 numeral 10 del Reglamento de la Supercopa Juvenil 2022, y por consiguiente en la infracción al artículo 78-F del Código Disciplinario Único de la FCF. Por consiguiente, este Comité resuelve dar traslado al club MARTÍN GARCÍA, para que se pronuncie respecto a los hechos anteriormente reseñados, en un término de tres (3) días hábiles contados a partir de la publicación de la Resolución No. 004 de 2022.
Contra la presente decisión no procede recurso alguno. Artículo 8.- Investigación disciplinaria contra el club ATLÉTICO F.C. por la presunta infracción del art. 53 numerales 7 y 10 del Reglamento de la Supercopa Juvenil 2022 y del artículo 78-F del CDU FCF, en el partido disputado contra AMÉRICA en la ciudad de Cali el 22 de abril de 2022, correspondiente a la 3º fecha del campeonato. Mediante informe rendido por el árbitro del partido de fecha 22 de abril de 2022, se informó al Comité Disciplinario de la Supercopa Juvenil 2022 (en adelante “CDSJ”) lo siguiente respecto al estado del camerino, de la superficie de juego y sus instalaciones: “Sin camerinos, y el estado del terreno de juego deficiente y con una mala demarcación”. En virtud de lo anterior, este Comité advierte que la anterior conducta podría enmarcarse en la vulneración del artículo 53 numerales 7 y 10 del Reglamento de la Supercopa Juvenil 2022, y por consiguiente en la infracción al artículo 78-F del Código Disciplinario Único de la FCF. Por consiguiente, este Comité resuelve dar traslado al club ATLÉTICO F.C., para que se pronuncie respecto a los hechos anteriormente reseñados, en un término de tres (3) días hábiles contados a partir de la publicación de la Resolución No. 004 de 2022. Contra la presente decisión no procede recurso alguno. Artículo 9.- Investigación disciplinaria contra el club AMÉRICA por la presunta infracción del art. 78-D del CDU FCF, en el partido disputado contra ATLÉTICO F.C. en la ciudad de Cali el 22 de abril
de 2022, correspondiente a la 3º fecha del campeonato. Mediante informe rendido por el árbitro del partido de fecha 22 de abril de 2022, se informó al Comité Disciplinario de la Supercopa Juvenil 2022 (en adelante “CDSJ”) lo siguiente respecto de la hora de inicio del compromiso deportivo: “El equipo América entregó la planilla sobre las 10 A.M. hora para la cual debía comenzar el partido y no se presentaron a los actos protocolarios”. En virtud de lo anterior, este Comité advierte que la anterior conducta podría enmarcarse en la
Bogotá D.C. Colombia: Carrera 45a #94-06 - Tel: +57 (1) 518 5501 – www.fcf.com.co - info@fcf.com.co Federación Colombiana de Fútbol vulneración del artículo 78-D del Código Disciplinario Único de la FCF.
Por consiguiente, este Comité resuelve dar traslado al club AMÉRICA, para que se pronuncie respecto a los hechos anteriormente reseñados, en un término de tres (3) días hábiles contados a partir de la publicación de la Resolución No. 004 de 2022. A su turno, esta Comisión solicitará una ampliación del informe del árbitro, para que explique a detalle las circunstancias de tiempo, modo y lugar. Contra la presente decisión no procede recurso alguno. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Original firmado Original firmado DANIEL CARDONA ARANDA LUIS GABRIEL MIRANDA VERBEL Miembro Miembro Original firmado Original firmado
GABRIEL ANTONIO HERRERA ÓSCAR SANTIAGO RAMOS NAVARRETE
Miembro Secretario
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