🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

FCF - Resolución 40 de 2023

FCF - Federación Colombiana de Fútbol

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
FCF - Resolución 40 de 2023
Autor
FCF - Federación Colombiana de Fútbol
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año
2023

e FCF Federación Colombiana de Fútbol RESOLUCIÓN No. OLL0 de 2023 (29 DE NOVIEMBRE DE 2023) Por la cual se imponen unas sanciones

EL COMITÉ DISCIPLINARIO DE LA LIGA BETPLAY FUTSAL I1-2023

En uso de sus facultades legales, estatutarias y reglamentarias, y en particular las conferidas en el Código Disciplinario de la Federación Colombiana de Fútbol y la Resolución No. 4473 del 28 de febrero de 2023, por la cual se adoptó el Reglamento de la Liga BetPlay Futsal 2023. RESUELVE Articulo 1.- imponer las sanciones correspondientes a los partidos disputados por la semifinal vuelta de la Liga Betplay Futsal II-2023:

SANCIONADO CLUB FECHA SUSPENSIÓN A CUMPLIR

TORO GARCÍA Leones FC Semifinal Vuelta 4 fechas Próximos 4 SEBASTIÁN Liga BetPlay partidos de la Futsal || 2023 Liga Betplay Futsal || 2023

Motivo: Vías de hecho

Art. 63-F CDU ANGULO Lyon de Cali Semifinal Vuelta 1 fecha Próximo ANGULO Liga BetPlay partido de la JUAN DAVID Futsal II 2023 Liga Betplay Futsal II 2023

Motivo: Doble amonestación

Art. 60-2 CDU F

PRECIADO Lyon de Cali Semifinal Vuelta 4 fechas Próximos 4 GRANADOS Liga BetPlay partidos de la JORGE Futsal Il 2023 Liga Betplay ALBERTO Futsal Il 2023

Motivo: Vías de hecho

Art. 63-F CDU F Artículo + literal a) del Código Disciplinario Único de la Federación Colombiana de Fútbol

CONDUCTAS INCORRECTAS DE LOS CLUBES

CLUB MOTIVO FECHA MULTA

Bogotá D.C. Colombia: Carrera 45a +94-06 - Tel: +57 (1) 518 5501 -— www.fcf,com.coinfoGfcf.,com.co e FCE

Federación Colombiana de Fútbol LYON DE CALI 7 amonestaciones Semifinal Vuelta COP$580.000 en el mismo Liga BetPlay Futsal partido 112023 LEONES F.C 5 amonestaciones Semifinal Vuelta COP$580.000 en el mismo Liga BetPlay Futsal partido 112023 Articulo 2.- Investigación disciplinaria contra Club ESTRELLAS DEL DEPORTE por la presunta infracción del articulo +8 F) del CDU FCF, en el partido disputado contra el Club LEONES en Itagúi, el 19 de noviembre de 2023, correspondiente a la Semifinal Ida de la Liga BetPlay Futsal 11 2023. Mediante informe del comisario de partido de fecha 19 de noviembre de 2023, se informó al Comité Disciplinario de la Liga BetPlay Futsal 2023 ll (en adelante “CDLFS”), lo siguiente: “El equipo ESTRELLAS DEL DEPORTE entrega pre planilla a las 11:02 AM, a esa misma hora llega al escenario” En virtud de lo anterior, este Comité dispuso dar apertura a una investigación en contra del Club ESTRELLAS DEL DEPORTE por la presunta infracción de los artículos 87 y 95 del Reglamento del Campeonato, y 78 F) del CDU FCF.

De conformidad con lo anterior, se dispuso correr traslado al club ESTRELLAS DEL DEPORTE para que se pronunciara y allegara las pruebas que considerara pertinentes. Que transcurrido el término de traslado, el Club investigado presentó sus descargos, mediante los cuales manifestó lo siguiente: “ (.) Dicho lo anterior damos en conocimiento al Comité Disciplinario que nuestro retraso en llegada al campo de juego fue debido al mal tiempo climático en la ciudad de Bogotá ya que nuestro vuelo de Bogotá a Medellín por dicho motivo sufre retraso, el vuelo tenía salida a las 22:45 con arribo a la ciudad de Medellín a las 23:44 y por este hecho nuestra delegación debió permanecer toda la noche al interior del aeropuerto y pernotar ahí mismo, mientras esperaban la salida del vuelo ya reprogramado.

3. Debido a lo anterior nuestro vuelo fue reprogramado para las 4:29 am desde Bogotá con arribo a Medellín a las 5:33am esto hizo que todo nuestro itinerario de preparación al partido y demás se nos retrasara, también teniendo en cuenta el desplazamiento por tierra a la ciudad de ltagúí donde ya lo programado en cuanto a la salida de forma terrestre desde el terminal se retrasa y debemos esperar el bus más cercano en salir que era el de las 9:30 am, todo esto dio para que llegáramos directamente al coliseo el Cubo a jugar el partido. (...)” Así mismo, ESTRELLAS DEL DEPORTE aportó constancia de los correos enviados por la aerolínea donde se evidencia el cambio de itinerario.

Bogotá D.C. Colombia: Carrera 45a +94-06 - Tel: +57 (1) 518 5501 -— www.fcf,com.coinfoGfcf.,com.co e FCE Federación Colombiana de Fútbol Al respecto, este Comité encuentra que la situación que se presentó, en relación a los hechos reportados por el comisario del partido, se deben a una situación ajena a la voluntad del Club investigado, y que era imprevisible. En esa medida, teniendo en consideración los descargos y pruebas aportadas, no existe mérito para continuar con la presente investigación y mucho menos proferir una sanción.

En mérito de lo expuesto, este Comité resuelve archivar la presente investigación disciplinaria contra Club ESTRELLAS DEL DEPORTE por la presunta infracción del artículo 78 F) del CDU FCF, en el partido disputado contra el Club LEONES en Itaguí, el 19 de noviembre de 2023, correspondiente a la Semifinal Ida de la Liga BetPlay Futsal || 2023. Contra la presente decisión no procede recurso alguno. Articulo 2.- Investigación preliminar por los hechos reportados por la comisaria del partido, en el encuentro disputado entre el Club IND. BARRANQUILLA y LYON DE CALI en Barranquilla, el 1+ de noviembre de 2023, correspondiente a la Semifinal Ida de la Liga BetPlay Futsal 112023. Mediante informe del comisario de partido de fecha 17 de noviembre de 2023, se informó al Comité Disciplinario de la Liga BetPlay Futsal 2023 ll (en adelante “CDLFS”), lo siguiente: “Siendo las 8:20 PM se reciben vídeos e imágenes del administrador del Coliseo Baby Rojas, indicando que el Club Lyon de Cali y sus jugadores partieron una de las puertas del camerino que se les había asignado”

En virtud de lo anterior, este Comité dispuso dar apertura a una investigación preliminar por los hechos reportados por la comisaria del partido, con el fin de determinar si existe mérito para dar apertura a una investigación disciplinaria en contra de LYON DE CALI. De conformidad con lo anterior, este Comité de oficio ordenó lo siguiente: =_ Ampliación del informe de la comisaria del partido.

2. Ampliación del informe arbitral

3. Solicitó al Club Independiente Barranquilla, que se pronuncie sobre los hechos y allegue los elementos probatorios que considere pertinentes.

Que, en virtud de lo anterior, se obtuvo lo siguiente:

1. Ampliación del informe arbitral, por medio del cual se indicó lo siguiente:

Bogotá D.C. Colombia: Carrera 45a +94-06 - Tel: +57 (1) 518 5501 -— www.fcf,com.coinfoGfcf.,com.co Federación Colombiana de Fútbol Nowembre 21 olel 2023

AMPlados Ye Zuformt TaT, fico mporme enviado all partido Jugado en Barangos/lo El 19 De poviembre olel 2013 a las 06:45 Hasta las 18:29 por Les €gupos. Tnolkepindente Barran gu lla vs Club lyon, El cual Miermras mos Encomhralamos Cel ewepo Arsmal )6n el escenaño donde se depuroba el partido sn amgon Momeuto fuimos vo7i ficados de mngwro anomolía gue Haya pasado m1 AaTES ni duravile m despues del parTido qomto e el zermeno ele guejo men otra Paríe oll Sunaro, Por Tal moTiwo raTi fico $l FAFOYME enviado del parado,

ATTE Fibims A Mestro lope ec: mocrB8co1a3.

2. Ampliación comisaria del partido, por medio del cual se indicó lo siguiente: “El partido se desarrolló sin inconveniente a las 6:27 P.m., una vez finalizado el partido, procedí a reunirme con los árbitros a realizar el informe y comentar el desarrollo del partido el cual también resaltan que no hubo inconvenientes, en esta instancia no se reporta ninguna novedad.

Siendo las 8:20 P.m., dos horas después de finalizado el partido, me llega vía WhatsApp de un numero desconocido, el cual era el administrador del escenario donde se había realizado el partido, éste me informa que hubo un daño en el camerino asignado a el equipo visitante, en sus palabras textuales “Me partieron la puerta los Jugadores de LYON” , el cual adjuntando unas imágenes puedo observar que efectivamente hubo un daño en una puerta.”

3. El Club Independiente Barranquilla, dentro del término otorgado, no se pronunció ni allegó pruebas.

Al respecto, encuentra este Comité que, con las pruebas recolectadas de oficio, no existe mérito para dar apertura a una investigación disciplinaria en contra del Club Lyon de Cali, más aún cuando el Club directamente interesado, esto es, Independiente Barranquilla, no se pronunció al respecto. En mérito de lo expuesto, este Comité resuelve archivar la investigación preliminar por los hechos reportados por la comisaria del partido, en el encuentro disputado entre el Club IND. BARRANQUILLA y LYON DE CALI en Barranquilla, el 17 de noviembre de 2023, correspondiente a la Semifinal Ida de la Liga BetPlay Futsal ll

2023. Contra la presente decisión no procede recurso alguno. Articulo 3.- Investigación disciplinaria contra Club ESTRELLAS DEL DEPORTE por la presunta infracción del articulo 84 del CDU FCF, en el partido disputado contra el Club LEONES en Cúcuta, el 27+ de noviembre de 2023, correspondiente a la Semifinal Vuelta de la Liga BetPlay Futsal 11 2023. Mediante informe del comisario de partido de fecha 27 de noviembre de 2023, se informó al Comité Disciplinario de la Liga BetPlay Futsal 2023 Il (en adelante “CDLFS”), lo siguiente:

Bogotá D.C. Colombia: Carrera 45a +94-06 - Tel: +57 (1) 518 5501 -— www.fcf,com.coinfoGfcf.,com.co Federación Colombiana de Fútbol “Mal comportamiento del público ya que, al finalizar el partido, hubo invasión de aficionados locales en el terreno de juego, lo cual impidió realizar el protocolo de despedida y obligó al cuerpo arbitral a retirarse al camerino. No sin antes observar que un aficionado que tenía camiseta del equipo de Estrellas del Deporte, ingresa y golpea en el pecho con sus puños a un jugador de Leones y lo tumba al suelo, situación que fue expresada a los cuerpos técnicos para ser reportada en el informe arbitral.

Hubo servicio médico y ambulancia durante todo el partido y, aunque hubo seguridad privada y policía, se considera que no fueron suficientes las unidades para las instancias del torneo, la cantidad de espectadores y el comportamiento de estos últimos.” Así mismo, el informe del comisario del partido reportó lo siguiente:

1.1 al finalizar el encuentro; ingresaron al terreno de juego aficionados del equipo local, por lo cual no se pudo realizar el protocolo de despedida. Por tal motivo un aficionado (menor de edad) empujó a un jugador del equipo leones, tirándolo al piso. 1.2 El servicio de logística y policía mo fue suficientes para la cantidad de aficionados que ingresaron al coliseo toto Hernández (aproxi. 1.500)” En virtud de lo anterior, este Comité dispone dar apertura a una investigación en contra del Club ESTRELLAS DEL DEPORTE por la presunta infracción del artículo 84 del CDU FCE, el cual dispone lo siguiente: Artículo 84. Responsabilidad por la conducta de los espectadores. 1. (Modificado por el Acuerdo de Asamblea No. 043 del 8 de marzo de 2018. Ver notas de vigencia) Los clubes serán responsables de la conducta impropia de los espectadores, de conformidad con el grado de culpabilidad que se logre establecer. (..)

4. Se considera conducta impropia, particularmente, los actos de violencia contra personas o cosas, el empleo de objetos inflamables, el lanzamiento de objetos, el despliegue de pancartas con textos de índole insultante, los gritos injuriosos y la invasión del terreno de juego

5. La conducta impropia de los espectadores que genere desórdenes antes, durante o después de un partido, en el estadio, dará lugar a la sanción del club consistente en amonestación o a la suspensión de la plaza de una (1) a tres (3) fechas.

6. En caso de suspensión al club respectivo se le impondrá multa de ocho

(8) a diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento de la infracción. Si como consecuencia de la conducta anterior se derivare daño

Bogotá D.C. Colombia: Carrera 45a +94-06 - Tel: +57 (1) 518 5501 -— www.fcf,com.coinfotfcf.com.co e FCE Federación Colombiana de Fútbol a las instalaciones o a las personas, la sanción será de dos (2) a cuatro (4) fechas de suspensión y multa de diez (10) a doce (12) salarios mínimos mensuales legales vigentes al momento de la infracción sin perjuicio de la obligación de indemnizar los daños causados.

7. Cuando el público invada la cancha se sancionará al club local con suspensión de la plaza de una (1) a tres (3) fechas. Si como consecuencia de la invasión se retardare o impidiere el normal desarrollo del partido, la suspensión será de dos (2) a cuatro (4) fechas.

8. Si de la falta se derivaren daños a las instalaciones deportivas, la suspensión será de dos (2) a seis (6) fechas.

9. Incurrirá el club en la sanción anterior en caso de que el público agrediere a los árbitros, directivos, personal integrante de los equipos o autoridades, antes, durante o después del partido.

10. El club que deba cumplir una sanción de jugar a puerta cerrada, jugará su partido en la cancha registrada como sede principal de conformidad con los términos del artículo 30 de este Código.

CJ” De conformidad con lo anterior, se dispone correr traslado al club ESTRELLAS DEL

DEPORTE para que se pronuncie y allegue las pruebas que considere pertinentes. Se concede plazo hasta el 30 de noviembre de 2023 hasta las 4:00PM. Contra la presente decisión no procede recurso alguno. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Original firmado Original firmado DANIEL CARDONA ARANDA LUIS GABRIEL MIRANDA VERBEL Miembro Miembro Original firmado Original firmado

FABIÁN LÓPEZ TEJEDA ÓSCAR SANTIAGO RAMOS

Miembro Secretario

Bogotá D.C. Colombia: Carrera 45a +94-06 - Tel: +57 (1) 518 5501 -— www.fcf,com.coinfoGfcf.,com.co

Consultar sobre este documento ...