FCF - Resolución 41 de 2023
FCF - Federación Colombiana de Fútbol
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Detalles
- Título
- FCF - Resolución 41 de 2023
- Autor
- FCF - Federación Colombiana de Fútbol
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2023
e FCE Federación Colombiana de Fútbol RESOLUCIÓN No. 0141 de 2023 (5 DE DICIEMBRE DE 2023) Por la cual se imponen unas sanciones
EL COMITÉ DISCIPLINARIO DE LA LIGA BETPLAY FUTSAL I1-2023
En uso de sus facultades legales, estatutarias y reglamentarias, y en particular las conferidas en el Código Disciplinario de la Federación Colombiana de Fútbol y la Resolución No. 4473 del 28 de febrero de 2023, por la cual se adoptó el Reglamento de la Liga BetPlay Futsal 2023. RESUELVE Artículo 1.- Investigación disciplinaria contra Club ESTRELLAS DEL DEPORTE por la presunta infracción del articulo 84. del CDU FCF, en el partido disputado contra el Club LEONES en Cúcuta, el 2+ de noviembre de 2023, correspondiente a la Semifinal Vuelta de la Liga BetPlay Futsal 112023. Mediante informe del comisario de partido de fecha 27 de noviembre de 2023, se informó al Comité Disciplinario de la Liga BetPlay Futsal 2023 ll (en adelante “CDLFS”), lo siguiente: “Mal comportamiento del público ya que, al finalizar el partido, hubo invasión de aficiomados locales en el terreno de juego, lo cual impidió realizar el protocolo de despedida y obligó al cuerpo arbitral a retirarse al camerino. No sin antes observar que un aficionado que tenía camiseta del equipo de Estrellas del Deporte, ingresa y golpea en el pecho con sus puños a un jugador de Leones y lo tumba al suelo, situación que fue expresada a los
cuerpos técnicos para ser reportada en el informe arbitral. Hubo servicio médico y ambulancia durante todo el partido y, aunque hubo seguridad privada y policía, se considera que no fueron suficientes las unidades para las instancias del torneo, la cantidad de espectadores y el comportamiento de estos últimos.” Así mismo, el informe del comisario del partido reportó lo siguiente: 1.1 al finalizar el encuentro; ingresaron al terreno de juego aficionados del equipo local, por lo cual no se pudo realizar el protocolo de despedida. Por tal motivo un aficionado (menor de edad) empujó a un jugador del equipo leones, tirándolo al piso. 1.2 El servicio de logística y policía mo fue suficiente para la cantidad de aficionados que ingresaron al coliseo toto Hernández (aproxi. 1.500)” En virtud de lo anterior, este Comité dispuso dar apertura a una investigación en contra del Club ESTRELLAS DEL DEPORTE por la presunta infracción del artículo 84 del CDU FCF.
Bogotá D.C. Colombia: Carrera 45a +94-06 - Tel: +57 (1) 518 5501 -— www.fcf,com.coinfoGfcf.,com.co e FCE Federación Colombiana de Fútbol De conformidad con lo anterior, se dispuso correr traslado al club ESTRELLAS DEL DEPORTE para que se pronunciara y allegara las pruebas que considerara pertinentes.
Que transcurrido el término de traslado, ESTRELLAS DEL DEPORTE remitió un correo electrónico donde manifestaba su posición, sin que se adjuntara un documento formal, debidamente firmado por el Representante Legal del Club. En esa medida, siguiendo la línea de este Comité, tales descargos no serán tenidos en
cuenta, y, por ende, se tendrán como ciertos los hechos reportados por los oficiales de partido. Así las cosas, es claro que el club investigado infringió el artículo 84 del CDU FCF, toda vez que se presentó una invasión al terreno de juego después del partido e incluso un aficionado del Club Estrellas del Deporte golpeó a un jugador del equipo Leones. De conformidad con lo anterior, para imponer la sanción, este Comité tendrá en cuenta que el Club ESTRELLAS DEL DEPORTE no cuenta con antecedentes disciplinarios en el presente campeonato. En mérito de lo expuesto, este Comité resuelve declarar disciplinariamente responsable al Club ESTRELLAS DEL DEPORTE, por la infracción del artículo 84 del CDU FCF, y, por consiguiente, procede a imponer una sanción consistente en amonestación. Se exhorta al Club ESTRELLAS DEL DEPORTE para que tome las medidas correspondientes a fin de evitar la conducta impropia de sus espectadores, so pena de que en próximas ocasiones las sanciones puedan ser más gravosas. Contra la presente decisión procede recurso de reposición. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Original firmado Original firmado DANIEL CARDONA ARANDA LUIS GABRIEL MIRANDA VERBEL Miembro Miembro Original firmado Original firmado
FABIÁN LÓPEZ TEJEDA ÓSCAR SANTIAGO RAMOS
Miembro Secretario
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