FGN - Manual cadena de custodia
Fiscalía General de la Nación
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Detalles
- Título
- FGN - Manual cadena de custodia
- Autor
- Fiscalía General de la Nación
- Categoría
- Doctrina
- Área del derecho
- Penal
- Año
- —
Manual del Sistema Cadena de Custodia
MANUAL DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA
FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN
2018 NÉSTOR HUMBERTO MARTÍNEZ NEIRA Presidente del Consejo Nacional de Polícia JudicialFiscal General de la Nación
FERNANDO CARRILLO FLÓREZ
Procurador General de la Nación
CARLOS FELIPE CÓRDOBA LARRARTE
Contralor General de la República
Mg. ÓSCAR ATEHORTÚA DUQUE
Director General de la Policía Nacional
CARLOS EDUARDO VALDÉS MORENO
Director General Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses Manual del Sistema de Cadena de Custodia
Versión: 4
Aprobación: 2018 - 04 - 18 CNPJ
TABLA DE CONTENIDO
PRESENTACIÓN 7
1. OBJETIVOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA 8 1.1 Objetivo general 8 1.2 Objetivos específicos 8
2. ALCANCE DEL MANUAL 8
3. MARCO HISTÓRICO 8
4. MARCO NORMATIVO EN MATERIA DE CADENA DE CUSTODIA 9
5. MARCO CONCEPTUAL 10 5.1 Elementos Materiales Probatorios y Evidencia Física (EMP Y EF) 10 5.2 Cadena de custodia 11 5.3 Requisitos de validez del Sistema de Cadena de Custodia 11 5.3.1 Autenticidad 11 5.3.2 Capacidad demostrativa 11 5.3.3 Identidad 11 5.3.4 Integridad 12 5.3.5 Preservación 12 5.3.6 Seguridad 12 5.3.7 Almacenamiento 12
5.3.8 Continuidad 12 5.3.9 Registro 12
6. ASPECTOS TRANSVERSALES AL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA 1 2
7. ALMACENES DE EVIDENCIAS 14 7.1 Concepto 14 7.2 Clasificación 14 7.3 Aspectos transversales a los almacenes de evidencias 15
8. PROCEDIMIENTOS DEL SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA 15 8.1 Manejo del lugar de los hechos 15 8.1.1 Conocimiento, confirmación y verificación del hecho punible 15 8.1.2 Aseguramiento del lugar de los hechos o lugares distintos 17 8.1.3 Observación, análisis y valoración del lugar de los hechos o lugares distintos 19 8.1.4 Fijación y documentación del lugar de los hechos 21 8.1.5 Recolección, embalaje y rotulado de los EMP y EF 22 8.2 Entrega y envío de los EMP y EF a los almacenes de evidencias 24
(general, satélite, transitorio, armerillo, particulares, unidades de recepción) 8.3 Recepción y Análisis de los EMP y EF en las Unidades de Recepción de 25 EMP y EF 8.4 Ingreso de EMP y EF al almacén de evidencias general y satélite 28 8.5 Salida de EMP y EF de los almacenes de evidencias general satélite 30 8.6 Manejo de los EMP y EF originadas en asistencia judicial con el extranjero 31 8.7 Manejo de los EMP y EF provenientes de agente encubierto 33 8.8 Manejo de los EMP y EF Provenientes de entrega vigilada 34 8.9 Manejo de los EMP y EF provenientes de entidades prestadoras de 35
servicios de salud públicas o privadas. 8.10 Requerimiento por autoridad competente de los EMP y EF a los 37 almacenes de evidencias (transitorio, armerillo, particulares, unidades de recepción) 8.11 Disposición final de los EMP y EF 38
9. FORMAS DE RECOLECCIÓN, EMBALAJES Y RECOMENDACIONES PRÁCTICAS 40
PARA EL MANEJO DE EMP Y EF
10. FORMATOS REGISTRO CADENA DE CUSTODIA 57 10.1 Registro de cadena de custodia 57 10.1.1 Instrucciones para el diligenciamiento del Registro Cadena de Custodia 59 10.2 Formato adicional Registro Cadena de Custodia 61 10.2.1 Instrucciones para el diligenciamiento del formato adicional Registro Cadena de Custodia 62 10.3 Rótulo EMP y EF 62 10.3.1 Instrucciones para el diligenciamiento del rótulo EMP y EF 63 10.4 Formato Actuación del primer responsable 64 10.4.1 Instrucciones para el diligenciamiento del formato Actuación del primer responsable 68
11. TÉRMINOS Y DEFINICIONES 70
Sistema de Cadena de Custodia PRESENTACIÓN Desde los años 90, y a través del Decreto 786 del 16 de abril de 1990, en su artículo 13, el concepto de cadena de custodia fue asociado al tema de la autenticidad de los Elementos Materiales Probatorios, significado que debe ser contextualizado con las circunstancias sociales, económicas y jurídicas del país desde los años setenta y ochenta. En esa época los problemas de corrupción que surgieron del nacimiento del narcotráfico, llegaron hasta
el sector justicia, con el “cambio” de los Elementos Materiales Probatorios, que sucedía con frecuencia por diferentes circunstancias particulares de nuestro país, de tal forma que los elementos hallados en la escenas en donde ocurrían los hechos, muchas veces no eran los mismos que se presentaban a los laboratorios para estudio; de tal forma, que se consideró durante muchos años que la importancia del Elemento Material Probatorio, radicaba en asegurar la autenticidad del mismo. Posteriormente, y con la implementación del Sistema Penal Oral Acusatorio, uno de los aspectos que ha generado mayor controversia en la actividad probatoria, ha sido la valoración de los Elementos Materiales Probatorios, incluyendo sus condiciones de identidad e inalterabilidad, desde el conocimiento de un posible hecho punible y durante toda su existencia procesal. El desarrollo de la medicina legal y las ciencias forenses en Colombia, ha planteado la necesidad de realizar una conceptualización y re-significación de los aspectos relacionados con el tema de cadena de custodia, que permitan en este nuevo contexto, que la actividad probatoria cumpla con los principios de igualdad de partes, frente a la actuación procesal, y de contradicción de las pruebas durante el juicio oral. En este nuevo contexto, en donde la actividad probatoria tanto de la acusación como de la defensa confluyen en la “contradicción de la prueba”, era de esperarse que el significado que se venía manejando de cadena de custodia, cambiase para satisfacer una nueva necesidad probatoria que va más allá de “preservar la autenticidad”, y es la de preservar la capacidad demostrativa del elemento, al considerarse que esta es la que le da valor probatorio, y le permite la contradicción.
Esta nueva versión del manual, desarrolla de manera práctica el concepto de capacidad demostrativa, que permite a las partes intervinientes en el proceso penal, contar con una adecuada conceptualización de los Elementos Materiales Probatorios y Evidencia Física y su adecuado uso dentro del sistema. 7 Fiscalía General de la Nación
1. OBJETIVOS DEL SISTEMA DE En este sentido, las entidades colombianas que estén invoCADENA DE CUSTODIA lucradas con el sistema de cadena de custodia, tienen la obligación de propender por la adecuada publicación, socialización y divulgación, a todos los niveles en sus orga1.1. Objetivo general nizaciones, del Manual del Sistema de Cadena de Custodia. Para ello, se podrá hacer uso de páginas institucionaEstablecer las directrices del sistema de cadena de custoles y demás medios de difusión a su alcance. dia colombiano, durante las diferentes etapas asociadas al hallazgo, recolección, embalaje, transporte, análisis y En el evento que otras entidades tanto públicas como almacenamiento de los Elementos Materiales Probatorios privadas decidan desarrollar procedimientos internos de y Evidencia Física (EMP y EF), con el fin de garantizar su aucadena de custodia deben seguir los lineamientos del tenticidad y capacidad demostrativa, mientras que la aupresente manual. toridad competente ordena su disposición final . 1.2. Objetivos específicos 3. MARCO HISTÓRICO 1.2.1 Presentar el marco histórico, normativo y conceptual del sistema de cadena de custodia. El primer referente del término de cadena de custodia en Colombia, se encuentra en los artículos 10 al 14 del Decre1.2.2 Reseñar los aspectos relevantes y transversales to Reglamentario 786 de 1990, relacionado con la práctial sistema de cadena de custodia colombiano. ca de las autopsias. 1.2.3 Categorizar los almacenes de evidencia que Seguidamente la Ley 600 de 2000, introdujo en el artículo custodiarán y preservaran los EMP y EF, mientras la au288 la primera referencia en materia penal de este término toridad competente ordena su disposición final. y delegó en el Fiscal General de la Nación, la labor de reglamentación, diseño, aplicación y control de la cadena 1.2.4 Determinar las actividades asociadas a cada de custodia, conforme con los avances científicos y técuna de las etapas del sistema de cadena de cusnicos. todia (hallazgo, recolección, embalaje, transporte, análisis y almacenamiento), y a los diferentes funcioEl Fiscal General de la Nación en el año 2002, creó el Cominarios públicos y particulares que con ocasión al deté Interinstitucional de Cadena de Custodia, conformado sarrollo de sus funciones entren en contacto con los por los organismos con funciones de policía judicial (CuerEMP y EF. po Técnico de Investigación, Policía Nacional, el hoy extinto Departamento Administrativo de Seguridad, el Instituto 1.2.5 Orientar a los funcionarios públicos y particulares Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, las direcinvolucrados en la investigación penal, en la ejecuciones de fiscalías, administrativa y financiera, y la Oficina ción de sus actividades para que se lleven a cabo en Jurídica y de Planeación de la entidad).
forma secuencial, ordenada y segura. Mediante Resolución 0-1890 de noviembre 5 de 2002, el 1.2.6 Establecer recomendaciones prácticas para el Fiscal General de la Nación, diseñó y aplicó el reglamenmanejo de EMP y EF, así como los formatos asociados to de cadena de custodia estableciendo responsables y al sistema de cadena de custodia. lineamientos generales, entre otros. De igual forma, mediante Resolución 0-2869 de 2003, se expidió el Manual de Procedimientos del Sistema de Cadena de Custodia, apli2. ALCANCE DEL MANUAL cable a la Ley 600 de 2000. El Acto Legislativo N° 003 de 2002, modificó el artículo 250 Este manual está dirigido a los funcionarios públicos y partide la Constitución Política, implementando el proceso peculares que con ocasión al desarrollo de sus funciones ennal de corte acusatorio en Colombia. La reforma constitutren en contacto con los EMP y EF. cional delegó en la Fiscalía la función de asegurar los Elementos Materiales Probatorios y Evidencia Física (EMP y EF), Inicia con la recepción de la información, por parte de garantizando la cadena de custodia mientras se ejerce su la primera autoridad que llega al lugar de los hechos o contradicción. lugares distintos, en los que se halle Elementos Materiales Probatorios y Evidencia Física (EMP y EF) y finaliza con la Con la entrada en vigencia de la Ley 906 de 2004, el Fiscal disposición final por parte de la autoridad competente . General de la Nación mediante Resolución 0-6394 del 22
8 Sistema de Cadena de Custodia de diciembre de 2004, expidió el Manual de ProcedimienLey 1826 de 2017 “por medio de la cual se estos del Sistema de Cadena de Custodia para el Sistema tablece un procedimiento penal especial abrePenal Oral Acusatorio, y posteriormente, mediante Resoviado y se regula la figura del acusador privalución 0-1874 de junio 11 de 2016 se emitió un manual de do”. corta vigencia, finalmente mediante resolución 02369 de julio 11 de 2016 expide la versión actualizada del mismo Decreto Ley 786 de 1990 “por el cual se reglamanual que entró en vigencia a partir del 1 de agosto del menta parcialmente el título ix de la Ley 09 de mismo año. 1979, en cuanto a la práctica de autopsias clínicas y médico - legales, así como viscerotomias y se dictan otras disposiciones”.
4. MARCO NORMATIVO EN MATE Decreto Ley 2535 de 1993 “por el cual se expi000000000MATERIA DE CADENA DE CUSTODIA den normas sobre armas, municiones y explosivos”.
Para la ejecución del proceso y los procedimientos conDecreto Ley 016 de 2014 “por el cual se modifitenidos en este manual, debe observarse la siguiente norca y define la estructura orgánica y funcional de matividad, con las respectivas normas que las modifiquen, la Fiscalía General de la Nación”. complementen o adicionen: Decreto Ley 898 de 2017 “por el cual se crea al Constitución Política, artículos 15, 29, 209, 228, 249, 250, 251 interior de la Fiscalía General de la Nación la Uniy 253. dad Especial de Investigación para el desmantelamiento de las organizaciones y conductas Ley 30 de 1986 “por la cual se adopta el Estatucriminales responsables de homicidios y masato Nacional de Estupefacientes y se dictan otras cres, que atentan contra defensores/as de dedisposiciones”. rechos humanos, movimientos sociales o movimientos políticos o que amenacen o atenten Ley 270 de 1996 - Estatutaria de la Administracontra las personas que participen en la impleción de Justicia - Título I: Artículo 153 “deberes”. mentación de los acuerdos y la construcción de la paz, incluyendo las organizaciones criminales Ley 418 de 1997 “por la cual se consagran unos que hayan sido denominadas como sucesoras instrumentos para la búsqueda de la convivendel paramilitarismo y sus redes de apoyo, en cia, la eficacia de la justicia y se dictan otras discumplimiento a lo dispuesto en el Punto 3.4.4 del posiciones”. Acuerdo Final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradeLey 489 de 1998 “por la cual se dictan normas ra, se determinan lineamientos básicos para su sobre la organización y funcionamiento de las conformación y, en consecuencia, se modifica entidades del orden nacional, se expiden las parcialmente la estructura de la Fiscalía General disposiciones, principios y reglas generales para de la Nación, la planta de cargos de la entidad el ejercicio de las atribuciones previstas en los y se dictan otras disposiciones”. numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones”. Resolución 2835 de 2005 de la Fiscalía General de la Nación “por medio de la cual se delega la Ley 599 de 2000 “por la cual se expide el Código función de organización y manejo de los almaPenal”. cenes de evidencia”. Ley 600 de 2000 “por la cual se expide el Código Resolución 000606 del 5 de septiembre de 2006 de Procedimiento Penal”. del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses “por medio del cual se adopta el Ley 906 de 2004 “por la cual se expide el Código Instructivo para la utilización de los rótulos de de Procedimiento Penal”. cadena de custodia de Elementos Materiales Probatorios y Evidencias Físicas en el Instituto NaLey 1142 de 2007 “por medio de la cual se reforcional de Medicina Legal y Ciencias Forenses”. man parcialmente las leyes 906 de 2004, 599 de 2000 y 600 de 2000 y se adoptan medidas para la prevención y represión de la actividad delictiva de especial impacto para la convivencia y seguridad ciudadana”. 9 Fiscalía General de la Nación Resolución 000609 del 7 de septiembre de 2006 5. MARCO CONCEPTUAL del Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses “por la cual se adopta el procedimiento para la disposición final de remanentes 5.1 Elementos Materiales Probatorios y Evidencia y elementos materiales probatorios de orden Física (EMP Y EF) biológico y no biológico con fines de análisis en
los laboratorios de toxicología a nivel nacional”. De manera general se entiende por EMP y EF cualquier objeto, instrumento o medio de conocimiento conducente Resolución 1900 de 2006 de la Fiscalía General al descubrimiento de la verdad, como son huellas, marcas de la Nación “por la cual se delega la función o rastros de origen físico, químico, biológico o electrónico, de organización y manejo de los almacenes de perceptible a través de los sentidos o mediante la utilizaevidencia”. ción de tecnología forense, cuyo análisis proporciona las bases científicas o técnicas para encaminar la investigaResolución 2450 de 2006 de la Fiscalía General ción penal, lograr la identificación del autor o autores, y así de la Nación “por medio de la cual se fijan paconfirmar o descartar la comisión de una conducta punirámetros de actuación para la realización de dible y la reconstrucción de los hechos. ligencias de entrega vigilada y/o controlada de que trata el artículo 243 de la Ley 906 de 2004”. La Ley 906 de 2004, Código de Procedimiento Penal, establece en el Artículo 275, cuáles son los objetos que se enResolución 0-0135 de febrero 9 de 2018 de la tienden por Elementos Materiales Probatorios y Evidencia Fiscalía General de la Nación “por la cual se reFísica. En el código se establecen los siguientes: organiza el Comité Permanente de Cadena de Custodia y se dictan otras disposiciones”. a) Huellas, rastros, manchas, residuos, vestigios y simiDirectiva permanente 21 de 2009 del Ministerio de Defensa lares, dejados por la ejecución de la actividad delicNacional, mediante el cual se establece el procedimiento tiva. para el manejo de armas, municiones y accesorios incautados, decomisados, en depósito temporal, devueltos o b) Armas, instrumentos, objetos y cualquier otro meentregados al Estado y bajo control y custodia en unidadio utilizado para la ejecución de la actividad delicdes militares y de la Policía Nacional. tiva. Acuerdo 002 de 1999 del Consejo Nacional de Policía Juc) Dinero, bienes y otros efectos provenientes de la dicial, mediante el cual se adopta el manual de procediejecución de la actividad delictiva. mientos para la prueba de identificación homologada de sustancias sometidas a fiscalización, el cual hace parte de d) Los elementos materiales descubiertos, recogidos la Resolución 2770 de 2005. y asegurados en desarrollo de diligencia investigativa de registro y allanamiento, inspección corporal y reRevisión de la Corte Suprema de Justicia del 15 de octubre gistro personal. de 2008. (29626), Acta 296. e) Los documentos de toda índole hallados en diAcuerdo 001 de 2017 del Consejo Nacional de ligencia investigativa de inspección o que han sido Policía Judicial “por el cual se expide la reglaentregados voluntariamente por quien los tenía en su mentación del Consejo Nacional de Policía Jupoder o que han sido abandonados allí. dicial y de los Consejos Seccionales de Policía Judicial”. f) Los elementos materiales obtenidos mediante grabación, filmación, fotografía, video o cualquier otro Acuerdo 002 de 2017 del Consejo Nacional de medio avanzado, utilizados como cámaras de vigiPolicía Judicial “por medio del cual se elaboran lancia, en recinto cerrado o en espacio público. guías, formatos y se actualizan otros para la inspección al lugar de los hechos por parte de la Policía Judicial”. El mensaje de datos, como el intercambio electrónico de datos, internet, correo electrónico, telegrama, télex, teleAcuerdo 001 de abril 18 de 2018 del Consejo fax o similar, regulados por la Ley 527 de 1999 o las normas Nacional de Policía Judicial “por medio del cual que la sustituyan, adicione o modifiquen. se adopta el Manual de Sistema de Cadena de Custodial”. 10 Sistema de Cadena de Custodia Adicionalmente, la norma en su literal h) señala que tamLos siguientes aspectos se constituyen en la pauta de interbién serán Elementos Materiales Probatorios y Evidencia pretación ineludible de las diferentes etapas (hallazgo, reFísica todos los demás que tengan características similares colección, embalaje, transporte, análisis y almacenamiena los señalados en este listado. to) de los EMP y EF, con el fin de preservar su autenticidad y capacidad demostrativa a efectos de aportar suficientes Ahora bien, a pesar que existen diferencias entre los términos elementos de convicción a las autoridades competentes de elemento material probatorio y evidencia física, para los para su valoración probatoria. efectos de este manual, se entenderán como sinónimos. Esta
postura responde fundamentalmente a dos argumentos: 5.3.1 Autenticidad Se atribuye este término a la correspondencia objetiva de a) En primer lugar, por cuanto la legislación procesal los EMP y EF hallados, recolectados, embalados, trasportacolombiana no señala diferencias entre ambos térmidos y almacenados, que sean analizados técnica o cientí- nos, por el contrario, hace referencia indistintamente ficamente para extraer su capacidad demostrativa. a los términos de elemento material probatorio y evidencia física; 5.3.2 Capacidad demostrativa b) En segundo lugar, no existe ninguna consecuencia Cualidad o aptitud de un EMP y EF, que al ser desarrollada práctica en la diferenciación de dichos conceptos, mediante el análisis técnico o Científico, aporta informadebido a que no existe regla jurídica que exija un tración con vocación probatoria. tamiento diferenciado de la evidencia cuando se trata de uno u otro caso. Algunos EMP y EF pierden su capacidad demostrativa por dos circunstancias: En ese sentido, la diferenciación de dichos conceptos, - Por análisis técnicos o científicos cuando sobre el mismo aun cuando existe, surge superflua e innecesaria para los elemento no procede un mismo re análisis. Por ejemplo, efectos del presente manual. En el mismo sentido, la Reviprendas sobre las que se realizó análisis de residuos de dissión No. 29626, Acta 296 de la Corte Suprema de Justicia paro para rango de distancia de disparo, u objetos sobre fechada el 15 de octubre de 2008, estableció que: “un los cuales se realizó extracción de estupefacientes ocultos
sector de la doctrina pretende encontrar diferencias entre los conceptos de elementos materiales probatorios y evi- - Por su naturaleza con el paso del tiempo. Por ejemplo, las dencia física. Esta diferenciación carece de importancia muestras biológicas para análisis toxicológicos. en el sistema colombiano, porque el legislador utiliza los dos términos como sinónimos.” En cualquier momento de la etapa procesal se puede realizar una revisión sobre cada EMP y EF para establecer si 5.2 Cadena de custodia dentro del contexto de la investigación penal, aún persiste la capacidad demostrativa. El sistema de cadena de custodia es un proceso continuo y documentado aplicado a los EMP y EF, por parte de los Sobre los EMP y EF que pierdan su capacidad demosservidores públicos y particulares que con ocasión a sus trativa, la autoridad competente (una vez garantizada funciones deban garantizar su autenticidad y capacidad esta condición y superado el principio de contradicción), demostrativa, mientras que la autoridad competente orpuede tomar decisiones respecto a su disposición final; el dena su disposición final. respaldo de esta situación está en los aspectos técnicos científicos documentados por los expertos. “La cadena de custodia representa en el procedimiento penal un objetivo esencial, pues en su ejecución o no, está 5.3.3 Identidad la forma de probar el delito, su imputación y el grado de culpabilidad de quien lo cometió, así como la base esenEs la descripción completa, detallada y objetiva de las cial para hacer posible la reparación de la víctima1.” características y condiciones específicas de los EMP y EF hallados, recolectados y embalados, donde se registre su 5.3 Requisitos de validez del sistema de cadena estado físico, apariencia, localización de contexto en el
de custodia lugar de los hechos o lugares distintos, al igual que todas aquellas características que puedan servir para su individualización. 1 Corte Constitucional, sentencia C-334 de 2010. 11 Fiscalía General de la Nación 5.3.4 Integridad El presente manual describe de manera general el sistema de cadena de custodia colombiano, el cual debe apliConsiste en garantizar que los EMP y EF no presentan altecarse armónicamente junto con los procedimientos y norraciones en las partes que lo componían al momento de matividad legal vigente para cada una de las disciplinas su hallazgo, recolección y embalaje y que sus caracterísforenses y entidades involucradas en la investigación de ticas no han sido alteradas, salvo en aquellos casos en los conductas contrarias a la ley. En este sentido, a continuaque se produzcan modificaciones por su naturaleza o con ción, se describen aspectos generales transversales a todo ocasión de la práctica de los diferentes análisis técnicos o el sistema, que deben ser consultados por los usuarios, precientíficos. vio a la ejecución de las diferentes etapas del mismo. 5.3.5 Preservación Todo funcionario público y particular que con ocasión al desarrollo de sus funciones sea responsable de asegurar Es la aplicación de las diferentes técnicas para garantizar la capacidad demostrativa y autenticidad de los EMP y el menor impacto de contaminación o destrucción de la EF, deben diligenciar el Registro de Cadena de Custodia capacidad demostrativa de los EMP y EF. Para asegurar (según aplique). Será obligación de los funcionarios pú- la preservación se debe garantizar que el EMP y EF sea blicos y de las instituciones involucradas garantizar el dilimantenido en unas condiciones adecuadas de acuerdo genciamiento de los formatos establecidos en el presente
a su clase y naturaleza a fin de asegurar su conservación manual y en tal sentido realizar su registro en el sistema de e inalterabilidad. información dispuesto para garantizar su trazabilidad. 5.3.6 Seguridad En caso que el bien sea susceptible de aplicación de medidas jurídicas o materiales adicionales, prevalecerá su Consiste en minimizar el margen de riesgo por pérdida, vocación probatoria y su naturaleza como EMP y EF, no daño o deterioro exógeno de los EMP y EF, por parte del obstante, el fiscal deberá garantizar su afectación jurídica funcionario o particular que entre en contacto durante en los términos de la ley. cualquiera de las etapas del sistema de cadena de custodia. La autoridad competente debe decidir sobre la destinación final de los EMP y EF y bienes involucrados en la inves5.3.7 Almacenamiento tigación, de conformidad con las normas legales aplicables a la materia. Es la aplicación de los instrumentos administrativos orientados a resguardar los EMP y EF, cuya función principal es Cada director nacional o seccional de fiscalías debe haminimizar el riesgo de pérdida o daño de los mismos. cer seguimiento a la disposición final de los EMP y bienes involucrados en las investigaciones penales que adelantan 5.3.8 Continuidad los fiscales bajo su coordinación. Es la forma cronológica ininterrumpida en la custodia de Una vez finalizado el análisis del EMP y EF por parte del exlos EMP y EF hallados, recolectados y embalados en el luperto asignado, se deberá indicar dentro de las observagar de los hechos o lugares distintos, cuyo fin primordial es ciones de su informe, si la muestra fue agotada durante el
permitir realizar una trazabilidad de los diferentes actores procedimiento, o si sobre el mismo EMP y EF no procede que intervinieron en las diversas etapas del sistema de caun re-análisis de la misma naturaleza, con el fin de que la dena de custodia, buscando en todo caso la menor canautoridad competente cuente con elementos de juicio tidad de registros desde su hallazgo hasta su disposición desde una órbita técnico científica para autorizar su disfinal. posición final. 5.3.9 Registro La documentación originada en la aplicación del sistema de cadena de custodia deberá estar exenta de modifiEs la actuación mediante la cual se documenta de manecaciones o alteraciones por raspado, borrado, lavado ra física y virtual, la información de los EMP y EF y los actores químico, injerto, tachaduras, enmiendas, retoques o cualque intervinieron en el sistema de cadena de custodia. quier otra modificación. Cuando no sea posible diligenciar otro documento, los errores en el diligenciamiento de los registros se subrayan con una línea en el texto a corregir, se
6. ASPECTOS TRANSVERSALES AL SISescribe el nuevo texto al margen del documento seguido SISTEMA DE CADENA DE CUSTODIA de la identificación y firma de quien efectúo la corrección.
En la casilla de observaciones del Registro de Cadena de Custodia (según aplique) deberá dejar la anotación de 12 Sistema de Cadena de Custodia la modificación, con fecha, nombre, cargo y firma de la jará constancia en el Registro Cadena de Custodia y en el persona que lo realiza. sistema de información dispuesto para este fin. El Registro Cadena de Custodia debe diligenciarse en un Cuando se trate de fotografías o vídeos de macro-elemensolo ejemplar original. De la entrega de este registro y de tos, laboratorios rústicos para el procesamiento de sustanlos EMP y EF se dejará constancia en el oficio remisorio , cias estupefacientes o cultivos ilícitos, se documentarán los informes de policía judicial, actas de las diligencias respecsitios de hallazgo de los EMP y EF de conformidad con lo tivas y en el sistema de información vigente. señalado en el Artículo 256 de la Ley 906 de 2004; por lo tanto, todas las fotografías o vídeos tomados en desarrollo En el evento que sobre un objeto se haya iniciado el sistedel procedimiento se entregarán en medio digital bajo las ma de cadena de custodia sin que el mismo sea un EMP y normas de custodia documental de cada entidad. EF, p.e. una pertenencia, un documento de identidad, entre otros, el funcionario de policía judicial debe solicitar al Si en el lugar de los hechos o lugares distintos, los EMP y EF fiscal del caso que se subsane esta situación y se proceda se destruyen o existe posibilidad de destrucción o alteraa dar el trámite a que haya lugar. De la misma manera el ción, se debe dejar constancia en el informe respectivo y Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses, se documentará mediante fotografías o vídeos. en cumplimiento de su misión, deberá realizar las acciones correspondientes e informar al fiscal del caso. Los métodos de fijación y documentación no serán susceptibles de aplicación del sistema de cadena de custodia; tampoco lo serán las entrevistas (narrativa, audio o video) que se adelanten en el marco de una investigación Por cada EMP y EF se debe diligenciar un Registro Cadeformal.
na de Custodia. En virtud de los principios de eficiencia y economía procesal, cuando los EMP y EF tengan la misma El procedimiento para la Prueba de Identificación Preliminaturaleza, sean de una misma diligencia, provengan de nar Homologada (PIPH) al igual que los registros estableciun mismo lugar de los hechos o lugares distintos y las cirdos y aprobados por el Consejo Nacional de Policía Judicunstancias investigativas lo permitan, se podrá diligenciar cial, hacen parte integral del presente manual. Así mismo, un solo Registro Cadena de Custodia para varios EMP y EF, hacen parte los formatos utilizados por el Instituto Nacional sin perjuicio del embalaje y rotulado para cada uno de los de Me
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