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FGN - Políticas de Seguridad de la Información

Fiscalía General de la Nación

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Detalles

Título
FGN - Políticas de Seguridad de la Información
Autor
Fiscalía General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal
Año

EJ

FISCALIA

M#iiil- ¡¡

RESOL UCIÓN No. 0 4 0 0 ,4 06 NOV. 2013

Por la cual se actualizan las políticas de segurida d de la infonna ción, emitidas mediante la Circular DFGN - 0001, mayo 6 de 2006 del Fiscal General de la Nación. EL FISCAL GENERA L DE LA NACIÓN En uso da sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el numeral 17 del articulo 11 de la Ley 938 del 30 de diciembre de 2004 , y CONSIDERANDO Que de conformidad con la Ley 938 de 2004 , Artículo 22, numera l 1 ... "corresponde a la Oficina de lnformética el asesorar al Fiscal General de la Nación en la definición de las políticas referida s a la gerenc ia tle los recursos info rmáticos y te/eméticos disponibl es en la entidad. .. " Que de conformidad con la Ley 938 de 2004. Artículo 22, numera l 8 ... "corresponde a la Oficina da Informática elaborar e implantar políticas, planes y progra mas para el desarrol lo informá tico y te/em{l/íco de la Fisca /la General de la Nación ... ". Que de conformid ad del artículo 22 numeral es 1 y 8 del Decreto 2699 de noviembre 30 de 1991 .. .''EI Fiscal General de la Nación tendrá la represen tación de la entidad frente a las autoridades del Poder Ptíblir.o así como frente a los particu lares y cumplirá tas siguientes funciones: 1. Expedir reglamen tos, órdenes, circu lares y los manuales de organizac ión y procerlimie ntos conducentes a la organización administ rativa y al eficaz

siguientes funciones: 1. Expedir reglamen tos, órdenes, circu lares y los manuales de organizac ión y procerlimie ntos conducentes a la organización administ rativa y al eficaz desempe1io de les funciones de la Fiscal ía General de la Nación .... 8. Expedir los Manuelas de Procedimi ento Administra tivo y de normas técnicas a que se deben someter a /os funcionarios de le Fiscal/a General y le Po/icí.i Jt.Jdlcíal en el cump limiento de sus funciones ... ". Que l as normas y políticas de segurid ad informática en la Fiscalla Gene ral de la Nación se encuentra n enmarca das en preceptos Constitucionales, Leyes, Decretos , Convenios Internacionales, así como en Resoluciones . Ci rculares y Memorandos proferidos por la Entid ad . Entre las que se encuentran: a. Ley de Delitos lnfonná ticos. Ley 1273 de Enero de 2009. b. Ley de Correo Electrónico : Ley 527 de 1999. c Decreto 1747 del 2000 : Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 527 de 1999. d. Ley Genera l de Archivo : Ley 594 de 2000 - El Párrafo 1 del articulo 19 ... " establece la obligación de garantizar la autenticidad , integrida d y la inaltera bilidad de la información allf consignada ... "Página 2 de 24 de t,, Resolución ,Vo.O 4 O O 4 'Por medio de la cual se establecen las pollticas de ,;e,¡uridad dlt la inform ación ' e. Código de Ética y Buen Gobierno: Adoptad o mediante Resolución N° 0-65 52 del 24

,;e,¡uridad dlt la inform ación ' e. Código de Ética y Buen Gobierno: Adoptad o mediante Resolución N° 0-65 52 del 24 de Octub re de 2008. - Cap/tu/o VI: De los Valores Institucionales - De las directr ices para la Gestión l=tíca. Artículos 2 y 21. f. Código sustantivo del trabajo: Artículo 58. - Ob ligaciones Especiales del Trabajador , 3ª: .. "Conse,var y restituir en buen estado , sa/Vo e/ deterioro natural, los instru mentos y útiles que le hayan sido facilitodos y las materl ss prima s sobrantes ... ". g. Ley de Derechos de Autor: Ley 23 de 1982.

11. Ley de Habeas Data: Ley 1266 de Diciemb re de 2008 .

Con respecto al tema relacionado con la legislación aplicable a la frase "todo funcion ario debe proteger y salvagu ardar los activos de la empresa para la que trabaja como si fueran propios ", se tienen las siguientes leyes: a. Constitución Política de 1991, articulo sexto. b. Código Civil Colom biano , articulo 63. c. Ley 970 de 2005, artículo 1 y 12. d. Ley 734 de 2002 Código Único Disciplinario, artícul o 35. e. Ley 842 de 2003, articu lo 31, literal b. f. L~y 6 10 de 2000, articu lo 3 g. Ley 87 de 1993 y sus modifi caciones. h. Ley 42 de 1993, articulo 107. Que la Fiscalla General de la Nación suministra a sus empleados , funcionario s y teroeras partes, servic ios y recursos informáticos, basada en la necesidad de mantenerse a la par

h. Ley 42 de 1993, articulo 107. Que la Fiscalla General de la Nación suministra a sus empleados , funcionario s y teroeras partes, servic ios y recursos informáticos, basada en la necesidad de mantenerse a la par con l os nuevos adelantos tecnoló gicos que con1ribuyan al logro de s us objetivos misiono les. Que la información gene rada por la Fiscalía General de la Nación y la tecnología Informática que la sopo rta. se han convertido en elementos a bsolu1amente indispensables para el funcionamien to de !a Entidad , de tal manera que junto con el capital humano. es necesario protegerlos contra toda una serie de eventualidades que puede n atentar contra el objetivo de la Fiscalía de garantizar el a cceso a una justicia oportuna y eficaz. Que dichas evP.ntualidades pueden ser causadas por factor es natura les. como un incendio, una inundación, o faciores tecnológicos, tale s como fallas en un equipo de cómputo o incluso factores humanos, como por ejemplo , u na acción accidenta l o malintencionada que provoque la interrupción prolongada de los servicios informáticos , la modificación de la información almacenada o el ingreso de personas o grupos no autorizados a los sistemas de información de la Entidad .1 Página 3 da 21 d9 la i¡lasolución No. Q 4 Q Q 4 'Por medio de la cual se establecen las potltiC//S de seguridad d8 ia información" •j ., Que con la implementación y utilización de soluciones tecnológicas por parte de la Fiscalía General'f de la Nación, para facilitar el logro de su misión, visión, objetivos y direccionamiento estratégico, se cuenta hoy en día con una importante infraestructura

•j ., Que con la implementación y utilización de soluciones tecnológicas por parte de la Fiscalía General'f de la Nación, para facilitar el logro de su misión, visión, objetivos y direccionamiento estratégico, se cuenta hoy en día con una importante infraestructura informática que requiere del disef'io, la implementación y seguimiento de nonnas de seguridad infonnática que contribuyan a mantener la integridad, confidencialidad y d isponibitidad de) la informaciOn, protegiéndola de ataques provenientes de Internet, de redes de otras e9tidades con quienes se intercambia infonnación institucional logrando con ello minimi~_ 1 _ar el impacto ante posibles ataques presentados al interior de la organización. " Que es necesariJ garantizar la integridad, confidencialidad y disponibilidad de los activos de información dé la Entidad. '! Que de acuerdo ~I contenido de la estrategia de Gobierno en Lfnea en sus componentes "Elementos Trarlsversales: En este componente también se describen actividades orientadas a que~cada entidad cuente con una polltica de seguridad que es aplicada de forma transversaf. y mejorada constantemente" Que por las razlnes anteriores, la Fiscalía General de la Nación ha establecido una polltica de seguridad infonnática y normas de seguridad como parte de la cultura organízacíonal dti! la entidad para dar respuesta a las necesidades de protección de los activos informáticos, las cuales han sido complementadas con la adquisición y actualización di soluciones informáticas de seguridad, asi como el compromiso manifiesto de 1aja1ta dirección de la Fiscalía Generdl de la Nación para la difusión, consolidación y cumplimiento de dichas políticas, por parte de todos los usuarios que utilizan los recurs'os informáticos de la Entidad. 1!

manifiesto de 1aja1ta dirección de la Fiscalía Generdl de la Nación para la difusión, consolidación y cumplimiento de dichas políticas, por parte de todos los usuarios que utilizan los recurs'os informáticos de la Entidad. 1! . d 1JI Que en merito e o expuesto,

!I RESUELVE: ij

ARTICULO PRl,ERO.- OBJETIVO.

La política de seg1uridad informática tiene por objetivo proteger los activos informáticos de la Fiscalía General de la Nación y garantizar un adecuado uso de la tecnología, ante amenazas, internas o externas, deliberadas o accidentales, con el fin de asegurar el cumplimiento de Ía confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información . . , a

ARTICULO SEGUNDO.-ALCANCE.

1 . La Política Gene¡al de Seguridad informática establece los lineamientos de gestión adecuada para ~I uso de los activos informáticos de la Entidad, asegurando la implementación de los controles y medidas de seguridad formuladas en esta Política a partir de la identificación de los activos informáticos, las partidas presupuestarias correspondientes'\, el cumplimiento de las disposiciones legales vigente.5. ,. i Por tal razón, e'sta Política debe ser continuamente actualizada de acuerdo con los procesos, procedimientos, instructivos y actividades establecidos en la Entidad, a efectos de asegurar su v[gencia y nivel de eficacia, así como conocida y cumplida por todos los ,, j 11, !. Página 4 de 24 de la Resolución No. O seaur,cfad de ia informar:ión" 4 Q O 4 "Por medio de la cual sa ost&blece., las políticas de

j 11, !. Página 4 de 24 de la Resolución No. O seaur,cfad de ia informar:ión" 4 Q O 4 "Por medio de la cual sa ost&blece., las políticas de . d I il u su anos e os a~ivos informáticos, es decir servidores, contratistas y terceras personas que de alguna fo1ma tengan acceso a los recursos informáticos de la Fiscalía General. 1 Lo , ~nterior en Cf~erencía con , las normas planteadas en este documento y con las Poht1c.as de Seg!)ndad Infonnatica elaboradas en el marco de la Norma Técnica Colombiana. NTC~SO/IEC 27001, así como con los documentos de procedimientos y recomendac1ones¡que se han publicado y formalizado mediante Resolución 2287 del 5 de noviembre de 200f, y de los lineamientos del SGC y MECI.

ARTICULO TERCERO.- TERMINOS V DEFINICIONES. ,

1

Acceso Remoto: ; Sistema externo que permite conectarse a la red de computadores de la Entidad. j Activo infonnátiJo: Se refiere a la infraestruclura de TIC y todo lo relacionado con esta.

Antimalware: Aqle1 software que evita la infiltración en el sistema y el daño.

CCTV: Video-vigil~ncia, conocido como Circuito Cerrado de T elevísión. El video-vigilancia es un sistema de tecnología de vigilanci<! con cámaras. " d Confidencialidad; Es la propiedad de un documento o mensaje que únicamente está autorizado para ser leido o entendido por personas o entidades autorizadas.

Cuenta de UsuaJio (usuario): Es un conjunto de pennisos, recursos y privilegios a los que se tiene acce'so mediante el registro previo de una cuenta la cual es asignada a los

autorizado para ser leido o entendido por personas o entidades autorizadas. Cuenta de UsuaJio (usuario): Es un conjunto de pennisos, recursos y privilegios a los que se tiene acce'so mediante el registro previo de una cuenta la cual es asignada a los servidores públicds de la FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN y terceros, es decir todo aquel que requiera hacer uso autorizado de los recursos informáticos de la FISCALÍA

GENERAL DE LAlNACIÓN. : ! ' Disponibilidad: Es garantizar que los recursos informáticos puedan ser utilizados por quien los necesite'.y cuando los necesite.

Escritorio remotl: Es la tecnología que pennite que un equipo (cliente) se conecte a equipo remotamebte (anfitrión). Los equipos pueden estar ubicados en geográficamente diferentes lugares1

Incidente de Segtridad: Es un evento que atenta contra la Confidencialidad, Integridad y Disponibilidad de la información y los activos informáticos de la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN jj Integridad: Propiidad de la infonnaci6n de ser completa y veraz.

:1

Mensajería Electiónica: Son los servicios tecnológicos utilizados para el intercambio de mensajes de fonn!'I electrónica; el ejemplo tipico es el correo electrónico o e-mail. i' Normatividad: lnbica los requisitos específicos de lndole legal y técnico establecidos para el cumplimie~to de las políticas de seguridad informática.

1! • ;¡ Entre las normas de seguridad informática internacionales más utilizadas se tienen: 1 :1 ;¡ •P(;gina 5 de 24 de la Resolución No. O segur,d¡¡¡a de /a informar;i6n" • NORMA NTC -1SO/BS 7799

1 :1 ;¡ •P(;gina 5 de 24 de la Resolución No. O segur,d¡¡¡a de /a informar;i6n" • NORMA NTC -1SO/BS 7799 • NORMA NTC - 1SO/IEC 17799 • NORMA NTC - ISO/IEC 27000 4 O O 4 "Por medio rle la cual se establecen /as políticas de • NORMA NTC - ISO/IEC 27001 :2005 • NORMA NTC - 1SO/IEC 27002 • NORMA NTC - 1SO/IEC 38500:2008 NTC-1SO/IEC 27001: Norma internacional que define un modelo para el establecimiento implementación, operación, seguimiento, revisión, mantenimiento y mejora de un Sistem~ de Gestión de la Seguridad de la Información (SGSI).

Oficial de seguridad: El Oficial de seguridad informática (OSI), es la persona responsable de planear. coordinar y administrar los prooesos de seguridad informática en una organización.

Políticas de Seguridad de la Información: Es el conjunto de responsabilidades generales aplicables a toda fa entidad en lo que respecta al uso adecuado de los activos para la gestión de la información.

Proxy: Punto intermedio entre un ordenador conectado a Internet y el servidor que está accediendo.

Redes: Son los dispositivos y medios utilizados para transferencia electrónica de datos.

Seguridad de la Información: Todos los aspectos relacionados con la definición, el logro y el mantenimiento de la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información.

SGSI: Sistema de Gestión de Seguridad de la Información.

Sniffers: Técnicamente es un programa informático que registra la información que

y el mantenimiento de la confidencialidad, integridad y disponibilidad de la información.

SGSI: Sistema de Gestión de Seguridad de la Información.

Sniffers: Técnicamente es un programa informático que registra la información que envían los periféricos de una red para poder monitorear la actividad de un detennínado ordenador.

Software: Es el conjunto de programas y aplicaciones en un sistema informático necesarios para hacer posible la realización de una tarea especifica.

Spam: es el hecho de enviar mensajes electrónicos (habitualmente de tipo comercial) no solicitados y en cantidades masivas.

Terceros: Son todos aquellos entes externos o personas que no son funcionarios públicos de la FISCAL/A GENERAL DE lA NACIÓN, pero tienen acceso autorizado a los recursos infonnáticos de la Entidad, como los son entre otros: Contratistas autorizados, judicantes, estudiantes en pasantias y funcionarios de otras entidades autorizados por Ley, por convenio, contrato u orden de servrcio.

TIC: Tecnología de la lnfonnación y las comunicaciones.

VPN (Virtual Private Network): O red Privada Virtual, es una tecnología de red que permite extender de manera segura los servicios de una red privada (como la de la Fiscalía) sobre una red pública (como Internet).j ¡J1 · Página 6 de 24 de la ~IISO/uclón No. O ,1 O O 4 'Por medio de la cual se establecen las pol/tic11s di/ seguridad de ,a ,nformllCión'' 'I 1

ARTICULO CUARTO _ . SEGURIDAD INFORMÁTICA .

La política de sJuridad informática se constituy e en la primera linea de defensa de la entidad frente a 8¡menazas sobre la informa~ión institucional. ya que su construcción está

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ARTICULO CUARTO _ . SEGURIDAD INFORMÁTICA .

La política de sJuridad informática se constituy e en la primera linea de defensa de la entidad frente a 8¡menazas sobre la informa~ión institucional. ya que su construcción está basada en un .P[0ceso contInu_o de __ anáhs,s d_ e riesgos y de la implementa ción de control~~. aprop1a,do~ para la m1t19ac1on de posibles daños con el fin de garantizar la d1spon1b1hdad, cónfrdencialidad e integridad de los activos informático s en el cumplimiento de los objetivos de la Entidad. ' l ARTICULO QUINTO.- DECLARAC ION DE POLIT ICA DE SEGUR IDAD f . Todos los empleidos y funcionarios de la FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN, así como terceros q~e deban realizar labores p or medios lógicos o físicos que involucren el ~anejo de lnform~ción _de la Entidad, deben velar por la disponibilidad. confidencialidad e integridad de los activos informáticos , cumpliendo con las políticas de seguridad establecidas y las correspondientes cláusul as de confidencialid ad de la información q ue para su caso aplique. 5.1. SEGURIDAD ¡ORGA.NIZACIONAL. Gest ión de la sJ_guridad de la Información, La FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN mantendrá dentrd de su pl anta de empleados , funcionarios encargados de la seguridad de la información,jcuyas funciones estarán caracterizadas y definidas según la neoesidad de la Entidad. 1 · I Seguridad en 1 1 Conexión con Terceros. Es responsabilidad de la Oficina de

de la información,jcuyas funciones estarán caracterizadas y definidas según la neoesidad de la Entidad. 1 · I Seguridad en 1 1 Conexión con Terceros. Es responsabilidad de la Oficina de Informática que {odas las conexiones autorizadas de terceros a la red in1erna de FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN sean implementadas y monitoreadas desde el punto de vista técnico según las condiciones contractuales establecidas. Los contratos qu) incluya el uso de tecnología informática que se suscriban con terceros, cualquiera sea sJ naturaleza, deberán incluir los acuerdos para cumplir las políticas de seguridad de la Información establecidas por la FISCALiA GENERAL DE LA NACIÓN. En los contratos ~ue de manera direct~ o indirecta transfiera la respons abilidad de la seguridad de la información a un tercero, deben incluir las cláusulas necesarias que de manera explícita establezcan el compromiso por las dos partes, referente a la aplicación de los controles dé seguridad requeridos por la FISCAUA GENERAL DE LA NACIÓN. j! ,1 Responsabilidad / por la informa ción. Cada conjunto de datos tendrá un usuario dueño y responsable, dOJlde se entiende por dueño de la información a la FI SCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Y:f31 responsable al área donde esta se genera. Es responsabílida~ de la FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN y en cabeza de la Oficina de lnformatica, mantener segura la información suministrada en las platafo rmas de TIC por las áreas resp'onsables de la información. j f 5.2. SEGURIDA o¡oeL RECURSO HUMANO. l

de lnformatica, mantener segura la información suministrada en las platafo rmas de TIC por las áreas resp'onsables de la información. j f 5.2. SEGURIDA o¡oeL RECURSO HUMANO. l jPAgina 7 df> 24 de la Resolución .'\lo. O 4 O O 4 ·Por medio de la cual se establecen /as pollticas de seguridad de la informa ción •· Responsabilidades de los usuarios. Todos los servidores de la FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN , debe rán conocer, entender y asumir sus responsabilid ades con respecto al cumplim iento de las Políticas de seguridad de la Informac ión, así como : a) El incu mplimien to de alguna de las Políticas o No rmas estipuladas en este documento que conlleve a un incidente de segur idad , impli cará el proceso respectivo por parte de la entidad para establecer la responsab ilidad del usuario involucrado. b) Con la terminación del contrato de trabajo con la FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN se deberá entregar los activos de información que estén a su cargo al Jefe inmed iato.

5.3. SEGURIDAD FISICA Y DEL ENTORNO .

Los controles de acceso físico y del entorno están a cargo del Grupo de Seguridad del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI}, de acuerdo con lo establecido en la Normati vidad Física y del Ento rno de la FISCALIA GENERAL DI= LA NACIÓN. 5.l .1. Centro de Cómputo. a) El área respons able debe estab lecer l os mecanismos de seguridad necesarios para la correcta protección de los activos i nformáticos del Centro de Cómputo, de manera que se manten ga la confidenci alidad y seguri dad de la información que se procesa .

a) El área respons able debe estab lecer l os mecanismos de seguridad necesarios para la correcta protección de los activos i nformáticos del Centro de Cómputo, de manera que se manten ga la confidenci alidad y seguri dad de la información que se procesa . b) La FISCALiA GENERAL DE LA NAC IÓN debe proporcionar y man tener las cond iciones físicas , ambientales y de monitoreo en óptimas condiciones para los centros de cómputo . (inunda ción, hu medad , monitoreo por el CCTV}. 5.3.2. Areas Restringidas. La FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN d ebe rá ident ificar, clasificar y controlar el acceso a los sitios (áreas) que por su actividad deban operar en forma restringida. teniendo en cuenta los adecuados mecan ismos de control y regis tro de acceso . 5.4. GESTIÓN DE ACTIVOS . 5.4.1. Prop ieta rio de los ac tivo s. Política - Todos y c;;,da uno de los equipos informáticos de la Entidad deben ser asignados a un usuario responsable, por ro que es de su competencia la correcta utílízacíón que se haga de los mismos .

Normstividad: a) 1:1 usuario responsable del acrivo informático debe velar por una correc ta ubicación e instalación de dicho activo, as/ como las condiciones de funcionamien to. h) El usuario del activo informático no debe destapar, desmant elar o romper los sellos de

los equipos suministrados por la entidad sin previa autorización.Página B de 24 de la Resolución No. · o 4 Q Q 4 -Por m8dio de le cual se esrob/QC$!1 !as po/1/icas de seguridad de la inform11r:ión' e) El usuario del ~clivo informátic~ no debe lra~l~dar ol equipo de cómputo a su cargo srn previa autonzac/611 de la D1recc/6n Adm1n1stratlva y Financiera y /a Oficina de Informática . d) B 1Js11ario ~spon_sable del a~tivo informáfico no debo conectar al computado r ningún elemento sm prevr1;1 autonzac1ón de la Oficina de Informática. e) El usuario ry,sp'!nsable del activo infonnátlco no debe instalar ningún programa sin previa autonzación del Jefe Inmediato y de la Oficina de informática. f) En caso de retirar el equipo fuera de la sede do lo Entidad el Jefe de la dependencia a la_ que pertenec1: el equipo debe enviar un memorando a la Dirección Administrativa y F1nanc1era, de ,gua/ forma o lo Oficina de lnformátíca, informand o de tal situación y solicitando la autorización respectiva. 5.4.2. Uso aceptable de los activos. Política - Las herramientas informáticas que la Entidad asigna a los usuarios con ocasión a sus funciones, son de su absoluta responsabilidad, tanto el uso adecuado, como su tenencia y custodia.

Normat ividad : a) Los usuarios de la FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN están obligados a u/1/izar las he,remientas informáticas que la Entidad les proporcion a para el desarrollo de su trabaío. Cuando dicho seNídor considef9 que no requiere del recurso asignado para

a) Los usuarios de la FISCALIA GENERAL DE LA NACIÓN están obligados a u/1/izar las he,remientas informáticas que la Entidad les proporcion a para el desarrollo de su trabaío. Cuando dicho seNídor considef9 que no requiere del recurso asignado para desempeñar su labor, deberá devolverlo al Almacén de la E ntidad, con el respectivo concepto técnico previo de la Oficina de lnfom1ática. b) El recurso informático que se encuentre fuera de seNicio por daflos en hardware y/o software . . debe ser reportado a la Oficina de lnfonnática o en su defecto a los Analistas de Sístemas de coda Secciona/, registrando el respectivo incidente en la mesa ayuda. e) Se prohibe la instalación y uso de herramientas que permitan el acceso a información y seNicios no autorizados (uso de sniffers, proxys. escritorios remotos, etc.). d) El usuario no d ebe modificar fa configuración y características de un PC. Está prohibido i nstalar. desinstalar o bejar software de Internet, a menos que se tenga la debida autorización de fa Oficina de Informática. e) El computador que la Entidad asigna al servidor o a un tercero debe contar con un sistema operativo y ofimática respectivamente licenciados . y un aplicativo para eliminar y prevenir la instalación de software malicioso (antima/Ware). activad-O y con actualizaciones diarias. f) Para efectos de auditoria, es necesario que la fecha y hora del computador esté sincronizada con la hora IAgal da Colombia, por lo que se prohi be su modificación . g) El usuario empleará exclusivamente los recursos informáticos para desarrollar su trabajo en fu11ci611 del cargo que desempeña. No para fines políticos, religiosos,

sincronizada con la hora IAgal da Colombia, por lo que se prohi be su modificación . g) El usuario empleará exclusivamente los recursos informáticos para desarrollar su trabajo en fu11ci611 del cargo que desempeña. No para fines políticos, religiosos, comerciales o de diversión personal .j Pógina 9 de 24 de. la Resolución No. D 1 seguridad rJe la i:1formaolón" · 4 Q (; 4 "Por m9dlo de la cual se r:slablecen las pollticas de h) Se prohíbe /a copla , reproducción o a/macen amlent~ de videos, ju~gos , pelícu las, fotos, música en los computadores arrendados o propios de la F1scaba, a m~~os que sean materi a de investigació n o en general que s/Na de apoyo para la gest1on de la entklad. 1 ) El mantenimiento preven tivo y correctivo de los equipos de cómputo de la entidad, es responsab ilidad de las áreas encargadas de la plataforma TIC o a los que es/os deleguen pare tal fin, por lo que se prohibe que los equipos sean manipulad os por personas que no tengan dicha función. Se excluyen los investigadores del CTI, si el equipo de cómputo es materia de investigación. 5.4.3. Uso aceptable de los servicios informáticos, 5.4.3.1. Correo Electrónico lnttitucional Política - Todo servidor o funcionario de la Entidad que posea un usuario o una cuenta de red, puede contar con servicio de correo t1lt1c:lró11íco institucional suministrado por la Fiscalía General de la Nación. Normatí v/da d: a) La dírección de correo electrónico instituciona l deberá c~arse de la siguiente manera:

Fiscalía General de la Nación. Normatí v/da d: a) La dírección de correo electrónico instituciona l deberá c~arse de la siguiente manera: nombre . apellido@fiscalia .gov. co. En donde nombre.apellido corresponde al nombre y apellkJo del titular de la cuenta y flscalla.gov.co, es el dominio registrado por la FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN. En caso que por necesidades del seNlcio se deba crear una cuenta institucional se debe estable cer su ,esponsabl e y crearse de la siguiente manera: nombre unidad .ciudad @fiscalia.gov .co. b) Los mensajes de correo pueden considerarse como elementos probatorios de acuerdo con la Ley 527/99 por medio de la cual se define y reglamenra el uso de mensajes de dalos, d e! Comercio E/ecf.!Ónico y firmas digitale s. e ) El seNidor o funcion ario rle la E ntidad deberá diligenciar el formato correspondiente, definido en el SGI, para que le sea asignada una cuenta de correo electrónico institucíonal, en el cual se compromete a mantener la confiden cialidad de su contrasella de acceso la cual es perso nal e intransferible d) El usuario debe enviar y re cibir la información de la Entidad inherente al desarrollo de su labor a través de la cuenta de corrP.o electrónico instituc ional que le fue asignada y 110 a través de cuentas de correo personales, públicas o comerciales. Asf mismo debe incluir en todos /os mensajes la información correspondie nte RI nombre, cargo, área, secciona/, dependencia , grupo y teléfono. e) En caso de existi r sospecha de que su seguridad ha sido vulnerada podrá solicitar el cambio de su usuario y conrraseña, con la respectiva sustentación diligenciando el formato correspond iente.( r

secciona/, dependencia , grupo y teléfono. e) En caso de existi r sospecha de que su seguridad ha sido vulnerada podrá solicitar el cambio de su usuario y conrraseña, con la respectiva sustentación diligenciando el formato correspond iente.( r ¡--~-+..,.-.........-~---~~-~-----~ Página_ 10 de 24 de /a_i 0 ° lfesoluci6n No. ·o· 4 Q l"1 4 •p, ed' d l / ,., , . or m 10 e a cua se estabiecen las pol/ticas efe segunued de la inform;¡ción· - :í fJ Es ~sponsabi~dad del usuarío le_er, depura~ y respaldar el contenido de su respectivo buzon de com~p, dado que éste tiene capacidad limitada de almacenamiento. g) Las cín:;u/ares,lmemo,andos y comunicaciones electrónicas oficiales en general. deben s~r enviadas ~esde_ los buzones institucionales de la dependencia que los emite, con visto bueno y a.utonzación del Jefe de fa misma. h) Todas fas pe,sbnas que tengan acceso al servicio de correo electrónico institucional de fa Fiscafía, de'pen estar identificadas plenamonte como: SeNidores Públicos de fa FISCAL/A G~NERAL DE LA NACIÓN. Contratistas autorizados, judicantes, estudiantes en¡ pasantías y funcionarios de otras entidades autorizados por Ley, por convenio, co~t~eto u or~en de_ servicio. f'_or lo tanto, no se pennite el acceso al servicio de co,reo s1n1¡la previa sol1c,fud em,flda por los responsables de los convenios, supervisores d~ los contratos, prestaciones del servicio ylo jefes de las dependencias

de co,reo s1n1¡la previa sol1c,fud em,flda por los responsables de los convenios, supervisores d~ los contratos, prestaciones del servicio ylo jefes de las dependencias donde laboran 'itichas personas. . :! i) La responsabilidad del contenido de los mensajes de correo será del usuario remitente. i :; j) La infonnación :'de carácter confidencial que se transmita a través del servicio de com10 electrónico, debe ser emitida con los medios de seguridad que disponga (como por ejemplo un archivo anexo elaborado en cualquier herramienta de Office. deberá ir con alguna clave de acceso de seguridad). 1 Prohibiciones eJ el uso del correo electrónico institucional: ;; a) No se debe utiljzar ningún tipo de procedimiento o herramienta que pe_nnita ocultar o tergiversar el nl;,mbre del remitente. · 'i :, b) No se debe utiiizar ning1ín tipo de procedimiento o hP.rramienta que afecte el normal desempeño dé- otras mtiquinas, tal como el uso del servicio de correo electrónico institucional pa'~ el envio de software malicioso (virus. troyanos, etc.) y el envio de mensajes con ii.1fom1ación no solicitada, a todos los usuarios de fa red (spam). 11 · 1 . ' e) No se debe utilizar el caneo institucional para el envío información no autorizada, tal como propaga'nda comercial, polftica o rnfigiosa, envio de material amenazador. difamat

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