FGN - Resolución 0-0038 de 2026
Fiscalía General de la Nación
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Detalles
- Título
- FGN - Resolución 0-0038 de 2026
- Autor
- Fiscalía General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2026
FISCALÍA RESOLUCIÓN No. t) tQ O 3 8
O 9 FEB. 2026 "Por la cual se establecen unos lineamientos para la capacitación y formación en la Fiscalía General de la Nación, se delegan unas funciones y se dictan otras disposiciones" LA FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en especial, las conferidas en el Decreto Ley 016 de 2014, modificado por el Decreto Ley 898 de 2017, y CONSIDERANDO Que los numerales 1, 19 y 25 del Decreto Ley 016 de 2014 facultan a la Fiscal General de la Nación para "Formular y adoptar las políticas, directrices, lineamientos y protocolos para el cumplimiento de las funciones asignadas a la Fiscalía General de la Nación en la Constitución y en la ley''; "Expedir reglamentos, protocolos, órdenes, circulares y manuales de organización y procedimiento conducentes a la organización administrativa y al eficaz desempeño de las funciones de la Fiscalía General de la Nación"; y "Formular políticas y fijar directrices para asegurar el ejercicio eficiente y coherente de la acción penal, las cuales, en desarrollo de los principios de unidad de gestión y jerarquía, son vinculantes y de aplicación obligatoria para todas las dependencias de la entidad'; y "Crear, conformar, modificar o suprimir secciona/es, departamentos, comités, unidades y grupos internos de trabajo que se requieran para el cumplimiento de las funciones a cargo de la Fiscalía General de la Nación". Que el artículo 47 del Decreto Ley 016 de 2014, modificado por el artículo 55 del Decreto Ley 898 de 2017, estipula que la "Fiscal General de la Nación conformará y organizará( ... ) los
Que el artículo 47 del Decreto Ley 016 de 2014, modificado por el artículo 55 del Decreto Ley 898 de 2017, estipula que la "Fiscal General de la Nación conformará y organizará( ... ) los ( ... ) órganos de asesoría y coordinación que considere necesarios para el mejoramiento de la prestación del servicio, el fortalecimiento de la gestión administrativa e investigativa y, en general, el óptimo funcionamiento de la Fiscalía General de la Nación". Que el parágrafo del artículo 4 del Decreto Ley 016 de 2014 señala que la Fiscal General de la Nación "podrá delegar las funciones y competencias que estén atribuidas por la ley a su Despacho". Que el artículo 14C del Decreto Ley 016 de 2014, modificado por el artículo 36 del Decreto Ley 898 de 2017, creó y estableció las funciones de la Dirección de Altos Estudios. Que el artículo 62 del Decreto Ley 020 de 2014 establece que la capacitación y formación en la Fiscalía General de la Nación "Es el proceso sistemático, integral y continuo orientado al desarrollo de las capacidades, destrezas, habilidades, valores y competencias fundamentales, con miras a propiciar la eficacia personal y grupal de los servidores de la Fiscalía General de la Nación ( ... ) su desarrollo profesional y el mejoramiento en la prestación de los servicios, sin importar su tipo de vinculación". Que los artículos 2.6.4.1 O y 2.6.1.1 del Decreto 1075 de 2015 establece que "Las instituciones que ofrezcan programas de educación para el trabajo y el desarrollo humano podrán expresar el trabajo académico de los estudiantes por créditos académicos". Que, mediante la resolución No. 0-3331 del 19 de diciembre de 2017, el Fiscal General de la
que ofrezcan programas de educación para el trabajo y el desarrollo humano podrán expresar el trabajo académico de los estudiantes por créditos académicos". Que, mediante la resolución No. 0-3331 del 19 de diciembre de 2017, el Fiscal General de la Nación creó la Red de Formadores de la Fiscalía General de la Nación. Que, a través de la resolución No. 0-0580 del fo de noviembre de 2023, el Fiscal General de la Nación adoptó "el Reglamento Académico y de Investigaciones de la Dirección de Altos Estudios( ... ) de la Fiscalía General de la Nación".e FISCALÍA Página 2 de 4 de la Resolución No. O · ±O O 3 8 "Por la cual se establecen unos lineamientos para la capacitación y formación en la Fiscalía General de la Nación y se delegan unas funciones". Que, actualmente, la Dirección de Altos Estudios no tiene una estructura y organización administrativa definida. Que, para el adecuado desempeño de las funciones de la Dirección de Altos Estudios y el fortalecimiento de la capacitación y formación en la Fiscalía General de la Nación, es necesario establecer unos lineamientos dirigidos a la definición de una política de capacitación y formación en la Fiscalía General de la Nación, que guie la aprobación de los planes institucionales de formación y capacitación, y que armonice e integre los diferentes instrumentos que existen sobre la materia en la entidad. Que, para efectos de lo anterior, es necesario delegar en el Director(a) de Altos Estudios la facultad de (1) crear, conformar, modificar y/o suprimir grupos internos de trabajo de la Dirección de Altos Estudios; (it) crear, conformar y organizar un comité técnico para asegurar
facultad de (1) crear, conformar, modificar y/o suprimir grupos internos de trabajo de la Dirección de Altos Estudios; (it) crear, conformar y organizar un comité técnico para asegurar la calidad y pertinencia de los proyectos de investigación, y permitir su articulación con el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación; (iit) modificar y adoptar el Reglamento Académico y de Investigaciones de la Dirección de Altos Estudios de la Fiscalía General de la Nación; (iv) derogar o modificar la reglamentación vigente de la Red de Formadores de la Fiscalía General de la Nación; y (v) formular y adoptar los reglamentos y protocolos para la creación, conformación y evaluación de los grupos de investigación. Que, adicionalmente, es necesario modificar la composición del Comité de Estímulos en el sentido de incluir al Director(a) de Altos Estudios o a su delegada(o). Lo anterior, con el fin de fortalecer la capacitación y formación en la Fiscalía General de la Nación a través de este escenario. En mérito de lo expuesto, la Fiscal General de la Nación, RESUELVE ARTÍCULO 1. OBJETO. La presente resolución tiene por objeto establecer unos lineamientos para la definición de una política institucional de capacitación y formación en la Fiscalía General de la Nación; la delegación de facultades relacionadas con la organización interna de la Dirección de Altos Estudios y la capacitación y formación en la entidad; y la modificación en la composición del Comité de Estímulos. ARTÍCULO 2. CRITERIOS GENERALES. Para la definición de una política institucional de capacitación y formación en la Fiscalía General de la Nación, la Dirección de Altos Estudios y el Comité de Formación y Capacitación de la Fiscalía General de la Nación tendrán en
capacitación y formación en la Fiscalía General de la Nación, la Dirección de Altos Estudios y el Comité de Formación y Capacitación de la Fiscalía General de la Nación tendrán en cuenta lo siguiente:
1. Los planes institucionales de formación y capacitación (PIFC) y las actividades formativas (cursos, diplomados, seminarios, talleres, jornadas de actualización, entre otros) deben ajustarse a las necesidades del sistema de justicia penal colombiano, al principio de planeación, y al Direccionamiento Estratégico.
2. La Dirección de Altos Estudios, como escuela pública de formación y capacitación, debe integrarse a las redes de generación de conocimiento. En ese sentido, la Dirección de Altos Estudios debe articularse y participar activamente en espacios con instituciones de educación superior, otras escuelas públicas de formación y capacitación, y en el
Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación.
3. La capacitación y formación debe articularse con la política de estímulos y con los
procesos de ingreso y permanencia en la carrera especial en la Fiscalía General de la Nación.FISCALÍA Página 3 de 4 de la Resolución No.O · tQ O 3 8 · "Por/a cual se establecen unos lineamientos para la capacitación y formación en la Fiscalía General de la Nación y se delegan unas funciones".
4. La capacitación y formación debe complementarse con investigaciones académicas aplicadas que permitan mejorar el desempeño de las funciones de la Fiscalía General de la Nación. En consecuencia, la Dirección de Altos Estudios debe promover la producción académica en la entidad.
5. Deben utilizarse esquemas de formación por microcredenciales (unidades formativas, credenciales modulares y trayectorias flexibles) para garantizar la flexibilidad,
producción académica en la entidad.
5. Deben utilizarse esquemas de formación por microcredenciales (unidades formativas, credenciales modulares y trayectorias flexibles) para garantizar la flexibilidad, pertinencia, profundidad y posible acreditación de los procesos formativos.
6. La Dirección de Altos Estudios debe adelantar procesos de registro y acreditación de las actividades formativas que imparta. Para ello, buscará alianzas estratégicas con instituciones de educación superior u otras escuelas públicas de formación y capacitación con el fin de que reconozcan las microcredenciales como parte de sus programas. Asimismo, dicha dependencia, como escuela pública de formación y capacitación, buscará la acreditación de un programa de formación laboral, conformado por la suma de varias microcredenciales para los perfiles de agentes de protección, analistas, investigadores y peritos.
7. Para facilitar los procesos de acreditación, certificación, convalidación, reconocimiento, homologación u otros que permitan movilidad académica, los procesos de formación se estructuran con base en créditos académicos, de acuerdo con la normatividad nacional vigente.
8. La estructura curricular debe articular perfiles, ciclos y cursos. 8.1. Los perfiles deben describir el tipo de servidor que espera formarse al final del proceso formativo. 8.2. Los ciclos de formación deben agrupar actividades formativas que permitan a los discentes dominar un conjunto de competencias para continuar con el siguiente nivel. 8.3. Los cursos serán la unidad académica básica en la que se desarrollan las competencias y aprendizajes específicos. Cada uno de estos {t) estará conformado por unidades de aprendizaje; (it) darán lugar a una microcredencial;
nivel. 8.3. Los cursos serán la unidad académica básica en la que se desarrollan las competencias y aprendizajes específicos. Cada uno de estos {t) estará conformado por unidades de aprendizaje; (it) darán lugar a una microcredencial; y (iit) pueden tener uno (1) o más créditos, pero ninguna unidad curricular puede ser inferior a un (1) crédito.
9. Además de la oferta académica estructurada por perfiles, ciclos y cursos, podrán desarrollarse actividades de capacitación y formación complementaria tales como seminarios, conferencias, charlas académicas, jornadas de actualización y espacios similares, cuya duración horaria no da lugar a la asignación de créditos académicos. 1 O. La Dirección de Altos Estudios promoverá la red de formadores y esquemas de mentoría que permitan la transmisión adecuada del conocimiento, buscando establecer políticas de bienestar y estímulos para los servidores que realicen estas labores.
ARTÍCULO 3. DELEGACIÓN. Delegar en el Director(a) de Altos Estudios las siguientes facultades:
1. Crear, conformar, modificar y/o suprimir los grupos internos de trabajo de la Dirección de Altos Estudios, de conformidad con las competencias legales asignadas a dicha dependencia y el Direccionamiento Estratégico de la entidad.,---------------------------------------------"¡;-----" e
FISCALÍA A Página 4 de 4 de la Resolución No. O rO O 3 8 "Por la cual se establecen unos lineamientos para la capacitación y formación en la Fiscalía General de la Nación y se delegan unas funciones".
2. Crear, conformar y organizar un comité técnico para asegurar la calidad y pertinencia de los proyectos de investigación, y permitir su articulación con el Sistema Nacional de
para la capacitación y formación en la Fiscalía General de la Nación y se delegan unas funciones".
2. Crear, conformar y organizar un comité técnico para asegurar la calidad y pertinencia de los proyectos de investigación, y permitir su articulación con el Sistema Nacional de
Ciencia, Tecnología e Innovación.
3. Modificar y adoptar el Reglamento Académico y de Investigaciones de la Dirección de Altos Estudios de la Fiscalía General de la Nación.
4. Derogar y/o modificar la reglamentación vigente de la Red de Formadores de la Fiscalía General de la Nación.
5. Formular y adoptar los reglamentos y protocolos para la creación, conformación y evaluación de los grupos de investigación.
PARÁGRAFO. La creación, conformación, modificación y/o supresión de grupos internos de trabajo tendrá en cuenta los principios de eficacia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad y un equilibrio racional de los recursos humanos, técnicos y logísticos para el desempeño de sus funciones. ARTÍCULO 4. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE ESTÍMULOS. Modifíquese el artículo 4 de la resolución No. 0-0736 del 20 de diciembre de 2023, el cual quedará de la siguiente manera: "El Comité de Estímulos estará conformado por: 1) Vicefiscal General de la Nación o su delegada(o), quien lo presidirá. 2) Director(a) Ejecutivo o su delegada(o). 3) Director(a) de Políticas y Estrategia o su delegada(o). 4) Director(a) de Altos Estudios o su delegada(o). 5) Subdirectora(a) de Talento Humano o su delegada(o).
- Director(a) de Políticas y Estrategia o su delegada(o). 4) Director(a) de Altos Estudios o su delegada(o). 5) Subdirectora(a) de Talento Humano o su delegada(o). 6) Jefe del Departamento de Bienestar y Salud Ocupacional, quien actuará como Secretario Técnico. 7) Un representante principal de los servidores ante el Comité de Evaluación del
Desempeño Laboraf'. ARTÍCULO 5. COMUNICACIÓN. Comunicar el presente acto administrativo a los servidores públicos de la Fiscalía General de la Nación, para los fines pertinentes. ARTÍCULO 6. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
Proyectó: Revisó:
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D. C., a los O 9 ff 8, 2026 ---+-Hi""-Z.DRIANA CAM~~ÓN Camilo Andrés Victoria Pena Dirección de Altos Estudios Juan Carlos Arias Duque Fiscal General de la Nación NOMBRE Fiscal Dele ado ante la Corte Su rema de Justicia Natalia Farfán Leano Directora de Altos Estudios E FECHA 2 de febrero de 2026 5 de febrero de 2026