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FGN - Resolución 0-0298 de 2025

Fiscalía General de la Nación

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Disponible

Detalles

Título
FGN - Resolución 0-0298 de 2025
Autor
Fiscalía General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal
Año
2025

FiseALíA RESOLUCIÓN No. „Por medio de la cual se ega9ó/eOSI'/o?oc?ir/os de conoci:iento de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal – GAULA y se adscriben en la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales de la Delegada contra la Criminalidad Organizada” . 0 0298 LA FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial, las conferidas por los artículos 250 y 251 de la Constitución Política, el Decreto Ley 016 del 9 de enero de 2014 y sus modificaciones, la Resolución 0-0985 del 15 de agosto de 2018, y CONSIDERANDO Que el artículo 250 de la Constitución Política1 y el artículo 66 de la Ley 906 de 20042 establecen que la Fiscalía General de la Nación está obligada a adelantar el ejercicio de la acción penal e investigar los hechos que revistan las características de delito. Que el numeral 19' del artículo 4' del Decreto Ley 016 del 9 de enero de 2014 prevé que la Fiscal General de la Nación podrá “Expedir reglamentos, protocolos, órdenes, circulares y manuales de organización y procedimiento conducentes a la organización administrativa y al eficaz desempeño de las funciones de la Fiscalía General de la Nación Que el artículo 45 del Decreto Ley 016 de 9 de enero de 2014 establece que “Para el desarrollo de la gestión misional, administrativa e investigativa y el mejoramiento de la prestación del servicio, el Fiscal General de la Nación podrá organizar

departamentos, unidades y secciones y señalarle sus funciones. Para ello tendrá en cuenta, entre otros principios, el de racionalización del gasto, eficiencia y un equilibrio racional de los recursos humanos, técnicos, financieros y logísticos en las diferentes áreas Que la Ley 282 de 1996 creó los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal – GAULA conformados por personal de la Fiscalía General de la Nación, el Ejército Nacional, la Policía Nacional, la Armada Nacional, la Fuerza Aérea y el Departamento 1 "La Fiscalía General de la Nación está obligada a adelantar el ejercicio de la acción penal y realizar la investigación de los hechos que revistan las características de un delito que lleguen a su conocimiento por medio de denuncia, petición especial, querella o de oficio, siempre y cuando medien suficientes motivos y circunstancias fácticas que indiquen la posible existencia del mismo’ 2 “El Estado, por intermedio de la Fiscalía General de la Nación, está obligado a ejercer la acción penal y a realizar 1a investigación de los hechos que revistan las características de una conducta punible, de oficio o que lleguen a su conocimiento por medio de denuncia, petición especial, querella o cualquier otro medio, salvo las excepciones contempladas en la Constitución Política y en este código”,FISCALiA P á g i n a 2 d e 7 d e 1 a 1Rt e s o l u c i ó n N o p () + M:+ L 1 P1 o r rr1 e d i o d e la cual se establecen Ios criterios

de conocimiento de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal - GAULA y se adscriben en la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales de la Delegada contra la Criminalidad Organizada". Administrativo Nacional de Seguridad, quienes se encargarán de investigar y judicializar los hechos relacionados con los delitos de secuestro y extorsión. Que de conformidad con el Direccionamiento Estratégico de la Fiscalía General de la Nación 2024 - 2028, se busca abordar eficazmente la complejidad y diversidad de los fenómenos delictivos, con el propósito de enfrentar la criminalidad organizada y las estructuras emergentes de manera estratégica . Que en la Resolución 0-0014 de 2025, artículo 5, se definieron los criterios de conocimiento de investigaciones para la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales y, entre otros, se señaló que ésta conocerá de los hechos cometidos por integrantes de Grupos Armados Organizados (GAO) y Grupos de Delincuencia Organizada (GDO), de acuerdo con la categorización establecida por el Ministerio de Defensa del Gobierno Nacional. Que las investigaciones de los delitos de extorsión y secuestro, en su mayoría cometidos por estructuras criminales que operan en el territorio nacional, corresponden a la competencia de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal – GAULA. Que si bien los GAULA están adscritos a la Delegada para la Seguridad Territorial, lo cierto es que las investigaciones que estos adelantan son de conocimiento de la

Delegada contra la Criminalidad Organizada, específicamente, de la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales, de modo que, dichos Grupos deben formar parte de ésta última. Que en virtud de lo expuesto, la Fiscal General de la Nación, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: ADSCRIBIR los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal – GAULA a la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales de la Delegada contra la Criminalidad Organizada.

ARTÍCULO SEGUNDO: CONFORMACIÓN. Los despachos fiscales de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal – GAULA de la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales, serán los siguientes:FISCALiA Página 3 de 7 de la Resolución No. O w :ál:2,3,=/:,9; ER/::ayFJ::,Nh 4,9=51,?d,qi31, ub:::¿nJJ?!¿::\1TF:ñ:;s¿ajjec,T,¿Tb:f,T?, “ Por medio de la cual se establecen los criterios Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales de la Delegada contra la Criminalidad Organizada”.

N

NUMERO DE

FISCALIADST3

# NOMBRE FUNCIONARIO

FISCALIA 48 MARINA VASQUEZ GARCIA1

WILLIAM EFRAIN CALVACHI

OBANDOFISCLIA 1492

LUZ ADRIANA CANO

RENDONFISCALIA 533

ADRIANA ALEXANDRA

ESTRADA HINCAPIEFISCALIA 1474

HUGUES DANILO ARIAS

MERLANOFISCALIA 15

ELKIN JOSE CHIQUILLO

POVEAFISCALIA 626

CLAUDIA LILIANA TREJOS

MORALESFISCALIA 717

EDWIN MAURICIO AGUILAR

GALINDOFISCALIA 128

SANDRA YANNETH LOPEZFISCALIA 249

LUZ MAYARLINY VALENCIA

GIRALDOFISCALIA 5910

MARIBEL RODRIGUEZ NIÑOFISCALIA 6111

OLGA LUCIA CELIS LOZADAFISCALIA 7812

PEDRO MANUEL DIAZ

PACHECOFISCALIA 113

ADRIANA PATRICIA

SALCEDO HERNANDEZFISCALIA 2114

EDINSON ROBERT LEON

CALDERONFISCALIA 215

JULIO CESAR SANCHEZ

ACUÑAFISCALIA 2216

MARIANO OSPiNA VELEZFISCALIA 217

NUBIA ESTELLA LLANO VELASQUEZFISCALIA 1918 3 Delegada para la Seguridad Territorial

4 DECOC

NUEVO NUMERO DE FISCALIADECOC4

FISCAL 211 DELEGADO ANTE

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

FISCAL 212 DELEGADO ANTE

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

S

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

I

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

FISCAL 215 DELEGADO ANTE

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

FISCAL 216 DELEGADO ANTE

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

FISCAL 217 DELEGADO ANTE

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

FISCAL 218 DELEGADO ANTE

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

FISCAL 219 DELEGADO ANTE

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALiZADOS

I

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

I

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

1

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

I

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

FISCAL 224 DELEGADO ANTE

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

I

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

I

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

FISCAL 227 DELEGADO ANTE

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

S

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

DEPENDENCIA

DECOC MEDELLiNANTIOQUIA

DECOC MEDELLÍNANTIOQUIA

DECOC MEDELLÍNANTIOQUIA

DECOC MEDELLÍNANTIOQUIA

DECOC BARRANQUILLAATLÁNTICO

DECOC BARRANQUILLAATLÁNTICO

DECOC BARRANQUILLAATLÁNTICO

DECOC BOGOTÁ

DECOC BOGOTÁ

DECOC BOGOTÁ

DECOC BOGOTÁ

DECOC BOGOTÁ

DECOC CARTAGENABOLÍVAR

DECOC CARTAGENABOLÍVAR

DECOC SOGAMOSOBOYACA

DECOC SOGAMOSOBOYACA

DECOC MANIZALESCALDAS

DECOC CALI –VALLE DEL CAUCAFISCALiA P á g 1 n a 4 d e 7 d e 1 a 1f( e s o 1 u c 1 ó n N o C) M n +ji5 O @:A med/ o de hc ua / se es hb /ec en /o sc nh nos de conocimiento de los Grupos de Acción UniÑcada por–la Libertad Personal – GAULA y se adscriben en la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales de la Delegada contra la Criminalidad Organizada".

FISCALIA 2519

FISCALIA 3420

FISCALIA 121

JESUS ALFREDO HURTADO

SANJUANFISCALIA 422

JULIAN TRUJILLO LEMOSFISCALIA 923

FISCALIA 124

FREDIS ENRIQUE PORTELA

GONZALEZ25 1 FISCAUA3

FISCALIA 126

FISCALIA 227

FISCALIA 328

CARLOS ALBERTO LADINO

TORRESFISCALIA 629

FISCALIA 130

FISCALIA 431

FISCALIA 732

FISCALIA 933 34 1 FISCALIA 14 35 1 FISCAUA 16 36 1 FISCAUA 37 37 1 FISCALIA47

FISCALIA 338

JESUS FERNANDO

AMARILES VALVERDE

OSCAR ALEJANDRO

CARDOSO RODRIGUEZ

MARITZA CHAVARRO

ANTURI

JUAN CARLOS LINERO

MORA

WILLIAM HERNANDEZ

BARON

NINA PATRICIA LEUDO

OSPINA

MARIA LUISA CORREA

CASTRO

LUZ FABIOLA BARRERA

BARRERA

MARCOS ROA VARGAS

AIDA JENNY QUICENO

GOMEZ

MONICA SOFIA VUELVAS

QUINTANA

GUSTAVO ADOLFO

VANEGAS VIVAS

JHON JAIRO QUINTERO

ZAPATA

SANDRA CECILIA

ESTUPIÑAN RODRIGUEZ

HENRY ALEXANDER

QUINTERO ARIAS

YILIANA CHECA PARRA

G

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

I

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

I

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

I

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

1

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

I

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

D

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

2

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

FISCAL 237 DELEGADO ANTE

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

E

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

2

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

I

JUECES DEL CIRCUITO ESPECIALIZADOS nInA 4

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

2

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

2

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

FIS©hTM%]B:gilIEGADO ANTE

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

2

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

A4

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

FISCAL 247 DELEGADO ANTE

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

I

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

DECOC CALI –VALLE DEL

CAUCA

DECOC CALI –VALLE DEL

CAUCA

DECOC FLORENCIACAQUETA

DECOC POPAYAN -CAUCA

DECOC POPAYAN -CAUCA

DECOC VALLEDUPARCESAR

DECOC VALLEDUPARCESAR

DECOC BOGOTÁ

DECOC BOGOTÁ

DECOC NEIVA-HUILA

DECOC NEIVA-HUILA

DECOC SANTA MARTAMAGDALENA

DECOC SANTA MARTAMAGDALENA

DECOC SANTA MARTAMAGDALENA

DECOC SANTA MARTAMAGDALENA

DECOC MEDELLÍNANTIOQUIA

DECOC MEDELLÍNANTIOQUIA

DECOC MEDELLÍNANTIOQUIA

DECOC MEDELLÍNANTIOQUIA DECOC GRANADA -METAFISCALiA 5:%:.. E',::'A!,~„„9.9 aTE!!: 39%1, 7,J 3:/3.7.„::%ada porTa Libertad Personal – GAULA y se adscñben en la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales de la Delegada contra la Criminalidad Organizada”,

DULYS CRISTINA CAMPO

GARAVI TO39 FISCALIA 8

DIANA PATRICIA ESTRADA

VERGELFISCALIA 1840

FISCALIA 1041 42 FISCALIA 3

FISCALIA 1143

LUDY HELENA CONTRERAS

PARDOFISCALIA 444

FISCALIA 345 46 FISCALIA 1

DIANA MIRENA HERNANDEZ

SANCHEZFISCALIA 547

MARIA CONSUELO FORERO BONILLAFISCALIA 148 49 FISCALIA 1 50 1 FISCALIA 3 51 1 FISCALIA4 52 1 FISCALIA81 53 1 FISCALIA 11 54 1 FISCALIA 5

FISCALIA 155 56 1 FISCALIA 22

JUAN ESTEBAN GALLEGO RESTREPO57 1 FISCALIA 1 58 1 FISCAUA 15

MARIA LORENZA DEL

CASTILLO MONTERO

FRANCISCO MAURICIO

MUÑOZ DIAZ

JESUS ANTONIO ARDILA

LEON

JESUS ALIRIO JURADO

ROSERO

JUAN CAMILO MESA

VELASQUEZ

SANDRA PATRICIA LEON

SANCHEZ

LILiANA NIÑO OROZCO

EFREN LEAL GONZALEZ

MYRIAM CAROLINA

ARCINIEGAS ACOSTA

KIROV LEONIDAS ROJAS

OVIEDO

FRANCILIANO DIAZ DIAZ

JUAN MARCEL KOUSEN

DAVID

JOSELIN TORRES ROJAS

SANDRA LAURA BIBIANA

GALVIS GALLO

I

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

FISCAL 250 DELEGADO ANTE

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

FISCAL 251 DELEGADO ANTE

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

FISCAL 252 DELEGADO ANTE

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

A

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

FISCAL 254 DELEGADO ANTE

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

FISCAL 255 DELEGADO ANTE

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

FISCAL 256 DELEGADO ANTE

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

D

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

FISCAL 258 DELEGADO ANTE

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

S

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

FISCAL 260 DELEGADO ANTE

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

FISCAL 261 DELEGADO ANTE

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

FISCAL 262 DELEGADO ANTE

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

FISCAL 263 DELEGADO ANTE

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

FISCAL 264 DELEGADO ANTE

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

FISCAL 265 DELEGADO ANTE

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

FISCAL 266 DELEGADO ANTE

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

FISCAL 267 DELEGADO ANTE

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

I

JUECES DEL CIRCUITO

ESPECIALIZADOS

DECOC VILLAVICENCIOMETA

DECOC VILLAVICENCIOMETA

DECOC PASTO-NARIÑO

DECOC PASTO-NARIÑO

DECOC CÚCUTA -NORTE

DE SANTANDER

DECOC CÚCUTA -NORTE

DE SANTANDER

DECOC PUERTO ASISPUTUMAYO

DECOC PEREIRARISARALDA

DECOC PEREIRARISARALDA

DECOC BUCARAMANGASANTANDER

DECOC BUCARAMANGASANTANDER

DECOC BUCARAMANGASANTANDER

DECOC BUCARAMANGASANTANDER

DECOC IBAGUE-TOLIMA

DECOC IBAGUE-TOLIMA

DECOC TULUA -VALLE DEL

CAUCA

DECOC ARMENIA-QUINDIO

DECOC YOPAL-CASANARE

DECOC MEDELLÍNANTiOQUIA

DECOC CALI –VALLE DEL

CAUCAFISCALiA s,i,:„ELETE::.~%. 2;„. Hz:gs„~.seu'.7.3: Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales de la Delegada contra la Criminalidad Organizada", PARAGRAFO. El Director Especializado contras las Organizaciones Criminales queda facultado para modificar la distribución y el número de despachos que componen esta Dirección.

ARTÍCULO TERCERO: ASUNTOS DE CONOCIMIENTO. Los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal – GAULA conocerán los delitos de la siguiente

tabla, siempre que los hechos correspondan a las modalidades delictivas cometidas por Grupos Armados Organizados (GAO) y Grupos de Delincuencia Organizada (GDO) de alto o mediano impacto: DELITO Extorsión Extorsión agravada por cualquiera de las causales Concierto para delinquir agravado por darse para extorsión Secuestro simple ) cualquiera de las causales Secuestro extorsivo Secuestro extorsivo agravado por cuajquier de las causales Concierto para delinquir agravado or darse nara secuestro extorsivo Concierto para delinquir agravado por darse para secuestro ARTmC W4 Código Penal Art. 244 y 245 Código Penal Art. 340 inciso 2 Código Penal Art. 168 Código Penal Art. 168 y 170 Código Penal Art. 169 Código Penal Art. 169 y 170 Código Penal Art. 340 inciso 2 Código Penal Art. 340 inciso 2 Código Penal La Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales, a partir de las labores de análisis e investigación, determinará si los hechos tienen relación con modalidades delictivas cometidas por Grupos Armados Organizados (GAO) y Grupos de Delincuencia Organizada (GDO), de no ser así, remitirá el caso a la Dirección Seccional que corresponda de acuerdo al lugar de ocurrencia de los hechos.

PARÁGRAFO: Los actos urgentes que se requieran en los delitos relacionados en este artículo serán atendidos por los fiscales de las Unidades de Reacción Inmediata

y/o los fiscales de actos urgentes de las Direcciones Seccionales de la Delegada para la Seguridad Territorial, quienes adelantarán las audiencias preliminares y actividades investigativas por este concepto, luego de lo cual, el caso pasará a conocimiento de los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal – GAULA. Lo anterior sin perjuicio de los turnos de disponibilidad que deberán tener los funcionarios adscritos a dichos grupos.

ARTÍCULO CUARTO: CARGA LABORAL. Los fiscales que conforman los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal – GAULA señalados en el artículoFISCALiA s:q::..hE.h.„gl..Hz;me'#gH,„...#l: Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales de la Delegada contra la Criminalidad Organizada”. segundo de la presente resolución, continuarán conociendo todos los casos que tienen a su cargo, lo que corresponde al inventario de procesos registrados por cada despacho en el sistema de información misional para el Sistema Penal Oral Acusatorio - SPOA, tanto activos como inactivos, a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución.

ARTÍCULO QUINTO: COMUNICACIÓN. Comunicar la presente decisión a la Delegada contra la Criminalidad Organizada, a la Delegada para las Finanzas Criminales, a la Delegada para la Seguridad Territorial y a la Dirección Especializada contra las Organizaciones Criminales, por cuyo conducto será comunicada a los fiscales, para los fines pertinentes.

ARTÍCULO SEXTO: VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de

su expedición y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.

PUBLÍQUESE, COMUNiQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D. c., a los 09 OCTB 2025 Fiscal General de la Nación Nombre

Proyectó: Mariana Ramírez Obregón

Asesora Despacho Fiscal General de la Nación C& IO25

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