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FGN - Resolucion 147 de 2024

Fiscalía General de la Nación

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Detalles

Título
FGN - Resolucion 147 de 2024
Autor
Fiscalía General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Extinción de Dominio
Año
2024

FISCALÍA GENERAL i:iHEHigr

0 0147

RESOLUCIÓN_N,.

IS ABR.2 024 “Por medio de la cual se delega lá coordinación y seguimiento al cumplimiento de las Sentencias y autos de seguimiento proferidos por la Corte Constitucional que se relacionen con la función misional de la Entidad.” LA FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN En cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren los numerales 1, 2, 19 y parágrafo del artículo 4 Decreto Ley 016 de 2014, y ( CONSIDERANDO Que el artículo 250 de la Constitución Política establecen que la Fiscalía General de la Nación es la encargada de “[a]delantar el ejercicio de la acción penal y realizar la investigación de los hechos que revistan las características de un delito que lleguen a su conocimiento por medio de denuncia, petición especial, querella o de oficio, siempre y cuando medien suficientes motivos y circunstancias fácticas que indiquen la posible existencia del mismo.” Que el artículo 4 del Decreto Ley 016 de 2014, establece como funciones de la Fiscal General de la Nación “7. Formular y adoptar las políticas, directrices, lineamientos y protocolos para el cumplimiento de las funciones asignadas a la Fiscalía General de la Nación en la Constitución y en la ley, 2. Representar legalmente a la entidad, (,..) 19. Formular y adoptar las políticas, directrices, lineamientos y protocolos para el cumplimiento de las funciones asignadas a la Fiscalía General de la Nación en la Constitución y en la ley”

Que así mismo, en el parágrafo del 4 del Decreto Ley 016 de 2014 se consignó como potestad del despacho del Fiscal General de la Nación la posibilidad de delegar las funciones y competencia que por ley estén atribuidas a este Despacho, sin perjuicio de poderlas reasumir cuando se considere necesario. Que el numeral 6 del artículo 15 del Decreto Ley 016 de 2014, determinó como función de la Vicefiscalía General de la Nación la de “[d]irigir, liderar, coordInar y hacer seguimiento a los procesos y dependencias misionales de la Fiscalía General de la Nación adscritas a su Despacho, bajo los lineamientos del Fiscal General de la Nación y las políticas institucionales. Que en concordancia con sus funciones la Vicefiscalía General de la Nación es la superior funcional de la Delegada contra la Criminalidad Organizada, Delegada para la Finanzas Criminales y Delegada para la Seguridad Territorial. uF pági„, 2 d, 3 d, /, R,,,I„,ió„ N,. O 0I' 4 + J 5 ABR' % med/o de /a cual se delega la coordinación y seguimiento al cumplimiento de las Sentencias y autos de seguimiento proferidos por la Corte Constitucional que se relacionen con la función misional de la Entidad.” Que el artículo 241 de la Constitución Política establece como una de las funciones de la Corte Constitucional revisar, según lo determine la ley, las decisiones judiciales relacionadas con la acción de tutela de los derechos constitucionales. Que en virtud de esa función el Tribunal Constitucional profiere sentencias de tutela mediante las cuales da órdenes complejas y estructurales y autos de seguimiento,

que en algunos casos se relacionan directamente con las funciones que constitucional y legalmente le han sido asignadas a la Fiscalía General de la Nación. Que entre las ordenes proferidas por la Corte Constitucional, se destacan las Sentencias T-760 de 2008 (Estado de Cosas Inconstitucional en el Sistema de Salud), T-025 de 2004 (Estado de Cosas Inconstitucional en Desplazamiento Forzado, T-302 de 2017 (Estado de Cosas Inconstitucional respecto de los derechos fundamentales a la salud, al agua y a la alimentación de los niños y niñas del pueblo Wayuu), T-1025 de 2007 (Comunidad de Paz de San José de Apartadó), SU-546 de 2023 (Población líder y defensora de derechos humanos), entre otras providencia de relevancia institucional. Que en virtud de lo expuesto es procedente asignar a la Vicefiscalía General de la Nación la coordinación y seguimiento al cumplimiento de las Sentencias y autos de seguimiento proferidos por la Corte Constitucional que se relacionen con la función misional de la Entidad, con el objetivo de articular los lineamientos proferidos por este Despacho con los resultados en las investigaciones. Que como parte de la coordinación y articulación del cumplimiento de los seguimientos de órdenes proferidas por la Corte Constitucional deberá determinar la dependencia funcional encargada de emitir los insumos para dar respuesta a los requerimientos de la alta Corte en cada caso particular y establecer los funcionarios que asistirán a las audiencias citadas para demostrar el cumplimiento de las órdenes por parte de la Entidad, así como también los lineamientos para la preparación de informes periódicos cuando se requiera o la determinación de servidores que

participaran en sesiones técnicas que se deban articular con otras entidades públicas en el evento que las órdenes judiciales sean conjuntas o requieran participación de varios organismos. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE ARTÍCULO 1. DELEGAR en la Vicefiscalía General de la Nación la coordinación y seguimiento para la articulación de las órdenes que profiera la Corte Constitucional, en el marco de las sentencias y autos de seguimiento proferidas en sede de revisión, mediante las cuales se le dé órdenes a la Fiscalía General de la Nación para el rendimiento de informes, asistencia audiencias púbicas o sesiones técnicas. En FISCALÍA Página 3 de 3 de la Resolución No. O J 5 ABR. %medIo de /a cual se delega la coordinación y seguimiento al cumplimiento de las Sentencias y autos de seguimiento proferidos por la Corte Constitucional que se relacionen con la función misional de la Entidad.” virtud de lo anterior, definirá quién(es) al interior de la Entidad atenderán dichos requerimientos, siempre bajo su supervisión. Parágrafo. La Dirección de Asuntos Jurídicos, en virtud de lo dispuesto en los numerales 7 y 11 del artículo 8 de la Resolución 00259 del 29 de marzo de 2022, deberá informar oportunamente a la Vicefiscalía General de la Nación sobre las sentencias y autos de seguimiento que profiera la Corte Constitucional, en las cuales se den órdenes directas a la Fiscalía General de la Nación o que interfieran en las funciones constitucional y legalmente asignadas a la Entidad.

ARTÍCULO 2. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica las designaciones anteriores que versen sobre la misma materia. PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE D'd; '" B'g'tá ; I'; 15 ABR2. 024 \ =fffgi:i i ::= za L u z 11: Fiscal General de la Nación . .\:\' $AIi pá¿R¿¿ñ8.:-FFb+;;ionat .2/&./24 '[¿;-áFFiB;'iiFñiáF;+¿'; Hgi;;i¿"F¿;i;aa&¿í-¿ii¿¿iF;i¿hto 'íág-hBF#;;g-1-di: "ié'áái¿;-Jid¿Fii;-;-v-i;iF"16-tabia:--6áj-8

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