FGN - Resolución 1475 de 2019
Fiscalía General de la Nación
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- FGN - Resolución 1475 de 2019
- Autor
- Fiscalía General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2019
FISCALIA RESOLUCIÓN Nº o 1 4 7 5 "P dº d. 1 1 t t.Qb9 _OCT 20l9 · 1· fi · d. P 1· , or me 10 e a cua se o organ a rt uctones transttorias para cump tr unctones e o teta udicial a servidores adscritos a las Salas Especiales de Primera Instancia e Instrucción de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia" EL FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN (E) En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las contenidas en el numeral 5º del artículo 251 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo 03 de 2002, el artículo 203 de la Ley 906 de 2004, los numerales 8 y 9 del artículo 4° del Decreto Ley 016 de 2014 y, CONSIDERANDO Que el numeral 5° del artículo 251 de la Constitución Política establece como función del Fiscal General de la Nación la de "Otorgar atribuciones transitorias a entes públicos que puedan cumplir funciones de policía judicial, bajo la responsabilidad y dependencia funcional de la Fiscalía General de la Nación". Que acorde a lo normado por el artículo 311 de la Ley 600 de 2000 y el artículo 203 de la Ley 906 de 2004, "Ejercen funciones de policíajudicial, de manera transitoria, los entes públicos que, por resolución del Fiscal General de la Nación, hayan sido autorizados para ello. Estos deberán actuar conforme con las autorizaciones otorgadas y en los asuntos que hayan sido señalados en la respectiva resolución". Que en sentencia C-440 de 2016 la Corte Constitucional, de acuerdo con la jurisprudencia de esa
actuar conforme con las autorizaciones otorgadas y en los asuntos que hayan sido señalados en la respectiva resolución". Que en sentencia C-440 de 2016 la Corte Constitucional, de acuerdo con la jurisprudencia de esa corporación -sentencias C-024 de 1994, C-404 de 2003 y Cfi94 de 2014-, definió la Policía Judicial como el conjunto de autoridades que colaboran con los funcionarios judiciales en la investigación de los delitos y en la captura de los delincuentes, precisando a la vez que, la función de Policía Judicial es un elemento necesario para la investigación penal y debe desempeñarse por servidores públicos específicamente capacitados para ese efecto y bajo la dirección, coordinación y responsabilidad funcional de la Fiscalía General de la Nación, que por mandato de la Constitución forma parte de la rama judicial del poder público. Que el artículo 33 de la Ley 270 de 1996 establece que la FiscaÍfa General de la Nación tendrá las tareas de dirección, coordinación y control de las funciones de policía judicial, indicando que estas funciones se ejercerán dando cumplimiento a sus órdenes, directrices y orientaciones. Que los numerales 8° Y. 9° del artículo 4° del Decreto 016 de 2014, establecen dentro de las funciones del Fiscal General de la Nación las de"( ... ) 8. Otorgar, atribuciones transitorias a entes públicos que puedan cumplir funciones de Policía Judicial, bajo la responsabilidad y dependencia funcional de la Fiscalía General de la Nación, cuando la necesidad del servicio lo exija, de conformidad con la Constitución y el Código de Procedimiento Penal" y "9. Dirigir y coordinar, en los términos que señala la Constitución y la ley, las funciones de Policía Judicial que cumplan
conformidad con la Constitución y el Código de Procedimiento Penal" y "9. Dirigir y coordinar, en los términos que señala la Constitución y la ley, las funciones de Policía Judicial que cumplan los distintos entes públicos de forma permanente o transitoria". Que el Presidente de la Sala Especial de Instrucción y el Presidente de la Sala Especial de Primera Instancia de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, mediante las comunicaciones identificadas con radicados No. 20196110782492 y 20196110894872 de los meses de septiembre y octubre de 2019 respectivamente, solicitaron el otorgamiento de funciones transitorias de Policía Judicial para algunos servidores que ocupan el cargo de "Profesional Especializado de Corporación Nacional Grado 26". Indicando lo siguiente: "( ... ) l. Los cargos respecto de los cuales se solicita la asignación de funciones transitorias de Policia Judicial cumplirán labores de recolección de cualquier tipo de información FISCALIA l§iiii-&il•iiWE·Airl& Hoja 2 Resolución Nºº' 1 4 7 5 de ·o 9 OCT 2019 ''Por medio de la cual se otorgan atribuciones transitorias para cumplir funciones de Policía Judicial a servidores adscritos a las Salas Especiales de Primera Instancia e Instrucción de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia" pública o privada que se requiera dentro de las investigaciones adelantadas por la Sala Especial de Instrucción y previamente haya sido ordenada por el Magistrado Sustanciador. En esos mismos términos tendrán facultades para realizar análisis, verificación y comparación de la información contenida en bases de datos. 2. ( ... ) En estas condiciones tres (3) son los cargos respecto de los cuales se solicita la
Sustanciador. En esos mismos términos tendrán facultades para realizar análisis, verificación y comparación de la información contenida en bases de datos. 2. ( ... ) En estas condiciones tres (3) son los cargos respecto de los cuales se solicita la asignación de funciones transitorias de Policía Judicial. Dichos cargos tienen la denominación PROFESIONAL ESPECIALIZADO DE CORPORACIÓN NACIONAL GRADO 26; fueron creados para la planta de personal de las Salas Especiales de Primera Instancia e Instrucción de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia de conformidad con el acto Legislativo O I del 18 de enero de 2018 e implementados mediante Acuerdo PCSJA-11037 del Consejo Superior de la Judicatura; con el requisito mínimo de ser contador público titulado, con especialización y dos años de experiencia profesional. En la actualidad, ( ... ), esos cargos son desempeñados por las siguientes profesionales: Nombre Cédula de Expedida en Cargo Ciudadania María Inés F onseca Profesional Quiroga 51.715.005 Bozotá Especializado Grado 26 Martha Janeth Cano Profesional Salemo 51.801.028 Bogotá Especializado Grado 26 María Paula Profesional Leguizarnón Garzón 1.016.061.281 Bogotá Especializado Grado 26
3. La asignación transitoria de funciones se requiere por lo menos para el término de tres (3) años".
También se exaltó lo apremiante de la solicitud: "( ... ) dada la urgencia y premura con que se requiere que estos servidores de la Corte Suprema de Justicia tengan funciones de Policía Judicial para optimización del recurso humano y un mejor logro de las competencias funcionales de la Sala especial de Instrucción( ... )".
requiere que estos servidores de la Corte Suprema de Justicia tengan funciones de Policía Judicial para optimización del recurso humano y un mejor logro de las competencias funcionales de la Sala especial de Instrucción( ... )". Que de conformidad con lo expuesto, se considera viable acceder a la solicitud de otorgar atribuciones transitorias para cumplir funciones de Policía Judicial al personal adscrito a las Salas Especiales de Primera Instancia e Instrucción de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia que se encuentra individualizado en la solicitud. Que en mérito de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO.- OTORGAR atribuciones transitorias para cumplir funciones de Policía Judicial, al personal adscrito a las Salas Especiales de Primera Instancia e Instrucción de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, que a continuación se relaciona: Nombre Cédula de Expedida en Cargo Ciudadanía l María Inés Fonseca Profesional Ouiroaa 51.715.005 Bogotá Especializado Grado 26 2 Martha Janeth Cano Profesional Salerno 51.801.028 Bozotá Esoecializado Grado 26 3 María Paula Profesional Leauizarnón Garzón 1.016.061.281 Boaotá Especializado Grado 26
ARTÍCULO SEGUND O: Las atribuciones transitorias para cumplir funciones de Policía Judicial otorgadas a las servidoras indicadas en el artículo primero del presente acto administrativo, las faculta, previa orden del Magistrado Sustanciador, para: i) recolectar FISCALIA
@li#;liM•liMH-Sit•ri .
Judicial otorgadas a las servidoras indicadas en el artículo primero del presente acto administrativo, las faculta, previa orden del Magistrado Sustanciador, para: i) recolectar FISCALIA @li#;liM•liMH-Sit•ri . Hoja 3 Resolución N.;o· 1 4 7 5 de Q 9 OCT 2019 "Por medio de la cual se otorgan atribuciones transitorias para cumplir funciones de Policía Judicial a servidores adscritos a las Salas Especiales de Primera Instancia e Instrucción de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia" elementos materiales probatorios y/o evidencia física, ii) recolectar información tendiente al esclarecimiento de los hechos, iii) realizar análisis, verificación y comparación de la información, y iv) rendir informes y/o dictámenes. Estas facultades se cumplirán de conformidad con las normas aplicables a las Salas Especiales de que trata esta resolución.
ARTÍCULO TERCERO: El término de las atribuciones transitorias otorgadas mediante esta resolución para cumplir funciones de Policía Judicial es de tres (3) años, contados a partir de la publicación del presente acto administrativo.
ARTÍCULO CUARTO: En ejecución de las atribuciones transitorias otorgadas en la presente resolución para cumplir funciones de Policía Judicial, las servidoras deberán: (i) aplicar las reglas técnicas pertinentes, con base en las normas vigentes, contenidas -entre otros-, en el Manual de Policía Judicial, (ii) dar aplicación al Manual de Cadena de Custodia y (iii) observar lo dispuesto en los incisos 2º y 3° del artículo 33 de la Ley 270 de 1996.
ARTÍCULO QUINTO.- El Coordinador de la Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema de
en los incisos 2º y 3° del artículo 33 de la Ley 270 de 1996. ARTÍCULO QUINTO.- El Coordinador de la Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, dentro del ámbito de sus competencias, ejercerá la dirección y control de las actividades de Policía Judicial atribuidas al personal adscrito a las Salas Especiales de Primera Instancia e Instrucción de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, enunciado en el artículo primero del presente acto. ARTÍCULO SEXTO.- Comunicar el presente acto administrativo, por conducto de la Subdirección de Talento Humano, al Coordinador de la Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema de Justicia y a la Dirección del Cuerpo Técnico de Investigación, para lo de su competencia. ARTÍCULO SÉPTIMO.- Comunicar el presente acto administrativo al honorable Magistrado HÉCTOR JAVIER ALARCÓN GRANOBLES, en su calidad de Presidente de la Sala Penal de Instrucción y al honorable Magistrado RAMIRO ALONSO MARÍN V ÁSQUEZ, en su calidad de Presidente de la Sala Especial de Primera Instancia de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia. ARTÍCULO OCTAVO.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación. FECHA 07 de octubre de 2019
NOMBRE
Diana Carolina Os ina Roa - DCTI Pro ectó:
Revisó: Myriarn Stella Ortiz Quintero - Directora de Asunt s
Jurídicos PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE .C. a los i) 9 OCT 2019
Aprobó: Luis Alberto Pérez AJvarán - Director del Cuerpo Técnico e Investí ación - CTI
Jurídicos PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE .C. a los i) 9 OCT 2019
Aprobó: Luis Alberto Pérez AJvarán - Director del Cuerpo Técnico e Investí ación - CTI Los arriba firmantes declararnos que hemos revisado el documento y lo encontram nuestra res nsabilidad los resentam os ara la firma.