FGN - Resolucion 285 de 2024
Fiscalía General de la Nación
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Detalles
- Título
- FGN - Resolucion 285 de 2024
- Autor
- Fiscalía General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Extinción de Dominio
- Año
- 2024
FISCALIA
0285 RESOLUCIÓN No. 0 „P,„m,dI,d,/,,,,/„„rorro,a9/! lILbi?/9e11ansizorimparacump/ir ñncfomesde Policía Judicia1 a los servidores públicos de la Fiscalía General de la Nación que ocupen los empleos de Asistentes de Fiscal 1, 11, III, y IV” LA FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN En el ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, especialmente las conferidas en el numeral 5c’ del artículo 251 de la Constitución Política, modificados por el Acto Legislativo 03 de 2002, el artículo 203 de la Ley 906 de 2004, el artículo 33 de la Ley 270 de 1996, y los numerales 8 y 9 del artículo 4 del Decreto Ley 016 de 2014, modificado parcialmente por el Decreto Ley 898 de 2017, y CONSIDERANDO Que el numeral 5' del artículo 251 de la Constitución Política establece como función de la Fiscal General de la Nación “[o]torgar atribuciones transitorias a entes públicos que puedan cumplir funciones de Policía Judicial, bajo la responsabilidad y dependencia funcional de la Fiscalía General de la Nación” . Que el artículo 203 de la Ley 906 de 2004 prevé que “[e]jercen funciones de policía judicial, de manera transitoria, los entes públicos que, por resolución del Fiscal General de la Nación, hayan sido autorizados para ello. Estos deberán actuar conforme con las autorizaciones otorgadas y en los asuntos que hayan sido señalados en la respectiva resolución'’
. Que el artículo 33 de la Ley 270 de 1996 señala que corresponde a la Fiscal General de la Nación “dirigir, coordinar y controlar las funciones de policía judicial que en forma permanente cumplen la Policía Nacional, demás organismos previstos en la ley y los restantes entes públicos a los cuales de manera transitoria el Fiscal General les haya atribuido tales funciones, todas las cuales ejercerá con arreglo a la ley, de manera permanente, especial o transitoria directamente o por conducto de los organismos que ésta señale Que los numerales 8 y 9 del artículo 4 del Decreto Ley 016 de 2014, modificado parcialmente por el Decreto Ley 898 de 2017, establecen como funciones de la Fiscal General de la Nación las de “8. Otorgar atribuciones transitorias a entes públicos que puedan cumplir funciones de la Policía Judicial, bajo la responsabilidad y dependencia funcional de la Fiscalía General de la Nación, cuando la necesidad del servicio lo exija, de conformidad con la Constitución y el Código de Procedimiento Penal.” y “9. Dirigir y coordinar, en los términos que señala la Constitución y la ley, las funciones de policía judicial que cumplan los distintos entes públicos de forma permanente o transitoria” . Que mediante la Resolución No. 0-1107 de 15 de julio de 2021, se otorgaron atribuciones transitorias para cumplir funciones de Policía Judicial a los servidores públicos de la Fiscalía General de la Nación que ocupen los empleos de Asistentes de Fiscal I, II, III y IV, por el término de un (1) año, plazo que se prorrogó mediante las Resoluciones No. 0-0610 del 14
de julio de 2022 y No. 0-0357 del 14 de julio de 2023. o 2 8 Ok 1 H.j.,„,„..,.20. i.R.„ i?.. :. BL.ve?Id.h.,„„/,../,„„.w„„/„,«f„b„.,i.„.„„.,..,i,„„. p1:llt:::: 11 JJ:::nl: 11. iII:#: Ju icia a os Few ares püb icos e a Fisca ia Genera e a Nación que octWen os emp eos e Que con el fin de cumplir las funciones constitucionalmente asignadas, así como los procesos misionales trazados por la entidad y especialmente, realizar actividades de apoyo a la investigación penal, se considera viable pronogar por el término de tres (3) años, las funciones de Policía Judicial transitorias a los servidores públicos de la Fiscalía General de la Nación que ocupen los empleos de Asistentes de Fiscal I, II, III y IV. En mérito de lo expuesto, este Despacho: RESUELVE ARTÍCULO 1. PRORROGAR por el término de tres (3) años, las atribuciones transitorias para cumplir funciones de Policía Judicial, a los servidores públicos de la Fiscalía General de la Nación que ocupen los empleos de Asistentes de Fiscal I, II, III y IV. PARÁGRAFO. El término de las funciones otorgadas finalizará el 15 de julio de 2027, inclusive. ARTÍCULO SEGUNDO. La atribuciones transitorias otorgadas para cumplir funciones de Policía Judicial a los servidores que ostenten los empleos indicados en el artículo que precede, los faculta para: i) recibir denuncias, querellas o informes de otra clase, de los cuales
se infiera la posible comisión de un delito; ii) realizar entrevistas; iii) obtener documentos que requiera el fiscal supervisor, con fines investigativos y/o probatorios y; iv) recibir interrogatorios al indiciado. ARTÍCULO TERCERO. En ejecución de las atribuciones otorgadas para cumplir funciones de Policía Judicial, los servidores deberán: (i) aplicar las reglas técnicas pertinentes con base en las normas vigentes, contenidas -entre otrasen el Manual de Policía Judicial, (ii) aplicar el Manual de Cadena de Custodia y (iii) observar lo dispuesto en los incisos 2'’ y 3'’ del artículo 33 de la Ley 270 de 1996. ARTÍCULO CUARTO. Comunicar el presente acto administrativo, por conducto de la Subdirección de Talento Humano, a la Delegada para la Seguridad Territorial, a la Delegada contra la Criminalidad Organizada, a la DeIQgada contra las Finanzas Criminales, Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema de Justicia y a la Dirección del Cuerpo Técnico de Investigación de la Fiscalía General de la Nación, para lo de su competencia. ARTÍCULO QUINTO. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición,
PUBLíQUESE, COMUNíQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., - ’ 04JUL.m24 Fiscal General de la Nación