FGN - Resolucion 3177 de 2017
Fiscalía General de la Nación
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Detalles
- Título
- FGN - Resolucion 3177 de 2017
- Autor
- Fiscalía General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Extinción de Dominio
- Año
- 2017
FISCALÍA e3 J 7 7
R~OLUCIÓN No. "Pnr ta cual s« rP.glamental a organizac!n~qf ncW!miento de los Comités Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo y se dictan olras disposiciones" LA FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN (El En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales. en especial las conferidas por los numerales 19 y 25 del articulo 4 • del Decreto Ley 016 de 2014 y CONSIDERANDO Que. en virtud de lo preceptuado en el artículo 4º de la Resolución Nº 2013 de 1986, la empresa o institución que posea dos o más establecimientos de trabajo tiene la facUltad de conformar varios Comités de Medic:na, Higiene y Seguridad lncustrial, teniendo en cuenta su orqaruzación inhm1a y. a su vez, cada Comité estará compuesto de acuerdo al articulo 2º de la misma norma, considerando como número total de trabajadores la suma de los trabajadores de la empresa en el respectivo municipio y municipios vecinos. Que el articulo 2º de la Resolución Nº 2013 de 1986 establece la composición de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial. conforme al número de trabajadores de la respectiva institución, así: "De 1 O a 49 trabajadores. un representante por cada una de las partes. De 50 a 499 trabajado1cs. dos representantes por cada una de las partes. De 500 a 999 trabajadores. tres representantes por cada una de las partes De 1000 o més !rebajadores. cuoiro representantes por ceae una de las partos. A las reuniones del Comité sólo asistirán los miembros principales. Los suplentes
asistirán por ausencia de los principales y serán citados a las reunones por el Presidente del Comité.·· Que el articulo 63 del Decreto 1295 de 1994 dispuso que el "Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial" se denominará en lo sucesivo "Comité Paritario de Salud Ocupac,onal" y. a su vez. aumenta a dos (2) años el período de los miembros que lo integran. Que la Resolución Nº 2013 de 1986 establece las responsabilidades y funciones del Comité Paritario de Salud Ocupacional y de los miembros que lo componen. Que el artículo 1° de la Ley 1562 de 2012 estableció que la noción de Salud Ocupacional se entenderá como Seguridad y Salud en el Trabajo. definiéndola como la disciplina que trata de la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, y de la protección y promoción ce la salud de los trabajadores. Que. conforme a la normativa antes citada, el objeto fundamental de la Seguridad y Salud en el Trabajo es mejorar las condiciores. el medio ambiente y la salud en el trabajo, para el bienestar físico, menlal y social de los trabajadores en todas las ocupaciones. Que, mediante la Resolución Nº 0-1156 del 1 de julio de 2014, el Fiscal General de la Nación regl;imentó el fun:::ionamiento y organización de los Comités Paritarios de Salud Ocupacional en la entidad. estableciendo nueve zonas e igual número de Comités en la entidad
...• "°- FISC, A LÍA " 3 7 7 l 6 NOV 1fJ17 !"loja 2 de la Resolución J de ·por la cual se reglamenta
la organización y funcionamiento de los comnee Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo y se dictan otras disposiciones· r v Que, de conformidad con los parágra'os 2• del artículo 2.2.4.6.2 del Decreto 1072 de 2015. el nombre de Comité Paritario de Salud Ocupacional cambió por el de Comité Paritario de Seguridad y Salud en et Trabajo. Que el Decreto Ley 898 del 29 de mayo de 2017, modificó la estructura orgánica y ;uncional de la Fiscalía General de la Nación, y suprimió algunos empleos cuyos titulares iungían como miembros de los Comités Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo. Quo se hace necesario actualizar y modificar la Resolución N° 0-1156 del 1 de julio de 2014. teniendo en cuenta la nueva estructura de la inS1itución y con miras a incrementar los niveles de eficiencia y efectividad en el cumplimiento de ta misión de los Comités Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo. además de propender por un trabajo coordinado desde el área de apoyo en cada una de las regiones del país y con mayor unidad de criterio a partir de las direcírices que se imparten desde el nivel central de la entidad. Que. de acuerdo al numeral 25 del articulo 4• del Decreto Ley 16 de 2014, el Fiscal General de la Nación tiene la función de "Croar. contonnor, modificar o suprimir secciones, departamentos. comités, unidades y grupos Internos de trabajo que se rcquioron para el cumplimiento de /as funciones a cargo de la Fiscal/a Gen9ra/ d9 la
Nación". e Que la competencia para conformar integrar los diferentes Comités Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo se ancuentra en cabeza del Fiscal General de la Nación. razón por la cual. correlativamente, está facultado para modificar, suprimir, reagrupar o adicionar esta clase de Comités en la entidad. Que. igualmente. es necesario reglamentar y actualizar el proceso de elección de los representantes de los trabajadores en los Comités Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo. Con mérito en lo anteriormente expuesto. este Despacho
RESUELVE
CAPÍTULO!
OBJETO Y CONFORMACIÓN ARTÍCULO 1•.- OBJETO. Reglamentar la con'ormación, organización y funcionamienlo de tos Comités Paritarios de Seguridad ~ Salud en el Trabajo - COPASST. en la Fiscalía General de la Nación, de coníormídad con la normatividad que rige la materia. ARTÍCULO 2• .• CONFORMACIÓN. Conformar ocho (6) Comités Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo - COPASST, en la Fiscalía General de ta Nación. de conformidad con la denominación. miembros, áreas de cobertura y sedes que se describen a conlmuación así:
FISCALÍA NÍJ3 1 7 7<Je '16 IOV. 2017
Hoja 3 de 1a ResOlución 'Por la cual se reg/c1menl1;1 la organización y ftlncionamiento de los Comités Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo y se dictan otras cusooscones" ~--------------- -- .
COPASSTZONA 1
SEOE: BOGOTÁ D.C.
BOGO TA NIIICI. comw.
ÁREA DE COBERTURA
C\JNDl'iP.M,\RCA
(DIRECCIONES SECIONALES)
BOYACÁ AMAZONAS 1----------------1-'-''cc 1. SUSOIRECTÓR.~EGIONAL )E APOYOCENTP.AL m •
2. ASESOR ATENCIÓN AL USU\RIO.
INTER'/ENCIONTEMPRANA Y
ASIGNACIONES· CUNDlriA!MRCA
MIEMBROS PRINCIPALES
3. SUBOIRECTOR DE BIE·'IES •. ASESOR 11 • ATENCIÓN AL USUARIO.
INTERVE.NCION TEMPRANA Y
ASIGN,CIONES· BOYACÁ
1----------------1--•~R~fPRF~~S~F_Nr~"!F~D!°IOSSF,.~RVs.,.:,I_D_~ O~R-l~ E~S._
EN SU OROEN:
1. DtílECTORSEcttONAL OE BOCOTÁ
2. DtRECTOR SECCIONAL oe CUNOINAM'IRCA
I MIEMSROS SUPLENTES
3. JUf OEPAATAMENTC DE
AOMINISTRACION OE i>!Rl>ONAL
1 4, DIRECTOR SECCIOAAL BOYACA 4 REPRESENTANTES DE LOS SERVl!?~.~E;¡ COPA3ST - ZONA 2 seoe: 8ARRANQUIUA .. .. .... ,,. -------~ .-..l V.NllCO---------
LAGUAJIRA
ÁREA OE COBERTURA W.COAlENA
(DIRECCIONES SECIONALESI CE.SAR BOLlv/lR --------------·--+S, 6.N I\NORÉS 1. ~ilo~1=RC-c=To=n-n=e=o-10-NAL--o=E-A=~-o-v-o----~
CARIBE
2. ASESCR lll · ATENCl:)N ~.L v:;uARIO.
INTERYENCIÓNTEMPAA,.,_ Y
ASIGNACIONESBOLlvAR
MIEMBROS PRINCIPALES
3. ASESCR 111 • ATENCll)N AL U~UAHIO,
INTERVENCIÓN TEMPAANI, Y
ASIGN.O.CIC-NESLA GUAJIRA
4. ASESCR 111 • POJCiA JUDICIAL· CTI • CESAR Ji
1------------------'
REPRESEN-ANTES DE LOS SERVIDORES EN·&J~OEH: .... · 1
1. DIRECTORSECCIOl\:"l l)F ATI ÁNTIC':Cl
MIEMBROS SUPLENTES
2. OIRECTORSECCIONAI ílF ,,w:;fl.ll FNA
3. DIRECTORSECCION"I OF 11r.tJA,JIAA
4. DIRECTOR SECCIONA.L Cl;.SAR:..,.,..._ __,
FISCALÍA ,,Ó- 3 J 7 7 'JB IOV. 2017
Hoja 4 de la Resolución de •Por la cual so reglamenta la orf:}anización y funcionamiento de los Comités Pamarios de Seguridady Salud en el Trabajo y se dictan otras disposiciones' j
4 REPRESENTAIITT:S DE LOS SERVIDORE.S COPASST -ZON.l 3
SEDE.: IIEDELLÍN
MT>:;lQUIA
&,CRE
ÁREA DE COBERTURA
MEDELÚN tCllRECCIONES SECION.ALES)
~ CHOCÓ
l. SLIBDIRECTO~ REGIONAL DE APOYONOROCCIDENTAL
2. ASESOR 111. ATEN::ION AL USUARIO.
INTERVENCIÓN TEMPRANA Y
ASIGNACIONES- ·~HOCÓ ! 3 ASESOR 111ATE.N::IÓN AL JSUARIO.
MIEMBROS PRINCIPALES INTERVENClON TEMl'RANA Y ASIGNACIONES - CORDOB. .
4. ASESOR 111. ATFNCIQN Al .J~IJARIO.
INTERVENCIÓN TEMPRA\ IA Y ASIGNACIONES - ANTIOQUIA ---------------~,_•_RE_'RE,SE'NTDAE!: ILJ:OESS SERVIDORES -1
EN SU ORDEN:
1. OIRECTORSECCIONAL CEMEDELLiN
2. DIRECTOR SECCIONAL CE CHOCÓ
¡ MIE:MBROS SUPLENTES
3. DIRECTOR SECCIONAL CÓRDOBA
4. DIRECTOR SECCIONAL ANTIOQUIA
1L .---------------~:.....c•c.cRE=-PRE=S_EDNsT.Al,.QN~TE SSER \IDORE~
CQPASST-ZONA•
SEDE:PEREIRA
RISARALDA
ÁREA DE COBERTURA
CALDAS
(DIRECCIONES SECIONALESJ
QUINDO
1-----------------
1. SÚBOIRECTOR REGIONAL DE APOYOF.JF
CAFETERO
2. ASESC~ ni - PCLICÍA. JUOlCIAL • CTIOUIND!o
3 ASESCR 111-ATENCIO" AL USU/\RIO.
INTERVENCIÓN TEMPRANA Y
ASIGNACIONES - CALDAS
MIEMBROS PRINCIPALES
4. ASeSOR 111 • ATENCION AL USU,,.1'\10.
INTERVENCIÓN TEMPRANA Y
ASIGNACIONESRIS-A.RALDA
4 REPflE.SENTA~ES DE LOS SERVIDORES
FISCALÍA
':;1'~!:,f" ~ov 3 1 21}17 .l-loju 5 Je lil Rewlui;i~11. ... "Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los Comités Paritarios de Seguridad y Safod en el Trabajo y se dictan otras disposiciones" --·----- ·-~-----------------,
ENSL ORDEN.
DIRECTOR SeCCIONAL DE RISARALDA
2 DIRECTOR S::CCIONAL DE OUIND!O
MIEMBROS SUPLENTES
3 DIRECTOR S::\;CIONAL DE t:ALDAS
5 ASESOR 111FISCALIAS Y SEGURIDAD
CIUDAOAM DE CALDAS
4 REPl,lf.SENTANTES DEL < ERVIDORES
-·-------------~ ...
COPASST - ZONA 5 seee.
!BAGUÉ
TOLIMA
MUILA
AREA DE COBERTURA
CAGUETA
/DIRECCIONES SECIONALESJ
PUTUMAYO
SUBO RECTOR REGIONAL DE /'POYO
CENHOSUR 2 ASeSOI\ 111 - ATEMCIÓN AL USUARIO.
INTERVENCIÓN TEMPRANA V
ASIGNACIONES - CAOVETA
3 ASESO" 111-POLICIAJUOICIAL· CTIMIEMBROS PRINCIPALES
PUTUMAYO
4 ASESOR 111-FISCALIAS Y SEGURIDAD
CIUDADANA - HUILA
4 REPRESENTANTES DE LOS SERV!DORES EN SU ORDEN: nlRFCTOR "<FCC:IONAI OF TOl lMA
2 DIRECTOR SECCIONAL DE CAOUETA
MIEMBROS SUPLENTES
3 DIRECTOR SECCIONAL DIE PUtu•'lAYO 4 DIRECTOR SECCIONAL oa HJILA 1 <. ~E PRES E NTA NTES DE LOS SERV DORES
G~~~ COPASST - ZONA 6
SEDE:CALI
VALLE DEL CAUCA
DE COBERTURA CALI
(DIRECCIONES SECIONALESI CAUCA
NARIÑO
SUBDIRECTOR REGIGNAL OE APOYOPACÍFICO
2. ASESOR HI -ATENCIONAL USUARIO.
MIEMBROS PRINCIPALES INTERVENCIOM TEMPRANA Y
ASIGNACIONES - NARll'lO
3. ASESORHI-ATENCIONALUSUARIO.
INTERVENCION TEMPRANA Y
ASIGNACIONES - VALLE OEL ~!,J_(;f,.
FISCALÍA
';;<.l;flNoV. 3 2017 Hoja 6 de la Reso/ució;) ,\~:... 1 "Por la cual se reglamenta !¡¡ nrg¡¡ni?¡¡ción y funcionJmiento de los Comités Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo y se dictan otras disposiciones" 4 ASESO" 111r-ouct« JUOICIAL • CTICAUCA
4 REPRESENTANTES DE LOS SERVIDORES
EN SI. ORDEN:
DIRECTOR SECCIONAL DE CALI
2 DIRECTOR SECCIONA!. DE NARll,iO
MIEMBROS SUPLENT'ES 3. DIRECTOR SECCIONAL DE VALLE DEL
CAUCA
4. DIRECTOR SECCIONAL DE CAUCA
4 REPRESENTANTeS DE LOS SERVIDORES COP4SST - ZONA 1
SEDE:BUCARAMANGA !--------···· SAN I ANUtK ·- • - -· •
ÁREA DE COBERTURA NORTE DE SANTANOER
(DIRECCIONES SECIONALES) MAGDALENA MEDIO
ARAUCA ··-------!
1 SJBOIRECTOR REGIONAL DE APOYO •
NORORIE NTAL
, ASESOR 111-ATENCl<'JN AL USUARIO.
INTFRVFNr:U')N TFMPRANA Y
ASIGNACIONES -NORTe OE SANTANOf.R
MIEMBROS PRINCIPALES
3. ASESOR 111-POLICIAJUOICIAL·CTIMIIGDIILENA MEDIO
4. ASESOR 111 • FISCALIAS Y SEGURIDAD CIU:>AOANAARAVCA coe 4 REPRC::3CNTANTCS OC OCRVIOO~C$ >---------------1-e=N-sv-o=R=oE=,.--------- ..
1. DIRECTOR SECCIONA! DE SANTANDER
2. DIRECTOR SECCIOl'W. t-lORTE DE
SANTANDER MIEMBROS sur-LENTES
3. DIRECTOR SECCIONAI. MAGDALENA MEDIO 4 DIRECTOR SECCIONA!. DE ARAUCA .. ,_4~R=EP~R~E=S=E~N~TA~NTES~~D=E~~=OS~SE=R~V~l=DO~R~E=S~--~ '-------··· . -·····--------------------~ COP"SST - Z:Ol'IA 5
StDE: Vlll.AVICENCIO
WFTA
CA SANARE
ÁREA DE COBERTURA
VICH.O.DA
(DIRECCIONES SECIONALES)
GUAVIARE
G':'AINiA - VAUP~.S.
FISCALÍA
,9ª-Jde'tl'Nov. 3 2017 Hoja 7 de la Resolución~ "Por/a cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los Comités Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo y se dictan otras (1isposiciones"
1. SUBDIRECTOR REGIONAL DE AF>OYO- óRINOOUiA
2. DIReCTOR SE.CCIONAL DE GUAVIARE.
MIEMBROS PRINCIPALES 3. ASESOR 11; - POLICÍ'< JUDICIAL CTICASANI\RE.
4. DIRECTORS ECCtoNAL - \,'ICJ tAOA
4 REPRESENTANTES :>E LOS SERV·DORES
EN SU CROEN:
DfRECTOR SECCION.AL - META
2. ASt:.SOF< 111 - FISCALIAS Y SEGLRIDAD f;IUDADANAIAETA
MIEMBROS SUPLENTES
3. DIRECTOR SECCIONAL DE CASANARE
4. DIRECTOR SECCIONAL GUAINIA i 4 REPRESENTANTES OE LOS SERV DORES PARÁGRAFO PRIMERO. Miembros suplentes. En caso de ausencia o imposibilidad de asistir a los Comités, los representantes pnncípales del empleador deberán coordinar lo correspondiente con el miembro suplente, con el fin de garantizar el debido funcionamiento de los mismos.
PARÁGRAFO SEGUNDO. Asistencia miembros suplentes. Los miembros suplentes asistirán por ausencia de los prir.cipales y serán citados a las reuniones por los Presidentes de los Comités. a• .. ARTÍCULO PERÍODO DE LOS REPRESENTANTES. Los representantes de los trabajadores en los Comités Paritaños de Seguridad y SalUCI en el Traba¡o, serán elegidos por un período de dos (2l años. ARTÍCULO 4• .• REELECCIÓN. Los representantes de los trabaadores en los Comités
Paritarios de Seguridad y Salud en el Traba¡o pueden ser reelegidos. CAPÍTULOII NATURALEZA, OBJETO Y FUNCIONAMIENTO DE LOS COPASST ARTÍCULOSº.· NATURALEZA Y OBJETO. Los Comités Pañtaños de Seguridad y Salud en el Trabajo son organismos de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de seguridady salud en la institución,c on miras a proteger y mejorar continuamentel a seguridad y la salud en el trabajo de los servidores de la FiscalíaG eneral de la Nación. ARTICULO 6º.· SESIONES ORDINARIAS. Los Comités Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo se reunirán por lo menos una vez al mes, de forma ordinaria. PARÁGRAFO PRIMERO. A la primera sesión ae los COPASST deberán asistir los miembros principales y suplentes, con ot fin de elaborar Aota de Instalación en la cual, entre otras. et Presídente posesionará a la totalidad de los miembros.
FISCALÍA ff 3 1 7 7 NOV 2017 l loja 8 de la Resolució~ ~ d:1 "Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los Comités Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo y se dictan otras disposiciones" PARÁGRAFO SEGUNDO. Las sesiÓnes podrán adelantarse de manera virtual, a través del uso de tecnolog ras de la información y las telecomunicaciones. ARTÍCULO 7°.- SESIONES EXTRAORDINARIAS En caso de accidente grave o riesgo inm,nente, el Comité Pari:ario correspondientes e reunirá con carácter extraordinañoy con la
presenciad el responsabled el área donde ocunió el accidente o se determinó el riesgo, dentro ae los aneo (5) días sigu,entesa la ocurrenciad el hecho. ARTÍCULO 8º.· QUÓRUM DELIBERATORIO. El quórum para sesionar estará constituido por la mitad más uno de sus miembros. ARTÍCULO 9C.- QUÓRUM DECISORIO. El Quórum decisorio está constituido por la mitad más uno de los miembros presentes. ARTÍCULO 10.- CONVOCATORIA. La convocatoria a sesión de COPASST deberá remitirse con cinco (5) días de antelación a la fecha en que se realizará la sesión correspondiente, adjuntando el orden del día y los documentos de estudio necesarios para el desarrollo de la misma. ARTÍCULO 11.- ACTAS. En cada una de las sesiones de los COPASST deberán elaborarse actas en donde consten los asuntos debatidos y decididos, las cuales serán suscritas por el Presidente y el Secretario Técnico. En caso de adelantarse sesión virtual, el acta será suscrita por el Presidente y el Secretario Técnico. con transcripción literal de los votos correspondientes. ARTÍCULO 12.- INVITADOS. A las sesiones de los COPASST podrán ser invitados servidores de la entidad o particulares, cuando al seno del Comité se determine necesaria su presencia para aclarar o profundizar en algún asunto. Las invitaciones deben ser aprobadas por los miembros con anterioridad. Por regla general, la presencia de los invitados se realizará mediante el uso de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, excepto cuando las circunstancias
no permitan su uso o su presencia sea de gran importancia para resolver asuntos con cretos. PARÁGRAFO. Los servidores que tengan a su cargo el programa de salud y seguridad en el trabajo en la respectiva Subdirección Regional de Apoyo, serán invitados permanentes en las sesiones de los COPASST. ARTÍCULO 13.- PRESIDENCIA. La presidencia de los COPASST será ejercida por el Subdirector Regional de Apoyo de la zona correspondiente. ARTÍCULO 14.- SECRETARÍA TÉCNICA. La Secretaria Técnica de los COPASST será ejercida por un servidor adscrito a la Subdirección Regional de Apoyo, elegido por el Comité correspondiente. ARTICULO 15.- MECANISMOS DE COORDINACIÓN. La Subdirección Regional de Apoyo deberá garantizar la existencia de mecanismos de coordinación, con el fin de atender cabalmente los asuntos propios del COPASST en la totalidad de su área de cobertura.
FISCALÍA lov. 1 3 1 ' 1 20)7
Hoja 9 de la Resolución ... d" "Por/a cual se reglamenta la orgamzac1ó11 y funcionamiento ele los r.:omilés Parilarios de Seguriaad y Salud en el Trabajo y se dictan otras disposiciones" Los Directores Seccionales tienen la obligación de establecer los canales de comunicación. coordinación y articulaciOn con el Subdirector Regional de Apoyo que corresponda, con el fin de atender los asuntos propios de los Programas de Seguridad y Salud en el Trabajo en su respectiva Dirección Secciona!. así como trasladar al Subdirector Regional de Apoyo los asuntos propios de esta materia.
Los Subdirectores Regionales de Apoyo podrán practicar visitas de verificación a las seccionales, de manera excepcional, cuando a su juicio sea necesario e indispensable realizarlas para profundizar en los asuntos propios del COPASST, las cuales serán autorizadas por el Director Ejecutivo CAPÍTULO III FUNCIONES DE LOS COPASST V SUS MIEMBROS ARTÍCULO 16-- FUNCIONES DE LOS COPASST. Los Comités Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo tendrán las siguientes funciones: a) Proponer la adopción de medidas y el desarrollo de actividades que procuren y mantengan la salud en los lugares y ambientes de traba]o, b) Proponer y participar en actividades de capacitación en seguridad y salud en el trabajo dirigidas a los servidores de la Fiscalía General de la Nación e) Colaborar con los servidores de entidades gubernamentales de Seguridad y Salud en el Trabajo en las actividades que estos adelanten en la Fiscalía General de la Nación y recibir, por derecho propio, los informes correspondientes. d) Vigilar el desarrollod e las actividadesq ue en materiad e Seguridady Salud en elTrabajo debe realiZarl a entidad,d e acuerdo con las normas vigentes. y promover su divulgación y observancia. e) Coíaborar en el análisis de las causas de los accidentes de trabajo y enfermedades laborales y proponer las medidas correctivas a que haya lugar para evitar su ocurrencia. Evaluar los programas que se hayar. realizado en estas materias. f) Visitar periódicamente los tugares de lrabajo de su jurisdicción e inspeccionar los ambientes, equipos, aparatos y las operaciones realizadas por el personal en cada área o
Sección,i nformar al Departamentod e Bienestary Salud Ocupacionals obre ;a existenciad e factores de riesgo y sugerir las medidas correctivasy de cootrol. g) Estudiar y considerar las sugerencias que presenten los servídores, en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo. h) Servir como organismo de coordinación entre la Administracióny los servidores en la solución de los problemas relativosa la seguridad y salud en el trabajo. i) Solicitar los informes que considere pertinentes para el correcto desarrollo de sus funciones. j) Elegir a los secretaríos de los Comités k) Mantener un archivo de las actas de reuniones y demás actividadesq ue desarrollen. 1) Participar en las actividades de promoción. divulgación e información sobre Seguridad y Salud en et Trabajo, en las cuales participel a Fiscalia General de la Nación y sus servidores. m) Aetcar como organismo da vig lancia del cumplimiento de los programas de Seguridad y Salud en el Trabajo, presentando los informes, recomendaciones o quejas que considere pertinentes. n) Recibir copias. por derecho propio, de las conclusiones sobre inspecciones e investigación que realice la Adminislr adora de Riesgos Laborales en los lugares de trabajo.
FISCALÍA 'l 3 1 'f 6 NOV 2017
H1Jj1J 10 de la Resolución .... 'de "Por la cual se reglamenta la orgFmizar.ión y funcionamiento de los Comités Paritarios de Seguridad y S8/11d en el Trabajo y se dictan otras disposiciones• íi) Preparar y presentar al Departamento de Bienestar y Salud Ocupacional un informe
semestral sobre las actividades desarrolladas y el estado general del programa de salud ocupacional en su área de cobertura. o en el momento en que le sea solicitado. o) Las demás funciones que te señalen las normas sobre Seguridad y Salud en el Trabajo. p) Darse su propio reglamento. en caso de vaclos que se presenten en las normas generales y especiales. ARTICULO 17.- FUNCIONES DE LOS PRESIDENTES DE LOS COPASST. Son funciones de los Presidentes de los Corrités Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo. entre otras. las siguientes: a) Presidir y orientar las reuniones en forma dinámica y ef1eaz. b) Coordina· la loglstica necesaria para nevar a cabo las reuniones. e) Comunicar las convocatorias a reunión a los diferentes miembros. d) Preparar los temas que van a tratarse en cada reunión e) Comunicar al Departamento de Oienestar y Salud Ocupacional las recomendaciones aprobadas en el seno de los COPASST y darle a conocer todas sus actividades. f) Coordinar todo lo necesario para la buena marcha del COPASST e informar a tos servidores de la entidad acerca de las actividades del mismo. g) Garantizar la representativldad de la totalidad del área de cobertura en el respectivo COPASST. h) Generar los mecanismos de coordinación necesarios para la buena marcha del
COPASST.
ARTICULO 18.- FUNCIONES DE LOS SECRETARIOS DE LOS COPASST. Son funciones de :os Secretarios de los Comités Parítarlcs de Seguridad y Salud en el Trabajo. las siguientes: a) Verificar la asistencia de los miembros de los Comttés a las reuniones programadas. asi
oomo el quórum oorrespondiente. b) Baborar el acta de cada reunión y sometella a la discusión y aprobación de los Comités. e) Llevar el archivo referente a las actividades desarrolladas por tos Comités y suministrar toda la información que sea requerida sobre el particular. d) Apoyar la logist:ca necesaria para el desarrollo de las sesiones de los COPASST. e) Apoyar el desarrollo de las funciones del Presidente. fl Las demás que le sean 3sign3d3i;; por et Presidente o por el respectivo COPASST. ARTÍCULO 19.- CONTROL Y VIGILANCIA. Los Presidentes de los Comités Paritaños de Seguridad y Salud en et Trabajo vetarán por et debido cumplimiento de ias disposiciones contenidas en la presente resolución y en tas normas que regulan la materia. CAPÍTULO IV ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE LOS SERVIDORES ARTÍCULO 20.- CONVOCATORIA. La Subdirección de Talento Humano, a través del Departamento de Bienestar y Salud Ocupacional, y los Subdirecciones Regionales de Apoyo, convocarán a tos servidores de la Fiscalía General de la Nación para elegir a sus representantes ante el COPASST.
FISCALÍA 1 k 3 NOV. 2017
Hoja 11 de la Resolución N.,_ ~·N;IF~e 1 ''Porl a cuei se reglamenta la organización y funcionamiento de tos Comités Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo y se dicta_,_1 _ot_ra_s_d_i...,sp_o_s_ic_io_n_o_s_"- ------------ ARTÍCULO 21,· CONTENIDO DE LA CONVOCATORIA. La Convocatoria a elecciones
respetará la normatividad que rige la mateña y las disposiciones contenidas en el presente reglamento, y deberá contener. como mínimo, lo siguiente: ,. Plazos y condiciones de las mscriocones . . • Condiciones de campaña . • • Cronograma del proceso . • · Fecha y hora de la apertura y el Cierre de la votación . • • Lugar de Ubicacion de las mesas de votación, en caso de habilitarse . •• Desclipción de los pasos para el voto electrónico . • • Breve explicación del material y documentos del proceso electoral, así como el procedimiento de votación física y/o electrónica . • · Procedimiento do cscrut,nio y entrega de rosultados. PARÁGRAFO PRIMERO. El Departamento de Bienestar y Salud Ocupacional gestionará y acompañará la totalidad del proceso de elección de representantes de los trabajadores a nivel nacional. Así mismo elaborará. estandarizará y socializará los elementos, formatos, modelos de convocatoria y actas y cualquier otro documento requerido en el proceso de elección, siguiendo las directrices de la Subdirección de Talento Humano para el efecto. Los Subdirectores Regionales de Apoyo deberán apoyar y ejecutar el prooeso de eleceiOn, para lo cual coordinarán lo correspondiente con los Directoras Seccionales de su área de cobertura. ARTICULO 22.· CIRCUNSCRIPCIONES ELECTORALES. El proceso de elección se adelantará OO'l base en las siguientes circunscripciones electorales y reglas de elegibilidad: ···-···
CIRCUNSCRIPCIÓN
¡ NÜMERODE
COPASST ELECTORAL
REPRESEN, TANTES
(SECCIOfl!_ALES)
BOYACÁ
··A ··M ··A ··Z -O ·-N - AS 1 ...
ZONA1 NIVEL CENTRAL
BOGOTÁ
2
CUNDINAMARCA
···- ,
SANANDRES 1
...
GUAJIRA ..... ,,_
ATLANTICO
ZONA2
MAGDALENA
' BOLÍVAR ! 2 ! CESAR .... i SUCRE 1 ----
>-CHOCÓ 1
...
ZONA3 ANTIOQUIA
MEDELLÍN
2
CÓRDOBA .. -·· ..
RISARALDA
ZONA4 CALDAS
1 4,
1 QUINDÍO --···--···· ·-····- ZONA5 HUILA . ·-
TOLIMA 1
- ...
FISCALÍA 3 1 7 B NOV. 1017
Hoja 12 do ID Resolución ~· 7de , ''Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de tos Comit&s Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo y se dictan otras disposiciones" -- CAQÚETA - 1
PlfTUMAYO 1
.....
NARlt':JO - ·-··· _,, 1 ·-·--- ' CAUCA 1
ZONAS ········-·-----
CALI 2
VALLE DEL CAUCA
SANTANDER
NORTE DE
2
ZONA7 SANATANDE . R -· ·- ··- . . .... ·- .. -·
MAGDALENA MEDIO 1
ARAUCA 1 ······- ··- --- .. ····---
GUÁINÍAVAUPÉS
VICHADA
1
ZONAB GUAVIARE
META 2 -
~····---·
CA SANARE 1
... PARÁGRAFO. REPRESENTATIVIDAD. Sin perjuicio de las circunscripciones electorales establecidas, los representantes de los trabajadores ostentarán la representabvidad de todos los seNidores del área de cobertura del respectivo COPASST. ARTÍCULO 23.- ELEGIBLES. Todos los servidores de la Fiscalía General de la Nación son elegibles para ser represenlantes de los trabajadores ante los Comités Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo. Los servidores podrán inscribirse oomo candidatos exclusivamente al Com~é Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo del lugar donde runcione la dependencia a lc1 cual se encuentra adscrito el empleo que desempeñan y oonfonne a la circunscri¡,ción electoral que corresponda. En este sentido, los servidores de la Fiscalía General de la Nación podrán inscnbirse como candidatos al Comité Paritario de Seguridad y salud en el Trabajo cuya área de cobertura corresponda a la sede o municipio donde desarrollan sus funciones habitualmente y en la cual runciona la dependencia a la cual se encuentra adscrito su empleo. PARÁGRAFO. Las siíuacones administrativas transitorias o temporales de ubicación no se tendrán en cuenta para delenninar la capacidad de ser elegible ante el COPASST, es decir, deberá tomarse en consideración la ubicación del cargo del cua· es titular servidor candidato para estos efectos, salvo que falte más de 1 mes para la finalización de la situación administrativa at momento de la elección, caso en el cual no podrá inscribirse como candidato. ARTÍCULO 24.- SUFRAGANTES. Todos los servidores de la Fiscalía General de la Nación
pueden sufragar para elegir a sus representantes ante los Comités Paritarios de Seguridad y Salud en el Trabajo. Los servidores podrán votar una única vez y exclusivamente por los candidatos al Comité Paritario de Seguridad y Sal11d en el Trabajo del lugar donde funcione la dependencia a la cual se encuentra adscrito el empeo que desempeñan y conforme a la cirounscñpción electoral que corresponda. l::n este sentido, los servidores de la Fiscalía General de la Nación podran votar por representantes al Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo cuya área de
FISCALÍA ie 3 \,.;: 1 .~ 7• I 1 • • ~' ••1 6 HOY. 2017
Hoj9 13 de la Resolución N~- "Por la cuet se reglamenta la organización y tunaonemiento de /os Comités Parí/anos de Segvridad y Salud en el Trabajoy se dictan otras disposici-Ones• cobertura corresponda a la sede o muricipio donde desaiTolan sus funciones habitualmente y en la cual funciona la dependencia a la cual se encuentra adsaito su empleo, de acuerdo a la circunsaipción electoral determinada en el prl!Sefl!e regl~. PARÁGRAFO. Las situaciones administrativas r.nsitorias o temporales de ubicación no se tendrán en coenta para determinar la capacidad de sufragan1e, es decir, deberá tomarse en corn;ideración la ubicación del cargo del servidor sutragam:e para estos efectos. salvo que falte más de 1 mes para la finalizac-ón de la situación adirinistra!iva al momeoto de la elección, caso
en el et.,al podrá votar el serv.dor en la zona en donde se ercuenl!a ubicado temporalmente. ARTÍCULO 25.- INSCRIPCIONES. La mcripción de candidatos se realizará y controlará en la Subdirección Regional de Apoyo que mdque la convocatoria y en el nivel central por el Departamento de Bienestar y Salud Ocupaoonal. por medio físico o eteclrónico. Dentro de los dos (2) días siguientes al cierre de las im~pciones, las Subdirecciones Regionales de Apoyo y el Departamento de Bienestar y Salud Ocupacional. publica"án los listados de inscritos por cada uno de los COPASST. PARÁGRAFO. En caso de no inscribirse la totalidad de servidores necesarios para elegir representantes principales y suplentes en el COPASST, se modificará el cronograma y se ampliará el plazo de inscripciones pa cinco (5) días hábiles, término denlro del cual el Presidente del COPASST y bs Subdrectc,-es Regionales de Apoyo promocionarán e inceniivarán la participación de los servido-es. Si vencido este tém,ino no se inscribe la totaldaó de cancfldatos necesarios. se procederá con las siguientes reglas: .• No se efectuará proceso de elección y se declararán electos los candidatos inscrnos . . - El Presidente del COPASST procederá a designar dentro del personal bajo su
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