FGN - Resolucion 391 de 2023
Fiscalía General de la Nación
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- FGN - Resolucion 391 de 2023
- Autor
- Fiscalía General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Extinción de Dominio
- Año
- 2023
,,
FISCALÍA I IJ&i '%4'1 !'? í1I 0 0 3 9 1
RESOLUCIÓN No.
O 4 AGO 2023 "Por medio de la cual se adopta la Política de Seguridad Vial de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones" EL FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN En uso de las facultades constitucionales y legales, en especial las contempladas en los numerales 1 y 19 del artículo 4 del Decreto Ley 016 del 09 de enero 2014, modificado parcialmente por el Decreto Ley 898 de 2017, y CONSIDERANDO Que de acuerdo con el inciso segundo del artículo 2 de la Constitución Política "l. . .] Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los paniculares". Que de acuerdo con lo establecido en el literal e) del artículo 2 de la Ley 105 de 1993 "Por la cual se dictan disposiciones básicas sobre el transporte, se redistribuyen competencias y recursos entre la Nación y las Entidades Territoriales, se reglamenta la planeación en el sector transporte y se dictan otras disposiciones", uno de los principios rectores del trasporte es la seguridad de las personas, la cual"[, . .] constituye una prioridad del Sistema y del Sector Transporte". Que la Ley 1503 de 2011 "Por la cual se promueve la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguras en la vía y se dictan otras disposiciones", define en su artículo 1 " .. .los lineamientos generales en
educación, responsabilidad social empresarial y acciones estatales y comunitarias para promover en las personas la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguras en la vía y en consecuencia, la formación de criterios autónomos, solidarios y prudentes para la toma de decisiones en situaciones de desplazamiento o de uso de la vía pública". Que el artículo 12 de la Ley ibídem, modificado por el artículo 11 O del Decreto ley 2106 de 2019 dispuso acerca del Diseño, implementación y verificación del Plan Estratégico de Seguridad Vial que"(. . .}. Toda entidad, organización o empresa del sector público o privado, que cuente con una flota de vehículos automotores o no automotores superior a diez (1 O) unidades, o que contrate o administre personal de conductores, deberá diseñar e implementar un Plan Estratégico de Seguridad Vial en función de su misionalidad y tamaño, de acuerdo con la metodología expedida por el Ministerio de Transporte y etticuietto con su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo VOr Lfi_G_s_ s _ D _ I _.. .J _ " ..,..C,.,-;/-:k fififififififififififififi ' VJ fi fi fifi
FISCALÍA
PW&Hiti5'fi11 O O 3 9 1 Página 2 de 5 de la Resolución No. "Por medio de la cual se adopta la Política de Seguridad Vial de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones" Que el artículo 1 del Decreto 1252 de 2021, el cual modificó el artículo 2.3.2.1
del Decreto 1079 de 2015 "Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte", define en su literal a) al Plan Estratégico de Seguridad Vial como la "Herramienta de gestión que contiene las acciones, mecanismos, estrategias y medidas de planificación, implementación, seguimiento y mejora que deben adoptar las diferentes entidades, organizaciones o empresas del sector público o privado de conformidad con el articulo 110 del Decreto Ley 2106 de 2019, encaminadas a generar hábitos, comportamientos y conductas seguras en las vías para prevenir riesgos, reducir la accidentalidad vial y disminuir sus efectos nocivos". Que dentro de las facultades atribuidas al Fiscal General de la Nación en el artículo 4 del Decreto Ley 016 de 2014, modificado por el Decreto Ley 898 de 2017, se encuentran las siguientes: (i) En el numeral 1 "Formular y adoptar las políticas, directrices, lineamientos y protocolos para el cumplimiento de las funciones asignadas a la Fiscalía General de la Nación en la Constitución y en la ley", y (ii) en el numeral 19, "Expedir reglamentos, protocolos, órdenes, circulares y manuales de organización y procedimiento conducentes a la organización administrativa y al eficaz desempeño de las funciones de la Fiscalía General de la Nación''. Que mediante la Resolución No. 0001492 del 18 de agosto del 2015, la Fiscalía General de la Nación creó el Comité de Trabajo para la elaboración del Plan Estratégico de Seguridad Vial de la entidad. Que en el marco de dicho Comité de Trabajo, en el año 2016, la Fiscalía
General de la Nación diseñó su Plan Estratégico de Seguridad Vial, el cual fue radicado ante la Superintendencia de Puertos y Transportes mediante oficio No. 20166150009371 de fecha 22 de junio de esa misma anualidad .. Que mediante la Resolución No. O - 0559 del 29 de junio de 2022, la entidad reglamentó el Comité de Seguridad Vial y los Equipos de Seguridad Vial de la Fiscalía General de la Nación y estableció en su articulo 4. las funciones del Comité dentro de las cuales se destaca "El Comité es el ente encargado de definir las políticas, objetivos, misión, visión y alcance del Plan Estratégico de Seguridad Vial - PESV para la Fiscalía General de la Nación (. . .)" y en su articulo 10 derogó la Resolución No. 0001492 del 18 de agosto del 2015. Que mediante Resolución No. 20223040040595 del 12 de julio de 2022 "Por la cual se adopta la metodología para el diseño, implementación y verificación de los Planes Estratégicos de Seguridad Vial y se dictan otras disposiciones" expedida por el Ministerio de Transporte, se estableció la "Metodología para el diseño, implementación y verificación de los Planes Estratégicos de Seguridad ,
FISCALÍA .... , • 'ºi·:J'i'!'· .,, O O 3 9 1
Página 3 de 5 de la Resolución No. "Por medio de la cual se adopta la Política de Seguridad Vial de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones" Vial". en el capitulo I del Anexo se consignó la "Metodología para el diseño e
implementación del PESV", en la Fase 1 "Planificación del PESV" Paso 3 "Política de Seguridad Vial de la Organización (Aplica para todos los niveles)" lo siguiente: "La Política de Seguridad Vial es el documento en el que el nivel directivo de la organización se compromete a suministrar y garantizar los recursos para la planificación, implementación, seguimiento y mejora del PESV (. . .) La organización debe documentar la Politica de Seguridad Vial con alcance sobre los desplazamientos laborales y los trayectos en itinere para todos sus colaboradores, dicha política debe: (. . .) fi Ser concisa, redactada con claridad, estar fechada y finnada por el representante legal de la organización (. .. ) La Política de Seguridad Vial exigida en PESV se puede articular con la Política del SGSST y/o con los demás sistemas de gestión que tenga implementados la organización(. .. )". Que mediante Resolución No. 0026 del 28 de julio del 2017, cuya vigencia y permanencia fue ratificada por el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno, en sesión del 31 de octubre de 2022, la Fiscalía General de la Nación adoptó la Política y los Objetivos del Sistema de Gestión Integral SGI, asumiendo su compromiso con disposiciones enmarcadas a través de seis objetivos estratégicos que permiten el desarrollo de diferentes politicas y sistemas de gestión. Que en cumplimiento de la Política y Objetivos del Sistema de Gestión Integral, particularmente del Objetivo No.3 "Mejorar continuamente las acciones orientadas a proteger y mantener la salud y seguridad de sus servidores, contratistas, visitantes y partes interesadas mediante actividades que
conduzcan a fortalecer el trabajo seguro y la mitigación del nivel de riesgo en el ambiente laboral de los servidores" se consolidó como uno de los subsistemas que integran el SGI el Sistema de Gestión de Salud y Seguridad en el Trabajo SG-SST, dentro del cual se establecen instancias como el Comité de Seguridad Vial y programas de gestión de riesgos. Que el Comité de Seguridad Vial de la Fiscalía General de la Nación en sesión de fecha 20 de enero de 2023, presentó y aprobó la Política y Objetivos del Plan Estratégico de Seguridad Vial. ,
FISCALÍA .... , ... , •· Ji i,'"fi .,, O O 3 9 1
Página 4 de 5 de la Resolución No. "Por medio de la cual se adopta la Política de Seguridad Vial de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones" Que en mérito de lo anteriormente expuesto, RESUELVE Artículo 1. Adopción de la Política. Adoptar la Política de Seguridad Vial de la Fiscalía General de la Nación, que se describe a continuación: POLITICA DE SEGURIDAD VIAL La Fiscalía General de la Nación está comprometida, en la promoción y adopción de la seguridad vial como una cultura que afiance hábitos, comportamientos y conductas seguras en las vías, para los desplazamientos que realicen todos sus colaboradores, en las diferentes sedes y condiciones de movilidad, mediante el diseño, implementación y ejecución de los lineamientos definidos en la legislación y normatividad, así como del Plan Estratégico de Seguridad Vial (P.E.S.V), a través del seguimiento, control, evaluación y mejora continua de acciones concretas que permitan reducir o
eliminar las causas que lo generan. Artículo 2. Objetivos. La Política de Seguridad Vial de la Fiscalía General de la Nación tiene como objetivos: OBJETIVO GENERAL Mejorar continuamente las acciones orientadas a fortalecer los comportamientos y conductas seguras durante los desplazamientos de los servidores y partes interesadas de la Entidad; con el fin de fortalecer la cultura de prevención vial y mitigar el riesgo. OBJETIVOS ESPECIFICOS • Diseñar los estándares de seguridad vial aplicables a la Fiscalía General de la Nación, que promuevan comportamientos seguros en la vía. • Gestionar el mantenimiento del parque automotor de la Entidad de acuerdo con los lineamientos establecidos en el sistema de gestión integral. • Verificar los mecanismos de control y el cumplimiento de los indicadores del Plan Estratégico de Seguridad Vial. • Divulgar y socializar al interior de la Entidad las lecciones aprendidas producto de las acciones implementadas por el Plan Estratégico de Seguridad Vial. Artículo 3. Alcance. La presente Política de Seguridad Vial, involucra a todos n los seNidores públicos y partes interesadas de la Fiscalía General de la \ 'F l)j Vfi
FISCALÍA
Miii "HM!ilt1,i21 O O 3 9 1 Página 5 de 5 de la Resolución No. "Por medio de la cual se adopta la Política de Seguridad Vial de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones" Nación, que, en el ejercicio de sus funciones u obligaciones actúan en calidad de actores viales y así propender por el mejoramiento permanente de la seguridad vial y la movilidad.
Artículo 4. Revisión y actualización. La Política de Seguridad Vial de la Fiscalía General de la Nación será revisada como mínimo cada tres (3) años y actualizada periódicamente en caso de ser necesario, dentro del marco de la mejora continua para garantizar su cumplimiento de las acciones contempladas en el Plan Estratégico de Seguridad Vial de la Fiscalía General de la Nación. Artículo 5. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNIQUESE CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C, a los Q 4 AGO 2023
RBOSA DELGADO
;
NOMBRE IRMA
John Henry Porras Oultoan - Jefe del Departamento de Proyectó 31 Trans nes Gina Maria Espinosa Roma - Jefe del Departamento de Proyectó Btenestar Salud Ocu corral E Gladys Eugenia Zambrano Arcm1egas - Directora de Revisó Planeac1ón Desarrollo Edgar Alexander Pedreros Bermudez - Subdirector de Revisó Bienes Maria Ale¡andra Gómez Pachaco - Profesional Dirección Revisó E eccuva Carlos Alberto Saboya González - Director de Asuntos Aprobó Jund1cos ; 1 A pfi , ofibófi;J,;; A •fi"fi " ; ' ºfi=fi o ofimfi , ; R efiafi s fi s fi , fifi , eofi < ofi-;,:ofi"fififi , ofi"fi'fi""fi"fi ' "fi'=fififififi 'Ice _ 2_ Los arriba firmantes declaramos que hemos revisado el documento y lo e mos ajustado a las normas y rñspoaicones legales vigentes y po1 lo tanlo baJo nuestra responsabilidad lo presentamos para