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FGN - Resolución 400 de 2020

Fiscalía General de la Nación

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Disponible

Detalles

Título
FGN - Resolución 400 de 2020
Autor
Fiscalía General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Penal
Año
2020

F IS C A L ÍA .................. ,_ RESOLUCIÓN Nº 0 - 04 Q Q "Por medio de la cual se otorgan atribuciones transitorias para cumplir funciones de Policía Judicial a servidores adscritos a la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia" EL FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las contenidas en el numeral 5° del artículo 251 de la Constitución Política., modificado por el Acto Legislativo 03 de 2002, el articulo 203 de la Ley 906 de 2004, los numerales 8 y 9 del artículo 4° del Decreto Ley 016 de 2014 y, CONSIDERANDO Que el numeral 5° del artículo 251 de la Constitución Política establece como función del Fiscal General de la Nación la de ·'Otorgar atribuciones transitorias a entes públicos que puedan cumplir fimdones de policía judicial, bajo fa responsabilidad y dependencia Jimcional de la Fiscalía General de la Nación". Que acorde a lo nonnado por el artículo 31 I de la Ley 600 de 2000 y el artículo 203 de la Ley 906 de 2004. "Ejercen funciones de policía judicial, de manera transitoria. los entes públicos que, por resolución del Fiscal General de la Nación. hayan sido autorizados para ello. Estos deberán actuar conforme con las autorizaciones otorgadas y en los asuntos que hayan sido señalados en la respectiva resolución". Que en Sentencia C-440 de 2016 la Corte Constitucional, de acuerdo con la jurisprudencia de esa corporación - Sentencias C-024 de 1994, C-404 de 2003 y C-594 de 2014 -, definió la Policía

Que en Sentencia C-440 de 2016 la Corte Constitucional, de acuerdo con la jurisprudencia de esa corporación - Sentencias C-024 de 1994, C-404 de 2003 y C-594 de 2014 -, definió la Policía Judicial como el conjunto de autoridades que colaboran con los funcionarios judiciales en la investigación de los delitos y en la captura de los delincuentes, precisando a la vez que, la función de Policía Judicial es un elemento necesario para la investigación penal y debe desempeñarse por servidores públicos específicamente capacitados para ese efecto y bajo la dirección, coordinación y responsabilidad funcional de la Fiscalía General de la Nación, que por mandato de la Constitución forma parte de la rama judicial del poder público. Que el articulo 33 de la Ley 270 de 1996 establece que la Fiscalía General de la Nación tendrá las tareas de dirección, coordinación y control de las funciones de policía judicial, indicando que estas funciones se ejercerán dando cumplimiento a sus órdenes, directrices y orientaciones. Que los numerales 8° y 9" del articulo 4" del Decreto 016 de 2014 establecen dentro de las funciones del Fiscal General de la Nación las de "{, . .) 8. Otorgar, atribuciones transitorias a entes públicos que puedan cumplir funciones de Po/ic:ía Judicial, bajo la responsabilidad ydependencía funcional de la Fiscalía General de la Nación, cuando la necesidad del servicio lo exija, de conformidad con la Constitución y el Código de Procedimiento Penar' y "9. Dirigir y coordinar, en los términos que señala la Constitución y la ley, las funciones de Policía Judicial que cumplan los distintos entes públicos de forma permanente o transitoria". Que el Presidente de la Sala Especial de Instrucción de" la Corte Suprema de Justicia, mediante

en los términos que señala la Constitución y la ley, las funciones de Policía Judicial que cumplan los distintos entes públicos de forma permanente o transitoria". Que el Presidente de la Sala Especial de Instrucción de" la Corte Suprema de Justicia, mediante '\omm1icación radicada con d Nro. 20206000002345 del 11 de marzo de 2020, solicitó elFISC A LÍA M IW i f•" ••••• , - ,N, Hoja 2 de la Resolución Nfi - Ú 4 O fie 1 2 MAR 2020 "Por medio de la cual se otorgan atribuciones transstorías para cumplir funciones de Policía Judicial a servidores adscritos a la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia" otorgamiento de funciones transitorias de Policía Judicial para algunos servidores que ocupan el cargo de "Profesional Especializado Grado 33"', indicando lo siguiente: .. (. . .) /. E.fi un hecho notorio y evidente que esta Sala requiere de un buen número de servidores públicos que rengan funciones de policía judicial, por ello acudimos a la planta de investigadores del CT/.

2. Atendiendo a lo normadu en los artículos 251 de la Constitución Política, 203 de la Ley 906 de 2004 y 311 de la Ley 600 de 1000 sumado al numeral 26 del artículo 4 del Decreto ley 016 de 2014, es posible que se entreguen funciones de puliciajudicia/ con carácter transitorio a diversos entres públicos diferentes al CTJ. {. . .) Lo anterior se deriva de la urgencia y premura cvn que se requiere que estos servidores de la Corte Suprema de Justicia tengan funciones de Policía Judicial para optimización del recurso humano y w 1 mejor logro de las competencias funcionales de la Sala Especial de

Lo anterior se deriva de la urgencia y premura cvn que se requiere que estos servidores de la Corte Suprema de Justicia tengan funciones de Policía Judicial para optimización del recurso humano y w 1 mejor logro de las competencias funcionales de la Sala Especial de Instrucción. Adicionalmente, le informo que los cargos re s pecto de los cuales se solicita Ju asignación de funciones transitorias de Policiajudicial cumplirán tabores de recolección de cualquier tipo de información pública o privada que se requiera dentro de las investigaciones adelantadas por la Sala Especial de Inslruccióu que previamente haya sido ordenada por el Magistrado Sustanciador; realizar entrevista o recibir exposiciones informales con el objetivo de orientar la labor investigativa respecto de eventuales testigos que puedan tener conocimiento de la posible comisión de una conducta punible, todo ello en virtud del articulo 3 14 de la Ley 600 de 2000. En estas condiciones son doce {12) son (sic) los cargos respecto de los cuales se solicita la asignación de funciones transitorias de Policía Judicial, por el término de tres años. Dichos cargos tienen la denominación de PROFESIONAL ESPECIALIZADO GRADO 33; fueron creados para la planta de personal de la Sala Especial de Instrucción de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia de conformidad con el acto Legislativo 01 del /8 de enero de 2018 e implementados mediante Acuerdo PCSJA.J 1037 del Consejo Superior de la Judicatura; con el requisiln mínimo de ser abogado cou postgrado y cinco años de experiencia profesional. Las personas que en la actualidad se encuentra en estos cargos son.· Nomhre Yeli Catherine Avila lozano Jván David Urihe Jiménez Maria Fernando Bolaños Dorado

años de experiencia profesional. Las personas que en la actualidad se encuentra en estos cargos son.· Nomhre Yeli Catherine Avila lozano Jván David Urihe Jiménez Maria Fernando Bolaños Dorado Yanier Ami/kar Mos uera Sal uero Jor e Enri ue Castillo Ve a Cédula de Ciudadanía 1.110.453.659 /.0/0./75.730 52.426.098 1.053. 798.234 12.023.363 1.033.698.567 E:cpedidaF IS C A L ÍA .................... - .. Hoja 3 de la Resolución N<) =- O 4 O Gte 1 2 MAR 2U2U "Por medio de la cual se otorgan atribuciones transilorias para cumplir funciones de Policía Judicial a servidores adscritos a la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia" Jhon Alexander Orle a Díaz Die o Fabián Pe1111ela Reina Eisa Mar arito No era (sic) Ge/vez Ana Carolina Molino Vi/lar Jenn Carherin García Nuñez Jor e Ricardo Sarmiento ( . .) ", 1.023.868.067 86.060.812 52.424.323 36.307.887 1.0/0.196.565 1.019.010.430 Bo utá Villavicencio Bo otá Neiva Bo orá Bo otá Que de conformidad con lo expuesto, se considera viable acceder a la solicitud de otorgar atribuciones transitorias para cumplir funciones de Policía Judicial al personal adscrito a la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia. Que en mérito de lo expuesto, este Despacho,

RESUELVE

atribuciones transitorias para cumplir funciones de Policía Judicial al personal adscrito a la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia. Que en mérito de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO.- OTORGAR atribuciones transitorias para cumplir funciones de Policía Judicial, al personal adscrito a la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia, que a continuación se relacionan: Nombre Cédula de Expedida Ciudadanla Yeli Catherine Avila lozano /./ 10.453.659 lbaeue Iván David Uribe Jiménez 1.0/0.175.730 Bogotá Maria Fernanda Bolaños Dorado 52.426.098 BOilOtá David Alonso Osorio Gatteeo 1.053.798.234 Manizales Yanier Ami/lcar Mosauera Salguero 12.023.363 Outbdó Jorge Enriaue Castillo Veea /.033.698.567 Boeotá Jhon Alexander Ortega Díaz 1.023.868.067 Bogotá Dieeo Fabián Peñuela Reina 86.060.812 Villavicencio Eisa Margarita Galera Ge/vez 52.424.323 Bogotá Ana Carolina Molino Vi/lar 36.307.887 Neiva Jennv Catherin García Nuñez /.010.196.565 Bmwtá Jorge Ricardo Sarmiento Forero 1.019.010.430 Bogotá ARTÍCULO SEGUNDO: Las atribuciones transitorias otorgadas para cumplir funciones de Policía Judicial en el presente acto adminislrativo a los servidores mencionados en el artículo que precede, los faculta para: i) recolectar elementos materiales probatorios. evidencia fisica e información legalmente obtenida que se requiera dentro de las investigaciones adelantadas por la

Policía Judicial en el presente acto adminislrativo a los servidores mencionados en el artículo que precede, los faculta para: i) recolectar elementos materiales probatorios. evidencia fisica e información legalmente obtenida que se requiera dentro de las investigaciones adelantadas por la Sala de Instrucción previamente ordenadas por el Magistrado Sustanciador, ii) realizar análisis, verificación y comparación de la información obtenida, iii) reaJizar entrevistas o recibir exposiciones informales con el objeto de orientar la labor investigativa respecto de los eventuales testigos que puedan tener conocimiento de la posibles comisión de una conducta punible y, iv) ealizar los infonncs relacionados con el cumplimiento de sus funciones de policía judicial.FISC A L ÍA Mi#NIMFIMEii ,. ,, .. , fi ' .. , .. '""""'fi " Hoja 4 de la Resolución A8-:- O 4 O Üde 1 2 MAR 2020 "Por medio de la cual se otorgan atribuciones transitorias para cumplir funciones de Policía Judicial a servidores adscritos a la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia" ARTÍCULO TERCERO: El término de las atribuciones transitorias otorgadas mediante esta resolución para cumplir funciones de Policía Judicial es de tres (3) años prorrogables, contados a partir de la comunicación del presente acto administrativo.

ARTÍCULO CUARTO: En ejecución de las atribuciones transitorias otorgadas para cumplir funciones de Policía Judicial en este acto administrativo, los servidores deberán (i) aplicar las reglas técnicas pertinentes, con base en las normas vigentes, contenidas -entre otros-. en el Manual de Policía Judicial, (ii) Manual de Cadena de Custodia y (iii) observar lo dispuesto en los incisos

reglas técnicas pertinentes, con base en las normas vigentes, contenidas -entre otros-. en el Manual de Policía Judicial, (ii) Manual de Cadena de Custodia y (iii) observar lo dispuesto en los incisos 2º y 3° del artículo 33 de la Ley 270 de 1996. ARTÍCULO QUINTO.- El Jefe de Unidad de Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema de Justicia, dentro del ámbito de sus competencias, ejercerá la dirección, coordinación y control de las actividades de Policía Judicial atribuidas al personal adscrito a la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia. enunciado en el artículo primero del presente acto. ARTÍCULO SEXTO.- Comunicar el presente acto administrativo, por conducto de la Subdirección de Talento Humano, al Despacho del Fiscal General de la Nación, a la Fiscalía Delegada ante la Corte Suprema de Justicia y a la Dirección del Cuerpo Técnico de Investigación, para lo de su competencia. ARTÍCULO SÉPTIMO.- Comunicar el presente acto administrativo al honorable Magistrado HÉCTOR JAVIER ALARCÓN GRANO BLES, en su calidad de Presidente de la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia. ARTÍCULO OCTAVO.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los 1 2 MAR 2020 FRANCISCO ROBE O BARBOSA DELGADO 1iscal Ge firm a Wllh•m \',llmcol Ce>ll•,-0, Marcela \l•n• \ , Gomez • DE f«ha

FRANCISCO ROBE O BARBOSA DELGADO 1iscal Ge firm a Wllh•m \',llmcol Ce>ll•,-0, Marcela \l•n• \ , Gomez • DE f«ha Lo, arriba füroante< declaramos que horno, '°""'do el documento) k> e """" •Just.Jo a la, nonn,, yfi· 'fi'-"'"'" legalc, "'fi"""'' y !"" lu '""'" b>¡(, """"" r°'l,oo..t,,l,dad lo ¡,<ese"fi""'' ¡:,. • fi1 ""

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