FGN - Resolucion 736 de 2023
Fiscalía General de la Nación
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Detalles
- Título
- FGN - Resolucion 736 de 2023
- Autor
- Fiscalía General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Extinción de Dominio
- Año
- 2023
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IIb141.81 En la calle y en los territorios No. 0 07 36 RESOLUCIÓN „Por medio de la cual se ado3t9 /aDÉS/i9c2dae3 E stímulos, se reglamenta lo relacionado con el Comité de Estímulos y el Programa de Bienestar e Incentivos de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones” EL FISCAL GENERAL DE LA NACIÓN En cumplimiento de sus atribuciones constitucionales y legales y, en especial, de las que le confieren los numerales 1 y 19 del artículo 4 Decreto 016 de 2014 y de los artículos 85 y 86 del Decreto Ley 020 de 2014. CONSIDERANDO Que el artículo 85 del Decreto Ley 020 de 2014, le atribuye al Fiscal General de la Nación la facultad de formular la Política de Estímulos aplicable a todos los servidores de la Entidad, sin importar su forma de vinculación, así mismo que ésta política se desarrollará anualmente en el Plan Institucional de Estímulos compuesta por el Programa de Bienestar y el Programa de Incentivos. Que el artículo 86 del Decreto Ley 020 de 2014, ordena la conformación de un Comité de Estímulos, el cual debe contar con la representación de los servidores, para que oriente la formulación del Plan Institucional de Estímulos y priorice sus contenidos. Que los artículos 87 al 95 del Decreto Ley 020 de 2014, definen la orientación general de los programas de bienestar e incentivos, los cuales tienen como propósito motivar el desempeño eficaz y el compromiso de los trabajadores de la entidad,
mediante el mejoramiento de sus condiciones laborales, sociales, y la potencialización de sus aptitudes y capacidades. Que mediante Resolución No. 0-1244 del 6 de julio de 2015, se formuló la Política de Estímulos y se reglamentó el programa de Bienestar Laboral e Incentivos de la Fiscalía General de la Nación y se dictaron otras disposiciones, relacionadas con el objetivo y alcance, los planes anuales, la priorización y ejecución, los programas de bienestar laboral, los programas de incentivos y la conformación del Comité de Estímulos. Que mediante Resolución No. 0-2894 del 13 de noviembre de 2015, se reglamentó el Programa General de Bienestar de la Fiscalía General de la Nación, que contiene los objetivos, campo de aplicación, elementos que los conforman, estructura, recursos, plan de trabajo anual, periodicidad, seguimiento y evaluación, responsabilidades y funciones en la ejecución y disposiciones generales.
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En la calle y en los territori08 pági., 2 d, 15 d, /, Resolución No. O 07 3 6 de/2 0 DIC 2023„P or medio de la cual se adopta la Política de Estímulos, se reglamenta lo relacionado con el Comité de Estímulos y el Programa de Bienestar e Incentivos de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones” Que mediante Resolución No. 0-0001 del 30 de marzo de 2016, el Comité de Estímulos de la Fiscalía General de la Nación adoptó el reglamento cuya función principal es la formulación de la política de estímulos de los servidores de la entidad.
Que la normatividad que regula la política de Estímulos, la cual está compuesta por el Comité estímulos y los programas de Bienestar e Incentivos de la Fiscalía General de la Nación, referidos en el Decreto Ley 020 de 2014, reglamentado en las Resoluciones No. 0-2894 de 2015, 0-1244 de 2015 y 0-001 de 2016, al unificarse en un solo acto administrativo permitirá una efectiva interpretación normativa, reglamentaria y procedimental. Que el Programa de Incentivos estará estructurado de acuerdo con las disposiciones que regulan la materia y estará conformado por los tipos de incentivos, categorías, requisitos para acceder, reconocimientos, pérdida del incentivo, plazo para hacerlo efectivo y su funcionamiento a través del Comité de Estímulos. Que el Programa de Bienestar funciona bajo el direccionamiento de la Subdirección de Talento Humano y las Subdirecciones Regionales de Apoyo respectivas, el cual estará conformado por las áreas de intervención (protección y servicios sociales, calidad de vida y proyectos especiales). Que en virtud de lo expuesto es procedente adoptar la reglamentación en materia de Estímulos, Bienestar e Incentivos de conformidad con lo dispuesto en el ordenamiento legal vigente, en armonía con la nueva estructura orgánica de la Entidad y sus particulares necesidades, en el sentido de integrarlos en un solo cuerpo normativo, derogando la reglamentación contenida en la Resolución No. 02894 de 2015 y 0-1244 de 2015, de tal manera que permita tener una visión
completa de dichos procesos. Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE
CAPÍTULO
I POLÍTICA DE ESTÍMULOS ARTÍCULO 1. POLÍTICA DE ESTÍMULOS. La Política de Estímulos de la Fiscalía General de la Nación, comprende el conjunto interrelacionado y coherente de directrices1 lineamientos y programas de la Entidad, destinados a buscar el bienestar de los servidores y su núcleo familiar, mediante la construcción de un ambiente laboral óptimo que contribuya a la productividad y al desarrollo personal, y que a su vez coadyuve al fortalecimiento del compromiso institucional, reconociendo el JAK ,r'
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F3M BaHiaii En la calle y en los territorios Página 3 de 75 de la Resolución No. O : 07 3 6 del 2 0 DIC 2023„Por medio de la cual se adopta la Política de Estímulos, se reglamenta lo relacionado con el Comité de Estímulos y el Programa de Bienestar e Incentivos de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones” desempeño efectivo, tanto a nivel individual como colectivo de quienes laboran en la Fiscalía. ARTÍCULO 2. PLANES ANUALES DE ESTÍMULOS. El Fiscal General de la Nación o la dependencia que este delegue, asignará el presupuesto correspondiente y formulará el Plan Anual de Estímulos en el cual se señalarán los lineamientos de los programas de Bienestar e Incentivos de cada vigencia, según las necesidades. Igualmente, se fijarán los lineamientos para la distribución de los recursos y las fechas de ejecución de las actividades.
ARTÍCULO 3. PRIORIZACIÓN Y EJECUCIÓN DE LOS PLANES. Corresponde al Comité de Estímulos la dirección de los programas de bienestar e incentivos que componen la política de Estímulos, así como la priorización de sus contenidos. La Subdirección de Talento Humano, coordinará la ejecución de los Planes Anuales de Estímulos de acuerdo con las directrices emitidas por el Comité de Estímulos y realizará seguimiento a los programas y actividades comprendidas en el Plan Anual de Estímulos.
CAPÍTULO II
COMITÉ DE ESTÍMULOS
ARTÍCULO 4. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE ESTÍMULOS. El Comité de Estímulos estará conformado por: 1) Vicefiscal General de la Nación o su delegado, quien lo presidirá. 2) Director Ejecutivo o su delegado. 3) Director de Políticas y Estrategia o su delegado. 4) Subdirector de Talento Humano o su delegado. 5) Jefe del Departamento de Bienestar y Salud Ocupacional, quien actuará como Secretario Técnico 6) Un representante principal de los servidores ante el Comité de Evaluación del
Desempeño Laboral PARÁGRAFO: SECRETARÍA TÉCNICA. La Secretaría Técnica del Comité de Estímulos, será ejercida por la Jefatura del Departamento de Bienestar y Salud Ocupacional, quien deberá adelantar las actuaciones encaminadas a la convocatoria a las sesiones del Comité y el levantamiento de registro de las actas, así como las demás funciones que el comité le asigne.
ARTÍCULO 5. FUNCIONES. El Comité de Estímulos de la Fiscalía General de la
Nación, tendrá las siguientes funciones: ./
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G EINjgen NACI calle y en los territori08 Página 4 de 75 d, 1, R,,ol„,16. Wo. O 07 3 6 d,1 2 0 DIC 2023'P,, m,dio d, /, ,„,1 se adopta la Política de Estímulos, se reglamenta lo relacionado con el Comité de Estímulos y el Programa de Bienestar e Incentivos de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones”
1. Orientar la formulación del Plan Anual de Estímulos y priorizar sus contenidos, teniendo en cuenta las necesidades del Nivel Central y de las diferentes Seccionales.
2. Establecer parámetros específicos para la ejecución y cumplimiento de los Programas de Bienestar e Incentivos, con el apoyo de la Subdirección de
Talento Humano.
3. Gestionar con el apoyo de la Subdirección de Talento Humano, los recursos necesarios para la realización de los distintos programas que conforman el Plan Anual de Estímulos, que será aprobado por el comité.
4. Planificar y verificar la ejecución de los diferentes programas del Plan Anual de Estímulos.
5. Determinar, con apoyo de la Subdirección de Talento Humano, el presupuesto estimado de cada anualidad, requerido para llevar a cabo los programas de Bienestar e Incentivos.
6. Aprobar los parámetros de evaluación y calificación de los proyectos que participen en el Plan de Incentivos grupales y los lineamientos para la selección de los servidores a ser premiados por su desempeño individual, con
arreglo a lo señalado en el artículo 89 del Decreto Ley 020 de 2014.
7. Seleccionar a nivel nacional a los servidores y equipos de trabajo merecedores de los incentivos, de acuerdo con lo establecido por el comité.
8. Establecer los criterios para dirimir los empates que se presenten en el proceso de selección de los mejores servidores y grupos de trabajo, así como los eventuales conflictos de intereses.
9. Articular dentro del Programa de Incentivos, la Condecoración “Enrique Low Murtra” reglamentada mediante Decreto 2886 de 2003 y sus modificatorios. 10.Decidir los impedimentos y recusaciones que presenten los integrantes del
Comité de Estímulos.
11. Las demás que sean inherentes a sus funciones como órgano orientador del
Plan Anual de Estímulos.
PARÁGRAFO: El Comité de Estímulos establecerá su propio reglamento, el cual contendrá las disposiciones sobre la operatividad y periodicidad de sus sesiones ordinarias y extraordinarias.
ARTÍCULO 6. FUNCIONES DE LA PRESIDENCIA DEL COMITÉ DE ESTÍMULOS.
La Presidencia del Comité de Estímulos de la Fiscalía General de la nación está a cargo del Vicefiscal General de la Nación o su delegado y tendrá las siguientes funciones: 1) Presidir, instalar y dirigir las deliberaciones de las Sesiones del Comité. 2) Convocar a través de la Secretaría Técnica. las sesiones ordinarias del Comité. 3) Guardar reserva sobre las deliberaciones y decisiones del Comité. 4) Suscribir las comunicaciones que en ejercicio de sus funciones expida el Comité. @ JaN $/
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Página 5 de 15 de 1a Resolución No. 0 07 3 6 de1 20 DIC 2023„Por medio de 1a cua1 se adopta la Política de Estímulos, se reglamenta lo relacionado con el Comité de Estímulos y el Programa de Bienestar e Incentivos de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones” 5) Las demás funciones que establezca la Ley o el reglamento. ARTÍCULO 7. FUNCIONES DE LA SECRETARÍA TÉCNICA. La Secretaría Técnica del Comité de Estímulos será ejercida por la Jefatura del Departamento de Bienestar y Salud Ocupacional y cumplirá las siguientes funciones: 1) Organizar la logística y los recursos técnicos necesarios para el funcionamiento del comité. 2) Establecer el orden del día y citar a las sesiones ordinarias y extraordinarias del comité, previa solicitud del presidente. 3) Asistir a las sesiones del comité con voz, pero sin voto. 4) Levantar las actas de las sesiones del comité, llevar su control y custodia. 5) Guardar reserva sobre las deliberaciones y decisiones del comité, de acuerdo con las disposiciones vigentes. 6) Comunicar y notificar las decisiones del comité cuando a ello hubiere lugar, 7) Autorizar y autenticar las copias de los documentos que hagan parte del archivo del comité. 8) Expedir las certificaciones requeridas en relación con los asuntos propios del Comité. 9) Presentar en la siguiente sesión las actas para conocimiento y aprobación. 10)Las demás funciones que sean inherentes a la función de apoyo al comité. ARTÍCULO 8. FUNCIONES DE LOS INTEGRANTES. Los integrantes del Comité de
Estímulos de la Fiscalía General de la Nación, tendrán las siguientes funciones: 1) Asistir a las sesiones en el lugar, fecha y hora que sean convocados. 2) Aprobar las actas de cada sesión, las cuales se presentarán por la Secretaría Técnica del Comité en la siguiente sesión. 3) Suscribir los actos administrativos y las comunicaciones que en ejercicio de sus funciones expida el comité 4) Guardar reserva sobre las deliberaciones, los asuntos y decisiones de comité, de acuerdo con las disposiciones vigentes. 5) Las demás obligaciones que establezca el Comité de Estímulos de la Fiscalía General de la Nación.
ARTÍCULO 9. IMPEDIMIENTOS, RECUSACIONES Y CONFLICTOS DE INTERÉS.
Para todos los efectos, a los miembros del Comité de Estímulos se les aplicarán las causales de impedimento y recusación previstas en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. El miembro del Comité, una vez advierta Ia(s) causal(es) de impedimento, deberá informar al inicio de cada sesión del comité respectivo y este comité deberá decidir sobre los impedimentos y recusaciones. .,/ \' '1
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Cuando exista una causal de impedimento en cualquiera de los miembros del comité y no fuere manifestada por él, podrá ser recusado por el interesado en el asunto a decidir, allegando las pruebas que pretenda hacer valer.
CAPÍTULO III
PROGRAMA DE INCENTIVOS ARTÍCULO 10. OBJETIVO DEL PROGRAMA DE INCENTIVOS. El Programa de Incentivos tiene como finalidad reconocer y premiar anualmente el desempeño de los servidores en los niveles de excelencia en el marco de una cultura de trabajo orientada a la calidad y a la productividad, bajo un esquema de mayor compromiso y cumplimiento efectivo de las metas institucionales, ya sea de manera individual o por equipos de trabajo. ARTÍCULO 11. BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA DE INCENTIVOS. Serán beneficiarios de este programa los servidores de la Fiscalía General de la Nación, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en la presente resolución. ARTÍCULO 12. TIPOS DE INCENTIVOS. Los incentivos podrán ser de carácter pecuniario y no pecuniario, y se entregarán en las modalidades individuales y equipos de trabajo, en los términos de lo previsto en los siguientes artículos y de acuerdo con el presupuesto asignado. ARTÍCULO 13. MODALIDADES DE INCENTIVOS. Los incentivos se pueden otorgar en las modalidades individuales y equipos de trabajo:
1. INDIVIDUALES. Estos reconocimientos buscan exaltar el nivel de excelencia en el ejercicio de las funciones de los servidores de la Fiscalía General de la Nación, que contribuyan de manera significativa al cumplimiento de los objetivos estratégicos de la Entidad.
Los incentivos individuales podrán otorgarse en las categorías de Evaluación
del Desempeño, contribución del servidor al cumplimiento de los objetivos estratégicos de la Entidad y la Condecoración Enrique Low Murtra, entre otros El otorgamiento del incentivo a nivel individual requiere de la postulación del servidor, por sí mismo o por un tercero, debidamente sustentada ante el Comité de estímulos, dentro de los términos y requisitos que se establezcan para ser beneficiario de dicho incentivo.
PARÁGRAFO: La Fiscalía General de la Nación a través de la Subdirección de Talento Humano presentará al Comité de Estímulos para su aprobación, una
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En la calle y en los territorios Página 7 de í5 de la Resolución No. O 0 / 3 6 de/2 0 DIC 2023 „Por medio de la cual se adopta la Política de Estímulos, se reglamenta lo relacionado con el Comité de Estímulos y el Programa de Bienestar e Incentivos de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones” actividad, junto con su metodología, para exaltar una vez en el semestre, a once (11) servidores públicos de la entidad en total a nivel nacional y seccional, destacados en los siguientes grupos de trabajo así: Área Administrativa: 2 servidores, Cuerpo Técnico de Investigación: 2 servidores, Fiscalía: 2 funcionarios y 2 empleados, Protección y asistencia: 2 servidores y Nivel Directivo: 1 servidor.
2. EQUIPOS DE TRABAJO. Se entenderá como equipos de trabajo, un grupo interdisciplinario o interdependiente de servidores, que pueden estar asignados para cumplir una determinada meta bajo la coordinación de un
líder o pueden ejercer sus funciones en distintas dependencias de la entidad y deciden trabajar de manera colaborativa en el desarrollo de un proyecto, de acuerdo con sus habilidades, conocimientos y competencias específicas. Los reconocimientos a los equipos de trabajo por parte del Comité de Estímulos de la Fiscalía General de la Nación, se efectuarán teniendo en cuenta los resultados del trabajo en equipo en términos de impacto que genere en los distintos procesos de la entidad y de sus objetivos institucionales y demás aspectos que a juicio del Comité sean necesario tener en cuenta. Dichos reconocimientos se podrán realizar de la siguiente manera: a) Mediante postulación por parte del líder del grupo de trabajo, ante el Comité de Estímulos. b) Postulación directa del Comité de Estímulos.
PARÁGRAFO PRIMERO: Los reconocimientos antes referidos se realizarán dentro de los términos y requisitos que se establezcan por el Comité de Estímulos para ser beneficiarios de dicho incentivo.
PARÁGRAFO SEGUNDO: Los servidores de Nivel Directivo que pertenezcan al grupo de trabajo ganador tendrán derecho al reconocimiento público con los demás miembros del grupo, pero no serán beneficiarios de los incentivos pecuniarios, en caso de que se haya dispuesto este tipo de reconocimiento.
ARTÍCULO 14. REQUISITOS PARA ACCEDER AL PLAN DE INCENTIVOS: Los requisitos para acceder al Plan de incentivos individuales o grupales, son los siguientes:
1. Tener más de un (1) año de servicios en la Fiscalía General de la Nación.
2. No haber sido sancionado disciplinaria, penal o fiscalmente, en el año inmediatamente anterior a su postulación.
ARTICULO 15. RECONOCIMIENTO. Todo incentivo otorgado al servidor por su
excelencia individual o grupal, estará acompañado de un reconocimiento escrito, con copia a su historia laboral. $
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En la calle y en los territorios Págin, 8 d, 75 d, 1, R,,,l„,ió„ N,. O 07 3 6 d,/2 0 DIC 2023 „p,, m,di, d, 1, ,„,1 se adopta la Política de Estímulos, se reglamenta lo relacionado con el Comité de Estímulos y el Programa de Bienestar e Incentivos de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones” ARTÍCULO 16. pÉRDIDA DEL INCENTIVO. El servidor que haya sido beneficiario de algún incentivo, podrá perderlo por incurrir en una o más de las siguientes causales:
1. Por inhabilidad sobreviniente para ejercer el cargo, como consecuencia de decisión emitida por la autoridad judicial, disciplinaria o fiscal competente en contra del servidor.
2. Por desvinculación definitiva del servidor de la Entidad.
3. Por no hacerlo efectivo dentro del plazo establecido.
ARTÍCULO 17. PLAZO PARA HACER EFECTIVO EL INCENTIVO. Los servidores beneficiarios a los incentivos, tendrán un plazo de seis (6) meses contados a partir del otorgamiento, para hacerlo efectivo. ARTÍCULO 18. CONDECORACIÓN ENRIQUE LOW MURTRA. La Condecoración Enrique Low Murtra, hace parte del Programa de Incentivos. Su orientación y criterios para el otorgamiento se regirán por lo dispuesto en los Decretos 1684 de
1993, 2886 de 2003, 2046 de 2016, 1832 de 2019 y los demás que los modifiquen, subroguen o lo deroguen. ARTÍCULO 19. LA CONCESIÓN DE INCENTIVO QUE GENERE EROGACIÓN. La concesión de incentivos que generen erogación de los recursos de la entidad estará sujeta a la disponibilidad presupuestal.
CAPÍTULO IV
PROGRAMA DE BIENESTAR
ARTÍCULO 20. OBJETIVO GENERAL DEL PROGRAMA DE BIENESTAR.
Diseñar, formular y ejecutar actividades que contribuyan al mejoramiento de la calidad de vida de los servidores y su grupo familiar, a través de programas de esparcimiento, integración, ocio, desarrollo personal y aprendizaje, con el fin de crear un ambiente armónico entre los servidores y generar una mejor disposición frente al cumplimiento de sus funciones, que favorezca su desarrollo integral y mantenga y mejore su nivel de vida y el de su núcleo familiar. ARTÍCULO 21. OBJETIVOS ESPECÍFICOS. Los objetivos específicos del Programa de Bienestar de la Fiscalía General de la Nación son los siguientes: a) Propiciar condiciones en el ambiente de trabajo que favorezcan el desarrollo de la creatividad, la identidad y la participación de los servidores. b) Ofrecer los medios que permitan mejorar integralmente las condiciones propias del servidor mediante la realización de eventos deportivos, recreativos y culturales . 1/', FISCALIA Página 9 d, 75 d, 1, R,,,l„,ió„ w,. 0 07 3 6 d,1 20 DIC 2023„P„ m,di, d, /, ,„,/ se adopta la Política de Estímulos, se reglamenta lo relacionado con el Comité de Estímulos y
el Programa de Bienestar e Incentivos de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones” c) Fomentar la aplicación de estrategias y procesos en el ámbito laboral que contribuyan en el desarrollo personal de los servidores, a generar actitudes favorables frente al servicio y al mejoramiento continuo de la actividad propia de la Entidad. ARTÍCULO 22. ÁMBITO DE APLICACIÓN. Serán beneficiarios del Programa de Bienestar los servidores activos de la Fiscalía General de la Nación, independientemente de su vinculación y su núcleo familiar (de acuerdo con el programa), lo cual estará sujeto a las disponibilidades presupuestales asignadas. ARTÍCULO 23. CONFORMACIÓN DEL PROGRAMA DE BIENESTAR. El programa de bienestar está conformado por los siguientes elementos:
1. Áreas de Intervención (Calidad de vida, protección y servicios sociales, y proyectos especiales).
2. Programas.
3. Objetivos.
4. Actividades .
5. Cronograma.
6. Presupuesto.
7. Beneficiarios del programa.
8. Seguimiento y evaluación.
ARTÍCULO 24. ESTRUCTURA DEL PROGRAMA DE BIENESTAR. El Programa de Bienestar para la Fiscalía General de la Nación, tendrá la siguiente estructura: PROGRAMA OBJETIVO CALIDAD DE VIDA Brindar al servidor elementos que le permitan la Área de la calidad de adaptación al nuevo ciclo de vida, fortalecer su PREPARACIÓN PARA vida laboral será LA JUBILACIÓN proyecto de vida, que sirva de referente en su atendida a través de esfera personal, social, familiar y económica, entre programas que se otros ocupen de situaciones Realizar actividades de reconocimiento que
y condiciones de la EVENTOS permitan desarrollar y estimular la integración vida laboral de los INSTITUCIONALES O solidaridad y creatividad en los servidores, así servidores. de FECHAS ESPECIALES como la reafirmación de valores éticos. morales e que permitan la institucionales satisfacción de sus Mantener niveles adecuados de la calidad de vida necesidades para el CLIMA de los servidores a través de actividades desarrollo personal ORGANIZACIONAL relacionadas con el fortalecimiento del clima profesional y organizacional organizacional. AmE PROGRAMA OBJETIVO PROTECCIÓN Y Estimular el mejoramiento de la salud física y SERVICIOS DEPORTIVO mental de los servidores y sus familias mediante el SOCIALES fomento de la cultura deportiva Estimular el mejoramiento de la salud física y En esta área se deben mental de los servidores y sus familias mediante el RECREATIVO Y estructurar programas VACACIONAL fomento de la recreación y el uso adecuado del mediante los cuales se tiempo libre, como espacio de crecimiento atiendan las )ersonal y familiar t“ FISCALÍA GBE©EIHllrIBnHMEHEBEll P á g /n a 7 0 d e 7 5 de /a R e s o / u c / ó n N o H 1C) 1El17) l36 de 120 DIC 2023 ff Por med/ o de /ac ua / se adopta la Política de Estímulos, se reglamenta lo relacionado con el Comité de Estímulos y el Programa de Bienestar e Incentivos de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones” I protección, ocio, literarias que permitan estimular un óptimo
identidad y aprendizaje ARTÍSTICO Y aprovechamiento del tiempo libre, mejor del servidor y su CULTURAL desempeño laboral y reafirmar el sentido de familia, para mejorar identidad y pertenencia del servidor hacia la sus niveles de salud. entidad. vivienda. recreación. PROMOCIÓN Y ProporcIonar a los servidores y sus familias cultura y educación PREVENCIÓN DE LA diferentes alternativas de aprovechamiento de los SALUD servicios de seguridad social. Estructurar programas de capacitación informal que contribuyan al desarrollo de habilidades y CAPACiTACIÓN destrezas y al mejoramiento del nivel de vida de INFORMAL los servidores y su núcleo familiar, en artes y artesanías u otras modalidades que conlteven la recreación y el bienestar del servidor. Gestionar y difundir la prestación de servicios por parte de terceros que generen beneficios a los PRESTACIÓN DE servidores, en vivienda, salud, educación, SERVICIOS POR PARTE ofrecidos por el Fondo Nacional del Ahorro, los DE TERCEROS Y SU DIFUSIÓN Fondos de Cesantías, las Cajas de Compensación Familiar u otras entidades que hagan sus veces, facilitando los trámites y la información pertinente. Realizar alianzas con empresas e instituciones que ofrecen descuentos en productos y/o servicios ALIANZAS DE BIENESTAR que redunden en beneficio para los colaboradores e impacten positivamente su bienestar y calidad de vida Nota 1: Se deben programar tardes deportivas y activil@LS /Bl @@ que involucren a los servidores de la entidad, creando espacios de esparcimiento que conlleven a integrar a los servidores y así lograr ambientes laborales sanos. El servidor deberá gestionar ante su jefe inmediato la autorización para
asistir a la referida actividad, efecto para el cual diligenciará el “FORMATO AUTORIZACIÓN DE
PERMISO PERSONAL DENTRO DE LA JORNADA LABORAL, DESPLAZAMIENTO POR MOTIVO
LABORAL O AUTORIZACION PARA ASISTIR A ACTIVIDADES DEPORTIVAS Y LÚDICAS”.
Nota 2. Desde las Subdirecciones Regionales de Apoyo, se deben programar los Juegos Regionales con una periodicidad de al menos 2 años en las disciplinas que se determinan en la respectiva vIgencia, con miras a los Juegos Nacionales que estarán organizados por parte del Nivel Central y que se realizarán con una periodicidad de al menos 4 años. Para ello, deberá preverse la logística y apropiación presupuestal correspondiente para la organización de estas justas deportivas. Nota 3. Para fomentar hábitos saludables, mitigar el sedentarismo, reducir el estrés laboral atendiendo las pausas activas, se permitirá la asistencia a los Centros de Acondicionamiento Físico (CAF) con los que cuenta la Fiscalía General de la Nación, para que los servidores realicen ejercicio de una hora en la jornada laboral. El servidor deberá comunicar previamente y por cualquier medio a su jefe inmediato, la programación de la asistencia al respectivo (CAF), garantizando que no haya afectación en la prestación del servicio de la entidad y en el cumplimiento de las labores asignadas, sin perjuicio del record de utilización establecido en cada (CAF). REA PROGRAMA OBJETIVO PROYECTOS Realizar actividades de estimulación adecuada en ESPECIALES el Centro de Cuidado Infantil CCI El NIDO, para la atención integral de los hijos de los servidores
Estos programas son de la Fiscalía General de la Nación que se complementarios y DP ER CO UG IR DA AM DA O C INE FN AT NR TO IL encuentran dentro de la etapa de la ira están sujetos a la “EL NIDO” infancia (4 meses 36 meses, edades que disponibilidad de pueden variar en casos especiales), brindándoles recursos e una atención de calidad con énfasis en el infraestructura desarrollo de las capacidades físicas, cognitivas, y socio afectivas del niño(a como también JA# &- FISCALIA pági„, 77 d, 75 d, /, R,,,I„,16„ N,. O 07 3 6 d,/2 0 DIC 2023„ p,, m,di, de la cual se adopta la Política de Estímulos, se reglamenta lo relacionado con el Comité de Estímulos y el Programa de Bienestar e Incentivos de la Fiscalía General de la Nación y se dictan otras disposiciones” prop r le aquellos ni eos familiares de servidores con hijos hermanos en PROGRAIVIA NUESTAR situación de discapacidad a través de IDENTIDAD FAh/lILIAR lcitaciones y talleres de formación familiar que fortalezcan sus competencias Nota: Estos programas in suietos a la iponibilidad presupuestal dI la v para nivel central y la respectiva Subdirección R ional de Apoyo, a la infraestructura física en lo que concierne al Programa del Centro de Cuidado Infantil CCC NIDO. así como la existencia del número de servidores con hijos y/o hermanos en condición de discapacidad co! itiva )ara el programa de Nuestra Identidad Familiar, siguiendo los lineamientos que se tracen desde Nivel Central
PARÁGRAFO, La Subdirección de Talento Humano a través del Departamento de Bienestar y Salud Ocupacional y las Subdirecciones Regionales de Apoyo, determinarán las actividades a realizar dentro de cada uno de los programas, en desarrollo de lo previsto en este artículo y de acuerdo con el presupuesto apropiado. ARTÍCULO 25. RECURSOS. La Dirección Ejecutiva asignará el presupuesto necesario para atender el Programa de Bienestar tanto del Nivel Central como de las Subdirecciones Regionales de Apoyo, respectivamente. Los recursos presupuestales se ejecutarán de acuerdo con las competencias legales y reglamentarias, de conformidad con los programas y proyectos diseñados para tal fin, en cada vigencia presupuestal. ARTÍCULO 26. PLAN DE TRABAJO ANUAL. El contenido y actividades que comprenden el Programa de Bienestar, se desarrollarán a través del Plan de Trabajo, el cual se elaborará anualmente por parte del Departamento de Bienestar y Salud Ocupacional de la Subdirección de Talento Humano y los profesionales de bienestar en las Subdirecciones Regionales de Apoyo, en coordinación con las cajas de compensación familiar y el apoyo de otras entidades participantes en el mismo. Lo anterior, en concordancia con las necesidades de los servid
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