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FIFA - Circular 1883 de 2024

FIFA - Federación Internacional de Fútbol

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Detalles

Título
FIFA - Circular 1883 de 2024
Autor
FIFA - Federación Internacional de Fútbol
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Deporte
Año
2024

A LA ATENCIÓN DE LAS FEDERACIONES MIEMBRO DE LA FIFA Circular n.º 1883

Zúrich, 7 de mayo de 2024 Proceso de presentación de candidaturas para la Copa Mundial Femenina de la FIFA 2027™: informe de evaluación de candidaturas y expedientes de candidatura Señoras y señores: En vísperas del 74.º Congreso de la FIFA en Bangkok, esta circular ofrece información importante acerca del punto 11 del orden del día: votación de la designación de la federación o federaciones miembro anfitrionas de la fase final de la Copa Mundial Femenina de la FIFA 2027.

1. Información preliminar De conformidad con el apartado 5.4 del Reglamento de la FIFA para la elección del organizador de la fase final de la Copa Mundial Femenina de la FIFA 2027™ («Reglamento para la elección del organizador»), el grupo de trabajo de evaluación de candidaturas, con el apoyo de la administración de la FIFA, va a presentar un informe de la evaluación de todas las candidaturas presentadas («informe de evaluación de candidaturas»).

A tal efecto, nos complace enviarles AQUI el informe de evaluación de candidaturas para la Copa Mundial Femenina de la FIFA 2027™. El informe podrá también consultarse próximamente en formato digital en FIFA.com. Asimismo, el 9 de diciembre de 2023 se publicaron los resúmenes ejecutivos de los expedientes enviados por las federaciones candidatas. Dichos resúmenes están disponibles en los siguientes enlaces: • Resumen ejecutivo de la candidatura BNG 2027 • Resumen ejecutivo de la candidatura Brasil 2027 Los expedientes de candidatura completos presentados por las federaciones candidatas, que

también se publicaron el 9 de diciembre de 2023, están disponibles en los siguientes enlaces: • Expediente de candidatura de BNG 2027 • Expediente de candidatura de Brasil 2027 Fédération Internationale de Football Association FIFA-Strasse 20 C.P. 8044 Zúrich Suiza Teléfono: +41 (0)43 222 7777 www.FIFA.com

2. Candidaturas recibidas La FIFA recibió dentro del plazo fijado a tales efectos, que finalizó el 8 de diciembre de 2023, las siguientes candidaturas para organizar la fase final de la Copa Mundial Femenina de la FIFA 2027™: • la candidatura conjunta de la Unión Real Belga de Sociedades de Fútbol Asociación, la Federación Neerlandesa de Fútbol y la Federación Alemana de Fútbol; • la candidatura de la Confederación Brasileña de Fútbol; y • la candidatura conjunta de la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C. y la

Federación Estadounidense de Fútbol. Tengan en cuenta que, el pasado 29 de abril, la candidatura conjunta de la Federación Mexicana de Fútbol Asociación, A. C. y la Federación Estadounidense de Fútbol se retiró de manera oficial. La evaluación detallada de cada una de las dos candidaturas restantes puede consultarse en los apartados 5 y 6 del informe, respectivamente. Por otro lado, los resúmenes ejecutivos de cada candidatura figuran en los apartados 2.2 y 2.3.

3. Informe de evaluación de candidaturas: Metodología La metodología de evaluación de las candidaturas que sigue la FIFA se define en el apartado

5.4, párrafo iii) del Reglamento para la elección del organizador. A grandes rasgos, la metodología se centra en los siguientes tres elementos: • evaluación de riesgos: análisis de los riesgos asociados a determinados criterios que aplica una clasificación de riesgo; • evaluación técnica: evaluación de determinados criterios comerciales y de infraestructuras, mediante la utilización de un sistema de puntuación aprobado por el grupo de trabajo de evaluación de candidaturas; • descripción: resumen de determinada información relevante facilitada en la candidatura, que señala posibles problemas (sin una evaluación técnica ni análisis de riesgos). Cabe mencionar que, como se estipula en el apartado 5.4, párrafo viii) del Reglamento para la elección del organizador, el incumplimiento material de los requisitos mínimos de organización examinados en la evaluación técnica tiene como consecuencia que la candidatura quede excluida del proceso de presentación de candidaturas y no se considere apta para ser presentada y evaluada por el Consejo de la FIFA ni por el Congreso de la FIFA. 2 La metodología seguida en la evaluación se describe de forma pormenorizada en el apartado 4 del informe.

4. Informe de evaluación de candidaturas: Conclusión A partir del análisis que plasma el informe y, en particular, de los resultados de la evaluación técnica, se ha determinado que las dos candidaturas son aptas para ser consideradas por el Consejo y el Congreso de la FIFA. Esto se debe a que ambas superan los requisitos de organización mínimos de la evaluación técnica de la Copa Mundial Femenina de la FIFA 2027™.

En el apartado 2.1 del informe hallarán la conclusión y principales observaciones, el resumen

de la información esencial, la evaluación general de riesgos y el resumen de la puntuación técnica.

5. Informe del auditor independiente De conformidad con el apartado 6.3 del Reglamento para la elección del organizador, se solicitó a la administración de la FIFA que designara una empresa auditora independiente y de renombre internacional para que supervise que la FIFA cumple los principios y procedimientos del proceso de presentación de candidaturas, en particular, que se trate de forma justa y equitativa a todas las federaciones candidatas, la evaluación de las candidaturas por parte del grupo de trabajo, la designación de las candidaturas por parte del Consejo de la FIFA y la elección del país o países anfitriones por parte del Congreso de la FIFA. Después de un proceso de licitación, se eligió a BDO para que ejerciera de auditor independiente, una tarea que comenzó en marzo de 2023.

Uno de los elementos clave de su función es proporcionar un primer informe por escrito a los miembros del Consejo de la FIFA y a los delegados del Congreso de la FIFA sobre sus observaciones y conclusiones con relación al proceso de presentación de candidaturas antes de que se decida la federación o federaciones anfitrionas. A tal efecto, AQUI encontrarán el informe del auditor independiente. El informe incluye las siguientes conclusiones con respecto al proceso de evaluación: • La administración de la FIFA propuso un grupo de trabajo de evaluación de candidaturas, el cual designó el Consejo de la FIFA, y se considera que no tiene ningún conflicto de intereses con las candidatas. • La administración de la FIFA elaboró un sistema de puntuación para la evaluación técnica de las candidaturas, que fue aprobado por el grupo de trabajo.

3 • El modelo de evaluación de candidaturas y, con él, el sistema de puntuación técnica, se aplicaron de manera objetiva y homogénea para evaluar las dos candidaturas. • El grupo de trabajo revisó, debatió y, finalmente, aprobó el informe de evaluación de candidaturas. • En general, el proceso de evaluación de candidaturas se ha llevado a cabo con objetividad, integridad y transparencia, los requisitos fundamentales que estableció la FIFA para el proceso. Cabe destacar que el informe concluye que, basándose en la labor realizada, «BDO no ha encontrado indicios de incumplimiento por parte de la FIFA de la normativa que rige el proceso de presentación de candidaturas para la Copa Mundial Femenina de la FIFA 2027™, en particular, de los principios de Objetividad, Integridad y Transparencia».

6. Designación automática para el Congreso de la FIFA Según el artículo 1 del procedimiento de votación para el nombramiento de la federación o federaciones anfitrionas de la Copa Mundial Femenina de la FIFA 2027™ («procedimiento de votación»), todas las candidaturas que se considere que cumplen los requisitos mínimos de organización se designarán automáticamente para su presentación al Congreso de la FIFA, que tomará la decisión definitiva.

Por tanto, como se ha determinado que cada candidatura cumple los requisitos mínimos de organización (v. apartado 4 anterior), ambas se presentarán ante el Congreso de la FIFA para la votación y elección de una de ellas.

7. Análisis y consideración del informe de evaluación de candidaturas De conformidad con el apartado 5.5.3 del Reglamento para la elección del organizador, les

rogamos que lean detenidamente el informe de evaluación de candidaturas. Este informe se ha elaborado tras llevar a cabo un profundo análisis. El objetivo es que les ayude a tomar una decisión siguiendo el fin principal del proceso fijado para las candidaturas, tal y como se establece en los Estatutos de la FIFA y en el Reglamento para la elección del organizador: garantizar las mejores condiciones organizativas para la Copa Mundial Femenina de la FIFA 2027™. Asimismo, las conclusiones positivas del informe del auditor independiente demuestran la fiabilidad del proceso en general y del proceso de evaluación de candidaturas en concreto. 4 Agradecemos la atención dispensada y su inestimable colaboración a lo largo de todo el proceso. Atentamente,

FÉDÉRATION INTERNATIONALE

DE FOOTBALL ASSOCIATION Mattias Grafström Secretario general en funciones Adj.: mencionados c. c.: - Consejo de la FIFA

  • Confederaciones

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