FIFA - Circular 1905 de 2024
Federación Internacional de Fútbol
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Detalles
- Título
- FIFA - Circular 1905 de 2024
- Autor
- Federación Internacional de Fútbol
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Deporte
- Año
- 2024
Fédération Internationale de Football Association FIFA-Strasse 20 C. P. 8044 Zúrich Suiza Tel.: +41 (0)43 222 7777 www.FIFA.com A LA ATENCIÓN DE LAS FEDERACIONES MIEMBRO DE LA FIFA Circular n.º 1905 Zúrich, 4 de noviembre de 2024
Enmiendas al Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores Señoras y señores: Nos complace informarles de las distintas enmiendas al Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores (RETJ), aprobadas por el Consejo de la FIFA en la sesión celebrada el 3 de octubre de 2024 . Los párrafos siguientes exponen brevemente estas enmiendas relacionadas con: a) el Mundial de Clubes FIFA 2025™; b) la codificación de una excepción temporal relativa al calendario internacional masculino 2025-2030; y c) una aclaración técnica relativa a jugadoras y entrenadoras y su reincorporación tras una baja.
a) Enmiendas relativas al Mundial de Clubes FIFA 2025™
En vista de las circunstancias relativas a las fechas de celebración del torneo, era necesario incluir excepciones concretas para algunos principios generales del RETJ e implementar el Reglamento del Mundial de Clubes FIFA 2025™. Las principales excepciones que se han introducido en el RETJ afectan a la inscripción de jugadores, a los periodos de inscripción y a la liberación de jugadores en favor de las selecciones nacionales.
1. Artículo 6, apartado. 3: Esta disposición define las circunstancias en las que se puede inscribir jugadores fuera de uno de los dos periodos anuales de inscripción fijados por
selecciones nacionales.
1. Artículo 6, apartado. 3: Esta disposición define las circunstancias en las que se puede inscribir jugadores fuera de uno de los dos periodos anuales de inscripción fijados por la federación miembro correspondiente. La enmienda posibilita que el reglamento de competición del Mundial de Clubes FIFA 2025™ establezca otras excepciones.2
2. Artículo 5, apartado. 4: Esta disposición establece que un jugador puede estar inscrito en un máximo de tres clubes y disputar partidos oficiales con dos clubes en una misma temporada, con ciertas excepciones. La enmienda posibilita que el reglamento de competición del Mundial d e Clubes FIFA 2025 ™ establezca una excepción a este principio.
3. Artículo 1 del anexo 1: esta disposición establece el principio de que los clubes tienen la obligación de ceder a sus jugadores inscritos a los equipos representantes del país. La enmienda posibilita que el Reglamento del Mundial de Clubes FIFA 2025 ™ establezca una excepción a este principio, sin que siente un precedente o se aplique a cualquier otra competición o circunstancia.
b) Codificación de una excepción temporal relativa al calendario internacional masculino 20252030 Tras haber llevado a cabo una serie de consultas con los grupos de interés pertinentes, se aprobó una enmienda en el contexto del calendario internacional masculino actual y, en particular, la excepción temporal según la cual, a partir de 2026, se introduc irá un nuevo periodo de 16 días con cuatro partidos a finales de septiembre y principios de octubre, que sustituirá los dos periodos de nueve días, con dos partidos cada uno, que previamente tenían lugar durante esos meses.
periodo de 16 días con cuatro partidos a finales de septiembre y principios de octubre, que sustituirá los dos periodos de nueve días, con dos partidos cada uno, que previamente tenían lugar durante esos meses. Si bien este periodo se prevé oficialmente para 2026, adecuar la disposición pertinente del RETJ con suficiente antelación proporcionará a los grupos de interés del fútbol un marco regulatorio claro y garantizará una seguridad jurídica apropiada.
Las enmiendas inclu yen asimismo la eliminación de las excepciones temporales introducidas en marzo de 2022 a causa de la pandemia de COVID-19, ya obsoletas.
Las enmiendas se refieren a las disposiciones siguientes: art ículo. 1, apartados. 4, 5 y 7 del anexo 1.
c) Aclaración técnica relativa a jugadoras y entrenadoras Se ha hecho una aclaración técnica relativa a las últimas enmiendas a las disposiciones relacionadas con jugadoras y entrenadoras, aprobadas por el Consejo de la FIFA el 15 de mayo de 2024.3 La enmienda aclara el hecho de que la norma que permite la inscripción de una jugadora fuera de un periodo de inscripción para sustituir a otra cubre todos los tipos de baja disponibles (embarazo, adopción y permiso parental), y no solo la baja por maternidad. La enmienda se refiere a la disposición siguiente: artículo. 6, apartado. 3 c). Entrada en vigor de las enmiendas Las enmiendas relativas al apartado a) entraron en vigor de manera inmediata tras su aprobación, mientras que las enmiendas relativas a los apartados b) y c) entrarán en vigor el
Entrada en vigor de las enmiendas Las enmiendas relativas al apartado a) entraron en vigor de manera inmediata tras su aprobación, mientras que las enmiendas relativas a los apartados b) y c) entrarán en vigor el próximo 1 de n oviembre, como establece el artículo 29 de dicho reglamento. La edición revisada del RETJ (octubre de 2024) se puede consultar aquí. Muchas gracias por su atención y por transmitir esta información a sus clubes afiliados. Si tienen alguna duda al respecto, no duden en ponerse en contacto con Jan Kleiner, director de la Subdivisión de Normativa Futbolística de la FIFA, en la dirección legal@fifa.org. Atentamente,
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