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FIP - Informe del 31 Congreso Mundial - Proteger a los periodistas, asegurar la democracia

Federación Internacional de Periodistas

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Detalles

Título
FIP - Informe del 31 Congreso Mundial - Proteger a los periodistas, asegurar la democracia
Autor
Federación Internacional de Periodistas
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Libertad de Prensa
Año

2 3 CONTENIDO PRÓLOGO Bienvenida de Younes Mjahed, Presidente de la FIP, y 7 Mohammed Al Araimi, Presidente de la Asociación de Periodistas de Omán (OJA) Orden del día provisional del Congreso 8

DOCUMENTOS DE TRABAJO 10

Constitución de la FIP 12 Normas de trabajo 20 Enmiendas a la Constitución 26 Movimientos ordinarios 32 Programa de trabajo 58

ANEXOS : 62

Carta Ética Mundial de los Periodistas (2019) 63 Política de la FIP sobre el acoso sexual (2020) 64 . . Plataforma Mundial para el Periodismo de Calidad (2020) 70

INFORME DEL SECRETARIO GENERAL 75

Introducción general de Anthony Bellanger, Secretario General de la FIP 76 Informes regionales (2019-2022) . África 81 América Latina 85 América del Norte 90 Asia-Pacífico 95 Europa 100 Oriente Medio y el mundo árabe 104 Aplicación de las Mociones de Túnez (2019) 108 Cooperación con la Federación Sindical Mundial UNI-Global 155 Informe sobre los proyectos (2019-2022) 158 Consejo de Igualdad de Género 162 Derechos humanos y seguridad 164 Comunicación y campañas 166 Copyright 168 Grupo de expertos sobre el clima 170

ANEXOS : 171

Nuevos afiliados a la FIP (2019-2022) 172 Lista de personal de la FIP (2022) 173 Acuerdo FIP-EFJ (2021-2022) 180 Reglamento interno de la FIP (2019) 182 4

INFORME DEL PRESIDENTE 184

Introducción general de Younes Mjahed, Presidente de la FIP 185 Participación en las reuniones del Comité Administrativo (2019-2022) 190 Participación en las reuniones del Comité Ejecutivo (2019-2022) 191

INFORME DEL TESORERO H ONORARIO 192

Introducción general de Jim Boumelha, Tesorero Honorario de la FIP 194

ANEXOS : 204 1a.Informe de auditoría 2019 206 1b. Informe de auditoría 2020 210 1c. Informe de auditoría 2021 216

2. Cuentas anuales y notas a las cuentas del NBB 218 3a. Informe de la Comisión de Finanzas 2019 241 3b. Informe de la Comisión de Finanzas 2020 244 3c. Informe de la Comisión de Finanzas 2021 247

4. Contribuciones recibidas hasta el 31 de diciembre de 2021 251

5. Miembros suspendidos a 31 de diciembre de 2021 253 6a. Fondo Internacional de Seguridad - Cuentas de 2019 254 6b. Fondo Internacional de Seguridad - Cuentas 2020 256 6c. Fondo Internacional de Seguridad - Cuentas 2021 258

7. Proyecto de presupuesto 2022 360

5 6 PRÓLOGO Queridos amigos, Queridos camaradas, En nombre de la Federación Internacional de Periodistas y de la Asociación de Periodistas de Omán (OJA) les damos la bienvenida al 31º Congreso Mundial de la FIP en Mascate, Omán. Dado que la FIP celebra su centenario en 2026, estamos muy contentos de celebrar el Congreso de la FIP por

primera vez en su historia en Oriente Medio, en Mascate. La OJA y la FIP han hecho un gran esfuerzo para acoger a unas 300 personas y esperamos que disfruten del contenido del Congreso, con sus discusiones, decisiones y debates, pero también que tengan el placer de descubrir un país abierto a su región y al mundo. Omán es uno de los países más estables de Oriente Medio, tanto en lo político como en lo económico, y la celebración del Congreso Mundial de nuestra profesión pretende reforzar aún más a los periodistas, especialmente a la Asociación de Periodistas de Omán (OJA). Esperamos verlos a todos en Mascate y les deseamos una buena lectura de este informe del congreso y una buena preparación para nuestros debates. Le saluda atentamente Younes Mjahed Dr. Mohammed Al-Amairi Presidente de la FIP Presidente de la OJA 7 ORDEN DEL DÍA PROVISIONAL LUNES 30 DE MAYO MIÉRCOLES 1 DE JUNIO Llegada e inscripciones en Mascate 09h00 Elección del Presídium y de los Comités Sesión plenaria : Informe del Secretario general MARTES 31 DE MAYO 11h45 [Mensaje de solidaridad : vidéo de Audrey Azoulay, DG UNESCO] 09h00 Reunión constitutiva de la FAPAJ Moderado 12h00 Debate : "Ganar en el trabajo: los sindicatos en por Anthony Bellanger (SG/FIP), Jeremy Dear acción" (SGA/FIP), Jane Worthington (Directora de la Oficina de Asia-Pacífico de la FIP) Moderador: Jeremy Dear (SGA/FIP) Panel: Delegados de la FIP (por confirmar) 13h00 Almuerzo

13h00 Almuerzo 14h00 «Los delegados regionales tienen la palabra: el periodismo en tiempos de la pandemia» 14h30 Reuniones regionales Moderador: Jim Boumelha, Tesorero Honorario En paralelo: Reuniones de comisiones de de la FIP acuerdos, finanzas y estatutos

  • América Latina: Zuliana Lainez (FEPALC) Informe plenario - Mundo árabe y Oriente Medio: Nasser Abu Baker (FAJ) 16h45 [Mensaje de solidaridad: Christy Hoffman /
  • Asia-Pacífico: Sabina Inderjit (FAPAJ) SG-UNI-Global] - África: Sadiq Ahmed Ibrahim (FAJ) - Europa: Mogens Blicher Bjerregård (LEF) 17h00 Recepción de candidaturas para las elecciones - América del Norte: Jennifer Moreau (UNIFOR) 17h00 Debate: "Acabar con la impunidad: la campaña 16h00 Reunión del Consejo de Género mundial de la FIP Introducción: Anthony Bellanger, SG / FIP 18h30 Clausura Moderación: Dominique Pradalié, miembro del Comité Ejecutivo de la FIP 19h30 Apertura del 31° Congreso de la FIP por parte Panel: Carmen Draghici, profesora de Derecho del Presidente Younes Mjahed Internacional (Universidad de Londres); testimonios de las 5 familias + debate sobre los 30 años del Fondo 20h00 noche inaugural

Internacional de Seguridad 18h30 Clausura 19h00 Discurso de los Premios Nobel de la Paz: Maria Ressa y Dmitri Muratov 20h00 Noche libre 8

ORDEN DEL DÍA PROVISIONAL

JUEVES 2 DE JUNIO VIERNES 3 DE JUNIO 09h00 Informe del Tesorero honorario 9h00 Deliberaciones sobre mociones ordinarias 10h30 Informe de la Comisión de Finanzas de la FIP 11h00 [Mensaje de solidaridad : Collectif Mumia Abu Jamal] 10h50 [Mensaje de solidaridad: Jennifer Robinson, abogada de Julian Assange] 14h30 Continuación de las Deliberaciones sobre mociones ordinarias 11h00 Elección de los responsables electos 17h00 Debate: "Pegasus: periodistas vigilados” 13h00 Almuerzo Moderador: Tim Dawson (Presidente del Grupo de Expertos en Control de la FIP) 14h00 Debate sobre mociones legales y luego Panel: Judith Calderón Gómez (México/SNRP), mociones ordinarias Agbanda Akillisso (Togo/UJIT), Soraya MorvanSmith (Francia/SNJ-CGT) 16h50 [Mensaje de solidaridad : : Zara Nazarian, SG / 18h30 Discurso de clausura del nuevo o de la nueva UPF] Presidente de la FIP 17h00 Debate: "Afganistán/Ucrania/Yemen: 18h45 Reunión del nuevo Comité Ejecutivo periodismo en crisis" Moderador: Jeremy Dear (SGA/IFJ) 19h30 Cena de gala

Panel: tbc (Afganistán/AIJA), Hadi Rashed

(Afganistán/ANJU), Karine Barzegar (Francia/ SNJ), Sergei Tomilenko (Ucrania/NUJU), Serhiy Shturkhetskyy (Ucrania/IMTUU), André Cairola (Unesco) + delegado de Yemen

SÁBADO 4 DE JUNIO

19h00 Clausura Salida de las delegaciones 19h30 Programa social 9

DOCUMENTOS DE TRABAJO

10

DOCUMENTOS DE TRABAJO

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LOS ESTATUTOS DE LA FIP

2019-2022 Aprobados en el Congreso Mundial de Túnez, Túnez, en junio de 2019. (Los cambios aplicados en el Congreso de Túnez están subrayados en negrita y cursiva)

SECCIÓN I: TÍTULO Y SEDE

1. El nombre de la organización es Federación Internacional de Periodistas. La sede de la Federación está situada en “Résidence Palace”, Bloc C, 155, rue de la Loi, 1040 Bruselas (Bélgica) en el momento en que se aprobaron los presentes Estatutos.

SECCIÓN II: CARÁCTER 2. a) La Federación Internacional de Periodistas es una confederación de sindicatos de periodistas. Ha sido creada para tratar asuntos relativos al sindicalismo y la práctica de la profesión periodística. Está establecida en el contexto del apoyo a la democracia pluralista y a los derechos humanos fundamentales. Es independiente de todos los organismos ideológicos, políticos, gubernamentales y religiosos. Representa y ayuda a sus organizaciones afiliadas en el ámbito de la formación y la investigación en aras de proteger sus derechos laborales esenciales, así como en relación a todos los asuntos profesionales, y tiene y promueve grupos continentales y regionales integrados por dichas organizaciones afiliadas. b) La Federación Internacional de Periodistas es una Asociación internacional sin fines de lucro (AISBL) de conformidad con las disposiciones de la legislación belga. El Comité Administrativo es responsable de las obligaciones de la Federación en su calidad de AISBL.

SECCIÓN III: OBJETIVOS

3. Los principios y objetivos de la Federación son:

(a) Proteger y fortalecer los derechos y las libertades de los periodistas; (b) Respetar y defender la libertad de información, la libertad de los medios y la independencia del periodismo, especialmente a través de actividades de investigación y de control de las violaciones de los derechos de los periodistas y por acciones en favor de los periodistas y de sus trabajos. (c) Mantener y mejorar los niveles profesionales y promover normas exigentes del periodismo y en materia de formación periodística; (d) Mejorar y defender las condiciones sociales y laborales de todos los periodistas, y animar y apoyar a las organizaciones en las negociaciones colectivas. (e) Promover la cooperación entre sus organizaciones afiliadas y apoyar el desarrollo sindical por medio de la organización de grupos continentales y regionales; (f) Promover y mantener la democracia editorial; (g) Promover la función social de los periodistas y de la profesión del periodismo, especialmente su contribución a la democracia y la libertad; (h) Estimular que se prevea una formación profesional y sindical en favor de los periodistas; (i) Coordinar acciones para garantizar la seguridad de los periodistas e incorporar en los convenios colectivos entre los sindicatos miembros y las organizaciones de empleadores una formulación en materia de seguridad; (j) Estimular a las organizaciones afiliadas para que proporcionen ayuda y asistencia a afiliados de otros sindicatos que estén trabajando en sus territorios; (k) Establecer y mantener relaciones estrechas con organizaciones relevantes del ámbito gubernamental y no gubernamental para la consecución de estos objetivos; (l) Luchar por los derechos de autor y los sistemas de recaudación internacionales;

(m) Promover la integración de la igualdad en el periodismo y alentar a los sindicatos miembros a que sigan 12 adelante con este objetivo. (n) Combatir el discurso del odio (o) Luchar por la protección de las fuentes y contra todo tipo de retención de datos por parte de los gobiernos y las corporaciones.

SECCIÓN IV: AFILIACIÓN

4. La Federación puede admitir como afiliados de pleno derecho a los sindicatos nacionales cuyos Estatutos y actividades se correspondan con el carácter y los objetivos de la Federación y correspondan a las definiciones siguientes:

(a) Que sea un sindicato de periodistas, es decir, una organización representativa, democrática cuyas funciones principales son defender, mantener y promover (especialmente por medio de las negociaciones colectivas) los derechos profesionales, éticos, morales y materiales de los periodistas. Para los fines de esta definición, un periodista es una persona que dedica la mayor parte de su tiempo de trabajo a la profesión del periodismo y que obtiene de ella la mayor parte de sus ingresos, ya sea periodista empleado o periodista independiente. (b) Que esté dedicada a la libertad de los medios, es decir, según la Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Naciones Unidas, la libertad para obtener y distribuir información a través de todas las formas de los medios, y libertad para expresar opiniones y comentar, incluyendo la de criticar y oponerse a los gobiernos y organismos políticos y económicos, sean éstos públicos o privados.

5. La afiliación a la Federación no está abierta a sindicatos de periodistas que incluyan a patronos entre sus afiliados, ni tampoco a organizaciones no sindicales que actúan en sectores específicos de la profesión.

6. Cuando un sindicato admitido en la Federación esté organizado sobre una base industrial, su afiliación es reconocida solamente en relación al número de sus afiliados que sean periodistas.

7. Las organizaciones nacionales de periodistas que no son sindicatos de periodistas según la definición dada en el Párrafo 4(a), pero que estén dedicadas a la libertad de los medios tal como se define en el Párrafo 4(b), pueden ser admitidas como miembros asociados.

8. Excepto cuando estos estatutos especifiquen lo contrario, los miembros asociados pueden participar en todas las actividades de la Federación. Pueden estar representados en el Congreso por un delegado/una delegada pero no tienen derecho a votar, nombrar o ser nombrados para ocupar puestos responsables. Con la ayuda de la Federación, los miembros asociados hacen todo cuanto puedan para conseguir y cumplir con las condiciones de la afiliación de pleno derecho y, cuando sea oportuno, solicitan la afiliación de pleno derecho. Todo miembro asociado que tras tres años de admisión no haya tratado de mejorar su condición para convertirse en miembro de pleno derecho deberá ser revisado por el Comité Ejecutivo de la FIP, que considerará si debe mantener su membresía o no.

9. Los sindicatos miembros tienen derecho a acceder a todos los documentos de trabajo de la Federación y recibir en todo momento toda la información que soliciten (única excepción: datos personales sensibles).

SECCIÓN V: SOLICITUD DE AFILIACIÓN

10. Una solicitud de afiliación a la Federación se presenta al Secretario General/a la Secretaria General de la forma que se indique, junto con un ejemplar de la Estatutos de la organización solicitante. El Secretario General/ la Secretaria General informa a todos los afiliados acerca de cada solicitud de afiliación.

11. El Comité Ejecutivo considera cada solicitud. Si dos terceras partes de los miembros del Comité Ejecutivo votan a favor, puede aceptar una solicitud de afiliación de pleno derecho o asociada. Puede rechazar una solicitud o diferir su consideración para la reunión siguiente.

12. Una organización solicitante cuya solicitud haya sido rechazada por el Comité Ejecutivo puede apelar esta decisión en el siguiente Congreso. Si tres sindicatos afiliados no estuvieran de acuerdo con una decisión del Comité Ejecutivo de aceptar una solicitud de afiliación, podrán apelar dicha decisión en el siguiente Congreso.

En ambos casos, la apelación debe presentarse por escrito al Secretario General/a la Secretaria General dentro de los tres meses siguientes a notificarse la decisión. 13

13. El procedimiento para cambiar el estatus de un miembro asociado al de pleno derecho es el mismo que se indica en los artículos anteriores.

14. La afiliación a la FIP es efectiva desde la fecha de pago de la cuota de afiliación para el año de admisión. Los sindicatos pagan una cuota proporcional al período restante del año en curso, que se calcula desde el inicio de la fecha de admisión.

SECCIÓN VI: EXPULSIÓN Y RENUNCIA

15. Un sindicato afiliado puede ser expulsado por decisión del Congreso si:

(a) Deja de cumplir las condiciones de afiliación establecidas en el Artículo 4 de estos estatutos; (b) Actúa de manera contraria a los principios u objetos de la Federación, o de forma que pudiera perjudicar los intereses de la misma, o (c) Incumple el pago de sus cuotas de afiliación durante más de 12 meses. Ningún sindicato afiliado que haya sido debidamente expulsado por el Congreso de la membresía por

impago de cuotas puede ser aceptado de nuevo como miembro hasta que acuerde pagar las cuotas atrasadas que acumuló a la fecha de su expulsión.

16. El Comité Ejecutivo puede tomar una decisión provisional de expulsar a un afiliado después de investigar adecuadamente las circunstancias y contando con el voto a favor de dos tercios de los miembros del Comité presentes. Tal decisión es notificada inmediatamente al afiliado correspondiente. Éste puede apelar la decisión ante el Congreso siguiente, que confirma o anula la decisión, pero mientras tanto el sindicato afiliado tiene su afiliación suspendida.

Si se ha tomado una decisión provisional de suspensión de un sindicato afiliado conforme a la Sección VI, 15 (c), el Comité Ejecutivo de la FIP revocará de inmediato la suspensión si se salda la deuda del sindicato suspendido y se pagan las cuotas de afiliación en su totalidad.

17. Cualquier afiliado puede renunciar a la Federación dando un aviso por escrito al Secretario General/a la Secretaria General con seis meses de antelación.

SECCIÓN VII: EL CONGRESO

18. El Congreso es el órgano rector supremo de la Federación.

19. El Congreso está compuesto por delegados/delegadas de los afiliados de pleno derecho y los asociados. Los afiliados de pleno derecho pueden nombrar delegados/delegadas sobre una base nacional, y tienen votos en el Congreso de acuerdo con la escala siguiente: Hasta 100 miembros, 1 delegado(a)/voto Hasta 600 afiliados, 2 delegado(a)s/votos Hasta 1.200 afiliados, 3 delegado(a)s/votos Hasta 2.400 afiliados, 4 delegado(a)s/votos

Hasta 4,800 afiliados, 5 delegado(a)s/votos Hasta 8000 afiliados, 6 delegados/votos Hasta 12.000 afiliados, 7 delegado(a)s/votos Hasta 15.000 afiliados, 8 delegados/votos Hasta 26.000 afiliados, 9 delegado(a)s/votos Más de 26000 afiliados, 10 delegado(a)s/votos 19 b) Igualdad de género en las delegaciones 14 Los sindicatos afiliados se proponen asegurar que el número de delegadas/delegados sea por lo menos proporcional al porcentaje que representan en su membresía. No obstante, cada delegación con más de tres delegado(a)s debe proponerse incluir por lo menos a un delegado/una delegada y cada delegación de más de cinco delegado(a)s debe apuntar a incluir por lo menos a 2 delegados/delegadas.

20. El Congreso se reúne normalmente cada tres años. El Comité Ejecutivo puede convocar un Congreso extraordinario en cualquier momento con el voto favorable de dos tercios de sus miembros. El Comité Ejecutivo convoca un Congreso extraordinario si la mitad de los afiliados de pleno derecho de la Federación presentan una petición por escrito en tal sentido.

21. Los sindicatos afiliados son informados del lugar y las fechas del Congreso ordinario al menos 12 meses antes de iniciarse el mismo. Las invitaciones y un programa provisional deben enviarse a los afiliados con una antelación mínima de ocho meses, y los documentos de trabajo al menos dos meses antes de iniciarse el

Congreso.

22. Las propuestas de los sindicatos afiliados, el Comité Ejecutivo y las organizaciones regionales de la FIP

deben ser entregadas al Secretario General/a la Secretaria General al menos cinco meses antes de iniciarse el Congreso, excepto cuando estos estatutos estipulen específicamente lo contrario. Las propuestas de enmienda de estos estatutos o para disolver la Federación pueden presentarse solamente siguiendo el procedimiento explicado en la Sección XI. Las propuestas presentadas fuera de plazo pueden ser consideradas por el Congreso solamente con el acuerdo de una mayoría de delegado(a)s con derecho a voto.

23. Las convocatorias de un Congreso extraordinario deben enviarse a los sindicatos afiliados con una antelación de al menos seis semanas antes de la inauguración del mismo.

24. En sus asambleas ordinarias, el Congreso debe:

(a) Elegir un Presidium del Congreso; (b) Aprobar el reglamento de trabajo para el Congreso incluida la atribución de votos por poder, de conformidad con la recomendación del Comité Ejecutivo, y establecer un quórum; (c) Establecer las Comisiones, Grupos de trabajo y/o procedimientos que sean necesarios para el desarrollo eficaz del Congreso y para fomentar la participación de los delegados; (d) Recibir, debatir y votar un informe del Secretario General/de la Secretaria General en representación del Comité Ejecutivo, y un informe del Tesorero Honorario/de la Tesorera Honoraria sobre las finanzas de la Federación; (e) Decidir las apelaciones sobre afiliación; (f) Decidir propuestas para enmendar la Estatutos; (g) Determinar la estrategia financiera para el próximo periodo de tres años entre Congresos; (h) Decidir las cuotas de afiliación de pleno derecho y asociada para el próximo periodo de tres años

entre Congresos; (i) Determinar las políticas y el programa de trabajo para el próximo periodo de tres años; (j) Decidir sobre propuestas presentadas para el programa por sindicatos afiliados; (k) Elegir lo(a)s responsables de la Federación y los otros miembros del Comité Ejecutivo tal como se estipula en la Sección VIII.

25. Las decisiones del Congreso son tomadas por mayoría simple de votos emitidos, con la excepción de que

son necesarios dos tercios de los votos para: (a) Aprobar una propuesta de enmienda a estos estatutos; (b) Determinar la estrategia financiera; (c) Decidir las cuotas de afiliación. Para aprobar una propuesta de disolución de la Federación, es necesaria una mayoría de dos tercios de los votos emitidos. El quórum requerido para votar la propuesta de disolución es del 50% de todos los votos representados en el Congreso. 15

26. Todas las elecciones en el Congreso se hacen por votación secreta y son dirigidas por el Presidium del Congreso de acuerdo con el Reglamento Interno del Congreso.

SECCIÓN VIII: COMITÉ EJECUTIVO, RESPONSABLES Y COMITÉ DE ADMINISTRACIÓN

27. Entre Congresos, el Comité Ejecutivo es el órgano rector de la Federación. Consta de lo(a)s Responsables y otros 16 miembros, y es elegido por el Congreso. Se reúne, por lo menos, dos veces al año. Es necesario un quórum de 11 miembros con derecho a voto para que las decisiones sean válidas. El Comité establece su propio Reglamento Interno y procedimientos en el marco de los Estatutos. El Comité Ejecutivo vela por

que en la sede de la Federación se disponga de un registro en el que figuren todas las decisiones del Comité Ejecutivo así como todas las decisiones del Congreso.

28. El Comité Ejecutivo es responsable de asegurar que las políticas y el programa de trabajo de la Federación se realizan de acuerdo con las decisiones del Congreso, y de que se informe al mismo sobre su trabajo. El Comité Ejecutivo decide el Reglamento Interno de sus reuniones y contribuye a definir un quórum y, en caso necesario, contribuye a definir los procedimientos para la atribución de votos por poder para los miembros ausentes.

29. La primera reunión anual del Comité Ejecutivo constituirá la reunión general anual para la aprobación de las cuentas auditadas y el plan presupuestario. Los miembros serán informados de la fecha de la reunión por lo menos con cuatro meses de antelación. Siempre y cuando no estén en mora, los miembros tendrán derecho a remitir mociones por lo menos con dos meses de antelación y a enviar a un observador. Las actas de la reunión se distribuirán a todos los sindicatos miembros.

El Comité Ejecutivo determina las reglas internas de la Federación incluyendo las regulaciones de cumplimiento para sus responsables, el personal y la conducta de la Federación. Estas reglas se facilitarán a todos los sindicatos miembros.

30. Lo(a)s integrantes del Comité Administrativo (Administradores,-as) de la Federación son el Presidente/ la Presidenta, el Primer Vicepresidente/la Primera Vicepresidenta, dos Vicepresidente(a)s y el Tesorero Honorario/Tesorera Honoraria. Son elegido(a)s por el Congreso a partir de nominaciones hechas por sindicatos afiliados de pleno derecho. Lo(a)s candidato(a)s deben formar parte de la delegación de su respectivo

sindicato. No puede ser elegido más de un Oficial de cualquier sindicato o país. Para los cargos de vicepresidencia, el Congreso debe elegir a un hombre y a una mujer.

31. Además de los Responsables, el Congreso elige a 16 miembros del Comité Ejecutivo de acuerdo con las

condiciones siguientes: (a) Las nominaciones pueden ser hechas por sindicatos afiliados de pleno derecho, y los candidato(a)s deben formar parte de la delegación de su sindicato; (b) Se eligen no menos de dos miembros de cada una de las regiones de Europa, Asia, África y América Latina; y no menos de un miembro de cada una de las regiones de Norteamérica y Oceanía; (c) No se puede elegir más de un miembro de cada sindicato afiliado o nación.

32. El Congreso elige también dos miembros suplentes del Comité procedentes de cada región y dos suplentes adicionales sin regirse por criterios geográficos. El/la suplente que reciba el mayor número de votos en cada caso es considerado primer(a) suplente. Si un miembro no puede participar en una reunión del Comité Ejecutivo debe informar al Secretario General/a la Secretaria General al menos cuatro semanas antes de la reunión. Entonces el Secretario general/la Secretaria General convoca al suplente en el siguiente orden: primer(a) suplente regional, segundo(a) suplente regional, primer(a) suplente general, segundo(a) suplente general. En tales circunstancias, el/la suplente tiene todos los derechos, obligaciones y facultades de un miembro del Comité Ejecutivo.

33. Si, después de ser elegido, cualquier Oficial o miembro del Comité Ejecutivo

(a) fallece; (b) renuncia al Comité Ejecutivo; o

(c) según la opinión de cuatro quintos del Comité Ejecutivo ya no reúne las condiciones necesarias para su puesto, según esos Estatutos, 16 dentro de las disposiciones del artículo28, él/ella es reemplazado/a como miembro del Comité Ejecutivo por el/la suplente apropiado/a en el siguiente orden: Primer(a) suplente regional, segundo(a) suplente regional, primer(a) suplente general, segundo(a) suplente general, (transformándose así el/la segundo(a) suplente en primer(a) suplente). Si no hay suplente apropiado(a), se selecciona un remplazo apropiado en la forma que el Comité Ejecutivo determine, con la condición de que el Comité Ejecutivo pueda decidir no llenar la vacante si ocurre dentro de un año del próximo Congreso. Ante la eventualidad de que el puesto vacante sea el de un Responsable (miembro del Comité de Administración), el Comité Ejecutivo determina entonces que acción tomar para llenar la posición de entre los miembros del Comité Ejecutivo.

34. Por derecho (en virtud de su cargo), el Secretario General/la Secretaria General participa en las deliberaciones del Comité Administrativo y del Comité Ejecutivo sin derecho de voto.

35. El Comité Ejecutivo nombra los miembros de los grupos de trabajo establecidos por el Congreso para llevar a cabo las actividades de la Federación. Al menos un miembro del Comité Ejecutivo participa en cada grupo de trabajo y es responsable de la interacción del mismo con el Comité Ejecutivo.

36. El Presidente/la Presidenta, el Primer Vicepresidente/la Primera Vicepresidenta, los Vicepresidentes/las Vicepresidentas y el Tesorero Honorario/la Tesorera Honoraria constituyen, junto con el Secretario General/la

Secretaria General, el Comité de Administración. Este Comité debe: a) Controlar las actividades del Secretario General/de la Secretaria General por cuenta de la Federación, las políticas financieras, de gestión y administrativas, los asuntos financieros y los de afiliación, los que conciernen a la Federación y preparar políticas más amplias para su discusión en el Comité Ejecutivo b) Actuar por cuenta de la Federación entre las reuniones del Comité Ejecutivo dentro de las políticas establecidas por el Congreso y el Comité Ejecutivo. Esas actividades deben ser confirmadas en la reunión siguiente del Comité Ejecutivo.

37. El Presidente/la Presidenta es el/la principal representante de la Federación. Convoca y preside las reuniones del Comité Ejecutivo y del Comité de Administración.

38. El Primer Vicepresidente/la Primera Vicepresidenta y los Vicepresidentes/las Vicepresidentas asisten al Presidente/a la Presidenta en el cumplimiento de sus obligaciones y, por orden, le sustituyen si no puede llevar a cabo dichas obligaciones.

39. El Tesorero Honorario/la Tesorera Honoraria supervisa la situación y las políticas financieras de la Federación, e informa al Comité Ejecutivo y al Congreso sobre estos asuntos.

40. El Secretario General/la Secretaria General es el/la principal Responsable ejecutivo/a de la Federación.

Es nombrado/a por el Comité Ejecutivo y responde ante el mismo. Las personas competentes para actuar en los asuntos jurídicos en nombre de la Federación son el Presidente/la Presidenta, el Tesorero/la Tesorera y el Secretario General/la Secretaria General. Cuando el Comité Administrativo les autorice a ello, dos de esas personas podrán firmar en nombre de la Federación.

SECCIÓN IX: GRUPOS CONTINENTALES Y REGIONALES

41. Los afiliados de pleno derecho y asociados de la Federación pueden establecer grupos continentales y regionales. Estos grupos pueden regular sus propias actividades siempre que éstas sean de conformidad con estos estatutos y concuerden con las políticas establecidas por el Congreso.

42. Habrá una Comisión Financiera cuyo objetivo será revisar las cuentas de la FIP. La Comisión Financiera será elegida por el Congreso e informará al mismo. La Comisión Financiera estará integrada por tres auditores internos. Ninguno de ellos formará parte de otro órgano electo de la FIP.

43. Habrá un consejo de género cuya misión es la de asesorar sobre y coordinar las actividades de género de la FIP. Tendrá derecho a establecer su reglamento de trabajo, su composición y sus políticas bajo la autoridad del Comité Ejecutivo y será financiado en consonancia.

17

SECCIÓN X: FINANZAS

44. El Congreso determina la base para calcular las cuotas de afiliación y decide las cuotas de afiliación pagaderas por los afiliados de pleno derecho y los asociados. Las cuotas de afiliación se pagan en la moneda del país en que esté situada la sede de la Federación.

45. El año financiero de la Federación es del 1 de enero al 31 de diciembre. El Comité Ejecutivo adopta y aprueba anualmente las cuentas y el presupuesto de la Federación.

46. Las cuotas de afiliación de un año financiero vencen y son pagaderas el 30 de abril del mismo año, a menos que el Comité Ejecutivo decida lo contrario. Los afiliados admitidos en la Federación en el transcurso de un año pagan las cuotas de afiliación de dicho año prorrateando el periodo no vencido del año.

47. Las cuotas de afiliación deben ser canceladas según el número de miembros regulares declarados por el sindicato, hasta un máximo decidido por el Congreso.

48. Se informa al Comité

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