FSC - Discapacidad en el Sistema General de Salud en Colombia - Lineamientos, epidemiología e impacto económico
Detalles
- Título
- FSC - Discapacidad en el Sistema General de Salud en Colombia - Lineamientos, epidemiología e impacto económico
- Autor
- Fundación Saldarriaga Concha
- Categoría
- Doctrina
- Área del derecho
- Diversidad
- Año
- —
La discapacidad en eL contexto deL sistema GeneraL de seGuridad sociaL en saLud en coLombia: Lineamientos, epidemioLoGía e impacto económicoLa discapacidad en eL contexto deL sistema GeneraL de seGuridad sociaL en saLud en coLombia: Lineamientos, epidemioLoGía e impacto económicoFundación Saldarriaga Concha Soraya Montoya Directora Ejecutiva Carolina Cuevas Gerente de Inversión Social Roberto Esguerra Director General Fundación Santa Fe de Bogotá Gabriel Carrasquilla Gutiérrez Director del Centro de Estudios e Investigación en Salud CEIS Autores: Gabriel Carrasquilla Gutiérrez - Director del Centro de Estudios e Investigación en Salud CEIS Sandra Martínez Cabezas - Investigadora CEIS María Luisa Latorre Castro - Investigadora CEIS Solangel García - Consultora Fundación Santa Fe de Bogotá Carlos Rincón - Consultor Fundación Santa Fe de Bogotá Catalina Olaya Pardo - Investigadora CEIS Rodrigo Castro Rebolledo - Médico Fisiatra Fundación Santa Fe de Bogotá Augusto Peñaranda San Juan - Otorrinolaringólogo Fundación Santa Fe de Bogotá Jaime Pedraza Yepes - Ortopedista Fundación Santa Fe de Bogotá Ángela Gómez Mazuera - Neuróloga Fundación Santa Fe de Bogotá María Leonor Aparicio - Fonoaudióloga Fundación Santa Fe de Bogotá
ISBN: 978-958-98911-1-7
Diseño y diagramación Adela Martínez Camacho
EC SANFRANCISCO
Bogotá, D.C., diciembre de 2009 Esta publicación es totalmente gratuita. Prohibida su venta. Se permite la copia y distribución de este documento siempre y cuando se practique la respectiva
Diseño y diagramación Adela Martínez Camacho
EC SANFRANCISCO
Bogotá, D.C., diciembre de 2009 Esta publicación es totalmente gratuita. Prohibida su venta. Se permite la copia y distribución de este documento siempre y cuando se practique la respectiva cita y sin realizar modificación alguna sobre su texto.contenido Presentación 7 Introducción 9 I Lineamientos de atención en salud para las personas con disca pacidad 11 II Epidemiología descriptiva de la discapacidad a ni vel nacional 51 III Impacto de la inclusión de ayudas técnicas en el valor de la UPC 113presentación E l 13 de Diciembre de 2006, la Organización de Naciones Unidas -ONUaprobó la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD), la cual se constituye en un instrumento fundamental para asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de los derechos humanos y la inclusión social de todas las personas con discapacidad. Dicha Convención, que se encuentra en proceso de ratificación en Colombia, supone, entre otras cosas, que nuestro país ajuste sus políticas públicas para garantizar una atención y una respuesta adecuadas a las necesidades de las personas con discapacidad, así como el desarrollo e implementación de ayudas técnicas, servicios de diversa índole, dispositivos de asistencia y herramientas ajustadas que favorezcan su autonomía e inclusión. Por ello, como un aporte en la generación de conocimiento alrededor de este tema y con el ánimo de apoyar al sector salud en su labor de atención a la población con discapacidad, la Fundación Saldarriaga Concha llevó a cabo una alianza con el Centro de Estudios e Investigación en Salud – CEIS – entidad que a través de un equipo interdisciplinario altamente calificado, recopiló y analizó estudios previos sobre discapacidad
llevó a cabo una alianza con el Centro de Estudios e Investigación en Salud – CEIS – entidad que a través de un equipo interdisciplinario altamente calificado, recopiló y analizó estudios previos sobre discapacidad realizados en el país, así como otras fuentes de información secundaria que dieron origen a esta publicación. En este documento se hace un recuento de la atención integral en salud para las personas con discapacidad y sus familias, entre otros aspectos, y se brindan unas bases generales de información sobre las necesidades técnicas más apropiadas a incluir en su proceso de rehabilitación, las cuales esperamos sirvan de referencia para quienes trabajan por el bienestar de esta población en Colombia. Aprovecho la oportunidad para agradecer al Ministerio de la Protección Social, que a través de la Dirección de Promoción Social se ha comprometido en adelantar un trabajo constante en favor de las personas con discapacidad y que nos brindó aportes valiosos en el diseño y realización de este estudio, y a la Dirección de Gestión de la Demanda en Salud, que nos asesoró en el manejo de información de bases de datos. De igual forma, agradecemos a todas aquellas instituciones que nos colaboraron con la entrega de información como el Departamento Nacional de Estadísticas – DANE y las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud. Soraya Montoya González Directora Ejecutiva Fundación Saldarriaga Concha Presentación 7introducción H ablar de discapacidad implica reconocer la diversidad de las capacidades y habilidades de las personas en sus actividades de la vida diaria y su interacción con el entorno, debidas a un proceso de salud. La discapacidad, como proceso o hecho social, aparece en la agenda política del país a finales de los años noventa, cuando se determinan normas y políticas acordes con los postulados internacionales, que
La discapacidad, como proceso o hecho social, aparece en la agenda política del país a finales de los años noventa, cuando se determinan normas y políticas acordes con los postulados internacionales, que promueven el reconocimiento de los derechos y la inclusión de las personas con discapacidad. La inclusión significa la plena participación en todos los espacios de la vida social (salud, educación, recreación, espacios públicos, vivienda, etc.). El plan nacional de discapacidad 2007-2010 propone transformar los imaginarios en torno a la discapacidad, consolidar el proceso de construcción de política pública en discapacidad, institucionalizar el plan en las entidades nacionales y territoriales, priorizar la(s) acción(es) y lograr que las personas con discapacidad ejerzan plenamente su derecho a la educación y al desarrollo de competencias, con énfasis en niños y niñas. Entendiendo la discapacidad como un asunto social, el sector salud tiene la responsabilidad de aportar elementos que faciliten o mejoren la respuesta adecuada y oportuna, como un primer paso en el proceso de inclusión, a través de acciones de promoción, prevención y rehabilitación que incluyan a otros sectores, que aporten y fortalezcan el imaginario alrededor de la discapacidad, con base en las capacidades y habilidades. Las personas con discapacidad y sus familias reclaman procesos con calidad, calidez e integrales, que tengan como centro sus necesidades (SDS & Peidy, 2007); el 5% de las personas que requieren de un proceso de rehabilitación la reciben (Rehabilitación internacional, 2004, citado por la Secretaría Distrital de Salud); el 53% de los tipos de rehabilitación ordenados son medicamentos (Dane, 2007); existe la creencia de
de rehabilitación la reciben (Rehabilitación internacional, 2004, citado por la Secretaría Distrital de Salud); el 53% de los tipos de rehabilitación ordenados son medicamentos (Dane, 2007); existe la creencia de que la rehabilitación es un proceso costoso para el asegurador; las ayudas técnicas no hacen parte de los planes de beneficio; existen barreras de acceso y de accesibilidad a los servicios de rehabilitación (Dane, 2007); la discapacidad no se desarrolla dentro del plan nacional de salud pública, éstas son algunas de Introducción 910 La discapacidad en el contexto del Sistema General de Seguridad Social en Salud en Colombia: Lineamientos, epidemiología e impacto económico. las consideraciones que debe tener en cuenta el sector salud en su responsabilidad con la inclusión de las personas con discapacidad. Este documento pretende ser una orientación para las acciones del sector salud, dentro de la política de atención a la población con discapacidad en el país. Por ello, en su organización encontrará un referente normativo internacional y nacional, la definición de discapacidad y las orientaciones para la acción, donde se incluyen los lineamientos generales relacionados con la tecnología de asistencia.Lineamientos de atención en salud para las personas con discapacidad 11
- Lineamientos de atención en saLud para Las personas con discapacidad antecedentes aportes iniciaLes aL reconocimiento de Las personas con discapacidad A través del tiempo se proponen acciones estatales tendientes a mejorar las condiciones de salud de la población en general, y a su vez se plantean alternativas que ofrecen mejores condiciones a la población con limitaciones; tal es el caso de Japón, que en 1922 determina políticas de bienestar social y salud, y la
ley de seguridad social, que en 1935 expide el gobierno norteamericano. Después de la Segunda Guerra Mundial se formulan declaraciones en las que se adoptan reformas y directrices para la investigación y se determinan criterios tendientes a proteger a las personas objeto de experimentación o investigación a través de juntas de revisión, las cuales definen criterios para proteger los derechos de las personas, que a su vez fueron retomados para la definición de normas en los países. (Ver tabla 1). Por su parte, la Organización Mundial de la Salud (OMS) propone declaraciones que pretenden comprometer a los gobiernos con la adecuación y adaptación de diferentes espacios sociales, las condiciones de infraestructura en los distintos ámbitos y actividades de la vida cotidiana, con el fin de promover la inclusión social de las personas con discapacidades e insta a los gobiernos a mejorar las condiciones de salud y rehabilitación que permitan la readaptación social, psicológica, social, cultural y educativa. (Ver tabla 2).12 La discapacidad en el contexto del Sistema General de Seguridad Social en Salud en Colombia: Lineamientos, epidemiología e impacto económico. Tabla 1. Acuerdos internacionales en discapacidad AÑO NORMA DESCRIPCIÓN 1922 Sistema de Seguridad Social de Japón. Entre los ejemplos de políticas de bienestar social y políticas de seguridad. 1935 La Ley de la Seguridad Social de 1935.(Social Security Act 1935) de Estados Unidos (Miyatake, 2000). 1947 Código de Nuremberg de 1947. Después de la Segunda Guerra Mundial, la comunidad internacional adoptó reformas y directrices para la investigación. 1948 Declaración Universal de Derechos Humanos. Al poco tiempo de aprobarse estos instrumentos internacionales, los países comenzaron a adoptar políticas
Después de la Segunda Guerra Mundial, la comunidad internacional adoptó reformas y directrices para la investigación. 1948 Declaración Universal de Derechos Humanos. Al poco tiempo de aprobarse estos instrumentos internacionales, los países comenzaron a adoptar políticas como la obligación de establecer Juntas de Revisión para proteger los derechos de las personas en quienes se está investigando. 1964 Declaración de Helsinki. Asociación Médica Mundial de 1964 (World Medical Association). Asociación Médica Mundial de 1964 (World Medical Association). Al poco tiempo de aprobarse estos instrumentos internacionales, los países comenzaron a adoptar políticas como la obligación de establecer Juntas de Revisión para proteger los derechos de las personas en quienes se está investigando. 1990 Ley de Estadounidenses con Discapacidad (Americans with Disabilities Act 1990). Esta norma es propuesta para una Convención Internacional de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (United Nations Convention on the Rights of Persons with Disabilities) y la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información (World Summit on Information Society).Lineamientos de atención en salud para las personas con discapacidad 13 Tabla 2. Normas y declaraciones de la Organización Mundial de la Salud AÑO NORMA DESCRIPCIÓN DEL TEMA 1950 Resolución 309 E (XI) de 13 del julio de 1950 “Rehabilitación social de las personas físicamente impedidas”, 1965 Resolución 1086 K (XXXIX) Titulada “Readaptación de los Inválidos”, 1971 Resolución 2856 (XXVI) de la Asamblea General, de 20 de diciembre “Declaración de los Derechos del Retrasado Mental”
1965 Resolución 1086 K (XXXIX) Titulada “Readaptación de los Inválidos”, 1971 Resolución 2856 (XXVI) de la Asamblea General, de 20 de diciembre “Declaración de los Derechos del Retrasado Mental” 16 de Diciembre de 1976 Resolución de la Asamblea General 31/123 del 16 de diciembre de 1976 que declara a 1981 Año Internacional del Impedido y propone: Ayudar a los impedidos a su adaptación física y sicológica a la sociedad. Prestar asistencia, atención, capacitación y orientación apropiadas, así como a poner a su disposición oportunidades de trabajo adecuado y asegurar su integración plena en la sociedad Estimular los proyectos de estudio e investigación destinados a facilitar la participación practica de los impedidos en la vida cotidiana. Educar e informar al público sobre el derecho de los impedidos a participar en los diversos aspectos de la vida 1977 Resolución aprobada en la séptima sesión plenaria, celebrada el 5 de junio, proyecto de convención interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación por razones de discapacidad Reiterar el firme y decidido compromiso con las personas con discapacidad, reconocer la importancia de los avances alcanzados hasta la fecha para la elaboración del proyecto de Convención Interamericana para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación por Razones de Discapacidad.14 La discapacidad en el contexto del Sistema General de Seguridad Social en Salud en Colombia: Lineamientos, epidemiología e impacto económico.
AÑO NORMA DESCRIPCIÓN
1980 La OMS, trata el tema por primera
Razones de Discapacidad.14 La discapacidad en el contexto del Sistema General de Seguridad Social en Salud en Colombia: Lineamientos, epidemiología e impacto económico.
AÑO NORMA DESCRIPCIÓN
1980 La OMS, trata el tema por primera vez al promulgar el documento de Clasificación Internacional de Deficiencias, Discapacidades y Minusvalías, (CIDDM), creando un marco conceptual que describa a la salud y los estados relacionados con ella. El concepto de discapacidad se relacionaba con las consecuencias o daños causados por las enfermedades ocurridas a lo largo de la vida de cada individuo. Los términos minusvalía y deficiencia no estaban asociados con el concepto de discapacidad. 1993 Resolución Aprobada por la Asamblea General, Naciones Unidas. Cuadragésimo octavo periodo de sesiones, de 20 de diciembre. Normas uniformes sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad. 2001 La IV Asamblea Mundial de la Salud aprobó la nueva clasificación, con el título Clasificación Internacional del Funcionamiento, de la Discapacidad y de la Salud, en la Resolución WHA54.21 del 22 de mayo. Se identifica una aproximación al componente de la «familia» de clasificaciones internacionales (CIE), contribuyendo a conocer cual es el estado de salud de la población así como las contribuciones que hacen las diferentes causas de morbi – mortalidad, así como las consecuencias de la salud (aportadas por CIF) a la mismas. En 1980 se empieza a hablar de la clasificación internacional de deficiencias, discapacidades y minusvalías,
contribuciones que hacen las diferentes causas de morbi – mortalidad, así como las consecuencias de la salud (aportadas por CIF) a la mismas. En 1980 se empieza a hablar de la clasificación internacional de deficiencias, discapacidades y minusvalías, y se incluyen por primera vez los conceptos de deficiencias y minusvalía, y en 1993 se promulgan las normas uniformes que deben ser adoptadas por las naciones, cuyo principal énfasis es sobre la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad. Así mismo, se cuenta con declaraciones y normas que permean el desarrollo de las normas y las orientaciones nacionales, como son: la Declaración de Caracas (OPS/OMS), la Recomendación de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (OEA) sobre la promoción y protección de las personas con discapacidad mental, la Declaración de los derechos de las personas con retraso mental, la Declaración de los derechos de los impedidos, la definición del 2004 como el año de las personas con discapacidad en Latinoamérica, la Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación de las Personas con Discapacidad, y la definición del decenio de las personas con discapacidad en Iberoamérica (2005-2014).Lineamientos de atención en salud para las personas con discapacidad 15 En Colombia se identifican alternativas de intervenciones que cobran fuerza a partir de 1985, cuando se definen normas que tienden a mejorar la infraestructura urbana, de tal forma que permita el acceso y la movilidad de las personas con capacidades disminuidas, bien sea por condiciones de discapacidad, edad o enfermedad; se definen mecanismos de inspección que velen por el cumplimiento y se determinan plazos en caso de incumplimiento (ver tabla 3).
movilidad de las personas con capacidades disminuidas, bien sea por condiciones de discapacidad, edad o enfermedad; se definen mecanismos de inspección que velen por el cumplimiento y se determinan plazos en caso de incumplimiento (ver tabla 3). Tabla 3. Primeras normas en Colombia
NORMA TEMA DESCRIPCIÓN
DECRETO
No. 0404 DE 1985 Normas urbanísticas, arquitectónicas y de construcción. Los lugares de los edificios públicos y privados que permiten el acceso al público en general, deberán diseñarse y construirse de manera tal que faciliten el ingreso y tránsito de personas cuya capacidad motora o de orientación esté disminuida por la edad, la incapacidad o la enfermedad.
RESOLUCIÓN
No. 14861 DEL
4 DE OCTUBRE
DE 1985 Normas para la protección, seguridad, salud y bienestar “A partir de la vigencia de la presente resolución, la autoridad sanitaria queda facultada para efectuar visitas de inspección a los ambientes (…) De obras pendientes a facilitar y adecuar los accesos, componentes de las edificaciones y del ambiente exterior; áreas de circulación y colocación de elementos y componentes para uso por parte de la población en general”. LEY 12 DE 1987 Del objeto de vigilancia y control Los lugares de los edificios públicos y privados que permiten el acceso al público en general, deberán diseñarse y construirse de manera tal que faciliten el ingreso y tránsito de personas cuya capacidad motora o de orientación esté disminuida por la edad, la incapacidad o la enfermedad. La Ley 361 de 1993 se reconoce como la ley de la promoción de la integración social de las personas con
de personas cuya capacidad motora o de orientación esté disminuida por la edad, la incapacidad o la enfermedad. La Ley 361 de 1993 se reconoce como la ley de la promoción de la integración social de las personas con discapacidad y en 1996 se definen políticas de integración de las personas con limitaciones auditivas, con lo cual se ratifica la interpretación de la lengua de señas. En el 2001 se definen los mecanismos de accesibilidad e integración en salud a las personas con discapacidad y se destina el 4% de las transferencias del sector salud para la vinculación al régimen subsidiado de los discapacitados, los limitados visuales y la salud mental (Ley 643 de 2001).16 La discapacidad en el contexto del Sistema General de Seguridad Social en Salud en Colombia: Lineamientos, epidemiología e impacto económico. Tabla 4. Normatividad relacionada con discapacidad en Colombia
NORMA TEMA DESCRIPCIÓN
DECRETO No. 2381 DE 1993
Día Internacional de las Personas con Discapacidad. Declárase como Día Nacional de las Personas con Discapacidad el 3 de Diciembre de cada año.
LEY No. 115 DE
1994 Por el cual se reglamenta la atención educativa para personas con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales. Nadie podrá ser discriminado por razón de su limitación, para acceder al servicio de educación ya sea en una entidad pública o privada y para cualquier nivel de formación.
DECRETO 2082
DE 1996 Reglamentario de la Ley 115. La educación de las personas con limitaciones ya sea de orden físico, sensorial psíquico, cognoscitivo o emocional y para las personas con capacidades o talentos excepcionales, hace parte del servicio
DE 1996 Reglamentario de la Ley 115. La educación de las personas con limitaciones ya sea de orden físico, sensorial psíquico, cognoscitivo o emocional y para las personas con capacidades o talentos excepcionales, hace parte del servicio público educativo y se atenderá de acuerdo con la Ley 115 de 1994.
LEY No. 324 11
DE OCTUBRE DE
1996 Ley de protección a la población con limitaciones auditivas. Protección a la población con limitaciones auditivas.
LEY No. 361 DE
7 DE FEBRERO
DE 1997 Mecanismos de integración social. Determina que las emisiones televisivas de interés cultural e informativo en el territorio nacional, deberán disponer de servicios de intérpretes o letras que reproduzcan el mensaje para personas con limitación auditiva.
ACUERDO No. 038 DE JUNIO 30
DE 1998 Por el cual se crean mecanismos para garantizar el acceso al servicio público de televisión por parte de las personas con limitaciones auditivas. Garantizar el acceso de las personas limitadas auditivamente al servicio público de televisión, y se aplicará a los operadores públicos y privados.Lineamientos de atención en salud para las personas con discapacidad 17
NORMA TEMA DESCRIPCIÓN
RESOLUCIÓN
001080 DE
AGOSTO 5 DE
2002 Por la cual se fijan los criterios aplicables a la programación de televisión para la población sorda. En desarrollo de lo previsto en los artículos 66 y 67 de la Ley 361 de 1997. Fijar los criterios para establecer qué programas de televisión están obligados a disponer de cualquiera
de televisión para la población sorda. En desarrollo de lo previsto en los artículos 66 y 67 de la Ley 361 de 1997. Fijar los criterios para establecer qué programas de televisión están obligados a disponer de cualquiera de los sistemas de acceso a la información establecidos para la comunidad con limitación auditiva, que son: servicio de interpretación de lengua de señas.
LEY No. 789 DE
2002 Por la cual se dictan normas para apoyar el empleo y ampliar la protección social y se modifican algunos artículos del código sustantivo de trabajo. Artículo 3.- Régimen del subsidio familiar en dinero. Los padres, los hermanos huérfanos de padres y los hijos, que sean inválidos o de capacidad física disminuida que les impida trabajar, causarán doble cuota de subsidio familiar, sin limitación en razón de su edad.
LEY 762 DE
JULIO 31 DE
2002 Por medio de la cual se aprueba la “Convención Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas con Discapacidad”. El objeto es fijar la normatividad general que garantice gradualmente la accesibilidad a los modos de transporte y la movilización en ellos de la población en general y en especial de todas aquellas personas con discapacidad.
DECRETO No. 1660 DE 2003
DE JUNIO 16
Accesibilidad a los modos de transporte. En general, el país cuenta con normas para la promoción del empleo y la protección social de las personas con discapacidad (Ley 798), la adecuación de medios de transporte tendientes a facilitar la accesibilidad y
Accesibilidad a los modos de transporte. En general, el país cuenta con normas para la promoción del empleo y la protección social de las personas con discapacidad (Ley 798), la adecuación de medios de transporte tendientes a facilitar la accesibilidad y la movilización, la adecuación de vías públicas y mobiliario urbano (Decreto 1538 de 2005) (ver tabla 4).18 La discapacidad en el contexto del Sistema General de Seguridad Social en Salud en Colombia: Lineamientos, epidemiología e impacto económico. conceptos GeneraLes de discapacidad P ara hablar de discapacidad es necesario revisar conceptualmente las posturas bajo las cuales se entiende el concepto, y de ello depende la forma como se organiza la respuesta. Este capítulo pretende dar elementos de juicio para la comprensión de la discapacidad desde las perspectivas, los modelos y las tendencias. Finalmente, y entendiendo que se busca dar las orientaciones generales para el sector salud, se asumirá la propuesta de comprensión de la discapacidad desde la clasificación del funcionamiento, la discapacidad y la salud (Clasificación Internacional de Funcionamiento -CIF, 2001). 1. conceptos y perspectivas de discapacidad Hablar de discapacidad implica revisar diferentes propuestas que aportan a su comprensión, las cuales tienen como soporte los aportes de Turnbull & Matthew (2001) y de Barton (2001), donde se identifican perspectivas políticas, éticas, antropológicas, filosóficas y tecnológicas. En este contexto, la discapacidad se asocia con una condición que genera discriminación, con el valor de la vida de las personas, con la construcción social o con un asunto relacionado con las capacidades y habilidades, lo que traduce la discapacidad en un asunto complejo (García, S., 2007).
de la vida de las personas, con la construcción social o con un asunto relacionado con las capacidades y habilidades, lo que traduce la discapacidad en un asunto complejo (García, S., 2007). En este orden de ideas, tratándose de los lineamientos de atención en salud para las personas con discapacidad, es necesario acogerse a la definición propuesta por la OMS en la clasificación internacional del funcionamiento, la discapacidad y la salud (CIF, 2001). En este texto, la discapacidad se entiende como la limitación en la ejecución de las actividades de la vida diaria, debida a un proceso de salud-enfermedad. En términos de la CIF, 2001, la limitación en la capacidad de ejecución y/o la restricción en la participación de las actividades de la vida diaria.Lineamientos de atención en salud para las personas con discapacidad 19 En este sentido, los procesos salud-enfermedad son los que se refieren a las deficiencias y tienen que ver con la estructura o la función corporal (ver tabla 5). Las deficiencias están clasificadas por la CIE, 10 (clasificación internacional de las enfermedades en la versión diez). Entonces, los orígenes de la discapacidad tienen que ver con las dificultades presentadas a nivel de las estructuras y funciones corporales. Por ello, la atención oportuna y adecuada de las deficiencias es un factor preponderante en la disminución o no presencia de una discapacidad. Tabla 5. Estructura y función corporal definidas por la CIF ESTRUCTURAS FUNCIONES Estructura del sistema nervioso El ojo, el oído y estructuras relacionadas Estructuras relacionadas con la voz y el habla Estructuras de los sistemas cardiovascular, inmunológico y respiratorio Estructuras relacionadas con los sistemas digestivo, endocrinológico y metabólico
relacionadas Estructuras relacionadas con la voz y el habla Estructuras de los sistemas cardiovascular, inmunológico y respiratorio Estructuras relacionadas con los sistemas digestivo, endocrinológico y metabólico Estructuras relacionadas con los sistemas urogenital y reproductivo Estructuras relacionadas con el movimiento Piel y estructuras relacionadas Funciones mentales Funciones sensoriales y dolor Funciones de la voz y el habla Funciones de los sistemas cardiovascular, hematológico, inmunológico y respiratorio Funciones de los sistemas digestivo, metabólico y endocrino Funciones genitourinarias y reproductoras Funciones neuromusculoesqueléticas y relacionadas con el movimiento Funciones de la piel y estructuras relacionadas20 La discapacidad en el contexto del Sistema General de Seguridad Social en Salud en Colombia: Lineamientos, epidemiología e impacto económico. A su vez, las limitaciones se manifiestan en las actividades de la vida diaria, las cuales se agrupan de la siguiente manera:
1. Aprendizaje y la aplicación del conocimiento
2. Tareas y demandas generales
3. Comunicación
4. Movilidad
5. Cuidado personal
6. Vida doméstica
7. Interacciones y relaciones interpersonales
8. Áreas principales de la vida (educación, empleo y economía)
9. Vida comunitaria, social y cívica Las limitaciones pueden estar relacionadas con la capacidad de las personas para ejecutar una actividad o con la posibilidad de participación en la ejecución de esta actividad; esta es la condición que marca el grado de severidad de la discapacidad (tabla 6). En este sentido, la posibilidad de participación está dada por los apoyos que ofrezca el entorno para su desarrollo.
o con la posibilidad de participación en la ejecución de esta actividad; esta es la condición que marca el grado de severidad de la discapacidad (tabla 6). En este sentido, la posibilidad de participación está dada por los apoyos que ofrezca el entorno para su desarrollo. Tabla 6. Grados de discapacidad, según capacidad de ejecución y posibilidad de participación
GRADO DE
DISCAPACIDAD ACTIVIDAD PARTICIPACIÓN Severo Ninguna o mínima capacidad de ejecución de actividades de la vida diaria (AVD). Totalmente dependiente, requiere siempre de apoyos. No cuenta con facilitadores para AVD. Moderado Algunas capacidades de ejecución de AVD. Semidependiente, requiere algunos apoyos. Cuenta algunas veces con facilitadores para AVD. Leve Capacidad de ejecución de la mayoría de las AVD. Ocasionalmente requiere apoyos. Cuenta con facilitadores para AVD.
Fuente: Ministerio de la Protección Social. Lineamentos de política de habilitación y rehabilitación integral. Bogotá, 2004.Lineamientos de atención en salud para las personas con discapacidad 21
2. La orGanización de La respuesta hacia La discapacidad De otra parte, para dar respuesta a la situación de la personas con discapacidad, se generan diferentes modelos de intervención. Éstos responden a comportamientos y prácticas relacionadas con la historia de los territorios donde se desarrollan y de las respuestas sociales en diferentes lugares. Sin embargo, se pueden sintetizar como se observa en la tabla 7.
Tabla 7. Modelos para abordar el tema de la discapacidad y orientaciones de las respuestas de los servicios de rehabilitación
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