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ICA - Acuerdo 000002 de 2023

ICA - Instituto Colombiano Agropecuario

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Detalles

Título
ICA - Acuerdo 000002 de 2023
Autor
ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2023

2.

< 577 COLOMBIA C A" £,. POTENCIA DELA

X VIDA Instituto Colombiano Agropecuario ACUERDO No. 000002 (14/11/2023) Por el cual se efectúan modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación 2590 de 2022, en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento, del Instituto Colombiano Agropecuario — ICA para la vigencia fiscal 2023. EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO -— ICA En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el Artículo 2.8.1.5.6 del Decreto 1068 de 2015 modificado por el artículo 8 del Decreto 412 de 2018, numeral 8 artículo 17 y artículo 20 del Acuerdo 00005 de 2010 “por medio del cual se adoptan los estatutos internos del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA” y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley 2276 del 29 de noviembre de 2022, se decretó el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1” de enero al 31 de diciembre de 2023. Que mediante el Decreto 2590 del 23 de diciembre de 2022 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y su correspondiente anexo, se liquidó el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2023, se detallaron las apropiaciones y se clasificaron y definieron los gastos, estableciendo a su vez, en la sección 1702 de la segunda parte del citado Decreto, la apropiación correspondiente al Instituto Colombiano Agropecuario -ICA.

gastos, estableciendo a su vez, en la sección 1702 de la segunda parte del citado Decreto, la apropiación correspondiente al Instituto Colombiano Agropecuario -ICA. Que el Artículo 2.8.1.5.6. del Decreto 1068 de 2015, modificado por el artículo 8 del Decreto 412 de 2018, establece: “...Las modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los programas y subprogramas de inversión aprobados por el Congreso de la República, se realizarán mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas modificaciones se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos, o por resolución del representante legal en caso de no existir aquellas. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, aprobará Jas operaciones presupuestales contenidas en las resoluciones O acuerdos una vez se realice el registro de las solicitudes en el Sistema Integrado de Información Financiera SIIF Nación...” Que mediante Resolución 0000001 del 02 de enero de 2023 “Por la cual se incorpora el presupuesto inicial de ingresos y se regionalizan los gastos del Instituto Colombiano Agropecuario “ICA” para la vigencia comprendida entre el 1” de enero al 31 de diciembre de 2023”, se asignó para el rubro de A-02 Adquisición de bienes y servicios, la suma de CINCUENTA MIL MILLONES SETECIENTOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS DIECISEIS MIL PESOS MCTE ($50.725.516.000), recursos que son insuficientes para atender

CINCUENTA MIL MILLONES SETECIENTOS VEINTICINCO MIL QUINIENTOS DIECISEIS MIL PESOS MCTE ($50.725.516.000), recursos que son insuficientes para atender necesidades del Instituto. Páadina 1 de 8 eroñaa a nasaE —

<y COLOMBIA [a A" POTENCIA DELA

VIDA instituto Colombiano Agropecuario ACUERDO No. 000002 (14/11/2023) Por el cual se efectúan modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación 2590 de 2022, en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento, del Instituto Colombiano Agropecuario — ICA para la vigencia fiscal 2023.

A-02-02-01PAGO CONCURSO FUNCION ps 10 PUBLICA $1.704.446.400

A-03-10 10 [SENTENCIAS Y CONCILIACIONES $2.946.053.600

A-08-05 SANCIONES $71.500.000

A OTRAS TRANSFERENCIAS - ES 10 DISTRIBUCION PREVIO CONCEPTO $10.000.000.000 DGPPN TOTAL, GENERAL $10.000.000.000 |$10.000.000.000 | Que la Subgerencia de protección Animal mediante memorando sisad No. 20223001532 de fecha 21 de febrero de 2021, informa a la Oficina Asesora de Planeación la cuota del aporte de Colombia a la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA) — antes OIE, para la vigencia 2023. Que en el presupuesto asignado a la entidad mediante Resolución 0000001 del 02 de enero de 2023 por la cual se incorpora el presupuesto para la vigencia 2023, en el rubro A-03-0202 Transferencias Corrientes — A Gobiernos y Organizaciones Internacionales, fueron

de 2023 por la cual se incorpora el presupuesto para la vigencia 2023, en el rubro A-03-0202 Transferencias Corrientes — A Gobiernos y Organizaciones Internacionales, fueron asignados recursos por la suma de CUATROCIENTOS MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y DOS MIL PESOS MCTE ($400.592.000), los cuales fueron insuficientes para atender este aporte de Colombia a la OMSA,; por lo que hace necesario trasladar recursos a nivel de decreto del rubro A-06-01-04 Adquisición de Activos Financieros — Concesión de préstamos — A personas naturales, por el valor de los recursos faltantes los cuales ascienden a CIEN MILLONES DE PESOS MCTE ($100.000.000), como se detalla en el siguiente cuadro: RUBRO CONTRÁ PresuPpuestaL | REC OBJETO DEL GASTO CRÉDITOS CRÉDITOS TRANSFERENCIAS. CORRIENTES A Pe03-p2:02 20 ORGANIZACIONES INTERNACIONALES $100.000.000 ADQUISICION DE ACTIVOS A-06-01-04 20 FINANCIEROS - PRESTAMOS DE| $100.000.000 L CONSUMO | Que la Subgerencia Administrativa y Financiera mediante memorando sisad No. 20233122138 de 12 de octubre de 2023, a la Oficina Asesora de Planeación, manifestó: "Como es de su conocimiento el Grupo de Gestión del Talento Humano, ha venido proyectando la ejecución presupuestal de los Gastos de Personal de la actual vigencia, lo cual ha estimado que algunos rubros presupuestales no cuentan con los recursos suficientes para atender el pago de la nómina de los meses de noviembre y diciembre de 2023, par lo tanto, se hace necesario realizar movimientos presupuestales a nivel de decreto...”, para

cual ha estimado que algunos rubros presupuestales no cuentan con los recursos suficientes para atender el pago de la nómina de los meses de noviembre y diciembre de 2023, par lo tanto, se hace necesario realizar movimientos presupuestales a nivel de decreto...”, para cubrir gastos de nómina relacionados con salarios, contribuciones inherentes a la nómina, gastos para personal supernumerario, y prestaciones sociales relacionadas con el empleo hasta por un valor de DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES TRECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL TRECIENTOS TREINTA Y SEIS PESOS MCTE 18 Página 3 de 8 Fi FORMA! LALOPor el cual se efectúan modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación 2590 de

COLOMBIA POTENCIA DELA

( VIDA

ACUERDO No. 000002

(14/11/2023) ¡CA Instituto Colombiano Agropecuario 2022, en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento, del Instituto Colombiano Agropecuario — ICA para la vigencia fiscal 2023.

PROF. ESPECIALIZADO 202818 1 6.729.432

PROF. ESPECIALIZADO 202816 1 5.940.744

PROF. ESPECIALIZADO 202815 3 5.510.171

PROF. ESPECIALIZADO 202814 2 4.983.856

PROF. ESPECIALIZADO 202813 3 4.657.200

PROF. ESPECIALIZADO 202812 1 4,298,461

PROF. UNIVERSITARIO 204411 7 4.051.533

PROF. UNIVERSITARIO 204410 4 3.887.848

PROF. UNIVERSITARIO 204408 46 3.604.410

PROF. UNIVERSITARIO 204407 15 3.433.686

PROF. UNIVERSITARIO 204410 4 3.887.848

PROF. UNIVERSITARIO 204408 46 3.604.410

PROF. UNIVERSITARIO 204407 15 3.433.686

PROF. UNIVERSITARIO 204406 1 3.271.720

PROF. UNIVERSITARIO 204401 28 2.457.013

NIVEL TECNICO 32 32.312.989

TECNICO ADMINISTRATIVO 312410 2 2.197.857

TECNICO OPERATIVO 313209 1 2.100.304

TECNICO OPERATIVO 313205 29 1.451.279

NIVEL ASISTENCIAL 447 27.705.980

AUXILIAR ADMINISTRATIVO 404416 3 2.100.304

AUXILIAR ADMINISTRATIVO 404411 41 1.721.749

AUXILIAR ADMINISTRATIVO 404410 11 1.595.122

AUXILIAR ADMINISTRATIVO 404409 22 1.451.279

AUXILIAR ADMINISTRATIVO 404408 29 1.364.250

OPERARIO CALIFICADO 416911 2 1.721.749

CONDUCTOR MECANICO 410313 2 1.908.467

AUXILIAR SERV. GENERALES 406408 7 1.364.250

Por ello, se estima tener una mayor ejecución del presupuestal a partir del mes de noviembre, debido al crecimiento del número de empleos ocupados en dicha cantidad, en la planta del Instituto. En consecuencia, es necesario realizar movimientos presupuestales a nivel de decreto por valor de funcionamiento por CUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES TRECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y UN PESOS MCTE ($4.599.369.691) conforme al siguiente detalle:

nivel de decreto por valor de funcionamiento por CUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES TRECIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y UN PESOS MCTE ($4.599.369.691) conforme al siguiente detalle: RUBRO CONTRA PRESUPUESTAL REC OBJETO DEL GASTO CRÉDITOS CRÉDITOS A-04-01 10 [SALARIOS $2.855.140.343

A-01-01-02 10 a ES INHERENTES ALA $1.219.970.161

PERSONAL SUPERNUMERARIO Y A-01-02 0 leranra temserar $40.000.000

PRESTACIONES SOCIALES A-03-04-D2 10 | RELACIONADAS CON EL EMPLEO $484.259.187

REMUNERACIONES NO A-01-01-03 10 | CONSTITUTIVAS DE FACTOR SALARIAL | 4-599.369.691

TOTAL $4.599.369.691 | $4.599.369.691

Que la Subgerencia Administrativa y Financiera establece y certifica la disponibilidad de las apropiaciones para realizar los traslados, esto teniendo en cuenta lo establecido en el Página 5 de 3 FORMA 4-027 V.6COLOMBIA uy

POTENCIA DE LA $

VI DA instituto Colombiano Agropecuario ACUERDO No. 000002 (14/11/2023) Por el cual se efectúan modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación 2590 de 2022, en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento, del Instituto Colombiano Agropecuario — ICA para la vigencia fiscal 2023.

MOVIMIENTO PRESUPUESTAL A NIVEL DE DECRETO DE LIQUIDACIÓN

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

VIGENCIA FISCAL 2023

Agropecuario — ICA para la vigencia fiscal 2023.

MOVIMIENTO PRESUPUESTAL A NIVEL DE DECRETO DE LIQUIDACIÓN

PRESUPUESTO DE FUNCIONAMIENTO

VIGENCIA FISCAL 2023

Cifras en pesos Sub Ctaprog | ant | Objeto | Ordinal | REC [NOMBRE CUENTA CONTRACREDITO CREDITO oL GASTOS DE PERSONAL $ 4,599.369.691| $ — 4.115.110.504 01 01 PLANTA DE PERSONAL PERMANENTE 5 4.599.369.691| $ 4.075.110.504 01 01 01 10 |SALARIO 5 15 2.355.140.343 01 01 02 10 [CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NÓMINA 5 [$ 1.219.970.161 REMUNERACIONES NO CONSTITUTIVAS DE FACTOR 01 10 .599.369. 01 03 AE $ 4.599.369.691| $ 01 02 10 [PERSONAL SUPERNUMERARIO Y PLANTA TEMPORAL $ «15 40.000.000 01 02 02 10 [CONTRIBUCIONES INHERENTES A LA NÓMINA S 15 40.000.000 02 10 [ADQUISICIÓN DE BIENES Y SERVICIOS $ -1$ 6.982.446,400 03 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 10.000.000.000,00 | $ 3.530.312.787 03 02 A ENTIDADES PEL GOBIERNO $ 100.000.000

TRANSFERENCIAS CORRIENTES A ORGANIZACIONES 03 02 02 A os 5 100.000.000 03 03 A ENTIDADES DEL GOBIERNO 5 10.000.000.000 | $

TRANSFERENCIAS CORRIENTES A ORGANIZACIONES 03 02 02 A os 5 100.000.000 03 03 A ENTIDADES DEL GOBIERNO 5 10.000.000.000 | $ 03 03 OL 10 [A ORGANOS DEL PGN E 10.000.000.000 | $ OTRA: ERENCIA - 1 ú 03 0 $00 íó E TRANSFERENCIA - DISTRIBUCIÓN PREVIO CONCEPTO $ 10.000.000.000 | $ 03 04 PRESTACIONES PARA CUBRIR RIEGOS SOCIALES S -1$ 484.259.187 03 04 02 PRESTACIONES SOCIALES RELACIONADAS CON EL EMPLEO | $ 18 484.259.187 03 04 02 001 10 [MESADAS PENSIONALES (DE PENSIONES] 5 -15 12.346.336 03 04 02 022 10 [PROGRAMAS DE VIVIENDA Y OTROS (NO DE PENSIONES) |$ E 471.912.851 03 10 SENTENCIAS Y CONCINACIONES 5 -15 2.946.053.600 03 10 01 10 [FALLOS JUDICIALES $ -[503 10 01 001 10 [SENTENCIAS $ - 2.946.053.600 06 ADQUISICIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS $ 100.000.000 | $ - 06 01 20 [CONCESIÓN DE PRESTAMOS 5 100.000.000 | $ - 06 01 04 20 [A PERSONAS NATURALES $ 100.000.000 | $ 06 01 04 011 20 [PRESTAMOS DE CONSUMO $ 100.000.000 | $ - 08 | as 10 MULTAS, SANCIONES E INTERESES DEMORA 5 71.500.000

06 01 04 011 20 [PRESTAMOS DE CONSUMO $ 100.000.000 | $ - 08 | as 10 MULTAS, SANCIONES E INTERESES DEMORA 5 71.500.000

TOTAL [$ — 14.699,369.691| $ 14.699.369.691

PARAGRAFO: El Ministerio de Hacienda y Crédito Público — Dirección General de Presupuesto Público Nacional, aprobará las operaciones presupuestales contenidas en el presente Acuerdo, una vez se realice el registro de la solicitud en el Sistema Integrado de

Información Financiera SIIF — Nación.

ARTICULO SEGUNDO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

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