ICA - Acuerdo 000013 de 2008
ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
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Detalles
- Título
- ICA - Acuerdo 000013 de 2008
- Autor
- ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2008
ed ACUERDO No. COLO 13 (29 0c? 2008
Por medio del cual se adiciona el parágrafo 2 del artículo 28 del Acuerdo 15 de 2007 EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO “ICA” En ejercicio de las facultades legales y en especial las confendas en el numrera 11 del Artículo 15 del Acuerdo 08 de 2001 y CONSIDERANDO De conformidad con la Resolución 3278 de 2008 del Instituto Colembiano Agropecuario, la expedición de guias de Movilización intema por parte Gel ICA podrá realizarse a través del Sistema Nacional Web de Movilización y Comercialización Ganadera, en los puntos de atención al usuario que se establezcan en las organizaciones gremiales ganaderas Que para facilitar el pago de las Guías Sanitarias de Movilización Interna que se expidan en desarrollo de la resolución antes mencionada se considera conveniente realizar ajustes al parágrafo 2 del artículo 28 del Acuerdo En virtud de lo anterior, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Adiciónese un inciso al parágrafo 2 del artículo 26 del Acuerdo 015 de 2007, con el siguiente texto; “Sin perjuicio de lo establecido en el inciso anterior, las Organizaciones Gremiales Ganaderas autorizadas por el ICA para atender los trámwes operativos para la expedición de las Guías Sanitarias de Movilización 'ntemna bajo el marco de convenios de cooperación, podrán pagar anticipadamente el costo de un número plural de estas Guías, efectuando la consignación a nombre de la organización gremial respectiva en la cuenta designada por el ICA.ica? o ACUERDO No. DUVOÍS "29 001 2008
costo de un número plural de estas Guías, efectuando la consignación a nombre de la organización gremial respectiva en la cuenta designada por el ICA.ica? o ACUERDO No. DUVOÍS "29 001 2008 Por medio del cual se adiciona el parágrafo 2 del artículo 28 del Acuerdo 18 (e 2007 Sobre los valores consignados se irán descontando tos valores correspondientes a las guias tramitadas y el ICA ejercerá seguimiento y control de los pagos mediante los mecanismos que implemente para el efecto”.
ARTICULO SEGUNDO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de la publicación en el Diario Oficial
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá D.C. alos. ¿ $ 0CT 2000 (tnfaj2 Hol, de JUAN CAMILO SALAZAR RUEDA ITA! yA Presidente A Secretaña Yo Bo Subgerencia Administrativa y Financiera (E) - Dra, Martha Emilia Molina Wo Bo Oficina Asesora Juridica — Dr. Fernando Melo Acosta. F