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ICA - Concepto 6 de 2020

ICA - Instituto Colombiano Agropecuario

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Detalles

Título
ICA - Concepto 6 de 2020
Autor
ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2020

MEMORANDO

11.2.2 Bogotá,

PARA: JUAN

FERNANDO

PALACIO

ORTIZ Oficina de Control Interno DE:

OFICINA

ASESORA

JURÍDICA

ASUNTO:

Concepto Jurídico No.006-2020. Apertura Oficinas Locales y Puntos de Servicio al Ganadero – PSG. Su memorando No. 20193133651.

Apreciado doctor

Palacio: Para dar respuesta a la solicitud del asunto, recibida para trámite mediante memorando

No. 20193133651; se emite el siguiente Concepto Jurídico. I. TESIS

CONCLUSIVA.

Dentro de la estructura del Instituto Colombiano Agropecuario ICA, fijada por el Decreto 4765 de 2008, las Oficinas Locales o Puntos de Servicio al Ganadero no se encuentran contempladas, por ende no hacen parte de la referida estructura, no obstante, dichos puntos de atención al ganaderos funcionan en diferentes municipios de cada departamento, para efectos de que las Gerencias Seccionales del ICA, cumplan en el territorio de su jurisdicción los planes, programas y proyectos del ICA de acuerdo a las necesidades del servicio. II.

PROBLEMA

JURÍDICO. ¿Cual o cuáles son los trámites y

los planes, programas y proyectos del ICA de acuerdo a las necesidades del servicio. II.

PROBLEMA

JURÍDICO. ¿Cual o cuáles son los trámites y requisitos legales, para dar apertura a Oficinas Locales y Puntos de Servicio al GanaderoPSG? III.

NORMA(S)

CONTROLANTE(S).

• Decreto 4765 de 2008

IV.

APLICACIÓN

AL CASO

CONCRETO.

En primer lugar, corresponde precisar que la solicitud que nos ocupa, versa sobre cuáles son los trámites y requisitos legales para dar apertura a Oficinas Locales y Puntos de Servicio al Ganadero – PSG del Instituto Colombiano Agropecuario ICA. Al respecto es de precisar que revisado el Decreto 4765 de 2008, por el cual se modifica la estructura del Instituto Colombiano AgropecuarioICA, y se dictan otras disposiciones, se

www.ica.gov.co Pág. 1 de 5 Rad: 20203103498 ICA 14/02/2020 08:37

Al Contestar cite este No.: 20203103498

Origen: Oficina Asesora Jurídica

Destino: Oficina de Control Inter

Anexos: Fol:5encuentra que el mismo en su artículo 11º, fijo la estructura de este Instituto, determinando que el mismo tendrá dentro de su estructura las dependencias o áreas que se citan a continuación, estructura de la cual no hacen parte oficinas locales o puntos de servicio al ganadero.

La estructura del ICA, es la siguiente, según lo dispone la mencionada normatividad: "Artículo 11. Estructura. La estructura del Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, será la siguiente: 1. Consejo Directivo. 2.Gerencia general. 2.1 Oficina Asesora de Planeación. 2.2 Oficina Asesora Jurídica. 2.3 Oficina Asesora de Comunicaciones. 2.4 Oficina de Control Interno. 2.5 Oficina de Tecnologías de Información. 3. Subgerencia de Regulación Sanitaria y Fitosanitaria. 3.1 Dirección Técnica de Asuntos Internacionales. 3.2 Dirección Técnica de Asuntos Nacionales. 3.3 Dirección Técnica de Evaluación de Riesgos. 4. Subgerencia de Protección Fronteriza 4.1 Dirección Técnica Logística. 4.2 Dirección

Nacionales. 3.3 Dirección Técnica de Evaluación de Riesgos. 4. Subgerencia de Protección Fronteriza 4.1 Dirección Técnica Logística. 4.2 Dirección Técnica de Cuarentena. 5. Subgerencia de Protección Animal 5.1 Dirección Técnica de Inocuidad e Insumos Veterinarios. 5.2 Dirección Técnica de Sanidad Animal. 5.3 Dirección Técnica de Vigilancia Epidemiológica. 6. Subgerencia de Protección Vegetal

www.ica.gov.co Pág. 2 de 5 Rad: 202031034986.1 Dirección Técnica de Inocuidad e Insumos Agrícolas. 6.2 Dirección Técnica de Sanidad Vegetal. 6.3 Dirección Técnica de Semillas. 6.4 Dirección Técnica de Epidemiología y Vigilancia Fitosanitaria. 7. Subgerencia de Análisis y Diagnóstico 7.1 Dirección Técnica de Análisis y Diagnóstico Veterinario. 7.2 Dirección Técnica de Análisis y Diagnóstico Agrícola. 8. Subgerencia de Pesca y Acuicultura 8.1 Dirección Técnica de Regulación. 8.2 Dirección Técnica de Registro, Control y Atención al Ciudadano 9. Subgerencia Administrativa y

Pesca y Acuicultura 8.1 Dirección Técnica de Regulación. 8.2 Dirección Técnica de Registro, Control y Atención al Ciudadano 9. Subgerencia Administrativa y Financiera 10. Oficinas Regionales Especiales de Pesca Marítima y Gerencias Seccionales. 11. Organos de Asesoría y Coordinación. 12. Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno y del Sistema de Gestión de la Calidad. 13. Comité de Conciliación y Defensa Judicial. 11.3 Comisión de Personal.". De igual forma, revisado el aplicativo DIAMANTE que contiene los procesos y procedimientos que adelanta esta entidad en sus diferentes áreas, no se encontró alguno que regule la apertura de oficinas locales o puntos de atención al ganadero, no obstante, las Gerencias Seccionales de esta entidad, para lograr cumplir sus funciones en el territorio de su jurisdicción, cuentan con puntos de servicio en diferentes municipios de su jurisdicción. Conforme lo dispone el Decreto 4765 de 2008, en su artículo 42 las funciones de las Gerencias Seccionales del ICA son las siguientes: "Artículo 42. Gerencias Seccionales. El Instituto Colombiano

4765 de 2008, en su artículo 42 las funciones de las Gerencias Seccionales del ICA son las siguientes: "Artículo 42. Gerencias Seccionales. El Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, tendrá una Gerencia Seccional por cada Departamento para cumplir en cada uno de ellos los planes, programas y proyectos de acuerdo a las necesidades del servicio, las cuales cumplirán las siguientes funciones:

www.ica.gov.co Pág. 3 de 5 Rad: 202031034981. Dirigir, coordinar y ejecutar en su respectiva jurisdicción territorial, los planes, programas y proyectos establecidos por el Instituto. 2. Desarrollar, de acuerdo con las directrices de la Gerencia General, las estrategias a aplicar en materia de bienes y servicios en su jurisdicción. 3. Poner en conocimiento de la Gerencia General y de las dependencias competentes, toda conducta o irregularidad de los servidores públicos de su jurisdicción que amerite abrir una investigación disciplinaria, administrativa o penal. 4. Proponer a la Gerencia General las acciones que se consideren pertinentes para mejorar la gestión en su jurisdicción. 5. Presentar al Gerente General del Instituto los

4. Proponer a la Gerencia General las acciones que se consideren pertinentes para mejorar la gestión en su jurisdicción. 5. Presentar al Gerente General del Instituto los informes sobre las labores y gestión de su jurisdicción. 6. Realizar seguimiento a los convenios que se suscriben con los Entes Territoriales para el cumplimiento de las funciones que le corresponden al Instituto y que fueron delgadas a dichos entes. 7. Adelantar en primera instancia el proceso administrativo sancionatorio, por incumplimiento de las normas sanitarias de la regulación animal y vegetal y por el incumplimiento de las normas relacionadas con la administración de los recursos pesqueros y de la acuicultura. 8. Coordinar todas las actividades de la Gerencia Seccional con las Subgerencias del Instituto. 9. Presentar a la Gerencia General o Subgerencias los informes que le sean solicitados. 10. Ejercer las demás funciones que le sean asignadas.” Los puntos de servicio que

funcionan en diferentes municipios, hacen parte de las diferentes estrategias o medidas adoptadas por la Subgerencia de Protección Animal en coordinación con las diferentes Gerencias Seccionales, para lograr cumplir con los diferentes programas a cargo del ICA, y para acercar la prestación del servicio a los ganaderos, y así lograr un efectivo control, supervisión y vigilancia de los riesgos sanitarios, biológicos y químicos para las especies animales en todo el territorio nacional. Estos espacios de atención, han venido funcionado en las diferentes Gerencias Seccionales del ICA en diferentes municipios, atendiendo diferentes criterios técnicos, como por ejemplo, la necesidad del servicio, la necesidad de atender la cobertura de los servicios en los diferentes municipios, la necesidad de ejercer en forma oportuna el debido control, supervisión y vigilancia de los riesgos sanitarios, biológicos y químicos para las especies animales, la conveniencia, la distancia que existe entre el punto de servicio más cercano y el municipio donde se pretende ubicar el punto de

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entre el punto de servicio más cercano y el municipio donde se pretende ubicar el punto de

www.ica.gov.co Pág. 4 de 5 Rad: 20203103498servicio, así como el inventario de la población animal de las especies susceptibles a contraer alguna de las enfermedades de control oficial, como de igual forma el número de eventos feriales que concentren animales, y que se desarrollen en los municipios a atender. Si bien no ha sido expedida norma interna en el ICA, como tampoco se ha definido proceso o procedimiento alguno que fije lineamientos para dar apertura a oficinas locales o puntos de atención al ganadero, las Gerencias Seccionales en coordinación con la Subgerencia de Protección Animal o la Subgerencia de Protección Vegetal -en su defecto-, en aras de cumplir las funciones que se le han encomendado, fijan puntos de atención al ganadero teniendo en cuenta los criterios anteriormente señalados, para lo cual determinan el lugar donde funcionarán, sin que sea necesaria la expedición de acto administrativo alguno, para que entren a operar. Cabe precisar que para la expedición del presente

donde funcionarán, sin que sea necesaria la expedición de acto administrativo alguno, para que entren a operar. Cabe precisar que para la expedición del presente concepto, se adelantó una ardua investigación, que contemplo incluso, la revisión de los registros históricos del Instituto, a efectos de contemplar resoluciones o actos administrativos que en vieja data, hubiese podido contemplar medidas relacionada con el asunto que nos ocupa. V.

CONCLUSIÓN

FINAL. Con fundamento en lo anterior, se tiene que dentro de la estructura del Instituto Colombiano Agropecuario ICA, conforme lo dispuesto por el Decreto 4765 de 2008 en su artículo 11º, las oficinas locales o puntos de servicio al ganadero no hacen parte de esta estructura, no obstante, dichos puntos de atención funcionan en diferentes municipios de cada departamento, para efectos de que las Gerencias Seccionales del ICA, cumplan en el territorio de su jurisdicción los planes, programas y proyectos del ICA de acuerdo a las necesidades del servicio. En los anteriores términos, procedemos a dar una respuesta de fondo a su solicitud, reiterando que la

proyectos del ICA de acuerdo a las necesidades del servicio. En los anteriores términos, procedemos a dar una respuesta de fondo a su solicitud, reiterando que la misma se surte bajo los parámetros del artículo 28 de la Ley 1755 de 2019. Cordialmente,

JUAN

FERNANDO

ROA ORTIZ Jefe Oficina Asesora Jurídica (E) Respuesta a: Radicación No. 20193133651 del: 26/11/2019

Elaboró: Nsv

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