ICA - Resolución 00022214 del 29 septiembre de 2025
ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
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Detalles
- Título
- ICA - Resolución 00022214 del 29 septiembre de 2025
- Autor
- ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN No. ( ) “Por la cual se modifica el artículo 5 de la Resolución No. 00000804 del 31 de enero de 2025”. __________________________________________________________________
FORMA 4-027 V.8
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LA GERENTE SECCIONAL TOLIMA (E)
DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO – ICA
En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el Artículo 65 de la Ley 101 de 1993, el Decreto 1071 de 2015, el Artículo 5 de la Resolución ICA 2442 de 2013, la Resolución 072221 DE 2020, la Resolución 90832 de 2021, la Resolución 15141 de 2024 y la Resolución 00008807 de 2025 expedidas por el ICA y,
CONSIDERANDO
Que, el Instituto Colombiano Agropecuario – ICA, es responsable de establecer las medidas para hacer efectivo el control de la sanidad animal y vegetal, la prevención de los riesgos biológicos y químicos, ejercer el control técnico de la producción y comercialización de los insumos agropecuarios y semillas para siembra que constituyan un riesgo para la producción nacional, así como señalar las acciones encaminadas a erradicar los problemas sanitarios que afectan las actividades agrícolas y pecuarias.
Que, el Plan Nacional de Exclusión, Supresión y Erradicación Económica del Picudo del algodonero, establece que el periodo de Veda no puede ser inferior a 90 días previo a la siembra de la siguiente temporada, y que la época de siembra en ningún caso debe tener una ampliación mayor de 45 días entre fechas.
del algodonero, establece que el periodo de Veda no puede ser inferior a 90 días previo a la siembra de la siguiente temporada, y que la época de siembra en ningún caso debe tener una ampliación mayor de 45 días entre fechas.
Así mismo mediante comunicación escrita de fecha 2 4 de septiembre de 2025, el Gerente de Fibras S.A., solicita se amplié las fechas de recibo de algodón semilla fijadas en la Resolución No 000 00804 del 31 de enero de 2025 , “Por la cual se determinan las fechas de venta y siembra de semilla para la temporada algodonera 2025 para el Departamento del Tolima”,
Que, justificadas la anterior solicitud y luego de evaluar el comportamiento de las cosechas en 2025, así como las condiciones climatológicas para los departamentos de Tolima y Huila.
Se considera que debe autorizarse el recibo de algodón semilla en plantas desmotadoras.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- MODIFÍQUESE el Artículo 5 de la Resolución No 00000804 del 31 de enero de 2025, el cual quedara así:
“ARTÍCULO 5.- RECIBO DE ALGODÓN SEMILLA: La fecha límite para recibo del algodón semilla en las desmotadoras es hasta: EL 31 DE OCTUBRE DE 2025”.
ARTÍCULO 2.- Las demás disposiciones de la Resolución No. 00000804 del 31 de enero de 2025, se mantienen vigentes.
RESOLUCIÓN No. 00022214 (29/09/2025)RESOLUCIÓN No. ( )
enero de 2025, se mantienen vigentes.
RESOLUCIÓN No. 00022214 (29/09/2025)RESOLUCIÓN No. ( ) “Por la cual se modifica el artículo 5 de la Resolución No. 00000804 del 31 de enero de 2025”. __________________________________________________________________
FORMA 4-027 V.8
Página 2 de 2 ARTÍCULO 3.- VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 5 de la Resolución No. 00000804 del 31 de enero de 2025.
ARTÍCULO 4. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Ibagué,
ELISA TATIANA CARVAJAL CALLEJAS
Gerente Seccional Tolima (E)
Proyectó: Hernán Carlos Navarro Bahamón / Gerencia Seccional Tolima
Revisó: Oscar Fernando Cardozo Caro / Gerencia Seccional Tolima
Revisó: Carlos Alberto Rodríguez Cardoso / Gerencia Seccional Tolima
Aprobó: Elisa Tatiana Carvajal Callejas / Gerencia Seccional Tolima
RESOLUCIÓN No. 00022214 (29/09/2025) Dada en Ibagué, a los veintinueve (29) días del mes de septiembre de 2025.