ICA - Resolución 00023936 de 2025
ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
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Detalles
- Título
- ICA - Resolución 00023936 de 2025
- Autor
- ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN No. ( ) “Por la cual se modifica el artículo 4 de la Resolución No. 00018061 del 19 de agosto de 2025”. __________________________________________________________________
FORMA 4-027 V.8
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LA GERENTE SECCIONAL TOLIMA (E)
DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO – ICA
En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el Artículo 65 de la Ley 101 de 1993, el Decreto 1071 de 2015, el Artículo 5 de la Resolución ICA 2442 de 2013, la Resolución 072221 DE 2020, la Resolución 90832 de 2021, la Resolución 15141 de 2024 y la Resolución 00008807 de 2025 expedidas por el ICA y,
CONSIDERANDO
Que, el Instituto Colombiano Agropecuario – ICA, es responsable de establecer las medidas para hacer efectivo el control de la sanidad animal y vegetal, la prevención de los riesgos biológicos y químicos, ejercer el control técnico de la producción y comercialización de los insumos agropecuarios y semillas para siembra que constituyan un riesgo para la producción nacional, así como señalar las acciones encaminadas a erradicar los problemas sanitarios que afectan las actividades agrícolas y pecuarias.
Que, es necesario mitigar los riesgos fitosanitarios para la producción agropecuaria representados en la propagación de plagas, siendo las fechas de venta y siembra de semillas para los cultivos de maíz y sorgo una medida de protección fitosanitaria.
Así mismo mediante comunicación escrita de fecha 09 de octubre de 2025 , el
representados en la propagación de plagas, siendo las fechas de venta y siembra de semillas para los cultivos de maíz y sorgo una medida de protección fitosanitaria.
Así mismo mediante comunicación escrita de fecha 09 de octubre de 2025 , el Coordinador Regional de Fenalce , solicita se amplié las fechas de venta, entrega de semilla y siembra de maíz fijadas en la Resolución No 00018061 del 19 de agosto de 2025, “por la cual se determinan las fechas de registro de agricultores, venta y siembra de semilla para los cultivos de maíz y sorgo en el departamen to del Tolima campaña agrícola “B”– 2025”,
Que, justificada la anterior solicitud y luego de evaluar el comportamiento de las condiciones climatológicas para el departamento de Tolima, el comité sanitario realizado en la oficina local de El Espinal el día 09/10/25
Se considera que debe autorizarse la ampliación de las fechas de registro de agricultores, venta y siembra de semilla para los cultivos de maíz en la campaña B2025,
Que en mérito de lo expuesto se,
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- MODIFÍQUESE el Artículo 4 de la Resolución No 00018061 del 19 de agosto de 2025, el cual quedara así:
ARTÍCULO 4.- VENTA, ENTREGA DE SEMILLA Y SIEMBRA: Las fechas establecidas para la venta, entrega de semilla y siembra. con destino a las siembras de cultivos comerciales y experimentales, por parte de los productores o comercializadores de semilla de maíz con registro vigente ante
establecidas para la venta, entrega de semilla y siembra. con destino a las siembras de cultivos comerciales y experimentales, por parte de los productores o comercializadores de semilla de maíz con registro vigente ante el ICA, para la Campaña Agrícola B de 2025 en el Departamento del Tolima será:
PARA MAÍZ
RESOLUCIÓN No.00023936 (10/10/2025)RESOLUCIÓN No. ( ) “Por la cual se modifica el artículo 4 de la Resolución No. 00018061 del 19 de agosto de 2025”. __________________________________________________________________
FORMA 4-027 V.8
Página 2 de 2 Municipios del Norte del Depto., Valle de San Juan, San Luis, Natagaima y Coyaima
Hasta el 16 de octubre de 2025
Municipios de la Zona Centro del Depto.
Hasta el 21 de octubre de 2025
Nota: Las fechas establecidas para SORGO en la Resolución No. 00018061 del 19 de agosto de 2025, se mantienen vigentes.
ARTÍCULO 2.- Las demás disposiciones de la Resolución No. 00018061 del 19 de agosto de 2025, se mantienen vigentes.
ARTÍCULO 3.- VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica el artículo 4 de la Resolución No. 00018061 del 19 de agosto de 2025.
ARTÍCULO 4. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Ibagué,
de 2025.
ARTÍCULO 4. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Ibagué,
ELISA TATIANA CARVAJAL CALLEJAS
Gerente Seccional Tolima (E)
Proyectó: Hernán Carlos Navarro Bahamón / Gerencia Seccional Tolima
Revisó: Carlos Alberto Rodríguez Cardoso / Gerencia Seccional Tolima
Aprobó: Elisa Tatiana Carvajal Callejas / Gerencia Seccional Tolima
RESOLUCIÓN No.00023936 (10/10/2025) Dada en Ibagué a los diez (10) días del mes de octubre de 2025