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ICA - Resolución 0805 de 2025

ICA - Instituto Colombiano Agropecuario

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Detalles

Título
ICA - Resolución 0805 de 2025
Autor
ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2025

RESOLUCIÓN No. ( ) “Por la cual se determinan las fechas de registro de agricultores, venta y siembra de semilla para los cultivos de maíz y sorgo en el departamento del Tolima Campaña Agrícola A - 2025”. __________________________________________________________________

FORMA 4-027 V.8

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EL GERENTE SECCIONAL TOLIMA (E)

DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO - ICA

En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el Artículo 65 de la Ley 101 de 1993, el Decreto 1071 de 2015, el Artículo 5 de la Resolución ICA 2442 de 2013, la Resolución 072221 DE 2020, la Resolución 90832 de 2021, la Resolución 00007977 de 2023, la Resolución 15141 de 2024 expedidas por el ICA y, CONSIDERANDO Que, el Instituto Colombiano Agropecuario –ICA, es responsable de establecer las medidas para hacer efectivo el control de la Sanidad Animal y Vegetal, la prevención de los riesgos biológicos y químicos, ejercer el control técnico de la producción y comercialización de los insumos agropecuarios y semillas para siembra que constituyan un riesgo. Que, es necesario mitigar los riesgos fitosanitarios para la producción agropecuaria representados en la propagación de plagas y enfermedades, siendo el registro de productores, las fechas de venta y siembra de semillas para el cultivo de maíz una medida de protección sanitaria. Qué, el ICA a través de la Gerencia Seccional de l Tolima y el grupo de la Subgerencia de Protección Vegetal, en reunión celebrada el día 29 de enero de

medida de protección sanitaria. Qué, el ICA a través de la Gerencia Seccional de l Tolima y el grupo de la Subgerencia de Protección Vegetal, en reunión celebrada el día 29 de enero de 2025 con participación de los diferentes representantes del sector productivo de la cadena maíz y sorgo, Fenalce, Agrosavia y Asistentes Técnicos, se co nsideró perentorio establecer acciones encaminadas a prevenir, controlar y erradicar las plagas que puedan afectar la producción de los cultivos de maíz y sorgo. Que, de acuerdo a la dinámica de los pronósticos oficiales de la distribución e intensidad de las precipitaciones y según las características de cada zona de siembra de maíz para la Campaña Agrícola A de 2025, se permitirá una adecuación de lotes y siembras acorde a las expectativas de las áreas programadas por los agricultores para siembra de los cultivos de maíz y sorgo en el departamento del Tolima. Que en reunión d e la mesa fitosanitaria de Maíz para la campaña A -2025 realizada de manera presencial en las instalaciones de la Oficina Local Espinal del ICA Kilometro 9 vía Espinal - Ibagué, el día 29 de enero del presente año en el Municipio de El Espinal, se fijaron las fechas de registro de agricultores, venta y entrega de semilla, siembra entre otras disposiciones para el cultivo de maíz y sorgo de la Campaña Agrícola A de 2025 para el Departamento del Tolima. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTICULO 1.- OBJETO: Establecer las fechas de registro de agricultores, venta y

de la Campaña Agrícola A de 2025 para el Departamento del Tolima. Que, en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTICULO 1.- OBJETO: Establecer las fechas de registro de agricultores, venta y entrega de semilla y siembra, para los cultivos de maíz y sorgo en el Departamento del Tolima para la Campaña Agrícola A de 2025.

ARTÍCULO 2.- CAMPO DE APLICACIÓN: Las normas establecidas en la presente Resolución se aplican a todas las personas naturales y/o jurídicas que se dediquen Resolución No 00000805 (31/01/2025)RESOLUCIÓN No. ( ) “Por la cual se determinan las fechas de registro de agricultores, venta y siembra de semilla para los cultivos de maíz y sorgo en el departamento del Tolima Campaña Agrícola A - 2025”. __________________________________________________________________

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Página 2 de 3 a la producción, comercialización de semilla y siembra de los cultivos de maíz y sorgo.

ARTÍCULO 3.- REGISTRO DE AGRICULTORES: - Toda persona natural o jurídica que se dedique al establecimiento del cultivo objeto de esta resolución, deberá registrarse a través de su proveedor de semilla, hasta las fechas establecidas para la venta de semilla para maíz y sorgo respectivamente, indicando:

  • Nombre del productor. - Numero de cedula de ciudadanía. - Nombre de la finca, vereda, y municipio. - Coordenadas Geográficas. (en decimales) - Área a sembrar (en hectáreas: Ha) - Número telefónico del productor
  • Numero de cedula de ciudadanía. - Nombre de la finca, vereda, y municipio. - Coordenadas Geográficas. (en decimales) - Área a sembrar (en hectáreas: Ha) - Número telefónico del productor - Tipo de maíz a sembrar (maíz duro, maíz dulce, maíz para semilla o investigación, maíz para choclo, maíz para ensilaje o alimentación animal) - Semilla a sembrar - Nombre del asistente técnico - Número telefónico del asistente técnico - Proveedor de la semilla

ARTÍCULO 4. - VENTA, ENTREGA DE SEMILLA Y SIEMBRA: La fecha establecida para la venta, entrega de semilla y siembra. con destino a la siembra de cultivos comerciales y experimentales, por parte de los productores o comercializadores de semilla de maíz y sorgo con registro vigente ante el ICA, para la Campaña Agrícola A de 2025 en el Departamento del Tolima serán las mismas fechas de siembra del maíz y sorgo respectivamente Así:

PARA MAÍZ

Municipios del Norte del Depto. Valle de San Juan y San Luis Municipios de las Zonas Centro y Sur del Depto.

Del 1 de marzo al 5 de abril de 2025

PARA SORGO

Municipios del Norte del Depto. Valle de San Juan y San Luis Municipios de las Zonas Centro y Sur del Depto.

Del 1 de marzo al 15 de abril de 2025

ARTÍCULO 5.- ENTREGA DE LA INFORMACION DE REGISTRO Y VENTA: Los productores de semilla y almacenes comercializadores de semilla de maíz y sorgo,

Del 1 de marzo al 15 de abril de 2025

ARTÍCULO 5.- ENTREGA DE LA INFORMACION DE REGISTRO Y VENTA: Los productores de semilla y almacenes comercializadores de semilla de maíz y sorgo, deberán enviar al ICA seccional Tolima oficina local espinal. dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha límite para la venta de semilla de Maíz y Sorgo Respectivamente; información de registro que será diligenciada en una forma oficial entregada por el ICA.

ARTÍCULO 6.- OBLIGACIONES: Las personas a quienes se les aplica la presente Resolución, deben:

Resolución No 00000805 (31/01/2025)RESOLUCIÓN No. ( ) “Por la cual se determinan las fechas de registro de agricultores, venta y siembra de semilla para los cultivos de maíz y sorgo en el departamento del Tolima Campaña Agrícola A - 2025”. __________________________________________________________________

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Página 3 de 3 6.1 Cumplir con todas las normas sanitarias que establezca el ICA. 6.2 Implementar medidas sanitarias que contribuyan al mejoramiento del estatus sanitario de los cultivos que atañen a la presente resolución.

6.3 Si siembran materiales modificados genéticamen te deben establecer los refugios. Cumplir con la implementación del Plan de Manejo de Bioseguridad y seguimiento para siembras comerciales en el país de maíz genéticamente modificados con resistencia a ciertos insectos lepidópteros y/o tolerancia a la aplicación de herbicidas, según lo establecido en la Resolución ICA 072221 DE

seguimiento para siembras comerciales en el país de maíz genéticamente modificados con resistencia a ciertos insectos lepidópteros y/o tolerancia a la aplicación de herbicidas, según lo establecido en la Resolución ICA 072221 DE 2020 o la norma que la modifique, adicione o sustituya.

Cumplir con los requisitos para la comercialización, distribución, almacenamiento de los insumos agropecuarios y semillas par a siembra. según lo establecido en la Resolución ICA 90832 del 2021 o la norma que la modifique, adicione o sustituya.

6.4 Solo usar productos agroquímicos registrados ante el ICA para el cultivo de maíz o sorgo y seguir las recomendaciones de la etiqueta.

ARTÍCULO 7.- SANCIONES: El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones establecidas en la presente resolución, será sancionado de conformidad con lo preceptuado en los artículos 156 y 157 de la ley 1955 de 2019, o aquella que la modifique, adicione o sustituya, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que haya lugar.

ARTÍCULO 8.- VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y hasta que se modifique o derogue, y/o se establezca resolución de siembra de maíz y sorgo para la campaña B de 2025.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Ibagué, a los

OSCAR FERNANDO CARDOZO CARO

Gerente Seccional Tolima (E)

Proyectó: Cesar Iván Sánchez Barreto / Gerencia Seccional Tolima

Dada en Ibagué, a los

OSCAR FERNANDO CARDOZO CARO

Gerente Seccional Tolima (E)

Proyectó: Cesar Iván Sánchez Barreto / Gerencia Seccional Tolima

Revisó: Carlos Alberto Rodríguez Cardoso / Gerencia Seccional Tolima

Aprobó: Oscar Fernando Cardozo Caro / Gerencia Seccional Tolima

Resolución No 00000805 (31/01/2025) Dado en Ibagué, a los treinta y uno (31) días del m es de enero 2025

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