ICA - Resolución 102391 de 2021
ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
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Detalles
- Título
- ICA - Resolución 102391 de 2021
- Autor
- ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2021
ta L ano Agropecuario RESOLUCIÓN No. 102391 (02 de agosto del 2021) “Por medio del cual se modifica el artículo 3” de la Resolución 100637 del 15 de julio de 2021” EL GERENTE SECCIONAL CESAR DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO (ICA) En Uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 65 de la Ley 101 de 1993, el artículo 4 del Decreto 1071 de 2015, la Resolución 1676 de 2011 y el artículo 5 de la Resolución 002442 de 2013, y CONSIDERANDO: Que en reunión sostenida el día viernes 9 de julio de 2021, en las instalaciones del ICA seccional Cesar, donde participaron productores, casas comerciales, productores de semillas y asistentes técnicos, se concertaron los parámetros a implementar para la cosecha algodonera 2021-2022 en el departamento del Cesar. Que el Instituto Colombiano Agropecuario seccional Cesar, emitió la Resolución N100637 del 15 de julio de 2021, “Por la cual se fijan las fechas de registros de agricultores, venta de semilla, siembra, destrucción de socas, período de veda y se dictan otras disposiciones para la temporada algodonera 2021-2022, en el departamento del Cesar”. Que en su artículo tercero, REGISTRO DE AGRICULTORES, dispuso que: “Toda persona natural o juridica que se dedique al cultivo de algodón deberá registrarse a través de su agremiación indicando el lote sembrado acompañado de su respectiva georreferenciación y con archivo de medición, estas agremiaciones a su vez
persona natural o juridica que se dedique al cultivo de algodón deberá registrarse a través de su agremiación indicando el lote sembrado acompañado de su respectiva georreferenciación y con archivo de medición, estas agremiaciones a su vez deben enviar los listados de lotes inscritos en el formato establecido por el ICA, al correo de la gerencia seccional Cesar, en los plazos definidos”. Que además del registro de los agricultores a través de sus agremiaciones algodoneras, estos deben quedar registrados en las bases de datos del Instituto Colombiano Agropecuario ICA, a través de un link, establecido por la Entidad. Que se hace necesario, incluir el link en la presente resolución, para el registro de los agricultores en dichas bases de datos. En virtud de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1 Modifiquese el artículo 3”, de la Resolución 100637 del 15 de julio de 2021, emitida por la gerencia seccional Cesar, el cual en adelante tendrá el siguiente tenor: FORMA 4-027 V.3RESOLUCIÓN No. 102391 (02 de agosto del 2021) “Por medio del cual se modifica el artículo 3 de la Resolución 100637 del 15 de julio de 2021” “ARTÍCULO 3%. REGISTRO DE AGRICULTORES. Toda persona natural o jurídica que se dedique al cultivo de algodón temporada 2021-2022 en el departamento del Cesar, deberá registrarse a través de su agremiación en el siguiente Link del ICA: Link: https://forms.office.com/r/ND1DEFVNrw , aportando la siguiente información: - Nombre del productor. - Numero de cedula de ciudadanía. - Nombre de la finca, vereda, y municipio.
Link: https://forms.office.com/r/ND1DEFVNrw , aportando la siguiente información: - Nombre del productor. - Numero de cedula de ciudadanía. - Nombre de la finca, vereda, y municipio. - Área a sembrar (en hectáreas: Ha) - Número telefónico del productor - Variedad de algodón - Nombre del asistente técnico - Número telefónico del asistente técnico - Agremiación ARTÍCULO 2” VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deja en vigencia las demás disposiciones plasmadas en la resojución 100637 del 15 de julio de 2021, emitida por esta gerencia.
COMUNIQUESE Y CÚMPLASE Dada en Valledupar, a los 02 días del mes de agosto de 2021
Proyectó: Ernesto Alonso López SánchezGerencia seccional Ce Revisó: Darwin Durán NarváezGerencia seccional Cesar (12) b
VoBo. Í Ligia Gutiérrez RiveroGerencia Seccional Cesar 2]