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ICA - Resolución 108179 de 2021

ICA - Instituto Colombiano Agropecuario

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Detalles

Título
ICA - Resolución 108179 de 2021
Autor
ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2021

RESOLUCIÓN No. 108179

(14/10/2021)

Por medio de la cual se RENUEVA el Registro de Autorización como Organismo de Inspección para el Programa de Prevención, Control y Erradicación de la Tuberculosis bovina, a COMITÉ DE GANADEROS DEL AREA 5 – CGA5 identificado con NIT 800192678-8

LA GERENTE GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO, ICA, En uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el Decreto 4765 de 2.008, el Decreto 1071 de 2015, el Decreto 1449 de 2015, el Acuerdo 0002 de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) es la entidad responsable de proteger la sanidad animal en Colombia y coordinar las acciones relacionadas con programas de prevención, c ontrol, erradicación y manejo de plagas y enfermedades que afecten o puedan afectar las especies animales o de interés económico nacional, con el fin de prevenir su introducción y/o propagación en el sector agropecuario, actuando en permanente armonía con la protección y preservación de los recursos naturales. Que el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, es el organismo director, ejecutor y supervisor de los programas de Brucelosis y Tuberculosis Bovina. Que es deber del Instituto Colombiano Agropecuario ICA, establecer las medidas

Que el Instituto Colombiano Agropecuario, ICA, es el organismo director, ejecutor y supervisor de los programas de Brucelosis y Tuberculosis Bovina. Que es deber del Instituto Colombiano Agropecuario ICA, establecer las medidas sanitarias para controlar la difusión de la enfermedad. Que el Acuerdo 00008 de 2003, modificado por el Acuerdo 00002 de 2016, estableció en el Artículo 2 que El ICA deberá expedir acto administrativo de carácter general, a través del cual se establecerán las condiciones y requisitos para otorgar el registro como Organismos de Inspección Autorizados. Que el Instituto, expidió la Resolución 13170 del 27 de septiembre de 2016 “Por medio de la cual se establecen los requisitos y procedimiento para el registro de autorización de Organismos de Inspección para la ejecución de actividades en el Programa Nacional de Prevención, Control y Erradicación de la Brucelosis y/o en el Programa Nacional de Prevención, Control y Erradicación de la Tuberculosis bovina”. Que mediante Resolución N° 13780 del 0 5 de septiembre de 2019 , el ICA otorgó el Registro como Organismo de Inspección Autorizado dentro del Programa Nacional de Prevención, Control y Erradicación de la Tuberculosis Bovina al COMITÉ DE GANADEROS DEL AREA 5 – CGA5, identificado con NIT 800192678-8, el cual fue posteriormente renovado mediante Resolución N° 75619 del 16 de septiembre de 2020,RESOLUCIÓN No. 108179

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Por medio de la cual se RENUEVA el Registro de Autorización como Organismo de Inspección para el Programa de Prevención, Control y Erradicación de la Tuberculosis bovina, a COMITÉ DE

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Por medio de la cual se RENUEVA el Registro de Autorización como Organismo de Inspección para el Programa de Prevención, Control y Erradicación de la Tuberculosis bovina, a COMITÉ DE GANADEROS DEL AREA 5 – CGA5 identificado con NIT 800192678-8

por el término de un año a partir de la fecha en la cual se produjo la notificación de la referida resolución término de un año a partir de la fecha en la cual se produjo la notificación de la referida resolución. Que el día 27 de agosto de 2021, el COMITÉ DE GANADEROS DEL AREA 5 – CGA5 radicó en la Dirección Técnica de Sanidad Animal de este Instituto, solicitud de renovación del Registro como Organismo de Inspección Autoriza do para el Programa Nacional de Prevención, Control y Erradicación de la Tuberculosis Bovina, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución 13170 de 2016 del ICA. Que una vez efectuada la revisión técnico administrativa por parte de la Dirección Técnica de Sanidad Animal de este Instituto, según consta en las actas expedidas para tales fines y que obran en el expediente respectivo, se evidenció que COMITÉ DE GANADEROS DEL AREA 5 – CGA5 cumple con las condiciones establecidas en la resolución 13170 y reporto a través de los informes mensuales de actividades la aplicación de 12.315 dosis

y que obran en el expediente respectivo, se evidenció que COMITÉ DE GANADEROS DEL AREA 5 – CGA5 cumple con las condiciones establecidas en la resolución 13170 y reporto a través de los informes mensuales de actividades la aplicación de 12.315 dosis de tuberculina para el diagnóstico de Tuberculosis. Que la solicitud de renovación ha sido presentada y tramitada de acuerdo con las formalidades legales y reglamentarias establecidas en el artículo 34 de la resolución 13170 del 27 de septiembre de 2.016. Que en virtud de lo expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO. – OBJETO. RENOVAR el Registro como Organismo de Inspección Autorizado dentro del Programa Nacional de Prevención, Control y Erradicación de la Tuberculosis Bovina a el COMITÉ DE GANADEROS DEL AREA 5 – CGA5 identificado con NIT N° 800192678-8, representado legalmente por la señora Olga Lucia Vergara Pinto con cedula de ciudadanía No 52.644.562, con sede de funcionamiento ubicada entrada Zipaquirá Vereda La Fraguita , antiguas oficinas de tránsito, en la ciudad de Zipaquirá (Cundinamarca). La modificación de alguno de los datos anteriormente suministrados será causal para la modificación del Registro de Autorización, como se estipula en los capítulos IV y V de la Resolución 13170 de 2016, o según lo establecido en aquella que la modifique o sustituya.RESOLUCIÓN No. 108179

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Por medio de la cual se RENUEVA el Registro de Autorización como Organismo de Inspección para el Programa de Prevención, Control y Erradicación de la Tuberculosis bovina, a COMITÉ DE

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Por medio de la cual se RENUEVA el Registro de Autorización como Organismo de Inspección para el Programa de Prevención, Control y Erradicación de la Tuberculosis bovina, a COMITÉ DE GANADEROS DEL AREA 5 – CGA5 identificado con NIT 800192678-8

ARTÍCULO SEGUNDO. - AUTORIZACIÓN. El Organismo de Inspección Autorizado, acorde con la normatividad vigente, queda facultado para adelantar las actividades relacionadas en el acto administrativo de registro, correspondientes a: - Pruebas de tuberculina para la certificación de predios libres de Tuberculosis bovina. - Pruebas de tuberculina para la movilización de bovinos y bufalinos. ARTÍCULO TERCERO. - CONDICIONES DEL REGISTRO. El Organismo de Inspección Autorizado deberá mantener las condiciones que dieron otorgamiento al registro. ARTÍCULO CUARTO. - OBLIGACIONES DEL TITULAR DEL REGISTRO. El Organismo de Inspección Autorizado deberá cumplir con las obligaciones establecidas en la Resolución 13170 de 2016, o aquella que las modifique o sustituya. ARTÍCULO QUINTO. - MEDICOS VETERIN ARIOS DEL ORGANISMO DE INSPECCIÓN. Según la solicitud presentada para el otorgamiento del Registro como Organismo de Inspección Autorizado, a continuación, se relacionan los Médicos

ARTÍCULO QUINTO. - MEDICOS VETERIN ARIOS DEL ORGANISMO DE INSPECCIÓN. Según la solicitud presentada para el otorgamiento del Registro como Organismo de Inspección Autorizado, a continuación, se relacionan los Médicos Veterinarios que trabajaran como inspectores dentro del organismo: No Médico Veterinario Cédula de ciudadanía Código ICA 1 ANDREA CAMILA SALAZAR MAHECHA 1.022.322.717 082820T 2 DANIEL ANDRES PARRA GOMEZ 3.251.815 000516C 3 ESTEBAN DE JESUS GARCIA CAMARGO 80.540.635 022116C 4 JENNIFER VANESSA JURADO ROMERO 1.076.621.734 085320C 5 JULIO JAVIER VIVAS AMAYA 19.294.380 009416C 6 LUIS ORLANDO PRADA SANCHEZ 79.166.261 042217C 7 RUBEN ALFONSO FUENTES 1.026.574.076 082920T ARTÍCULO SEXTO. - CANCELACION DEL REGISTRO. Serán causales de cancelación del registro las estipuladas en el artículo 36 de la Resolución 13170 de 2016. ARTÍCULO SEPTIMO. - VIGENCIA DEL REGISTRO. El presente registro tendrá vigencia de un año, la cual contará a partir de la notificación del presente acto administrativo; sin perjuicio de la entrada en vigencia del reglamento específico que sobre la materia se llegue a expedir en el marco del Sistema de Autorización a Terceros (SAT) creado por el ICA mediante Acuerdo 000004 de 2020; y que obligue al OrganismoRESOLUCIÓN No. 108179

(14/10/2021)

la materia se llegue a expedir en el marco del Sistema de Autorización a Terceros (SAT) creado por el ICA mediante Acuerdo 000004 de 2020; y que obligue al OrganismoRESOLUCIÓN No. 108179

(14/10/2021)

Por medio de la cual se RENUEVA el Registro de Autorización como Organismo de Inspección para el Programa de Prevención, Control y Erradicación de la Tuberculosis bovina, a COMITÉ DE GANADEROS DEL AREA 5 – CGA5 identificado con NIT 800192678-8

Autorizado a realizar la transición hacia el cumplimiento de los requisitos, condiciones, especificaciones técnicas y demás aspectos regulados en el respectivo reglamento específico SAT. ARTÍCULO OCTAVO - NOTIFICACIÓN. Notifíquese el presente acto administrativo, entregando copia íntegra autentica y gratuita al interesado de acuerdo con lo consagrado en los artículos 67 a 69 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011). ARTÍCULO NOVENORECURSOS. Contra la presente Resolución procede el recurso de Reposición dentro de los diez (10) días hábiles siguientes después de efectuada la notificación. ARTÍCULO DECIMO. - La presente resolución rige a partir de su notificación.

NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE

Deyanira Barrero León

notificación. ARTÍCULO DECIMO. - La presente resolución rige a partir de su notificación.

NOTIFIQUESE Y CÚMPLASE

Deyanira Barrero León Gerente General

Proyectó: David Francisco Dueñas Puentes - Dirección Técnica de Sanidad Animal Revisado: Andrés Felipe Osejo Varona - Dirección Técnica de Sanidad Animal

VoBo. Revisión Misionales-Oficina Asesora Jurídica Juan Fernando Roa Ortiz-Oficina Asesora Jurídica Alfonso Jose Araujo Baute – Subgerente de Protección Animal

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