ICA - Resolución 1259 de 2024
ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
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Detalles
- Título
- ICA - Resolución 1259 de 2024
- Autor
- ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2024
RESOLUCIÓN No. ( ) “Por medio de la cual se modifica el artículo 6.3 de la Resolución No. 00001058 del 01/02/2024”.
FORMA 4-027 V.6
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EL GERENTE SECCIONAL TOLIMA (E)
DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO - ICA
En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el Artículo 65 de la Ley 101 de 1993, el Decreto 1071 de 2015, el Artículo 5 de la Resolución 2442 de 2013, la Resolución 3168 de 2015, la Resolución ICA 72221 de 2020, la Resolución 90832 de 2021, Resolución 00007977 de 2023 expedida por el ICA y,
CONSIDERANDO: Que, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) es responsable de establecer las medidas para hacer efectivo el control de la sanidad animal y vegetal, la prevención de los riesgos biológicos y químicos, ejercer el control técnico de la producción y comercialización de los insumos agropecuarios y semillas para siembra que constituyan un riesgo.
Que, es necesario mitigar los riesgos fitosanitarios para la producción agropecuaria representados en la propagación de plagas y enfermedades, siendo el registro de productores, las fechas de venta y siembra de semillas para el cultivo de maíz una medida de protección sanitaria. Que esta Gerencia, encuentra unos errores formales en la R esolución No. 00001058 del 01/02/2024 y que de acuerdo al artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, la cual establece:
medida de protección sanitaria. Que esta Gerencia, encuentra unos errores formales en la R esolución No. 00001058 del 01/02/2024 y que de acuerdo al artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, la cual establece: ARTÍCULO 45. Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos l egales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda. Por lo anterior, se hace necesario corregir la Resolución No. 00001058 del 01/02/2024. Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE: ARTICULO 1. - MODIFICAR el artículo 6.3. de la Resolución 00001058 del
01/02/2024, el cual quedara así:
6.3. Si siembran materiales modificados genéticamente deben establecer los refugios. Cumplir con la implementación del Plan de Manejo de Bioseguridad y seguimiento para siembras comerciales en el país de maíz genéticamente modificados con resistencia a ciertos insectos lepidópteros y/o tolerancia a la aplicación de herbi cidas, según lo establecido en la Resolución ICA 072221 DE 2020 o la norma que la modifique, adicione o sustituya.
ARTÍCULO 2. Mantener sin modificación alguna el resto del articulado de la Resolución No.00001058 del 01 de febrero de 2024.
2020 o la norma que la modifique, adicione o sustituya.
ARTÍCULO 2. Mantener sin modificación alguna el resto del articulado de la Resolución No.00001058 del 01 de febrero de 2024. RESOLUCIÓN No. 00001259 (08/02/2024)RESOLUCIÓN No. ( ) “Por medio de la cual se modifica el artículo 6.3 de la Resolución No. 00001058 del 01/02/2024”.
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ARTÍCULO 3. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Ibagué., a los
OSCAR FERNANDO CARDOZO CARO
Gerente Seccional Tolima (E)
Proyectó: Cesar Iván Sánchez Barreto / Gerencia Seccional Tolima
Revisó: Carlos Alberto Rodriguez Cardoso / Gerencia Seccional Tolima
VB: Oscar Fernando Cardozo Caro / Gerencia Seccional Tolima
RESOLUCIÓN No. 00001259 (08/02/2024) dada en Ibagué., a los ocho (08) días de febrero de 2024