ICA - Resolución 1319 de 2026
ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
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Detalles
- Título
- ICA - Resolución 1319 de 2026
- Autor
- ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2026
ICA¥ Instituto Colombiano Agropecuario RESOLUCION No.00001319 (10/02/2026) “Por la cual se determinan las fechas de registro de agricultores, venta y siembra de semilla para los cultivos de maiz y sorgo en el departamento del Tolima Campaiia Agricola A—2026". LA GERENTE SECCIONAL TOLIMA (E) DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO -ICA En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el Articulo 65 de la Ley 101 de 1993, el Decreto 1071 de 2015, el Articulo 5 de la Resolucion ICA 2442 de 2013, la Resolucién 072221 de 2020, la Resolucion 90832 de 2021, la Resolucion 15141 de 2024, la Resolucion 00008807 de 2025 expedidas por el ICA y, CONSIDERANDO Que, el Instituto Colombiano Agropecuario — ICA, es responsable de establecer las medidas para hacer efectivo el control de la sanidad animal y vegetal, la prevencion de los riesgos bioldgicos y quimicos, ejercer el control técnico de la produccion y comercializacion de los insumos agropecuarios y semillas para siembra que constituyan un riesgo para la produccion nacional, asi como sefialar las acciones encaminadas a erradicar los problemas sanitarios que afectan las actividades agricolas y pecuarias. Que, es necesario mitigar los riesgos fitosanitarios para la produccién agropecuaria representados en la propagacion de plagas y enfermedades, siendo las fechas de venta de semilla y las fechas de siembra para los cultivos de Maiz y Sorgo, una medida de proteccion fitosanitaria.
representados en la propagacion de plagas y enfermedades, siendo las fechas de venta de semilla y las fechas de siembra para los cultivos de Maiz y Sorgo, una medida de proteccion fitosanitaria. Qué, el ICA a través de la Gerencia Seccional del Tolima y el grupo de la Subgerencia de Proteccion Vegetal, en reunién celebrada el dia 05 de febrero de 2026 con participacion de los diferentes representantes del sector productivo de la cadena maiz y sorgo, Fenalce, Agrosavia, Asistentes Técnicos y Productores de maiz, se considerd perentorio establecer acciones encaminadas a prevenir, controlar y erradicar las plagas que puedan afectar la produccion de los cultivos de maiz y sorgo. Que, de acuerdo a la dinamica de los prondsticos oficiales de la distribucion e intensidad de las precipitaciones y segln las caracteristicas de cada zona de siembra de maiz en el Departamento con un establecimiento de fechas de siembra para la Campaiia Agricola A de 2026, se permitira la adecuacion de lotes y siembras acorde a las expectativas de las areas programadas por los agricultores para siembra de los cultivos de maiz y sorgo en el Departamento del Tolima. Que en reunién de la mesa fitosanitaria del cultivo del Maiz para la campafia A2026, realizada de manera presencial en las instalaciones del Centro de investigacion Nataima de Agrosavia en el Espinal, el dia 05 de febrero del presente afio, se fijaron de manera concertada las fechas de registro de agricultores, venta y entrega de semilla, y siembra entre otras disposiciones para los cultivos de maiz y sorgo para la Campafia Agricola A de 2026 para el Departamento del Tolima.
afio, se fijaron de manera concertada las fechas de registro de agricultores, venta y entrega de semilla, y siembra entre otras disposiciones para los cultivos de maiz y sorgo para la Campafia Agricola A de 2026 para el Departamento del Tolima. Que, en mérito de lo expuesto,
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Pagina1de 3ICA¥ Instituto Colombiano Agropecuario RESOLUCION No.00001319 (10/02/2026) “Por la cual se determinan las fechas de registro de agricultores, venta y siembra de semilla para los cultivos de maiz y sorgo en el departamento del Tolima Campaiia Agricola A—2026".
RESUELVE: ARTICULO 1.- OBJETO: Establecer las fechas de registro de agricultores, venta y entrega de semilla y siembra, para los cultivos de maiz y sorgo en el Departamento del Tolima para la Campafia Agricola A de 2026.
ARTICULO 2.- CAMPO DE APLICACION: Las normas establecidas en la presente Resolucién se aplican a todas las personas naturales y/o juridicas que se dediquen a la produccion, comercializacion de semilla y siembra de los cultivos de maiz y sorgo de manera comercial, para consumo animal o de experimentacion. ARTICULO 3.- REGISTRO DE AGRICULTORES: - Toda persona natural o juridica que se dedique al establecimiento de los cultivos objeto de esta resolucién, deberan registrarse a través de su proveedor de semilla, hasta las fechas establecidas para la venta de semilla para maiz y sorgo respectivamente, indicando: - Nombre del productor. - Numero de cedula de ciudadania. - Nombre de la finca, vereda, y municipio.
la venta de semilla para maiz y sorgo respectivamente, indicando: - Nombre del productor. - Numero de cedula de ciudadania. - Nombre de la finca, vereda, y municipio. - Coordenadas Geograficas. (en decimales) - Area a sembrar (en hectareas: Ha) - Numero telefénico del productor - Tipo de maiz a sembrar (maiz duro, maiz dulce, maiz para semilla o investigacion, maiz para choclo, maiz para ensilaje o alimentacion animal) - Semillaa sembrar - Nombre del asistente técnico - Numero telefénico del asistente técnico - Proveedor de la semilla ARTICULO 4.- VENTA, ENTREGA DE SEMILLA Y SIEMBRA: Las fechas establecidas para la venta, entrega de semilla y siembra. con destino a las siembras de cultivos comerciales y experimentales, por parte de los productores o comercializadores de semilla de maiz y sorgo con registro vigente ante el ICA, para la Campafia Agricola A de 2026 en el Departamento del Tolima seran respectivamente asi: PARA MAiz Municipios del Norte del Depto., Valle de San Juan, San Luis, Natagaima y Coyaima Del 23 de febrero al 08 de abril de 2026 Municipios de la Zona Centro del Depto. Del 01 de marzo al 15 de abril de 2026 PARA SORGO En todo el Departamento. Del 10 de marzo al 25 de abril de 2026
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RESOLUCION No.00001319
(10/02/2026)
En todo el Departamento. Del 10 de marzo al 25 de abril de 2026
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Pagina2 de 3ICA¥ Instituto Colombiano Agropecuario RESOLUCION No.00001319 (10/02/2026) “Por la cual se determinan las fechas de registro de agricultores, venta y siembra de semilla para los cultivos de maiz y sorgo en el departamento del Tolima Campaiia Agricola A—2026". ARTICULO 5.- ENTREGA DE LA INFORMACION DE REGISTRO Y VENTA: Los productores de semilla y almacenes comercializadores de semilla de maiz y sorgo, deberan enviar al ICA seccional Tolima Oficina Local Espinal, dentro de los cinco (05) dias siguientes a la fecha limite para la venta de semilla de Maiz y Sorgo Respectivamente; informacion de registro que sera diligenciada en una forma oficial entregada por el ICA. ARTICULO 6.- OBLIGACIONES: Las personas a quienes se les aplica la presente Resolucioén, deben: 6.1 Cumplir con todas las normas sanitarias que establezca el ICA. 6.2 Implementar medidas sanitarias que contribuyan al mejoramiento del estatus sanitario de los cultivos que atafien a la presente resolucion. 6.3 Si siembran materiales modificados genéticamente deben establecer los refugios. Cumplir con la implementacion del Plan de Manejo de Bioseguridad y seguimiento para siembras comerciales en el pais de maiz genéticamente modificados con resistencia a ciertos insectos lepiddpteros y/o tolerancia a la aplicacion de herbicidas, segun lo establecido en la Resolucién ICA 072221 de 2020 o la norma que la modifique, adicione o sustituya.
modificados con resistencia a ciertos insectos lepiddpteros y/o tolerancia a la aplicacion de herbicidas, segun lo establecido en la Resolucién ICA 072221 de 2020 o la norma que la modifique, adicione o sustituya. 6.4 Cumplir con los requisitos para la comercializacién, distribucion, almacenamiento de los insumos agropecuarios y semillas para siembra. segun lo establecido en la Resolucion ICA 90832 del 2021 o la norma que la modifique, adicione o sustituya. 6.5 Solo usar productos agroquimicos registrados ante el ICA para el cultivo de maiz o sorgo y seguir las recomendaciones de la etiqueta. ARTICULO 7.- SANCIONES: EI incumplimiento de cualquiera de las disposiciones establecidas en la presente resolucion, sera sancionado de conformidad con lo preceptuado en los articulos 156 y 157 de la ley 1955 de 2019, o aquella que la modifique, adicione o sustituya, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que haya lugar. ARTICULO 8.- VIGENCIA: La presente Resolucion rige a partir de la fecha de su publicacion y hasta que se modifique o derogue, y/o se establezca resolucion de siembra de maiz y sorgo para la campafia B de 2026. PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dada en Ibagué, a los diez (10) dias de febrero de 2026
IMT@N”L' rj ELISATTATIANA CARVAJAL CALLEJAS
Gerente Seccional Tolima (E) Proyect6: Heman Carlos Navarro Bahamon / Gerencia Seccional Tolima
Reviso: Oscar Fernando Cardozo Caro / Gerencia Seccional Tolima
Gerente Seccional Tolima (E) Proyect6: Heman Carlos Navarro Bahamon / Gerencia Seccional Tolima
Reviso: Oscar Fernando Cardozo Caro / Gerencia Seccional Tolima
Reviso: Carlos Alberto Rodriguez Cardoso / Gerencia Seccional Tolima
Aprobo: Elisa Tatiana Carvajal Callejas / Gerencia Seccional Tolima
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