ICA - Resolución 1408 de 2025
ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
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Detalles
- Título
- ICA - Resolución 1408 de 2025
- Autor
- ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN No. ( Día Mes Año ) “Por la cual se determinan las fechas de venta y siembra de semilla para el cultivo de Arroz, Maíz tecnificado y Soya en el departamento del Meta, para la cosecha del primer semestre de 2025”
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EL GERENTE GENERAL (E)
DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO – ICA
En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 65 de la Ley 101 de 1993, Articulo 2.13.1.1.2 del Decreto 1071 del 26 de mayo de 2015 modificado por Decreto 1449 de 02 julio de 2015, los artículos 156 y 157 de la ley 1955 del 2019 y el artículo 5 de la Resolución 1676 del 13 de abril de 2011 modificada por la Resolución 2442 de 28 de mayo de 2013, Resolución 090832 de enero de 2021.
CONSIDERANDO:
Que Corresponde al Instituto Colombiano Agropecuario ICA, proteger la sanidad agropecuaria del país con el fin de prevenir la introducción y propagación de enfermedades que puedan afectar el sector agropecuario nacional.
Que el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) es responsable de establecer las medidas para hacer efectivo el control de la sanidad animal y vegetal, la prevención de los riesgos biológicos y químicos, ejercer el control técnico de la producción y comercialización de los insumos agropecuarios y semillas para siembra que constituyan un riesgo para la producción nacional, así como señalar las acciones encaminadas a erradicar los problemas sanitarios que afectan las actividades agrícolas y pecuarias.
insumos agropecuarios y semillas para siembra que constituyan un riesgo para la producción nacional, así como señalar las acciones encaminadas a erradicar los problemas sanitarios que afectan las actividades agrícolas y pecuarias.
Que es necesario mitigar los riesgos fitosanitarios para la producción agropecuaria, representados en la propagación de plagas y enfermedades, siendo, la regulación de las fechas de venta y siembra de semilla para los diferentes cultivos, una medida de protección fitosanitaria en tal sentido.
Que, el departamento del Meta es el tercer productor de arroz mecanizado del país, donde registró en el año 2024 un área sembrada de 72416 hectáreas, según lo reportado por el DANE -FEDEARROZ (https://www.dane.gov.co/index.php/estadisticas-por-tema/agropecuario/encuesta-dearroz-mecanizado)
Que, el departamento del Meta es el primer productor de Maíz tecnificado del país, donde registró el año 2024 un área sembrada de 84425 hectáreas anuales, de las cuales 73900 hectáreas fueron estab lecidas en la Altillanura y 10525 hectáreas en el Piedemonte, reportado por FENALCE RESOLUCIÓN No.00001408 (20/02/2025)RESOLUCIÓN No. ( Día Mes Año ) “Por la cual se determinan las fechas de venta y siembra de semilla para el cultivo de Arroz, Maíz tecnificado y Soya en el departamento del Meta, para la cosecha del primer semestre de 2025”
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de Arroz, Maíz tecnificado y Soya en el departamento del Meta, para la cosecha del primer semestre de 2025”
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Que, el departamento del Met a es el primer productor de S oya del país, donde registró el año 202 4 un área sembrada de 82305 hectáreas anuales, de cuales 81325 fueron sembradas en la Altillanura y 980 fueron en el Piedemonte, reportado por FENALCE(https://app.powerbi.com/view?r=eyJrIjoiM2FiYzM5ZTAtNjFmNi00MGQyLWFiY zYtNGI0YTJiZTcwZWQwIiwidCI6IjU2MmQ1YjJlLTBmMzEtNDdmOC1iZTk4LThmMjI4Nzc
4MDBhOCJ9)
En virtud de lo anterior.
RESUELVE
ARTÍCULO 1.- Fíjese las fechas límite para venta y siembra de semilla para para los cultivos de Arroz, Maíz tecnificado y Soya en el departamento del Meta, de la cosecha del primer semestre de 2025, así:
CULTIVO
I SEM 2025
VENTA DE SEMILLA
HASTA
SIEMBRA DE SEMILLA
HASTA Arroz Riego 25 Junio 30 de Junio
del primer semestre de 2025, así:
CULTIVO
I SEM 2025
VENTA DE SEMILLA
HASTA
SIEMBRA DE SEMILLA
HASTA Arroz Riego 25 Junio 30 de Junio Arroz Secano Altillanura 25 Mayo 30 Mayo Arroz Secano Pie de Monte 14 Mayo 15 Mayo Maíz-Forraje 25 Junio 30 Junio Maíz-Altillanura 25 junio A.R. 30 junio A.R. Maíz-Piedemonte 10 Abril C.R 20 abril C.R 25 Junio S.R. 30 de Junio S.R. Soya-Altillanura 10 Mayo A.R. 15 Mayo A.R. Soya-Piedemonte 25 junio A.R. 30 de junio
C.R.: Con Rotación
S.R.: Sin Rotación
RESOLUCIÓN No.00001408 (20/02/2025)RESOLUCIÓN No. ( Día Mes Año ) “Por la cual se determinan las fechas de venta y siembra de semilla para el cultivo de Arroz, Maíz tecnificado y Soya en el departamento del Meta, para la cosecha del primer semestre de 2025”
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A.R.: Alto Riesgo por problemas fitosanitarios
ARTÍCULO 2. - CAMPO DE APLICACIÓN: Las normas establecidas en la presente Resolución se aplican a todas las personas naturales o jurídicas que se ocupen de la producción, comercialización y siembra de cultivos de Arroz, Maíz y Soya dentro del área del departamento del Meta.
ARTÍCULO 3. - OBLIGACIONES: Las personas a quienes se les aplica la presente Resolución, deben:
producción, comercialización y siembra de cultivos de Arroz, Maíz y Soya dentro del área del departamento del Meta.
ARTÍCULO 3. - OBLIGACIONES: Las personas a quienes se les aplica la presente Resolución, deben:
3.1 Generales:
3.1.1 Cumplir con todas las normas sanitarias que establezca el Instituto Colombiano Agropecuario - ICA.
3.1.1 Permitir a los funcionarios del Instituto Colombiano Agropecuario - ICA realizar las visitas de prevención, vigilancia y control (PVC) que se requieran. Así como también, la toma de muestras de material vegetal.
3.1.2 Atender todas las recomendaciones impartidas por el Comité Técnico Fitosanitario del cultivo del maíz del Meta.
3.2 De los Agricultores:
3.2.1 Sembrar dentro de los periodos específicos establecidos por el Instituto Colombiano Agropecuario - ICA para el primer semestre de 2025.
3.2.2 Utilizar para la siembra semilla certificada con registro vigente y aprobada por el Instituto Colombiano Agropecuario - ICA para la zona agroecológica, de acuerdo a lo estipulado en la Resolución ICA N° 15141 de 2024
3.2.3 Emplear insumos agrícolas registrados con uso autorizado para Arroz, Maíz y Soya, siguiendo las instrucciones contenidas en la etiqueta.
3.3 De los comercializadores y productores de semillas
3.3.1 Cumplir con las Resoluciones del ICA N° 072221 del 28 de julio del 2020 y N° 15141 de 2024.
RESOLUCIÓN No.00001408
3.3 De los comercializadores y productores de semillas
3.3.1 Cumplir con las Resoluciones del ICA N° 072221 del 28 de julio del 2020 y N° 15141 de 2024. RESOLUCIÓN No.00001408 (20/02/2025)RESOLUCIÓN No. ( Día Mes Año ) “Por la cual se determinan las fechas de venta y siembra de semilla para el cultivo de Arroz, Maíz tecnificado y Soya en el departamento del Meta, para la cosecha del primer semestre de 2025”
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3.3.2 Vender semilla de Arroz, Maíz y Soya únicamente en las fechas establecidas en la presente Resolución.
ARTÍCULO 4.- SANCIONES: El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones establecidas en la presente Resolución será sancionado de conformidad con los artículos 156 y 157 de la Ley 1955 del 2019 y la Resolución ICA No. 065768 (23/04/2020) Por la cual se adopta el Manual del Proceso Administrativo SancionatorioPAS, del Instituto Colombiano AgropecuarioICA, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que haya lugar.
ARTÍCULO 5.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Villavicencio., a los xx (xx) días del mes de febrero de 2025
HERNAN PEREZ MORA
Gerente Seccional Meta (E)
Dada en Villavicencio., a los xx (xx) días del mes de febrero de 2025
HERNAN PEREZ MORA
Gerente Seccional Meta (E)
Proyectó: Ricardo Rivera NossaProfesional universitario Revisó: Constanza Muñoz Burbano - Profesional Especializado Seccional Meta Reviso: Jorge Arturo Arias Castellanos – Profesional Universitario Seccional Meta.
Aprobó: Hernán Pérez Mora. - Gerente Seccional
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RESOLUCIÓN No.00001408
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