ICA - Resolución 15649 de 2024
ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
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Detalles
- Título
- ICA - Resolución 15649 de 2024
- Autor
- ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2024
FORMA 4-027 V.8
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RESOLUCIÓN No.
( )
RESOLUCIÓN No. (30/10/2024) “Por la cual se modifica el Artículo 4 de la Resolución No. 00010718 del 15 de agosto de 2024 que determina las fechas de registro de agricultores, venta y siembra de semilla para el cultivo de maíz en el departamento del Valle del Cauca-campaña agrícola B – 2024”
EL GERENTE SECCIONAL (E) DEL VALLE DEL CAUCA
DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO – ICA
En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el Artículo 65 de la Ley 101 de 1993, el Decreto 1071 de 2015, el Artículo 5 de la Resolución ICA 2442 de 2013, la Resolución ICA 3168 de 2015, la Resolución ICA 72221 de 2020, Resolución ICA 90832 de 2021 y Resolución 0013568 de 26 de septiembre de 2024, y
CONSIDERANDO
Que, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) es responsable de establecer medidas para garantizar el control de la sanidad animal y vegetal, la prevención de riesgos biológicos y químicos, y el control técnico de la producción y comercialización de insumos agropecuarios y semillas para siembra que representen un riesgo para la producción nacional. Asimismo, debe señalar las acciones necesarias para erradicar los problemas sanitarios que afectan las actividades agrícolas y pecuarias.
Que a solicitud de los productores y para facilitar el registro masivo, es necesario que se les otorgue la posibilidad de registrarse no solamente a través de las casas
problemas sanitarios que afectan las actividades agrícolas y pecuarias.
Que a solicitud de los productores y para facilitar el registro masivo, es necesario que se les otorgue la posibilidad de registrarse no solamente a través de las casas proveedoras de semilla, sino también de manera directa accediendo al link que para esto ha creado el ICA.
Que, debido a la fuerte sequía asociada al fenómeno de El Niño, se ha registrado una disminución significativa en las lluvias en el Valle del Cauca, con déficits que van del 10% al 50% en las distintas regiones del departamento (Portal CVC) (Gobernación del Valle). Esta situación ha afectado los caudales de ríos clave, como el Cauca, comprometiendo la capacidad de riego de los cultivos, entre ellos el maíz (Portal CVC).
Que durante la mesa fitosanitaria realizada el pasado 25 de octubre del 2024 se acordó con los diferentes actores de la cadena productiva de maíz en el Valle del Cauca, extender la fecha de siembra de maíz duro hasta el día 10 de noviembre del 2024 exclusivamente para los productores de semilla, considerando que el ciclo del cultivo para este uso es menor al de producción para grano duro.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE
ARTÍCULO 1: MODIFICAR el Artículo 3 de la Resolución No. 00010718 del 15 de agosto de 2024, el cual quedará así:
ARTÍCULO 3.- REGISTRO DE AGRICULTORES: Toda persona natural o jurídica, que se dedique al establecimiento del cultivo de maíz, deberá registrarse a través de su proveedor de semilla y/o de manera personal en las fechas establecidas para la venta
se dedique al establecimiento del cultivo de maíz, deberá registrarse a través de su proveedor de semilla y/o de manera personal en las fechas establecidas para la venta de semilla y siembra de maíz, a través del enlace https://forms.office.com/r/bDAnwNe2q7 indicando:
Nombre del productor. - Número de cédula de ciudadanía.
00015649FORMA 4-027 V.8
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RESOLUCIÓN No. ( ) - Nombre de la finca, vereda y municipio. - Coordenadas geográficas, en decimales. - Área a sembrar, en hectáreas (ha). - Número telefónico. - Tipo de maíz a sembrar (maíz duro, maíz dulce, maíz para semilla o investigación, maíz para choclo, maíz para ensilaje o alimentación animal). - Cultivar de semilla a sembrar. - Nombre del asistente técnico. - Número telefónico del asistente técnico. - Nombre del dueño y del almacén que provee la semilla
ARTÍCULO 2: MODIFICAR el Artículo 4 de la Resolución No. 00010718 del 15 de agosto de 2024, el cual quedará así:
ARTÍCULO 4.- VENTA, ENTREGA DE SEMILLA Y SIEMBRA: Las fechas establecidas para la venta, entrega de semilla y siembra, con destino a la siembra de cultivos comerciales (inclusive para chócolo, silo y otros) y experimentales, por parte de los productores o comercializadores de semilla de maíz con registro vigente ante el ICA, para la Campaña Agrícola B de 2024 en el Departamento del Valle del Cauca serán las
los productores o comercializadores de semilla de maíz con registro vigente ante el ICA, para la Campaña Agrícola B de 2024 en el Departamento del Valle del Cauca serán las siguientes:
Tipo de maíz Desde Hasta Maíz duro 26 de agosto de 2024 20 de octubre de 2024 Maíz dulce 26 de agosto de 2024 30 de noviembre de 2024 Maíz para semilla 26 de agosto de 2024 10 de noviembre de 2024 ARTÍCULO 3: Las demás disposiciones de la Resolución No. 00010718 del 15 de agosto del 2024 se mantienen vigentes. ARTÍCULO 4: VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su notificación y modifica los artículos 3 y 4 de la Resolución No. 00010718 del 15 de agosto del 2024.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Palmira, Valle del Cauca a los treinta (30) días del mes octubre de 2024
OSCAR MAURICIO HURTADO MURCIA
Gerente Seccional Valle del Cauca
Proyectó: Angie Catherin Oviedo Cuellar – Contratista - Gerencia Seccional Valle del Cauca VoBo: Jineth Dahiana Mora Díaz – Abogada - Gerencia Seccional Valle del Cauca