🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

ICA - Resolución 1585 de 2026

ICA - Instituto Colombiano Agropecuario

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
ICA - Resolución 1585 de 2026
Autor
ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

ICA¥ Instituto Colombiano Agropecuario RESOLUCION No.00001585 (13/02/2026) “Por la cual se determinan las fechas de registro de agricultores, venta y siembra de semilla para el cultivo de maiz en el departamento del Valle del Cauca, campaiia agricola A-2026” EL GERENTE (E) SECCIONAL VALLE DEL CAUCA DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO (ICA) En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el Articulo 65 de la Ley 101 de 1993, el Decreto 1071 de 2015, el Articulo 1 de la Resolucion 2442 de 2013, la Resolucion 3168 de 2015, la Resolucion 07977 de 2023, Resolucion 072221 de 2020, la Resoluciéon 90832 de 2021, la resolucion 13568 de 2024 y, CONSIDERANDO Que el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) es responsable de establecer las medidas para hacer efectivo el control de la sanidad animal y vegetal, la prevencién de los riesgos biologicos y ejercer el control técnico de la producciéon y comercializacion de los insumos agropecuarios y semillas para siembra que constituyan un riesgo. Que, dado que es necesario mitigar los riesgos fitosanitarios para la produccion agricola representados en la propagacion de plagas, se precisa ejercer control sobre el registro de productores, establecimiento de fechas de venta y siembra de semilla para el cultivo de maiz, como una medida de proteccién sanitaria. Que el ICA, a través de la Gerencia Seccional del Valle del Cauca y el grupo de la Subgerencia de Proteccion Vegetal, en reuniéon de la mesa fitosanitaria de maiz

Que el ICA, a través de la Gerencia Seccional del Valle del Cauca y el grupo de la Subgerencia de Proteccion Vegetal, en reuniéon de la mesa fitosanitaria de maiz celebrada de manera presencial el dia 12 de febrero de 2026, con participacion de los diferentes representantes del sector productivo de la cadena maiz, FENALCE, AGROSAVIA, Agricultores y Asistentes Técnicos, entre otros, consideré perentorio establecer acciones encaminadas a prevenir y controlar las plagas que puedan afectar la produccién del cultivo de maiz en el departamento. Que, en la precitada reunién de la mesa fitosanitaria de maiz en el Valle del Cauca, se fijaron las fechas de registro de agricultores, venta, entrega de semilla y siembra, entre otras disposiciones para el cultivo de maiz de la Campafia Agricola A de 2026 para el departamento del Valle del Cauca.

FORMA 4-027 V.8

Pagina1de §ICA¥ Instituto Colombiano Agrgpecuario RESOLUCION No.00001585 (13/02/2026) “Por la cual se determinan las fechas de registro de agricultores, venta y siembra de semilla para el cultivo de maiz en el departamento del Valle del Cauca, campaiia agricola A-2026” En virtud de lo anterior.

RESUELVE: ARTICULO 1.- OBJETO: Establecer las fechas de registro de agricultores, venta y entrega de semilla y siembra para el cultivo de maiz en el Departamento del Valle del Cauca para la Campafia Agricola A de 2026.

ARTICULO 2.- CAMPO DE APLICACION: Las normas establecidas en la presente Resolucién se aplican a todas las personas naturales o juridicas que se dediquen a

del Cauca para la Campafia Agricola A de 2026. ARTICULO 2.- CAMPO DE APLICACION: Las normas establecidas en la presente Resolucién se aplican a todas las personas naturales o juridicas que se dediquen a la produccion, comercializacion de semilla y siembra del cultivo de maiz. ARTICULO 3.- REGISTRO DE AGRICULTORES: - Toda persona natural o juridica, que se dedique al establecimiento del cultivo de maiz, debera registrarse a través de su proveedor de semilla o de forma directa en las fechas establecidas para la venta de semilla para maiz, indicando: - Nombre del productor. - Numero de cédula de ciudadania. - Nombre de la finca, vereda y municipio. - Coordenadas geograficas, en decimales. - Area a sembrar, en hectareas (ha). - Numero telefénico. - Tipo de maiz a sembrar (maiz duro, maiz dulce, maiz para semilla o investigacion, maiz para choclo, maiz para ensilaje o alimentacion animal). - Cultivar de semilla a sembrar. - Nombre del asistente técnico. - Numero telefénico del asistente técnico. - Nombre del duefio y del almacén que provee la semilla.

FORMA 4-027 V.8

Pagina2 de §ICA¥ Instituto Colombiano Agrgpecuario RESOLUCION No.00001585 (13/02/2026) “Por la cual se determinan las fechas de registro de agricultores, venta y siembra de semilla para el cultivo de maiz en el departamento del Valle del Cauca, campaiia agricola A-2026”

ARTICULO 4.- VENTA, ENTREGA DE SEMILLA Y SIEMBRA: Las fechas

siembra de semilla para el cultivo de maiz en el departamento del Valle del Cauca, campaiia agricola A-2026” ARTICULO 4.- VENTA, ENTREGA DE SEMILLA Y SIEMBRA: Las fechas establecidas para la venta, entrega de semilla y siembra de cultivos comerciales de grano seco (maiz duro), asi como de cultivos de maiz dulce destinados a la produccion de chécolo, silo, fines experimentales, semillas u otros, por parte de productores o comercializadores de semilla de maiz con registro vigente ante el ICA, para la Campaia Agricola A — 2026 en el departamento del Valle del Cauca, seran las siguientes: Tipo de maiz Desde Hasta Maiz duro 15 de febrero de 2026 1 de abril de 2026 Maiz dulce 15 de febrero de 2026 5 de junio de 2026 PARAGRAFO 1. EXCEPCION A PERIODO DE VEDA Y FECHAS DE SIEMBRA: Las siembras de maiz de cualquier tipo, que se realicen bajo casa malla antitrips, podra excluirse del cumplimiento de las fechas de siembra; para lo cual, el agricultor debe enviar un correo electrénico a gerencia.valle@ica.gov.co indicando nombre del agricultor o empresa, coordenadas de ubicacion de la casa malla, municipio, vereda, nimero telefénico de contacto, correo electrénico y tipo de maiz a sembrar. El ICA, procedera a realizar una visita para verificar las condiciones técnicas de la casa malla y de esta manera, aprobar dicha condicion y excepcién ala norma. Cabe aclarar que la visita del ICA es un requisito para realizar la siembra de maiz bajo estas condiciones.

casa malla y de esta manera, aprobar dicha condicion y excepcién ala norma. Cabe aclarar que la visita del ICA es un requisito para realizar la siembra de maiz bajo estas condiciones. ARTICULO 5.- ENTREGA DE LA INFORMACION DE REGISTRO Y VENTA: Los productores de semilla y almacenes comercializadores de semilla de maiz deberan enviar al ICA seccional Valle del Cauca oficina local Cartago, dentro de los diez (10) dias siguientes a la fecha establecida para la venta de semilla de maiz; informacién de registro que debe ser diligenciada en el siguiente enlace: https://forms.office.com/r/WELWqg4ngPZ hasta 10 dias después de la fecha limite de siembra para cada uno de los tipos de maiz.

FORMA 4-027 V.8

Pagina 3 de 5ICA¥ Instituto Colombiano Agropecuario RESOLUCION No.00001585 (13/02/2026) “Por la cual se determinan las fechas de registro de agricultores, venta y siembra de semilla para el cultivo de maiz en el departamento del Valle del Cauca, campaiia agricola A-2026” ARTICULO 6.- OBLIGACIONES: Las personas a quienes se les aplica la presente resolucion, deben: 6.1 Cumplir con todas las normas fitosanitarias que establezca el ICA. 6.2 Implementar medidas fitosanitarias que contribuyan con mejoramiento de la condicion fitosanitaria del cultivo de maiz en el Valle del Cauca. 6.3 Si siembran materiales genéticamente modificados, se debera cumplir todo lo contemplado en la Resolucion ICA No. 072221 de 2020 o en la norma que la modifique, adicione o sustituya.

6.3 Si siembran materiales genéticamente modificados, se debera cumplir todo lo contemplado en la Resolucion ICA No. 072221 de 2020 o en la norma que la modifique, adicione o sustituya. 6.4 Cumplir con los requisitos para la comercializacion, distribucion y almacenamiento de los insumos agropecuarios y semillas para siembra, segin lo establecido en la Resoluciéon ICA 90832 del 2021 o la norma que la modifique, adicione o sustituya. 6.5 Usar tnicamente productos agroquimicos registrados ante el ICA para el cultivo de maiz y seguir las recomendaciones de la etiqueta. 6.6 Cosechar, en su totalidad, los maices sembrados en cercanias o limites con carreteras. 6.7 Destruir las socas y, en el periodo de veda, hacer manejo de malezas hospedantes de plagas del maiz. ARTICULO 7.- SANCIONES: EI incumplimiento de cualquiera de las disposiciones establecidas en la presente resolucion sera sancionado de conformidad con lo preceptuado en la Resolucion ICA 065768 del 23/04/2020 (Manual del proceso administrativo sancionatorio — PAS) o aquella que la modifique, adicione o sustituya, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que haya lugar.

FORMA 4-027 V.8

Pagina 4 de 5ICA¥ Instituto Colombiano Agrgpecuario RESOLUCION No.00001585 (13/02/2026) “Por la cual se determinan las fechas de registro de agricultores, venta y siembra de semilla para el cultivo de maiz en el departamento del Valle del Cauca, campaiia agricola A-2026”

(13/02/2026) “Por la cual se determinan las fechas de registro de agricultores, venta y siembra de semilla para el cultivo de maiz en el departamento del Valle del Cauca, campaiia agricola A-2026” ARTICULO 8.- VIGENCIA: La presente Resolucion rige a partir de la fecha de su publicacion y hasta que se modifique o derogue o se establezca resoluciéon de siembra de maiz para la campafia A de 2026. PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE Proyects: Gustavo Vasquez Reviso: Oficina juridica seccional Aprobo: Gerencia seccional

FORMA 4-027 V.8

Pagina 5 de 5

Consultar sobre este documento ...