ICA - Resolución 19 de 2025
ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
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Detalles
- Título
- ICA - Resolución 19 de 2025
- Autor
- ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN No. ( ) “Por la cual se fijan las cuantías contractuales del Instituto Colombiano Agropecuario – ICA para la vigencia 2025” FORMA 4-027 V.8 Página 1 de 2
LA GERENTE GENERAL (E) DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO - ICA En uso de las facultades legales y reglamentarias, y en especial de las conferidas por los artículos 11 y 12 de la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, artículo 12 del Decreto 4765 de 2008, artículo 2.2.1.1.2.1.5. del Decreto 1082 de 2015, el artículo 4 del Decreto 3761 de 2009, el artículo 2.13.1.3.1 del Decreto 1071 de 2015 y CONSIDERANDO: Que mediante el Decreto 1523 del 18 de diciembre de 2024 “por medio del cual se decreta el presupuesto de rentas y recursos de capital y presupuesto de gastos para la vigencia fiscal del 1° de enero al 31 de diciembre de 2025.” Que, mediante el Decreto 1621 de diciembre de 2024, se liquidó el presupuesto general de la Nación para la vigencia fiscal de 2025, se detallan las apropiaciones, se clasifican y se definen los gastos. Que en la sección 1702 del citado anexo, se aprobó el presupuesto para el Instituto Colombiano Agropecuario ICA, por la suma de CUATROCIENTOS NOVENTA MIL DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS QUINCE MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES PESOS ($490.263.615.733 MC/TE). Que el Decreto 1572 de 2024, fijó el salario mínimo legal mensual para el año 2025, en la suma de UN MILLON CUATROCIENTOS VEINTI TRES MIL QUINIENTOS PESOS ($1.423.500,00) M C/TE. Que el literal b) numeral 2° del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 estableció respecto de las cuantías en materia de contratación pública lo siguiente: “Se entenderá por menor cuantía los valores que
QUINIENTOS PESOS ($1.423.500,00) M C/TE. Que el literal b) numeral 2° del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007 estableció respecto de las cuantías en materia de contratación pública lo siguiente: “Se entenderá por menor cuantía los valores que a continuación se relacionan, determinados en función de los presupuestos anuales de las entidades públicas expresados en salarios mínimos legales mensuales. (…) Las que tengan un presupuesto anual superior o igual a 120.000 salarios mínimos legales mensuales e inferior a 400.000 salarios mínimos legales mensuales, la menor cuantía será hasta 450 salarios mínimos legales mensuales.” Que, realizada la conversión del valor total del presupuesto asignado a salarios mínimos legales mensuales vigentes, el presupuesto de la Entidad para el año 2025 corresponde a 344,407 Que, de acuerdo con lo anterior, las cuantías contractuales del ICA para la vigencia fiscal 2025, serán las siguientes: MODALIDAD DE SELECCIÓN SALARIOS MÍNIMOS CONVERSIÓN EN VALOR Mínima Cuantía De 0 hasta el 10% de la Menor Cuantía (Corresponde a 45 SMMLV) De $1 a $64.057.500 Menor Cuantía (Selección Abreviada en sus diferentes Modalidades) Superior a 45 SMMLV hasta 450 SMMLV De $64.057.501 a $640.575.000 Licitación Pública De 450 SMMLV en adelante Superior a $ 640.575.001 En virtud de lo anterior, RESUELVE: ARTÍCULO 1. Fijar las cuantías para los procesos contractuales del Instituto Colombiano
RESOLUCIÓN No.00000019 (03/01/2025)RESOLUCIÓN No. ( ) “Por la cual se fijan las cuantías contractuales del Instituto Colombiano Agropecuario – ICA para la vigencia 2025”
FORMA 4-027 V.8
Página 2 de 2 Agropecuario ICA, para la vigencia fiscal 2025, en los siguientes términos:
MODALIDAD DE
SELECCIÓN SALARIOS MÍNIMOS CONVERSIÓN EN VALOR
Mínima Cuantía De 0 hasta el 10% de la Menor Cuantía (Corresponde a 45 SMMLV)
De $1 a $64.057.500 Menor Cuantía (Selección Abreviada en sus diferentes Modalidades) Superior a 45 SMMLV hasta 450 SMMLV
De $64.057.501 a $640.575.000
Licitación Pública
De 450 SMMLV en adelante
Superior a $ 640.575.001
ARTÍCULO SEGUNDO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá., a los tres (3) días del mes de enero de 2025.
PAULA ANDREA CEPEDA RODRIGUEZ
Gerente General (E)
Proyectó: Luis Alfonso – Asesor Gerencia
Revisó: Nelly Sánchez – Jefe Oficina Asesora Jurídica
Aprobó: Magda Leal – Coordinadora Grupo de Gestión Contractual
Paula Cepeda – Subgerente Administrativa y Financiera
Revisó: Nelly Sánchez – Jefe Oficina Asesora Jurídica
Aprobó: Magda Leal – Coordinadora Grupo de Gestión Contractual
Paula Cepeda – Subgerente Administrativa y Financiera
RESOLUCIÓN No.00000019
(03/01/2025)