ICA - Resolución 20146 de 2024
ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- ICA - Resolución 20146 de 2024
- Autor
- ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2024
RESOLUCIÓN No. ( ) “Por la cual se aclara y modifica la fecha de expedición y número de resolución indicados en el epígrafe de la Resolución ICA 00015141 del 23 de octubre de 2024, desde su página 73 hasta la 94”
FORMA 4-027 V.8 Página 1 de 2
LA GERENTE GENERAL (E) DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO - ICA En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, el Decreto 4765 de 2008 y CONSIDERANDO: Que el Instituto Colombiano Agropecuario – ICA tiene como función ejercer el control técnico de la producción y comercialización de los insumos agropecuarios, material genético animal y semillas para siembra, con el fin de prevenir riesgos que puedan afectar la sanidad agropecuaria y la inocuidad de los alimentos en la producción primaria. Que de conformidad con lo anterior, el ICA expidió la Resolución 00015141 del 23 de octubre de 2024 «por la cual se establecen los requisitos y condiciones para la producción, importación, exportación y almacenamiento de semillas producto del mejoramiento genético para la investigación, comercialización y siembra en el país, así como el registro de las Unidades de Evaluación Agronómica y/o Unidades de Investigación en Fitomejoramiento y se dictan otras disposiciones». Que por un error involuntario generado desde la página 73 hasta la 94 de la precitada resolución ICA, se asignó la fecha y número «00011340 del 27 de agosto de 2024», siendo la fecha y número correctos el «00015141 del 23 de octubre de 2024». Que con fundamento en el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011, «En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto (…)». Que con el propósito de evitar confusiones y asegurar la exactitud de la información, es indispensable ajustar la fecha de expedición y el número de
de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto (…)». Que con el propósito de evitar confusiones y asegurar la exactitud de la información, es indispensable ajustar la fecha de expedición y el número de la resolución contemplados desde la página 73 hasta la 94 de la mencionada norma. En virtud de lo anterior, RESUELVE: ARTÍCULO 1.- OBJETO. Aclarar y modificar la fecha de expedición y número de resolución indicados en el epígrafe de la Resolución ICA 00015141 del 23 de octubre de 2024, desde su página 73 hasta la 94, quedando de la siguiente manera:
00020146 (19/12/2024)RESOLUCIÓN No.
( )
“Por la cual se aclara y modifica la fecha de expedición y número de resolución indicados en el epígrafe de la Resolución ICA 00015141 del 23 de octubre de 2024, desde su página 73 hasta la 94”
FORMA 4-027 V.8
Página 2 de 2
RESOLUCIÓN No.00015141
(23/10/2024)
Continuación de la resolución «Por la cual se establecen los requisitos y condiciones para la producción, importación, exportación y almacenamiento de semillas producto del mejoramiento genético para la investigación, comercialización y siembra en el país, así como el registro de las Unidades de Evaluación Agronómica y/o Unidades de Investigación en Fitomejoramiento y se dictan otras disposiciones».
ARTÍCULO 2.- VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y modifica la fecha de expedición y número de resolución indicados en el epígrafe de la Resolución ICA 00015141 del 23 de octubre de 2024, desde su página 73 hasta la 94.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los ( ) días de diciembre de 2024
PAULA ANDREA CEPEDA RODRÍGUEZ
Gerente General (E)
Proyectó: Andrés Felipe Fernández Rodríguez – Dirección Técnica de Asuntos Nacionales
Revisó: Javier Arturo Soler Moreno– Director Técnico de Asuntos Nacionales
Gerente General (E)
Proyectó: Andrés Felipe Fernández Rodríguez – Dirección Técnica de Asuntos Nacionales Revisó: Javier Arturo Soler Moreno– Director Técnico de Asuntos Nacionales Aprobó: Ricardo Andrés Vargas Infante – Subgerente de Regulación Sanitaria y Fitosanitaria
00020146 a los diecinueve (19) dias de diciembre 2024 (19/12/2024)