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ICA - Resolución 3864 de 2025

ICA - Instituto Colombiano Agropecuario

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Detalles

Título
ICA - Resolución 3864 de 2025
Autor
ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2025

RESOLUCIÓN. .

(Día/Mes/Año) Por la cual se deroga la Resolución ICA 001624 de 1970

LA GERENTE GENERAL

DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO

En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el numeral 6 del artículo 6 del Decreto 4765 de 2008, el artículo 4 del Decreto 3761 de 2009, el artículo 2.13.1.3.1. del Decreto 1071 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) es la entidad responsable de velar por la sanidad animal del país a fin de prevenir la introducción y propagación de plagas o enfermedades que puedan afectar la ganadería nacional.

Que es deber del ICA establecer las campañas de prevención, control, erradicación y manejo de enfermedades necesarias para hacer efectivo el control de la sanidad animal.

Que en virtud del numeral 6 del artículo 6 de Decreto 4765 de 2008, el ICA es competente para adoptar las medidas sanitarias que se requieran para el control efectivo de la sanidad animal y la prevención de riesgos químicos y biológicos.

Que mediante Resolución ICA 001624 de 1970, el ICA estableció disposiciones sanitarias en el departamento del Valle del Cauca para el control y erradicación de la laringotraqueitis aviar, dentro de las que se encuentra la prohibición de la vacunación contra esta enfermedad en el territorio nacional.

Que en la actualidad la aplicación de las medidas contenidas en la Resolución ICA 001624 de 1970, dificulta el control de la enfermedad, el acceso a los biológicos disponibles en el mercado nacional

nacional.

Que en la actualidad la aplicación de las medidas contenidas en la Resolución ICA 001624 de 1970, dificulta el control de la enfermedad, el acceso a los biológicos disponibles en el mercado nacional para una adecuada inmunización de las aves y además genera posibles inconvenientes en el comercio internacional, lo que justifica su derogatoria.

Que considerando la situación epidemiológica actual, se ha identificado la necesidad de implementar la vacunación como medida para contener la propagación de la laringotraqueitis aviar, por lo que el ICA ha autorizado la importación, registro, distribución y venta de biológicos específicos para contener esa enfermedad.

Que así las cosas , resulta indispensable derogar la Resolución 001624 de 1970 , por cuanto las medidas en ella contenidas se han vuelto obsoletas frente a la realidad sanitaria del país.

Que, de conformidad con el «Procedimiento para la expedición de resoluciones de carácter general que contengan medidas sanitarias, fitosanitarias o reglamentos técnicos» adoptado por el ICA, se elevó a consulta pública nacional el proyecto de norma durante el periodo comprendido entre el 20 y el 29 de diciembre de 2024, a través de la aplicación SUCOP, sin que se hayan recibido observaciones que ameriten un cambio en la decisión aquí contenida.

Que en virtud de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. OBJETO. Deróguese la Resolución ICA 001624 del 09 de noviembre de 1970 “Por la cual se toman medidas sanitarias para el control de la Laringotraqueitis Aviar ”, por las razones expuestas en la parte motiva de la presente resolución.

ARTÍCULO 2. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el

expuestas en la parte motiva de la presente resolución.

ARTÍCULO 2. VIGENCIA. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga la Resolución ICA 001624 de 1970.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los xx (xx) días del mes de xx de 2025.

PAULA ANDREA CEPEDA RODRIGUEZ

Gerente General

Proyectó: Luz Marina Bohórquez Isaza – Dirección Técnica de Sanidad Animal Carmen Alicia Rodríguez González - Dirección Técnica de Asuntos Nacionales Revisó: Andrés Felipe Osejo Varona – Director Técnico de Sanidad Animal.

Javier Arturo Soler Moreno – Director Técnico de Asuntos Nacionales Ana María González Borrero – Subgerencia de Regulación Sanitaria y Fitosanitaria Aprobó: Edilberto Brito Sierra – Subgerente de Protección Animal Ricardo Andrés Vargas Infante – Subgerente de Regulación Sanitaria y Fitosanitaria Dada en Bogotá D.C., a los once (11) dias de abril de 2025

RESOLUCIÓN No.00003864

(11/04/2025)

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