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ICA - Resolución 4345 de 2022

ICA - Instituto Colombiano Agropecuario

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Detalles

Título
ICA - Resolución 4345 de 2022
Autor
ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2022

FORMA 4-027 V.4

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HOJA No. 1/6

RESOLUCIÓN No. 00004345 ( 16 de Marzo del 2022 ) “Por la cual se establecen las fechas límites para la venta y siembra de semillas, registro de agricultores y se dictan otras disposiciones en la temporada 2022-2023 para el cultivo de maíz tecnificado en el departamento de Córdoba”

LA GERENTE DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO ICA

SECCIONAL CORDOBA

En uso de sus facultades legales y en especial las que le son conferidas en el artículo 65 de la Ley 101 de 1993, en el Decreto 4765 de 2008, en el Decreto 1071 de 2015, en la Resolución 3168 de 2015, en la Resolución 72221 de 2020, en la Resolución 2442 de 2013 y en la Resolución 050243 de diciembre 31 de 2019

CONSIDERANDO:

Que según lo estipulado en el artículo 2.13.1.1.2 del Decreto 1071 de 2015, corresponde al Instituto Colombiano Agropecuario ICA, el manejo de la sanidad vegetal, para lo cual adoptará las acciones y disposiciones que sean necesarias para la prevención, erradicación y el manejo de enfermedades, plagas, malezas o cualquier

corresponde al Instituto Colombiano Agropecuario ICA, el manejo de la sanidad vegetal, para lo cual adoptará las acciones y disposiciones que sean necesarias para la prevención, erradicación y el manejo de enfermedades, plagas, malezas o cualquier otro organismo dañino que afecten las plantas y sus productos, actuando en permanente armonía con la protección y preservación de los recursos naturales.

Que corresponde al Instituto Colombiano Agropecuario ICA, establecer las medidas para hacer efectivo el control de la Sanidad Animal y Vegetal, la prevención de los riesgos biológicos y químicos, ejercer el contr ol técnico de la producción y comercialización de los insumos agropecuarios y semillas para siembra, encaminadas a erradicar los problemas sanitarios que afectan las actividades agrícolas y pecuarias.

Que el cultivo de maíz representa un renglón importante dentro de la economía en el Departamento de Córdoba, donde el semestre A del año 202 1 se estableció aproximadamente unas veintidós mil veintitrés (22.023) y en el semestre B del 2021 unas siete mil quinientas (7.500) hectáreas de maíz tecnificado (Fenalce Córdoba, 2021).FORMA 4-027 V.4

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RESOLUCIÓN No. 00004345 ( 16 de Marzo del 2022 ) “Por la cual se establecen las fechas límites para la venta y siembra de semillas, registro de agricultores y se dictan otras disposiciones en la temporada 2022-2023 para el cultivo de maíz tecnificado en el departamento de Córdoba”

de agricultores y se dictan otras disposiciones en la temporada 2022-2023 para el cultivo de maíz tecnificado en el departamento de Córdoba”

Que de acuerdo a las visitas de inspección, vigilancia y control en predios productores de maíz en la zona del Sinú medio, se evidenció una incidencia generalizada de Spodoptera frugiperda Smith , Linogeraeus capillatus (LeConpte), la presencia de Dalbulus maidis Delong & Wolcott , vector del achaparramiento del maíz el cual ha afectado de manera significativa la rentabilidad del cultivo en zonas como las del Valle del Cauca y la resurgencia de Rhopalosiphum maidis Fitch vector de vi rus de importancia económica en el maíz. Considerando lo anterior, se requiere establecer medidas tendientes a conservar y mantener estatus fitosanitario de esta especie vegetal a nivel departamental. Que el consejo asesor de manejo integrado de plagas realizada el 11 de marzo de 2022, consideró la necesidad de establecer acciones preventivas como lo es la determinación del registro de los agricultores, fechas límites de venta y siembra de semillas y demás disposiciones, tendientes a minimizar los riesgos fitosanitarios.

Que, para la toma de decisiones de regulación, se ha analizado tanto el tema técnico, como social y económico,

En virtud de lo expuesto,

RESUELVE:

Que, para la toma de decisiones de regulación, se ha analizado tanto el tema técnico, como social y económico,

En virtud de lo expuesto,

RESUELVE: ARTÍCULO 1.- OBJETO. Establecer las fechas límites para la venta y siembra de semillas de maíz certificado, en el Departamento del Córdoba, para la cosecha de la vigencia 2022.

ARTÍCULO 2.- CAMPO DE APLICACIÓN. Las normas establecidas en la presente resolución se aplican a t odas las personas naturales y/o jurídicas que se dediquen a la venta y siembra de semillas de maíz en el Departamento del Córdoba, así como a aquellas que agremien o asocien a los agricultores.

ARTÍCULO 3.- REGISTRO DE AGRICULTORES. Toda persona natural o jurídica que se dedique al establecimiento del cultivo objeto de esta Resolución, deberá registrarse a través de su agremiación o en su defecto de forma directa ante el Instituto Colombiano Agropecuario ICA, a través del link https://forms.office.com/r/1ra3guvd2m antes de la siembra en la vigencia 2022, indicando: nombre del productor, número deFORMA 4-027 V.4

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RESOLUCIÓN No. 00004345 ( 16 de Marzo del 2022 ) “Por la cual se establecen las fechas límites para la venta y siembra de semillas, registro de agricultores y se dictan otras disposiciones en la temporada 2022-2023 para el cultivo de maíz tecnificado en el departamento de Córdoba”

de agricultores y se dictan otras disposiciones en la temporada 2022-2023 para el cultivo de maíz tecnificado en el departamento de Córdoba”

cedula, nombre del predio, vereda, municipio, área a sembrar, semilla utilizada, número telefónico del productor, coordenadas geográficas (en decimales), nombre del asistente técnico del cultivo, número telefónico del asistente técnico, proveedor de semilla.

ARTÍCULO 4. El Departamento del Córdoba tiene definidas cinco zonas potenciales para el establecimiento, desarrollo y producción del cultivo, entre estas tenemos:

Zona 1(Alto Sinú), que lo conforman los municipios de: Valencia, Tierralta. Zona 2(Medio Sinú), Montería, Cerete, San Pelayo San Carlos, Ciénaga de Oro. Zona 3(Bajo Sinú), los municipios de Lorica, Chimá y Cotorra, en la parte alta. Zona 4(San Jorge), conformado por los municipios de Planeta Rica y Pueblo Nuevo. Zona 5 , Área de influencia de la ciénaga “grande de Lorica”, en Lorica, Chimá y Cotorra

ARTICULO 5.- VENTA DE SEMILLA. La fecha establecida para la venta de semilla certificada con destino a la siembra de cultivos comerciales de maíz tecnificado en el Departamento de Córdoba, es la siguiente para las cuatro zonas:

ARTICULO 5.- VENTA DE SEMILLA. La fecha establecida para la venta de semilla certificada con destino a la siembra de cultivos comerciales de maíz tecnificado en el Departamento de Córdoba, es la siguiente para las cuatro zonas:

ZONA SEMESTRE A / 2022 SEMESTRE B / 2022 Y

EPOCA SECA DEL A / 2023

Zona 1 (Alto Sinú) Venta de semillas: desde el 30 marzo hasta el 25 junio Desde el 05 julio hasta el 5 octubre. Zona 2 (Medio Sinú) Venta de semillas: desde el 30 de marzo hasta el 10 de junio Desde el 05 de julio hasta el 15 septiembre. Zona 3 (Bajo Sinú) Venta de semillas: desde el 30 de marzo hasta 20 junio Desde el 05 julio hasta el 15 septiembre. Zona 4(San Jorge) Venta de semillas: marzo 30 a junio 25 Desde el 05 de julio 05 hasta el 5 octubre. Zona 5 (Área influencia ciénaga grande Lorica Desde el 01 diciembre de 2022 hasta el 07 de febrero de 2023FORMA 4-027 V.4

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de agricultores y se dictan otras disposiciones en la temporada 2022-2023 para el cultivo de maíz tecnificado en el departamento de Córdoba”

ARTICULO 6. -FECHAS DE SIEMBRA. - Las siembras se realizarán en las siguientes fechas:

ZONA SEMESTRE A / 2022 SEMESTRE B / 2022 Y

EPOCA SECA DEL A / 2023

Zona 1 (Alto Sinú) Desde el 15 de abril hasta el junio 30 Desde el 20 de agosto hasta el 15 de octubre. Zona 2 (Medio Sinú) Desde el 15 de abril hasta 15 junio Desde el 20 de agosto hasta el 30 de septiembre Zona 3 (Bajo Sinú) Desde el 15 de abril hasta el 25 junio Desde el 20 de agosto hasta el 30 de septiembre Zona 4(San Jorge) Desde el 15 de abril hasta el 30 junio Desde el 20 agosto hasta el 15 octubre. Zona 5 (Área influencia ciénaga grande Lorica La restricción es climática, pues se realizan las siembras en época seca cuando el retiro de los niveles de agua de la ciénaga lo permiten entre diciembre 2022 y febrero de 2023

PARÀGRAFO UNICO . CULTIVOS CON FINALIDAD COMERCIAL Y DE INVESTIGACION. Las personas naturales y empresas con personería jurídica que

lo permiten entre diciembre 2022 y febrero de 2023

PARÀGRAFO UNICO . CULTIVOS CON FINALIDAD COMERCIAL Y DE INVESTIGACION. Las personas naturales y empresas con personería jurídica que quieran adelantar siembras bajo la modalidad de riego en épocas secas para maíces dulces o de forraje deberán enviar con un mes de anticipación al e:mail gerencia.cordoba @ica.gov.co, solici tud de siembras con la siguiente información: Ubicación del lote, municipio, vereda, coordenadas geográfica s (en decimales) nombre del predio, área a sembrar, genotipo(s) a sembrar, nombre del asistente técnico responsable de la prueba, sistema de riego a utilizar, fuentes de agua, manejo fitosanitario a emplear. Informes semanales de situación fitosanitaria, solicitar visitas de funcionarios ICA a las pruebas.

ARTÍCULO 7. - Los titulares del cultivo de maíz, están en la obligación de eliminar los maíces g erminados o voluntarios, hasta 15 días después d e la terminación de la cosecha, al igual tienen la obligación de eliminar de raíz el algodón “voluntario” o espontáneo y los rebrotes de socas de algodón que aparezcan entre las calles de los cultivos de maíz.

ARTÍCULO 8.- OBLIGACIONES. Toda persona natural o jurídica que se dedique al cultivo de maíz tecnificado, debe:

1. Cumplir con todas las normas sanitarias que establezca el ICA.FORMA 4-027 V.4

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RESOLUCIÓN No. 00004345

1. Cumplir con todas las normas sanitarias que establezca el ICA.FORMA 4-027 V.4

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RESOLUCIÓN No. 00004345 ( 16 de Marzo del 2022 ) “Por la cual se establecen las fechas límites para la venta y siembra de semillas, registro de agricultores y se dictan otras disposiciones en la temporada 2022-2023 para el cultivo de maíz tecnificado en el departamento de Córdoba”

2. Implementar medidas sanitarias que contribuyan al mejoramiento del es tatus sanitario de los cultivos que atañen a la presente Resolución.

3. Sembrar semilla certificada con registro vigente y aprobado por el ICA para la zona agroecológica caribe húmedo, de acuerdo a lo estipulado 3168 de 2015.

4. Usar agroquímicos aprobados para el cultivo de maíz registrados ante el ICA y seguir las recomendaciones del titular.

5. Permitir a los funcionarios del ICA realizar las visitas de inspección, verificación y control que se requieran y tomas de muestras.

6. Los cultivos de maíz comerciales genéticamente modificados deben cumplir con la implementación del Plan de Manejo de Bioseguridad y Seguimiento, con resistencia a ciertos insectos lepidópteros y/o tolerancia a la aplicación herbicidas deben cumplir

6. Los cultivos de maíz comerciales genéticamente modificados deben cumplir con la implementación del Plan de Manejo de Bioseguridad y Seguimiento, con resistencia a ciertos insectos lepidópteros y/o tolerancia a la aplicación herbicidas deben cumplir con la Resolución No 072221 del 28/07/2020.

ARTÍCULO 9.- SANCIONES. - El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones establecidas en la presente Resolución, será sancionado de conformidad con lo preceptuado en los artículos 156 y 157 de la ley 1955 de 2019, o aquella que la modifique, adicione o sustituya, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que haya lugar.

ARTÍCULO 10.- VIGENCIA. - La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Montería, a los 16 días de marzo del 2022

TANY LUZ PADILLLA HERRERA

Gerente seccional Córdoba

Proyectó: Nelson Villarreal-DTSV-Seccional Córdoba

Revisó: Manuel Vellojin -Oficina jurídica-Seccional Córdoba

Aprobó: Yan Luis Ramírez Urzola-DTSV-Oficinas Nacionales.FORMA 4-027 V.4

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RESOLUCIÓN No. 00004345 ( 16 de Marzo del 2022 ) “Por la cual se establecen las fechas límites para la venta y siembra de semillas, registro de agricultores y se dictan otras disposiciones en la temporada 2022-2023 para el cultivo

( 16 de Marzo del 2022 ) “Por la cual se establecen las fechas límites para la venta y siembra de semillas, registro de agricultores y se dictan otras disposiciones en la temporada 2022-2023 para el cultivo de maíz tecnificado en el departamento de Córdoba”

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