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ICA - Resolución 5038 de 2026

ICA - Instituto Colombiano Agropecuario

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Detalles

Título
ICA - Resolución 5038 de 2026
Autor
ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2026

ICA¥ Instituto Colombiano Agropecuario RESOLUCION No.00005038 (25/03/2026 “Por la cual se levanta la medida temporal de suspensién de emisién de documentos zoosanitarios de importacion (DZI) para aves vivas, material genético, productos y subproductos de riesgo susceptibles de transmitir la Influenza Aviar de Alta Patogenicidad, procedentes del Reino de Espaiia, declarada mediante Resolucion ICA19583 de 2025” LA GERENTE GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO - ICA En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el numeral 3 del articulo 6 del Decreto 4765 de 2008, el articulo 4 del Decreto 3761 de 2009, el articulo 2.13.1.1.2 del Decreto 1071 de 2015y CONSIDERANDO: Que en virtud del articulo 2.13.1.3.1. del Decreto 1071 de 2015, corresponde al Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) coordinar las acciones relacionadas con programas de prevencion, control, erradicacién y manejo de plagas y enfermedades de importancia cuarentenaria o de interés econémico nacional. Que en el numeral 19 del articulo 6 del Decreto 4765 de 2008, se dispone como funcién del ICA conceder, suspender o cancelar licencias, registros, permisos de funcionamiento, comercializacion, movilizacién, importacion o exportacion de animales, plantas, insumos, productos y subproductos agropecuarios. Que de conformidad con el numeral 3 del articulo 6 del Decreto 4765 de 2008, corresponde al ICA ejercer el control técnico sobre las importaciones de insumos destinados a la

productos y subproductos agropecuarios. Que de conformidad con el numeral 3 del articulo 6 del Decreto 4765 de 2008, corresponde al ICA ejercer el control técnico sobre las importaciones de insumos destinados a la actividad agropecuaria, asf como de animales y productos de origen animal a fin de prevenir la introduccién de enfermedades. Que, el 18 de julio de 2025, se report6 ante la Organizacion Mundial de Sanidad Animal (OMSA) el inicio de un evento de Influenza Aviar de Alta Patogenicidad (IAAP) en una explotaciéon comercial de pavos de engorde y en una explotacion de gallinas reproductoras, ocurrido el 16 de julio de 2025 en el Reino de Espafia. Que, mediante la Resolucién 19583 de 2025, el Instituto Colombiano Agropecuario, en ejercicio de sus funciones y competencias, ordené suspender temporalmente la emision de documentos zoosanitarios de importacion (DZI) para aves vivas, material genético, productos y subproductos de riesgo susceptibles de transmitir la Influenza Aviar de Alta Patogenicidad, procedentes del Reino de Espafia, hasta tanto la Organizacién Mundial de Sanidad Animal publique la autodeclaracién del Reino de Espafia como pais libre de Influenza Aviar de Alta Patogenicidad en su pagina oficial y se cumplan los protocolos sanitarios acordados con Colombia para la importacién de los productos y subproductos sefialados en el articulo 1 de la citada resolucion. Que, en cumplimiento de lo establecido en el articulo 32 de la Decisién 515 de la Comunidad Andina, el Instituto Colombiano Agropecuario solicité a la Secretaria General de la Comunidad Andina (SGCAN) la autorizacién de la medida adoptada en la precitada

Que, en cumplimiento de lo establecido en el articulo 32 de la Decisién 515 de la Comunidad Andina, el Instituto Colombiano Agropecuario solicité a la Secretaria General de la Comunidad Andina (SGCAN) la autorizacién de la medida adoptada en la precitada Resolucion, la cual fue concedida mediante la Resolucion N.° 2532 del 7 de octubre de 2025, por un término de ciento ochenta (180) dias o hasta que se generara el cierre del evento en el Sistema Mundial de Informacion Sanitaria (WAHIS) de la Organizacion Mundial de Sanidad Animal (OMSA), lo que ocurriera primero. Que, de acuerdo con la informacion publicada en el Sistema Mundial de Informacion Sanitaria (WAHIS) de la Organizacion Mundial de Sanidad Animal, el Evento N.° 6639, reportado el 18 de julio de 2025, se encuentra resuelto. Que, adicionalmente, el Reino de Espafia se autodeclaré como pais libre de Influenza AviarICA¥ Instituto Colombiano Agropecuario RESOLUCION No.00005038 (25/03/2026 “Por la cual se levanta la medida temporal de suspension de emision de documentos zoosanitarios de importacion (DZI) para aves vivas, material genético, productos y subproductos de riesgo susceptibles de transmitir la Influenza Aviar de Alta Patogenicidad, procedentes del Reino de Espaiia, declarada mediante Resolucion ICA 19583 de 2025” de Alta Patogenicidad, autodeclaracion que fue remitida el 10 de febrero y publicada por la Organizacion Mundial de Sanidad Animal el 18 de febrero de 2026, restableciendo asi su estatus sanitario. Que con base en lo anteriormente expuesto, el ICA procedera a levantar las medidas

Organizacion Mundial de Sanidad Animal el 18 de febrero de 2026, restableciendo asi su estatus sanitario. Que con base en lo anteriormente expuesto, el ICA procedera a levantar las medidas establecidas en la Resolucion 19583 de 2025. Que, en virtud de lo anterior, RESUELVE: ARTICULO 1. OBJETO. Levantar la medida temporal de suspensién de la emision de Documentos Zoosanitarios de Importacion (DZI) para aves vivas, material genético, productos y subproductos de riesgo susceptibles de transmitir la Influenza Aviar de Alta Patogenicidad, procedentes del Reino de Espafia, por los argumentos expuestos en la parte motiva de la presente Resolucion.

ARTICULO 2. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS SANITARIOS DE IMPORTACION.

Para la importacién de aves vivas, material genético, productos y subproductos que representen riesgo de transmitir la IAAP, se debera cumplir con los requisitos sanitarios acordados entre ambos paises. Esto incluye, en particular, los siguientes tiempos que se contabilizan a partir del 18 de febrero de 2026, fecha en la que la OMSA publico la autodeclaracion del reino de Espafia como pais libre de Influenza Aviar de Alta

Patogenicidad: PRODUCTO REQUISITO OBSERVACION Las aves de un dia Podran ingresar las aves descienden de genitores | de un dia nacidas de que permanecieron en huevos proceden de una region o pais libre de | genitores, que fueron Influenza Aviar, de recolectados a partir del Aves de un dia de declaracion obligatoria 10 de marzo de 2026. nacidas desde su nacimiento o durante, por lo menos, veintiin (21) dias

Influenza Aviar, de recolectados a partir del Aves de un dia de declaracion obligatoria 10 de marzo de 2026. nacidas desde su nacimiento o durante, por lo menos, veintiin (21) dias anteriores a la recoleccion de los huevos y durante la recoleccién. Los huevos para incubar | Podran ingresar huevos proceden de genitores | fértiles que fueron que permanecieron en recolectados a partir del una region o pais libre de | 10 de marzo de 2026. Influenza Aviar de declaracion obligatoria desde su nacimiento o durante, por lo menos, veintiin (21) dias anteriores a la recoleccion de los huevos y durante la recoleccion. Huevos fértiles

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V.8 Pagina 2 de 3ICA¥ Instituto Colombiano Agropecuario RESOLUCION No.00005038 (25/03/2026 “Por la cual se levanta la medida temporal de suspension de emision de documentos zoosanitarios de importacion (DZI) para aves vivas, material genético, productos y subproductos de riesgo susceptibles de transmitir la Influenza Aviar de Alta Patogenicidad, procedentes del Reino de Espaiia, declarada mediante Resolucion ICA 19583 de 2025” ARTICULO 3. VIGENCIA. La presente Resolucion rige a partir de la fecha de su publicacién en el Diario Oficial y deroga la Resolucion ICA 19583 de 2025.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogota D.C., a los veinticinco (25) dias de marzo de 2026

GERENTE GENERAL

publicacién en el Diario Oficial y deroga la Resolucion ICA 19583 de 2025.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogota D.C., a los veinticinco (25) dias de marzo de 2026

GERENTE GENERAL Proyectd: Zulma Liliana Gémez Herndndez ~ Direccion Técnica de Cuarentena Lorena Ancrea Martinez Tafur - Direccién Técnica de Asuntos Nacionales Revis6: Mauriciolvan Torres Munévar ~ Director Técnico de Cuarertena Segundo Abeiro Chaparro Pesca— Director Técnico de Evaluacion de Riesgos Javier Arturo Soler Moreno~ Director Técnico de Asuntos Nacionales Aprobs: Wikien Antonio Ramirez Espinosa - Subgerente de Proteccién Fronteriza Ricardo Andrés Vargas Infante —Subgererte de Regulacion Sanitariay Fitosanitaria

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