ICA - Resolución 6022 de 2025
Detalles
- Título
- ICA - Resolución 6022 de 2025
- Autor
- ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN No. ( ) «Por la cual se levanta la suspensión temporal de la emisión de documentos zoosanitarios de importación (DZI) para algunos productos de origen animal procedentes de la República Federal de Alemania, establecida mediante la Resolución ICA 00001310 del 18 de febrero de 2025, por la presencia del virus de la fiebre aftosa»
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LA GERENTE GENERAL
DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO - ICA
En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el numeral 3 del artículo 6 del Decreto 4765 de 2008, el artículo 4 del Decreto 3761 de 2009, el artículo 2.13.1.1.2 del Decreto 1071 de 2015 y
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 2.13.1.1.2. del Decreto 1071 de 2015, corresponde al Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) el manejo de la sanidad animal, que comprende las acciones necesarias para la «[…] prevención, el control, supervisión, la erradicación, o el manejo de enfermedades, plagas, malezas o cualquier otro organismo dañino, que afecte las plantas, los animales y sus productos […]».
Que así mismo, el citado decreto estableció como responsabilidad del ICA coordinar las acciones relacionadas con programas de prevención, control, erradicación y manejo de plagas y enfermedades de importancia cuarentenaria o de interés económico nacional.
Que el numeral 6 del artículo 6 del Decreto 4765 de 2008 establece como función general del ICA «adoptar, de acuerdo con la ley, las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias que sean
Que el numeral 6 del artículo 6 del Decreto 4765 de 2008 establece como función general del ICA «adoptar, de acuerdo con la ley, las Medidas Sanitarias y Fitosanitarias que sean necesarias para hacer efectivo el control de la sanidad animal y vegetal y la prevención de riesgos biológicos y químicos».
Que el numeral 2 del artículo 2.13.1.4.2. del Decreto 1071 de 2015, faculta al Instituto para aplicar cualquier medida zoosanitaria o fitosanitaria que considere necesaria «[...] ante la presencia o sospecha de plagas, enfermedades o cualquier otro organismo dañino de importancia cuarentenaria [...]».
Que mediante la Ley 395 de 1997, se declaró de interés social nacional y como prioridad sanitaria la erradicación de la fiebre aftosa en todo el territorio colombiano, y se dictaron otras medidas encaminadas a este fin.
Que producto del trabajo de zonificación adelantado por el ICA respecto a la fiebre aftosa y en aplicación de las directrices del Capítulo 8.8 del Código Terrestre, la Asamblea Mundial de los Delegados de la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA), m ediante Resolución No.7 de 2020, reconoció el establecimiento de cuatro (4) zonas separadas en Colombia como libres de fiebre aftosa con vacunación, las cuales son: Zona I (Frontera Norte); Zona II (Frontera Oriental); Zona III (Caribe/Comercio), Zona IV (Resto de país) y la Zona de Protección 1 (ZP1) o Zona V (Frontera Centro) que abarca 29 municipios del departamento del Norte de Santander, designada por la delegada de Colombia en un
Zona de Protección 1 (ZP1) o Zona V (Frontera Centro) que abarca 29 municipios del departamento del Norte de Santander, designada por la delegada de Colombia en un documento remitido a la Directora General de la OMSA en septiembre de 2022.
Que la fiebre aftosa es una enfermedad animal altamente contagiosa que afecta a bovinos, porcinos, ovinos, caprinos y otros rumiantes, con graves repercusiones económicas y alteraciones para el comercio de productos animales. Afecta al 77% del ganado en África, Oriente Medio y Asia, y representa una amenaza constante para países libres de la enfermedad. El 75% de los costos de control recaen en países de bajos y medianos ingresos, y la morbilidad puede alcanzar el 100% en poblaciones susceptibles. Esta enfermedad está inscrita en la lista en el Código Sanitario para los Animales Terrestres de la OMSA y debe ser declarada a dicha organización. RESOLUCIÓN No.00006022 (23/05/2025)RESOLUCIÓN No. ( ) «Por la cual se levanta la suspensión temporal de la emisión de documentos zoosanitarios de importación (DZI) para algunos productos de origen animal procedentes de la República Federal de Alemania, establecida mediante la Resolución ICA 00001310 del 18 de febrero de 2025, por la presencia del virus de la fiebre aftosa»
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Página 2 de 2 Que el 9 de enero de 2025, la República Federal de Alemania reportó a la OMSA, a través de la plataforma WAHIS, la presencia de brotes del virus de la fiebre aftosa en su territorio.
Página 2 de 2 Que el 9 de enero de 2025, la República Federal de Alemania reportó a la OMSA, a través de la plataforma WAHIS, la presencia de brotes del virus de la fiebre aftosa en su territorio.
Que a través de la Resolución 00001310 del 18 de febrero de 2025, el ICA suspendió temporalmente la emisión de Documentos Zoosanitarios de Importación (DZI) para ciertos productos de origen animal procedentes de Alemania, debido a la referida notificación de brotes de fiebre aftosa en la República Federal de Alemania. Esta decisión, basada en el principio de precaución, se orientó a prevenir el riesgo de ingreso de la enfermedad al país y proteger la producción nacional y el estatus sanitario.
Que el artículo 2 de la Resolución ICA 00001310 del 18 de febrero de 2025 establece que la medida se mantendrá vigente hasta que el evento sea reportado como “cerrado” en el Sistema Mundial de Información Sanitaria (WAHIS) de la OMSA.
Que el pasado 14 de abril de 2025, la República Federal de Alemania reportó a la OMSA, a través de la plataforma WAHIS, la finalización y cierre del evento relacionado con la presencia de brotes del virus de la fiebre aftosa en su territorio, con estatus de "Resuelto”.
Que teniendo en cuenta lo anterior, se considera procedente levantar la medida de suspensión temporal en la emisión de documentos zoosanitarios de importación (DZI) para determinados productos de origen animal provenientes de la República Federal de Alemania, ordenada mediante la Resolución ICA 00001310 del 18 de febrero de 2025.
Que en virtud de lo anterior.
RESUELVE:
determinados productos de origen animal provenientes de la República Federal de Alemania, ordenada mediante la Resolución ICA 00001310 del 18 de febrero de 2025.
Que en virtud de lo anterior.
RESUELVE: ARTÍCULO 1.- OBJETO. Levantar la suspensión temporal de la emisión de documentos zoosanitarios de importación (DZI) para algunos productos de origen animal procedentes de la República Federal de Alemania, establecida mediante la Resolución ICA 00001310 del 18 de febrero de 2025, por l os motivos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2.- VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga la Resolución ICA 00001310 del 18 de febrero de 2025.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los ( ) días del mes de mayo de 2025
PAULA ANDREA CEPEDA RODRÍGUEZ
GERENTE GENERAL
Proyectó: Juan David Silva Mateus – Dirección Técnica de Cuarentena Animal Linda Luz Barbosa Diaz - Dirección Técnica de Asuntos Nacionales Revisó: Mauricio Ivan Torres Munévar – Director Técnico de Cuarentena Animal.
Javier Arturo Soler Moreno – Director Técnico de Asuntos Nacionales Aprobó: Wilkien Antonio Ramírez Espinosa – Subgerente de Protección Fronteriza Ricardo Andrés Vargas Infante– Subgerente de Regulación Sanitaria y Fitosanitaria
RESOLUCIÓN No.00006022
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