ICA - Resolución 6426 de 2022
ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
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Detalles
- Título
- ICA - Resolución 6426 de 2022
- Autor
- ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2022
RESOLUCIÓN No.00006426
(21/04/2022)
“Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución No 00001791 del 10 de febrero de 2022 en la cual se fijan las fechas de registro de agricultores, venta de semilla, siembra, destrucción de socas, periodo de veda y se dictan otras disposiciones para la temporada algodonera 2022 en el Departamento de Valle del Cauca”
LA GERENCIA SECCIONAL VALLE DEL CAUCA
DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO (ICA)
En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 65 de la Ley 101 de 1993, Decreto 1701 de 2015, la Resolución 002442 de 2013 por la cual se modifica el artículo 5 de la Resolución 1676 de 2011 y la Resolución 075244 del 2020.
CONSIDERANDO
Que el Instituto Colombiano Agropecuario ICA es responsable de establecer las medid as para hacer efectivo el control de la sanidad animal y vegetal, la prevención de los riesgos biológicos y químicos, ejercer el control técnico de la producción y comercialización de los insumos agropecuarios y semillas para siembra que constituyan un riesgo para la producción nacional, así como señalar las acciones encaminadas a erradicar los problemas sanitarios que afectan las actividades agrícolas y pecuarias.
Que es necesario adoptar un plan fitosanitario en las zonas productoras de algodón en Colombia, en busca de mantener las áreas libres o de baja prevalencia del picudo algodonero existentes y reducir los niveles de incidencias en las zonas infestadas, para disminuir los costos de producción y aumentar los niveles de productividad.
Colombia, en busca de mantener las áreas libres o de baja prevalencia del picudo algodonero existentes y reducir los niveles de incidencias en las zonas infestadas, para disminuir los costos de producción y aumentar los niveles de productividad.
Que es re sponsabilidad· de la Gerencia Seccional Valle del Cauca, implementar como acciones encaminadas a prevenir, controlar y erradicar las plagas que puedan afectar la producción del cultivo de algodón, el registro de agricultores, así como el establecimiento de las fechas de venta de semilla , siembra, germinación , recibo de algodón semilla , periodo de veda y destrucción de socas para el cultivo del algodón en el departamento del Valle del Cauca para la temporada 2022.
Que, el ICA a través de la Gerencia seccional del Valle del Cauca, teniendo en cuenta las recomendaciones técnicas dadas en reunión celebrada el 19 de abril de 2022, basado en las intervenciones hechas por agricultores, asistentes técnicos agremiados bajo convenio No 066 suscrito entre CONALGODON – FEPA y MASAICA S.A.S., Valle del Cauca, donde todos coinciden en que el período fuerte y prolongado de lluvias, no ha favorecido la preparación de suelos y posterior siembra, acepta las solicitud para la ampliación de fechas de siembra de algodón para el departamento del Valle del Cauca.
Que, el convenio No 066, se encuentra firmado por los solicitantes y CONALGODON en y que los solicitantes presentaron las facturas de SUCAMPO-SULLANTA S.A.S, donde se adquirió la semilla certificada
Que, el convenio No 066, se encuentra firmado por los solicitantes y CONALGODON en y que los solicitantes presentaron las facturas de SUCAMPO-SULLANTA S.A.S, donde se adquirió la semilla certificada
En virtud de lo anterior, la Gerencia Seccional del Valle del Cauca,RESOLUCIÓN No.00006426 (21/04/2022)
“Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución No 00001791 del 10 de febrero de 2022 en la cual se fijan las fechas de registro de agricultores, venta de semilla, siembra, destrucción de socas, periodo de veda y se dictan otras disposiciones para la temporada algodonera 2022 en el Departamento de Valle del Cauca”
RESUELVE
ARTICULO 1.- OBJETO: Modificar el artículo (5) quinto, (6) sexto, (7) séptimo (8) octavo y (9) noveno, de la resolución ICA No 00001791 de 10 de f ebrero de 2022, los c uales quedarán así:
ARTÍCULO 5.- FECHA DE SIEMBRA: La fecha de siembra de algodón para la temporada 2022 en el Departamento del Valle del Cauca, será: DEL 21 DE FEBRERO HASTA EL
22 DE ABRIL DE 2022.
ARTÍCULO 6.- FECHA DE GERMINACIÓN: La fecha límite para la germinación de los cultivos de algodón para la temporada 2021 en el Departamento del Valle del Cauca, será:
EL 28 DE ABRIL DE 2022.
ARTÍCULO 7.- FECHA DE RECIBO DE ALGODÓN SEMILLA : La fecha límite parar
cultivos de algodón para la temporada 2021 en el Departamento del Valle del Cauca, será:
EL 28 DE ABRIL DE 2022.
ARTÍCULO 7.- FECHA DE RECIBO DE ALGODÓN SEMILLA : La fecha límite parar recibo del algodón semilla en las desmotadoras para la temporada 2022 en el Departamento del Valle del Cauca, será: EL 21 DE NOVIEMBRE DE 2022.
ARTÍCULO 8.- FECHAS DE DESTRUCCIÓN DE SOCAS: Establecer las siguientes etapas y fechas de destrucción de socas de algodón y de los cultivos abandonados para la temporada 2022 en el Departamento del Valle del Cauca, así:
- Primera etapa : Destrucción total de las plant as de a lgodón inmedi atamente se termine la recolección de cada lote en particular, por medios mecánicos (Solo se acepta la aplicación en forma inmediata a la destrucción mecánica o manual de la planta) o manuales . En t odos los casos, deberá quedar suficientemente p icada, desmenuzada y/o destruida para lograr su total desc omposición, fijándose como fecha límite el: 04 DE NOVIEBRE DE 2022.
- Segunda etapa : Destrucción de los rebrotes , algodones esp ontáneos y pl antas germinadas, que aparezcan en el área que fue sembrada el algodón, fijándose como fecha límite el: 17 DE NOVIEMBRE DE 2022.
PARÁGRAFO PRIMERO: La destrucción de los cultivos abandonados debe ser realizada una vez lo reporten los técnicos a las agremiaciones, al ICA, a las UMATAS o Secretarias de Agricultura de los Municipios.
PARÁGRAFO PRIMERO: La destrucción de los cultivos abandonados debe ser realizada una vez lo reporten los técnicos a las agremiaciones, al ICA, a las UMATAS o Secretarias de Agricultura de los Municipios.
PARÁGRAFO SEGUNDO: El propietario del predio una vez lo reciba es solidariamente responsable con la destrucción las socas, rebrotes o algodones espontáneos que aparezcan en el área cosechada.
ARTÍCULO 9.- FECHAS DE PERÍODO DE VEDA: Establecer como período de veda el periodo comprendido desde el 17 DE NOVIEMBRE DE 2022 AL 05 DE FEBRERO DE 2023, tiempo durante el cual se prohíbe la siembra de algodón , la existencia de socas, plantas de cultivo de algodón y cultivos de algodón abandonados.RESOLUCIÓN No.00006426 (21/04/2022)
“Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución No 00001791 del 10 de febrero de 2022 en la cual se fijan las fechas de registro de agricultores, venta de semilla, siembra, destrucción de socas, periodo de veda y se dictan otras disposiciones para la temporada algodonera 2022 en el Departamento de Valle del Cauca”
ARTÍCULO 12.- SANCIONES: El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones establecidas en la presente resolución, será sancionado de conformidad con lo preceptuado en los artículos 156 y 157 de la ley 1955 de 2019, o aquella que la modifique, adicione o sustituya, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que haya lugar.
preceptuado en los artículos 156 y 157 de la ley 1955 de 2019, o aquella que la modifique, adicione o sustituya, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que haya lugar.
ARTÍCULO 13.- VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Palmira, a los 21 días de abril de 2022
LUIS AMANCIO ARIAS PALACIOS
Gerente Seccional ICA Valle del Cauca
Proyectó: Jairo Alberto Morales Medina - Gerencia Seccional Valle del Cauca Revisó: Luis Amancio Arias Palacios - Gerencia Seccional Valle del Cauca
Vo.Bo.: Valentina Valencia Gerencia seccional Valle del Cauca
Vo. Bo.: Yan Ramírez DTSV