ICA - Resolución 71713 de 2020
ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
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Detalles
- Título
- ICA - Resolución 71713 de 2020
- Autor
- ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 2020
RESOLUCIÓN No. 071713
(16/07/2020)
“POR LA CUAL SE DETERMINAN LAS FECHAS DE REGISTRO DE AGRICULTORES, VENTA Y SIEMBRA DE SEMILLA PARA LOS CULTIVOS DE MAÍZ Y SORGO EN EL DEPARTAMENTO DEL TOLIMA EN EL SEMESTRE B – 2020” ________________________________________________________________________________ Página 1 de 4
EL GERENTE SECCIONAL TOLIMA
DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO (ICA)
En uso de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el Artículo 65 de la Ley 101 de 1993, el Decreto 1071 de 2015, el Artículo 5 de la Resolución 2442 de 2013, Resolución 061690 de 2020, y
CONSIDERANDO
Que, e l Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) es responsable de establecer las medidas para hacer efectivo el control de la sanidad animal y vegetal, la prevención de los riesgos biológicos y químicos, ejercer el control técnico de la producción y comercialización de los insumos agropecuarios y semillas para siembra que constituyan un riesgo para la producción nacional, así como señalar las acc iones encaminadas a erradicar los problemas sanitarios que afectan las actividades agrícolas y pecuarias.
Que, es necesario mitigar los riesgos fitosanitarios para la producción agropecuaria representados en la propagación de plagas y enfermedades, siend o el registro de productores, las fechas de venta y siembra de semillas para el cultivo de maíz y sorgo una medida de protección sanitaria.
Que, con Resolución No. 844 de 2020 del 26 de mayo de 2020, expedida por el Ministerio
productores, las fechas de venta y siembra de semillas para el cultivo de maíz y sorgo una medida de protección sanitaria.
Que, con Resolución No. 844 de 2020 del 26 de mayo de 2020, expedida por el Ministerio de Salud y Protección Social , se prorroga el estado de emergencia sanitaria en todo el territorio nacional hasta el 31 de agosto de 2020.
Que, en el Decreto No. 990 del 09 de julio de 2020 expedido por el Gobierno Nacional, se ordena el aislamiento preventivo obligatorio de todas las personas habitantes de la República de Colombia hasta las cero horas (00:00) del día 1 de agosto de 2020, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID -19, estableciendo excepciones con el objeto de garantizar el derecho a la v ida, a la salud en conexidad con la vida y la supervivencia, indica que los gobernadores y alcaldes, deben permitir el derecho de circulación de las personas en los siguientes casos o actividades, enmarcadas en el artículo 3 numeral 10 sobre la cadena de siembra.
Que, por Decreto 471 del 25 de marzo de 2020 se fijan políticas en materia de precios de insumos agropecuarios garantizando el acceso a los medios y ejercicio de la producción agropecuaria.
Que, el ICA a través de la Gerencia Seccional del Tolima y su grupo de Sanidad Vegetal atendiendo las medidas de bioseguridad implementadas para el manejo de la emergencia sanitaria del COVID -19 declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social , realizó consultas telefónicas con miembros de la mesa fitosanitaria departamental del cultivo de
atendiendo las medidas de bioseguridad implementadas para el manejo de la emergencia sanitaria del COVID -19 declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social , realizó consultas telefónicas con miembros de la mesa fitosanitaria departamental del cultivo de maíz en la semana del 13 al 1 6 de Julio de 2020, de donde se pone a consideración delRESOLUCIÓN No. 071713 (16/07/2020)
“POR LA CUAL SE DETERMINAN LAS FECHAS DE REGISTRO DE AGRICULTORES, VENTA Y SIEMBRA DE SEMILLA PARA LOS CULTIVOS DE MAÍZ Y SORGO EN EL DEPARTAMENTO DEL TOLIMA EN EL SEMESTRE B – 2020” ________________________________________________________________________________ Página 2 de 4 Instituto el establecimiento de fechas de siembra de maíz y sorgo para el segundo semestre de 2020, en la jurisdicción del Departamento del Tolima, tendientes a establecer acciones encaminadas a prevenir, controlar y erradicar las plagas que puedan afectar la producción de los cultivos de maíz y sorgo.
Que, en el departamento del Tolima en estudios de diagnóstico realizados junto con Agrosavia se ha verificado la presencia de vectores virulentos de enfermedades como Dalbulus maidis y Peregrinus maidis en cultivos de maíz.
Que, el insecto Dalbulus maidis, conocido como la chicharrita del maíz, ha sido reportado como especie vector del denominado complejo del achaparramiento del maíz, agente vector del Virus del rayado fino del maíz (MRFV), el espiroplasma del achaparramiento del maíz (CSS) y fitoplasma del enanismo arbustivo del maíz (M BS). Todos los estados del
vector del Virus del rayado fino del maíz (MRFV), el espiroplasma del achaparramiento del maíz (CSS) y fitoplasma del enanismo arbustivo del maíz (M BS). Todos los estados del insecto (ninfas y adultos; hembras y machos) son capaces de adquirir y transmitir los microorganismos fitopatógenos, siendo más eficientes las ninfas.
Que, las poblaciones de Dalbulus maidis se incrementan en temporadas secas y a temperaturas altas y hace su oviposicion en cultivos de maíz. Sin embargo, el insecto tiene como hospedantes además del maíz, a Rottboellia exaltata (caminadora), Avena fatua (avena), Sorghum halepense, (pasto johnson) y Sorghum vulgare (Sorgo).
Que, en predios del centro y sur del Tolima, el ICA ha encontrado la presencia de los vectores antes mencionados en el 100% de lo s cultivos inspeccionados, con una incidencia del 25 % de plantas con sintomatología compatible de fitoplasmas y virus.
Que, justificadas las anteriores solicitudes en la dinámica de los pronósticos oficiales de la distribución e intensidad de las precipitaciones y características de cada zona de siembra de maíz y sorgo para el semestre B -2020, se favorecerá una adecuación de lotes y siembras acorde a las expectativas de las áreas programadas por los agricultores para siembra del cultivo de maíz y sorgo en el departamento del Tolima.
Que, en virtud de lo anterior,
RESUELVE:
ARTICULO 1. - OBJETO: Establecer las fechas de registro de agricultores, venta de
siembra del cultivo de maíz y sorgo en el departamento del Tolima.
Que, en virtud de lo anterior,
RESUELVE:
ARTICULO 1. - OBJETO: Establecer las fechas de registro de agricultores, venta de semilla y siembra, para los cultivos de maíz y sorgo en el Departamento del Tolima para la temporada Semestre B 2020.
ARTÍCULO 2. - CAMPO DE APLICACIÓN : Las normas establecidas en la presente Resolución se aplican a todas las personas naturales y/o jurídicas que se dediquen a la producción, comercialización de semilla y siembra de los cultivos de maíz y sorgo.RESOLUCIÓN No. 071713 (16/07/2020)
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ARTÍCULO 3.- REGISTRO DE AGRICULTORES: Toda persona natural o jurídica que se dedique al cultivo de maíz, deberá registrarse a través de su proveedor de semilla indicando el municipio, vereda, finca y predio donde realizara la siembra, incluyendo su respectiva georreferenciación.
ARTÍCULO 4.- VENTA DE SEMILLA: La fecha establecida para la venta de semilla o uso con destino a la siembra de cultivos comerciales y experimentales , por parte de los productores o comercializadores de semilla de maíz y sorgo con registro vigente ante el
con destino a la siembra de cultivos comerciales y experimentales , por parte de los productores o comercializadores de semilla de maíz y sorgo con registro vigente ante el ICA, para el semestre B de 2020 en el Departamento del Tolima será así:
Municipios del Norte del Departamento, Valle de San Juan y San Luis Del 10 de agosto al 26 de septiembre de 2020
Municipios de las Zonas Centro y Sur del Departamento Del 20 de agosto al 09 de octubre de 2020
ARTÍCULO 5.- FECHAS DE SIEMBRA: La fecha establecida para la siembra de maíz y sorgo para el semestre B de 2020, incluyendo resiembra en el Departamento del Tolima , será:
Municipios del Norte del Departamento, Valle de San Juan y San Luis Del 15 de agosto al 30 de septiembre de 2020
Municipios de las Zonas Centro y Sur del Departamento Del 25 de agosto al 12 de octubre de 2020
ARTÍCULO 6. - ENTREGA DE LA INFORMACION DE REGISTRO Y VENTA : Los productores de semilla y almacenes comercializadores de semilla de maíz y sorgo , deberán enviar al ICA seccional Tolima, dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha límite para la venta de semilla; información de registro que será diligenciada en una forma oficial entregada por el ICA.
ARTÍCULO 7. - OBLIGACIONES: Las personas a quienes se les aplica la presente Resolución, deben:
7.1. Cumplir con todas las normas sanitarias que establezca el ICA. 7.2. Implementar medidas sanitarias que contribuyan al mejoramiento del estatus sanitario
Resolución, deben:
7.1. Cumplir con todas las normas sanitarias que establezca el ICA. 7.2. Implementar medidas sanitarias que contribuyan al mejoramiento del estatus sanitario de los cultivos que atañen a la presente resolución. 7.3. Si siembran materiales modificados genéticamente deben establecer los refugios. 7.4. Solo usar productos agroquímicos registrados ante el ICA para el cultivo de maíz o sorgo y seguir las recomendaciones de la etiqueta.RESOLUCIÓN No. 071713 (16/07/2020)
“POR LA CUAL SE DETERMINAN LAS FECHAS DE REGISTRO DE AGRICULTORES, VENTA Y SIEMBRA DE SEMILLA PARA LOS CULTIVOS DE MAÍZ Y SORGO EN EL DEPARTAMENTO DEL TOLIMA EN EL SEMESTRE B – 2020” ________________________________________________________________________________ Página 4 de 4 ARTÍCULO 8.- SANCIONES: El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones establecidas en la presente resolución, será sancionado de conformidad con lo preceptuado en los artículos 156 y 157 de la ley 1955 de 2019, o aquella que la modifique, adicione o sustituya, sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que haya lugar.
ARTÍCULO 9.- VIGENCIA: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y hasta que se modifique o derogue por ot ra que establezca las fechas de la motivación para el semestre A de 2021.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Ibagué, a los 16/07/2020
ERICA ROCIO SOLANO RAMOS
Gerente Seccional Tolima
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,
Dada en Ibagué, a los 16/07/2020
ERICA ROCIO SOLANO RAMOS
Gerente Seccional Tolima
Proyectó: Oscar Fernando Cardozo Caro – Gerencia Seccional Tolima
Revisó: Oscar Fernando Cardozo Caro – Gerencia Seccional Tolima
Vo.Bo.: Carmen Alicia Rodríguez González – Gerencia Seccional Tolima