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ICA - Resolución 72118 de 2020

ICA - Instituto Colombiano Agropecuario

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Detalles

Título
ICA - Resolución 72118 de 2020
Autor
ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2020

an to) to e instituto Colombiano Agropecuario RESOLUCIÓN No. 072118 (24 de julio de 2020) “Por medio del cual se establecen las fechas límites para la venta y siembra de semillas de Arroz riego, Frijol, Maíz y Sorgo, en el departamento del Cesar, para la cosecha del segundo semestre del año 2020” EL GERENTE SECCIONAL CESAR DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO (ICA) En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 65 de la Ley 101 de 1993, el artículo 4 del Decreto 1071 de 2015, la Resolución 1676 de 2011 y el artículo 5 de la Resolución 002442 de 2013, y CONSIDERANDO: Que según lo estipulado en el artículo 2.13.1.1.2 del Decreto 1071 de 2015, corresponde al Instituto Colombiano Agropecuario ICA, el manejo de la sanidad vegetal para lo cual adoptará las acciones y disposiciones que sean necesarias para la prevención, erradicación o el manejo de enfermedades, plagas, malezas o cualquier otro organismo dañino que afecten las plantas y sus productos, actuando en permanente armonía con la protección y preservación de los recursos naturales. Que corresponde al Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), establecer las medidas para hacer efectivo el control de la sanidad animal y vegetal, la prevención de los riesgos biológicos y químicos, ejercer el control técnico de la producción y comercialización de los insumos agropecuarios y semillas para siembra, encaminadas a erradicar los problemas sanitarios que afectán las actividades agrícolas y pecuarias.

comercialización de los insumos agropecuarios y semillas para siembra, encaminadas a erradicar los problemas sanitarios que afectán las actividades agrícolas y pecuarias.

Que las especies vegetales: Arroz, Frijol, Maíz y Sorgo, representan un renglón importante dentro de la economía en el departamento del Cesar, en donde el año inmediatamente anterior en los dos semestres, se establecieron un total de 20.199, 370, 14.840 y 934 hectáreas respectivamente, las cuales deben ser reguladas por parte del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), en cuanto a la determinación del registro de los agricultores, fechas límites de venta y siembra de semillas y demás disposiciones, tendientes en minimizar los riesgos fitosanitarios que puedan afectar a estas especies vegetales.

Que la gerencia seccional Cesar, a través del grupo técnico integrados por funcionarios de la dirección técnica de sanidad vegetal y la dirección técnica de semillas en el departamento del Cesar, consideró perentorio establecer acciones encaminadas a prevenir, controlar y minimizar las plagas que puedan afectar la producción de este cultivo, en el departamento del Cesar.e Y instituto Colombiana Agropecuario RESOLUCIÓN No. 072118 (24 de julio de 2020) “Por medio del cual se establecen las fechas límites para la venta y siembra de semillas de Arroz riego, Frijol, Maíz y Sorgo, en el departamento del Cesar, para la cosecha del segundo semestre del año 2020” En virtud de lo anterior, RESUELVE: ARTÍCULO 1? OBJETO. - Establecer las fechas límites para la venta y siembra de

cosecha del segundo semestre del año 2020” En virtud de lo anterior, RESUELVE: ARTÍCULO 1? OBJETO. - Establecer las fechas límites para la venta y siembra de semillas de Arroz riego, Fríjol, Maíz y Sorgo, en el departamento del Cesar, para la cosecha del segundo semestre del año 2020. ARTÍCULO 2”.- CAMPO DE APLICACIÓN. Las normas establecidas en la presente resolución se aplican a todas las personas naturales y/o jurídicas que se dediquen a la venta y siembra de semillas de Arroz riego, Frijol, Maíz y Sorgo, en el departamento del Cesar, así como a aquellas que agremien o asocien a los agricultores. ARTÍCULO 3%. REGISTRO DE AGRICULTORES. Toda persona natural o jurídica que se dedique al cultivo objeto de esta resolución, deberá registrarse a través de su federación y/o del mecanismo que implemente Ministerio de Agricultura y desarrollo rural a través de su página web, hasta la fecha máxima de siembra que se establezca en la presente resolución, indicando: Nombre de la finca, vereda, y municipio, Hectáreas a sembrar, Número telefónico, Tipo de cultivo a establecer, Coordenadas geográficas, Nombre del Asistente Técnico del cultivo. ARTÍCULO 4%. Conforman la zona Norte del departamento del Cesar los municipios de: Valledupar, Pueblo Bello, Becerril, Codazzi, San Diego, La Paz, Manaure, Bosconia, Astrea y el Copey; la zona Centro y Sur del departamento del Cesar incluye a los municipios de: La Jagua de Ibirico, Chiriguaná, El Paso, Chimichagua, Curumaní, Pailitas, Tamalameque,

y el Copey; la zona Centro y Sur del departamento del Cesar incluye a los municipios de: La Jagua de Ibirico, Chiriguaná, El Paso, Chimichagua, Curumaní, Pailitas, Tamalameque, Pelaya, Aguachica, San Alberto, San Martín, Gonzáles, Río de Oro, La Gloria y Gamarra; para lo cual se establecen las siguientes fechas:

Arroz Riego Norte del Cesar: Venta de semillas: Desde 27 de julio, hasta'20 de septiembre de 2020

Límites de siembras: Desde julio 27 hasta septiembre 20 de 2020RESOLUCIÓN No. 072118 (24 de julio de 2020) “Por medio del cual se establecen las fechas límites para la venta y siembra de semillas de Arroz riego, Frijol, Maíz y Sorgo, en el departamento del Cesar, para la cosecha del segundo semestre del año 2020” Centro y sur del Cesar: Venta de semillas: Desde julio 27 hasta septiembre 20 de 2020

Límites de siembras: Desde julio 27 hasta septiembre 20 de 2020

Frijol Norte del Cesar: Venta de semillas: Desde julio 27 hasta octubre 20 de 2020

Límite de siembras: Desde julio 27 hasta octubre 20 de 2020

Centro y sur del Cesar: Venta de semillas: Desde julio 27 hasta septiembre 15 de 2020

Límites de siembras: Desde julio 27 hasta septiembre 20 de 2020

Maíz y Sorgo Norte del Cesar: Venta de semillas: Desde 27 de julio hasta septiembre 10 de 2020

Límite de siembras: Desde 27 de julio hasta septiembre 10 de 2020

Maíz y Sorgo Norte del Cesar: Venta de semillas: Desde 27 de julio hasta septiembre 10 de 2020

Límite de siembras: Desde 27 de julio hasta septiembre 10 de 2020

Centro y sur del Cesar: Venta de semillas: Desde 27 de julio hasta septiembre 10 de 2020

Límite de siembras: Desde 27 de julio hasta septiembre 10 de 2020

PARÁGRAFO.- Los titulares de los cultivos de arroz están en la obligación de eliminar los rebrotes o remacollamientos afectados por la enfermedad conocida como “Vaneamiento de la Espiga” y cumplir las demás normas relacionadas conforme lo estipula la resolución ICA 2705 del 22 de junio de 2011 “Por la cual se declara una emergencia sanitaria en el territorio nacional con el fin de controlar y mitigar en los cultivos de arroz la enfermedad conocida como el “Vaneamiento de la Espiga” en el cultivo de arroz”, a fin de minimizar los riesgos ocasionados por dicha enfermedad.a Doa f a de instituto Colombiano Agropecuario RESOLUCIÓN No. 072118 (24 de julio de 2020) “Por medio del cual se establecen las fechas límites para la venta y siembra de semillas de Arroz riego, Frijol, Maíz y Sorgo, en el departamento del Cesar, para la cosecha del segundo semestre del año 2020” ARTÍCULO 5%. OBLIGACIONES: Los distribuidores de semillas deberán enviar a la Oficina del ICA de su jurisdicción correspondiente, quince (15) días después de la fecha limite para la venta de semillas, la relación de las ventas efectuadas durante el tiempo fijado por esta

del ICA de su jurisdicción correspondiente, quince (15) días después de la fecha limite para la venta de semillas, la relación de las ventas efectuadas durante el tiempo fijado por esta resolución, detallando el nombre del agricultor, finca, vereda, municipio y cantidad de semilla vendida en cada variedad o hibrido. ARTÍCULO 6%. SANCIONES. - El incumplimiento a las medidas señaladas en la presente Resolución, se sancionarán de conformidad con lo establecido en los artículos 156 y 157 de la Ley 1955 de 2019. ARTÍCULO 7%. VIGENCIA.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CÚMPLASE Dada en Valledupar a los 24 días del mes de julio de 2020 o RO ORTEGA LÚis Gerente Secci Proyectó: Ernesto Alonso López SánchezDirección Técnica de sanida tal

Revisado: Darwin Duran Narváez - Dirección Técnica de Semillas

VoBo. Ligia Gutiérrez RiveroGerencia Seccional Cesar

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