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ICA - Resolución 79239 de 2020

ICA - Instituto Colombiano Agropecuario

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Detalles

Título
ICA - Resolución 79239 de 2020
Autor
ICA - Instituto Colombiano Agropecuario
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Ambiental
Año
2020

RESOLUCIÓN No.079239 ( 17/11/2020 )

“Por la cual se conforma el Comité de Gerencia del Instituto Colombiano AgropecuarioICA” ________________________________________________________________________

LA GERENTE GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIOICA

En ejercicio de sus facultades legales, especialmente las previstas en el Decreto 4765 de 2008, Acuerdo 00005 de 2010 y

CONSIDERANDO

Que el artículo 209 de la Constitución Política consagra que la función administrativa se encuentra al servicio de los intereses generales y que ésta debe desarrollarse con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad.

Que el artículo 1 2 del Decreto 4765 de 2008 establece como función de la Gerencia General del Instituto “Dirigir, coordinar, vigilar y controlar la ejecución de las funciones o programas del Institut o Colombiano Agropecuario, ICA, y del personal que lo integra”.

Que el ordinal 12 del artículo 12 Ibídem dispone que la Gerencia General del Instituto podrá “Crear y organizar mediante resolución interna y con carácter permanente o transitorio, comités y grupos internos de trabajo para atender las necesidades del servicio, teniendo en cuenta los planes, programas y proyectos definidos por el Instituto”.

Instituto podrá “Crear y organizar mediante resolución interna y con carácter permanente o transitorio, comités y grupos internos de trabajo para atender las necesidades del servicio, teniendo en cuenta los planes, programas y proyectos definidos por el Instituto”.

Que en el marco de los principios que orientan la función administrativa, se considera conveniente que el Gerente General cuente con el apoyo del equipo directivo de la entidad para que le asesore y apoye técnicamente en la toma de decisiones.

Que, en consecuencia, resulta necesario conformar el Comité de Gerencia del Instituto Colombiano Agropecuario - ICA, como una instancia de planeación estratégica, organización, coordinación y asesoría en la toma de deci siones técnicas-administrativas, integrado por los funcionarios de la alta dirección de la entidad, que contribuya al fortalecimiento del Instituto y al cumplimiento de metas, planes y programas.RESOLUCIÓN No.079239 ( 17/11/2020 )

“Por la cual se conforma el Comité de Gerencia del Instituto Colombiano AgropecuarioICA” ________________________________________________________________________

Que la conformación del Comité de Gerencia, no contraviene lo dispuesto por el modelo integrado de planeación y gestión - MIPG, pues su propósito gira en torno a la definición de prioridades y decisiones estratégicas al interior de la entidad, mientras que al Comité de l MIPG, le corresponde el desarrollo e

modelo integrado de planeación y gestión - MIPG, pues su propósito gira en torno a la definición de prioridades y decisiones estratégicas al interior de la entidad, mientras que al Comité de l MIPG, le corresponde el desarrollo e implementación de políticas de gestión y desempeño.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE

Artículo 1 º. Conformación.- Confórmese el Comité de Gerencia del Ins tituto Colombiano Agropecuario - ICA, como una instancia de coordinación para la gestión institucional, que tiene como objetivo definir las prioridades y líneas de acción estratégicas de la entidad; así como efectuar seguimiento a los compromisos que de éste se deriven para el cumplimiento de objetivos y metas institucionales.

Artículo 2º. Integrantes.- Serán integrantes del Comité de Gerencia:

 Gerente General, quien lo preside.  Asesores del despacho de la Gerencia General.  Subgerente Administrativo y Financiero.  Subgerente de Protección Vegetal.  Subgerente de Protección Animal.  Subgerente de Protección Fronteriza.  Subgerente de Regulación Sanitaria y Fitosanitaria.  Subgerente de Análisis y Diagnóstico.  Jefe Oficina Asesora de Planeación.  Jefe Oficina Asesora Jurídica.  Jefe Oficina Asesora de Comunicaciones.  Jefe Oficina de Tecnologías de la Información.

Parágrafo.- A las sesiones del Comité de Gerencia podrán asistir como invitados los Directores Técnicos, Coordinadores o Gerentes Seccionales, que,

 Jefe Oficina de Tecnologías de la Información.

Parágrafo.- A las sesiones del Comité de Gerencia podrán asistir como invitados los Directores Técnicos, Coordinadores o Gerentes Seccionales, que, por su condición jerárquica, funcional o de conocimiento técnico, deban concurrir de acuerdo con el tema a tratar. Así m ismo, podrán ser invitados de maneraRESOLUCIÓN No.079239 ( 17/11/2020 )

“Por la cual se conforma el Comité de Gerencia del Instituto Colombiano AgropecuarioICA” ________________________________________________________________________

especial los servidores públicos y/o colaboradores que para efecto del desarrollo de las sesiones se estime conveniente.

Artículo 3º. Funciones.- Las funciones del Comité son:

1. Proponer, discutir y aprobar temas estratégicos de carácter institucional.

2. Servir de espacio informativo y de comunicación entre la Gerencia y los demás integrantes del Comité.

3. Efectuar seguimiento a la ejecución presupuestal del Instituto.

4. Realizar seguimiento a los programas misionales, cuando así se requiera.

5. Determinar las directrices institucionales con el fin de cumplir los objetivos estratégicos de la entidad.

6. Concertar asuntos de direccionamiento y lineamientos de especial trascendencia para el ejercicio de las funciones misionales del Instituto.

5. Determinar las directrices institucionales con el fin de cumplir los objetivos estratégicos de la entidad.

6. Concertar asuntos de direccionamiento y lineamientos de especial trascendencia para el ejercicio de las funciones misionales del Instituto.

7. Hacer seguimiento a la gestión realizada por los directivos y jefes asesores de la Entidad , frente a las directrices asignadas y a los compromisos que se formulen en el comité de Gerencia.

8. Definir estrategias para el fortalecimiento de la planta de personal.

9. Definir estrategias de comunicación de la gestión institucional.

10. Realizar seguimiento a los requerimientos de los entes de control y a los planes de mejoramiento que se suscriban.

11. Conocer y decidir sobre los asuntos tratados en otras ins tancias de coordinación interna.

12. Emitir concepto de favorabilidad a los Informes Técnicos que determinen la conveniencia de ingresar algún servicio y/o actividad al Sistema de Autorización a Terceros - SAT, que permita la preparación del respectivo

Reglamento Específico SAT.

13. Realizar seguimiento a los procesos de contratación de acuerdo al Plan

Anual de Adquisiciones.

14. Realizar seguimiento a los procesos de contratación que se encuentran a cargo de las Gerencias Seccionales.

15. Revisar el borrador del Plan Anual de Adquisiciones de cada vigencia fiscal, previo a la aprobación del Comité de Contratación.

16. Las demás funciones que sean asignadas por la Gerencia General.

Parágrafo.- Cuando se trate de la función establecida en el ordinal 8 del presente artículo , se podrá convocar a l os representantes o directivos de las organizaciones sindicales pertenecientes al Instituto , a efectos de socializar yRESOLUCIÓN No.079239

presente artículo , se podrá convocar a l os representantes o directivos de las organizaciones sindicales pertenecientes al Instituto , a efectos de socializar yRESOLUCIÓN No.079239 ( 17/11/2020 )

“Por la cual se conforma el Comité de Gerencia del Instituto Colombiano AgropecuarioICA” ________________________________________________________________________

recibir observaciones o inquietudes, respecto de las acciones de fortalecimient o institucional que se estén adelantando.

Artículo 4º. Secretaría Técnica.- La Secretaría Técnica del Comité de Gerencia estará a cargo del despacho de la Gerencia General, de acuerdo con la designación que realice la/el Gerente, y tendrá a cargo las siguientes funciones:

1. Coordinar la programación de los Comités de Gerencia , conforme los lineamientos de la Gerencia General.

2. Elaborar las actas de cada sesión dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la realización de la respectiva sesión , las c uales deberán acompañarse de los respectivos listados de asistencia, físicos o electrónicos.

3. Coordinar el archivo y control de las Actas del Comité.

4. Realizar el seguimiento a los compromisos que se establezcan en cada

Comité de Gerencia.

5. Coordinar la recop ilación de la información o documentación del tema que se pretenda someter a consideración del Comité.

4. Realizar el seguimiento a los compromisos que se establezcan en cada

Comité de Gerencia.

5. Coordinar la recop ilación de la información o documentación del tema que se pretenda someter a consideración del Comité.

Artículo 5°. Periodicidad. - El Comité de Gerencia se reunirá de ma nera ordinaria por lo menos dos (2) ve ces al mes , en lo posible en la primera y tercera semana de cada mes y de manera extraordinaria cuantas veces sea necesario, previa convocatoria que para tal efecto realice la Gerencia General, en la que se indique fecha y hora, así como los temas a tratar.

Parágrafo.- La asistencia al Comité es obligatoria e indelegable. La inasistencia injustificada podrá ser sancionable de conformidad con el régimen disciplinario vigente.

Artículo 6º. Q uorum Deliberatorio y Decisorio. - El comité de Gerencia deliberará con un número plural de integrantes que represente por lo menos la mitad más uno de sus miembros y decidirá con un número plural de integrantes que represente por lo menos la mitad más uno de los miembros que asistan al respectivo Comité.

Parágrafo.- Las sesiones del Comité de Gerencia se realizarán , preferentemente de manera presen cial o virtual de forma especial, en la hora y lugar indicado en la respectiva citación o invitación. Los Comités de Gerencia virtuales podrán realizarse a través de cualquier medio electrónico, siempre yRESOLUCIÓN No.079239 ( 17/11/2020 )

“Por la cual se conforma el Comité de Gerencia del Instituto Colombiano AgropecuarioICA” ________________________________________________________________________

“Por la cual se conforma el Comité de Gerencia del Instituto Colombiano AgropecuarioICA” ________________________________________________________________________

cuando se garantice que los integrantes puedan deliberar y decidir por comunicación simultánea o sucesiva.

Artículo 7º. Vigencia.- La presente Resolución rige a partir de su expedición y deroga todas aquellas que le sean contrarias.

Dada en Bogotá D.C., a los diecisiete (17) días del mes de noviembre de 2020.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

DEYANIRA BARRERO LEÓN

Gerente General

Proyecto: Luis Alfonso Bocanegra. AbogadoContratista. Oficina Asesora Jurídica.

Revisó: Jose Luis Olivares SibajaAsesor Gerencia General

Aprobó: Juan Fernando Roa Ortiz. Jefe Oficina Asesora Jurídica.

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