ICBF - Guia tecnica del componente de alimentacion y nutricion para las personas con discapacidad
Detalles
- Título
- ICBF - Guia tecnica del componente de alimentacion y nutricion para las personas con discapacidad
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- —
PROCESO G7.PP 08/08/2022
PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN
GUÍA TÉCNICA DEL COMPONENTE DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Versión 2 Página 1 de 85
EN EL MARCO DE LOS PROCESOS DE ATENCIÓN DEL
ICBF GUÍA TÉCNICA DEL COMPONENTE DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL MARCO DE LOS PROCESOS DE
ATENCIÓN DEL ICBF.
DIRECCIÓN DE NUTRICIÓN
INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR CECILIA DE LA FUENTE
DE LLERAS
2022 1
PROCESO G7.PP 08/08/2022
PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN
GUÍA TÉCNICA DEL COMPONENTE DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Versión 2 Página 2 de 85
EN EL MARCO DE LOS PROCESOS DE ATENCIÓN DEL
ICBF TABLA DE CONTENIDO INTRODUCCIÓN ............................................................................................................... 3
1. OBJETIVOS ........................................................................................................... 5
2. ALCANCE .............................................................................................................. 6
3. DEFINICIONES TRANSVERSALES DEL COMPONENTE DE DISCAPACIDAD .. 6
4. ANTECEDENTES NORMATIVOS Y CONCEPTUALES DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN EN LA POBLACIÓN CON DISCAPACIDAD. .................................... 7 5 ANÁLISIS DE LOS DETERMINANTES SOCIALES DE LA SITUACIÓN NUTRICIONAL EN EL MARCO DE LA POBLACIÓN CON DISCAPACIDAD .... 15
6 FORTALECIMIENTO DE LAS CAPACIDADES SOCIALES RELACIONADAS CON
EL COMPONENTE ALIMENTARIO Y NUTRICIONAL DE LOS USUARIOS DEL
ICBF CON DISCAPACIDAD. ............................................................................... 24
7 EDUCACIÓN ALIMENTARIA Y NUTRICIONALEAN PARA LA PROMOCIÓN DE
LA ALIMENTACIÓN SALUDABLE EN PERSONAS CON DISCAPACIDAD. ..... 30
8 CONSIDERACIONES EN LA COMPLEMENTACIÓN ALIMENTARIA PARA LA PROMOCIÓN DE UNA ALIMENTACIÓN SALUDABLE EN LA POBLACIÓN CON DISCAPACIDAD .................................................................................................. 40 9 CONSIDERACIONES EN LA ALIMENTACIÓN DE LA POBLACIÓN CON DISCAPACIDAD EN EL MARCO DE LA PANDEMIA POR LA COVID -19. ....... 58 10 CONSIDERACIONES EN LA VALORACIÓN ANTROPOMÉTRICA: .................. 65 11 DOCUMENTOS DE REFERENCIA ...................................................................... 73 12 RELACIÓN DE FORMATOS ................................................................................ 84 13 CONTROL DE CAMBIOS..................................................................................... 84 2
PROCESO G7.PP 08/08/2022
PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN
GUÍA TÉCNICA DEL COMPONENTE DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Versión 2 Página 3 de 85
EN EL MARCO DE LOS PROCESOS DE ATENCIÓN DEL
ICBF INTRODUCCIÓN El modelo de atención con enfoque diferencial de derechos se define como la visión de los derechos de las personas con características particulares por su edad, género, orientación sexual y situación de discapacidad física o mental, que permite tener en cuenta sus expectativas, sus creencias, sus capacidades, sus prácticas cotidianas y sus formas de comprender el mundo y relacionarse, a la hora de requerir atención frente a sus necesidades (ICBF, 2021). Actualmente el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar-ICBF acoge este modelo en todas sus modalidades y servicios. Bajo este modelo de atención con enfoque diferencial, la Dirección de Nutrición
identifica la necesidad de actualizar la Guía técnica del componente de alimentación y nutrición para la población con discapacidad en la que se abordan lineamientos, directrices, retos, limitaciones o las restricciones de la participación de las personas con discapacidad que hacen parte de las modalidades, programas, estrategias y servicios de las áreas misionales de promoción y prevención, así como de protección del ICBF. Esta guía complementa las características generales establecidas en la Guía técnica del componente de alimentación y nutrición para los programas y proyectos misionales del ICBF (ICBF, 2020) y reconoce que el concepto de la discapacidad “evoluciona y resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás” (ONU 2006). La Guía técnica del componente de alimentación y nutrición para la población con discapacidad es una herramienta que brinda lineamientos conceptuales, normativos, metodológicos y operativos en alimentación y nutrición para la atención en las modalidades, programas, estrategias y servicios del ICBF, reconociendo la categorización de la discapacidad descrita en la Resolución 113 del 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social. De igual forma, establece una línea técnica que guía al profesional en Nutrición y Dietética del ICBF en el desarrollo de acciones de acompañamiento a la población con discapacidad y sus cuidadores, con el fin de promover la garantía del Derecho Humano a la Alimentación, prevenir el deterioro del estado nutricional y orientar las prácticas alimentarias y nutricionales en el marco de
los servicios de atención del Instituto. Además, incluye recomendaciones para las personas con discapacidad, cuidadores y sus familias en torno a las medidas de bioseguridad durante el proceso de alimentación, en el marco de la pandemia por la COVID-19 tomando en cuenta el mayor riesgo existente en este grupo poblacional (OMS, 2021) 3
PROCESO G7.PP 08/08/2022
PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN
GUÍA TÉCNICA DEL COMPONENTE DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Versión 2 Página 4 de 85
EN EL MARCO DE LOS PROCESOS DE ATENCIÓN DEL ICBF En tal sentido, la Dirección de Nutrición del ICBF presenta esta Guía a todos los profesionales Nutricionistas Dietistas que apoyan las actividades que se realizan al interior del ICBF que atienden personas con discapacidad, así como en otras modalidades que no son exclusivas para esta población pero que, en aras de la inclusión y la participación, cuentan con niñas, niños, adolescentes, jóvenes y adultos con discapacidad. Esto con el fin de incorporar a los procesos que brinda el ICBF, las actividades descritas en el presente documento. En esta Guía se encontrarán los componentes relacionados con las actividades que realiza el profesional de nutrición en el marco de promover la garantía progresiva del Derecho Humano a la Alimentación, así como la promoción de una alimentación saludable en la población con discapacidad. Se hace énfasis en los determinantes sociales de la situación nutricional y el fortalecimiento de las capacidades sociales del componente alimentario y nutricional que involucran acciones más concretas
relacionadas con el proceso alimentario como: a. educación alimentaria y nutricional para la promoción de una alimentación saludable, b. las consideraciones para el suministro de la alimentación, c. aquellas a tener en cuenta en el marco de la pandemia por la COVID-19 y d. la valoración antropométrica. En cada uno de estos componentes, se incluye un recuadro con conceptos y terminología clave para comprender la información que está allí descrita. De igual manera al inicio del documento, se encontrará un apartado con definiciones transversales que hacen parte de la temática de discapacidad. Las orientaciones técnicas consignadas en este documento buscan apoyar la formulación o el seguimiento de la implementación de los lineamientos y manuales operativos definidos por las áreas misionales del ICBF, así mismo, tiene como fin fortalecer la operación mediante la ejecución de las actividades que promueven la garantía del Derecho Humano a la Alimentación realizadas en las regionales y centros zonales del ICBF, entidades administradoras del servicio y unidades de servicio. Estas actividades no son consideradas atenciones en salud o atenciones terapéuticas en salud, no remplazan las acciones de promoción, prevención, atención o rehabilitación que deben realizar las instituciones prestadoras de salud o aseguradoras Entidades Administradoras de Planes de Beneficios EAPB. Lo descrito en la presente Guía se circunscribe a las competencias del ICBF, según lo refiere la Ley 75 de 1968, Ley 7 de 1979 y Decreto Reglamentario No. 2388 de 1979, y Decreto No. 4156 de 2011. 4
PROCESO G7.PP 08/08/2022
PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN
GUÍA TÉCNICA DEL COMPONENTE DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Versión 2 Página 5 de 85
EN EL MARCO DE LOS PROCESOS DE ATENCIÓN DEL ICBF Es de resaltar que esta Guía será objeto de una revisión periódica que generará nuevas actualizaciones y se complementará según las demandas técnicas solicitadas por parte de los profesionales en Nutrición y Dietética del ICBF y de la evolución de evidencia científica disponible que permita mejorar la prestación de los servicios según las competencias institucionales.
1. OBJETIVOS Objetivo general Brindar orientaciones técnicas en alimentación y nutrición a las y los profesionales en Nutrición y Dietética que realizan asistencia técnica, atención o supervisión a las modalidades, programas, estrategias y servicios de las direcciones misionales de promoción, prevención y protección del ICBF que tienen usuarios con discapacidad.
Objetivos específicos ● Generar orientaciones que fortalezcan la autonomía y participación de los usuarios con discapacidad y sus familias en los modalidades, programas, estrategias y servicios de atención del ICBF para la garantía progresiva del Derecho Humano a la Alimentación. ● Promover la alimentación saludable de los usuarios con discapacidad en los modalidades, programas, estrategias y servicios de atención del ICBF considerando los ajustes requeridos. ● Generar recomendaciones en alimentación y nutrición según las competencias del ICBF que permitan mejorar o mantener un adecuado estado nutricional de la población con discapacidad durante la atención en sus modalidades, programas, estrategias y servicios. ● Suministrar herramientas técnicas de apoyo para la valoración antropométrica
de los usuarios con discapacidad que permitan generar las alertas oportunas en la prestación del servicio de cada uno de las modalidades, programas, estrategias y servicios del ICBF. 5
PROCESO G7.PP 08/08/2022
PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN
GUÍA TÉCNICA DEL COMPONENTE DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Versión 2 Página 6 de 85
EN EL MARCO DE LOS PROCESOS DE ATENCIÓN DEL
ICBF
2. ALCANCE La presente Guía va dirigida a profesionales en Nutrición y Dietética que realizan asistencia técnica, atención o supervisión a las modalidades, programas, estrategias y servicios de las direcciones misionales de promoción y prevención y de la Dirección de protección del ICBF, donde se atienden usuarios con discapacidad. Aplica para Sede Nacional, Regional o zonal)
3. DEFINICIONES TRANSVERSALES DEL COMPONENTE DE DISCAPACIDAD ✓ Acción sin daño: Aquel que parte de la premisa de que ninguna intervención externa, realizada por diferentes actores está exenta de hacer daño (no intencionado a través de sus acciones). Su incorporación implica la reflexión por parte de los y las profesionales de sus acciones sobre aspectos como la atención, la recuperación y el relacionamiento con las personas que acuden a los servicios que se prestan, las cuales tienen implicaciones éticas, políticas y relaciones de poder con las que se logra además de prestar una ayuda o servicio, reconstruyen la autonomía y la capacidad de toma de decisiones. “Este enfoque se incorpora dentro de los procesos de seguimiento y monitoreo de las acciones, en aras de establecer cómo éstas han incidido en las personas,
familias y comunidades frente a aspectos como la identidad y el tejido social”1. ✓ Ajuste razonable: son las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas que no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se requieran en un caso particular, para garantizar a las personas con discapacidad, el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con los demás, de todos los derechos humanos y libertades fundamentales. (Política Pública Nacional de Discapacidad e Inclusión Social 2013 – 2022, MSPS). ✓ Barreras: Cualquier tipo de obstáculo que impida el ejercicio efectivo de los derechos de las personas con algún tipo de discapacidad. Estas pueden ser: 1
Disponible en: https://comisiondelaverdad.co/transparencia/informacion-de-interes/glosario/enfoque-de-accion-sin-dano. [Consultado en 9 de marzo de 2021]
6
PROCESO G7.PP 08/08/2022
PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN
GUÍA TÉCNICA DEL COMPONENTE DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Versión 2 Página 7 de 85
EN EL MARCO DE LOS PROCESOS DE ATENCIÓN DEL ICBF - Actitudinales: Aquellas conductas, palabras, frases, sentimientos, preconcepciones, estigmas, que impiden u obstaculizan el acceso en condiciones de igualdad de las personas con y/o en situación de discapacidad a los espacios, objetos, servicios y en general a las posibilidades que ofrece la sociedad. - Comunicativas: Aquellos obstáculos que impiden o dificultan el acceso a la información, a la consulta, al conocimiento y en general, el desarrollo
en condiciones de igualdad del proceso comunicativo de las personas con discapacidad a través de cualquier medio o modo de comunicación, incluidas las dificultades en la interacción comunicativa de las personas. - Físicas: Aquellos obstáculos materiales, tangibles o construidos que impiden o dificultan el acceso y el uso de espacios, objetos y servicios de carácter público y privado, en condiciones de igualdad por parte de las personas con discapacidad (Ley Estatutaria 1618 de 2013). ✓ Inclusión social: Es un proceso que asegura que todas las personas tengan las mismas oportunidades, y la posibilidad real y efectiva de acceder, participar, relacionarse y disfrutar de un bien, servicio o ambiente, junto con los demás ciudadanos, sin ninguna limitación o restricción por motivo de discapacidad, mediante acciones concretas que ayuden a mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad. (Ley Estatutaria 1618 de 2013).
4. ANTECEDENTES NORMATIVOS Y CONCEPTUALES DE ALIMENTACIÓN Y
NUTRICIÓN EN LA POBLACIÓN CON DISCAPACIDAD.
En el marco de una comprensión amplia del Derecho Humano a la Alimentación – DHA con enfoque particular a personas con discapacidad, se presentan a continuación, los principales desarrollos normativos a nivel internacional y nacional relacionados con el objeto de la presente Guía. 4.1. Normatividad internacional El Estado colombiano acoge los siguientes instrumentos jurisprudenciales asociados con personas con discapacidad para el goce efectivo de acciones que promuevan atenciones diferenciales enmarcadas dentro del Derecho humano a la Alimentación: 7
PROCESO G7.PP 08/08/2022
PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN
GUÍA TÉCNICA DEL COMPONENTE DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Versión 2 Página 8 de 85
EN EL MARCO DE LOS PROCESOS DE ATENCIÓN DEL
ICBF Tabla 1. Normatividad internacional para la protección, de derechos de personas con discapacidad Nombre de la Norma Objeto Declaración Universal de Art. 25: “toda persona tiene derecho a un nivel de vida Derechos Humanos de adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el 1948 bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios...". Además, como parte de dichos derechos y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. (ONU, 1948 p. 7) Declaración de los Principio 4: Los Estados Parte deben promover acciones Derechos del Niño de 1959 encaminadas a que todos los niños tengan derecho " a crecer y a desarrollarse en buena salud, así como a disfrutar de alimentación, vivienda, recreo y servicios médicos adecuados"
(ONU, 1959, p. 3).
Pacto Internacional de Art. 16 “Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al derechos Civiles y Políticos reconocimiento de su personalidad jurídica” (OHCHR - UN, de 1966 1966) Pacto Internacional de Art. 11: Adopción de medidas inmediatas y urgentes para Derechos Económicos, garantizar "el derecho fundamental de toda persona a estar Sociales y Culturales de protegida contra el hambre" y la malnutrición”, (OACNUDH, 1966 1966, p. 5)
Programa de acción “Estrategia global para mejorar la prevención de la Mundial para las personas discapacidad, la rehabilitación y la igualdad de oportunidades, con discapacidad de 1982 que busca la plena participación de las personas con discapacidad en la vida social y el desarrollo nacional” (Asamblea General ONU, 1982) todo ello desde una perspectiva de derechos humanos. Convención de los Art. 24, literal c: “combatir las enfermedades y la malnutrición derechos del Niño de 1989 en el marco de la atención primaria de la salud mediante, entre otras cosas, la aplicación de la tecnología disponible y el suministro de alimentos nutritivos adecuados y agua potable salubre, teniendo en cuenta los peligros y riesgos de contaminación del medio ambiente” (ONU, 1989, p. 11) Convención Interamericana Cuyo objetivo busca “la prevención y eliminación de todas las para la Eliminación de formas de discriminación contra las personas con todas formas de discapacidad y propiciar su plena integración en la sociedad” discriminación contra las (OEA, 2000) personas con discapacidad de 2000 8
PROCESO G7.PP 08/08/2022
PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN
GUÍA TÉCNICA DEL COMPONENTE DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Versión 2 Página 9 de 85
EN EL MARCO DE LOS PROCESOS DE ATENCIÓN DEL ICBF Declaración de Panamá de La Discapacidad un asunto de Derechos Humanos: El 2000 Derecho a la equiparación de oportunidades y el respeto a la diversidad (Cumbre Iberoamericana, 2000)
Declaración de Caracas de Los Estados miembros se comprometen a aunar esfuerzos 2001 para crear y actualizar el ordenamiento jurídico a favor de las personas con discapacidad Convención sobre los Art. 7 medidas que el Estado garantice para el goce de “todos Derechos de las Personas sus derechos humanos y libertades fundamentales en con Discapacidad de 2006 igualdad de condiciones con los demás niños y niñas” así como de promover la protección del interés superior del niño en todas las actividades en las que participen niños y niñas con discapacidad. (Asamblea General ONU, 2006, p. 8) Objetivos de Desarrollo Objetivo 10. Reducción de las desigualdades: Reducir la Sostenible de 2016 desigualdad en y entre los países. Objetivo 10.2: De aquí a 2030, potenciar y promover la inclusión social, económica y política de todas las personas, independientemente de su edad, sexo, discapacidad, raza, etnia, origen, religión o situación económica u otra condición. Declaración de Cartagena Sobre las Políticas Integrales para las Personas con de 2022 Discapacidad en el área iberoamericana.
Fuente: Elaboración propia, Dirección de Nutrición, ICBF 2021 4.2. Normatividad nacional Dentro del bloque de constitucionalidad, el Estado colombiano viene adoptando e implementando diferentes desarrollos jurisprudenciales para promover, respetar y garantizar los derechos de personas con discapacidad (OHCHR, 2009), dentro de los
cuales se exponen a continuación los siguientes: Tabla 2.
Normatividad nacional para la protección, de derechos de personas con discapacidad Nombre de la Norma Objeto Constitución Política de Art 13: “El Estado promoverá las condiciones para que la Colombia de 1991 igualdad sea real y efectiva y adoptará medidas en favor de grupos discriminados o marginados. El Estado protegerá especialmente a aquellas personas que, por su condición económica, física o mental, se encuentren en circunstancia de debilidad manifiesta y sancionará los abusos o maltratos que contra ellas se cometan” (Congreso de la República de Colombia, 1991). 9
PROCESO G7.PP 08/08/2022
PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN
GUÍA TÉCNICA DEL COMPONENTE DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Versión 2 Página 10 de 85
EN EL MARCO DE LOS PROCESOS DE ATENCIÓN DEL ICBF Art. 44: Derecho a la alimentación equilibrada como un derecho fundamental de todas las poblaciones. (Congreso de la República, 1991) Art 47: “El Estado adelantará una política de previsión, rehabilitación e integración social para los disminuidos físicos, sensoriales y psíquicos, a quienes se prestará la atención especializada que requieran” (Congreso de la República de Colombia, 1991). Ley 361 de 1997 Reconoce “la dignidad que le es propia a las personas con limitación en sus derechos fundamentales, económicos, sociales y culturales para su completa realización personal y su total integración social y a las personas con limitaciones severas y profundas, la asistencia y protección necesarias”. (Congreso
de Colombia, 1997) Política Nacional de Definición de acciones para el mejoramiento de la situación Seguridad Alimentaria y alimentaria y nutricional de la población colombiana (DNPNutricional – PSAN 2008ICBF, 2007, p.1). Que tiene como objetivo: “Garantizar que toda Conpes 113 de 2008 la población colombiana disponga, acceda y consuma alimentos de manera permanente y oportuna, en suficiente cantidad, variedad, calidad e inocuidad” (DNP - ICBF, 2007 p. 29) Ley 1346 de 2009 Por medio de la cual se aprueba la "Convención sobre los Derechos de las personas con Discapacidad", adoptada por la Asamblea General de la Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006 (Congreso de la República, 2009). Ley 1438 de 2011 Art. 66 Reforma el Sistema General de Seguridad Social en Salud, estipula que las acciones de salud deben incluir la garantía a la salud de las personas con discapacidad, mediante una atención integral y una implementación de una política nacional de salud con un enfoque diferencial. Ley Estatutaria 1618 de Se establecen las disposiciones para garantizar el pleno 2013 ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad Política Pública Nacional Objetivo: “el goce pleno, y en condiciones de igualdad, de todos de Discapacidad e los derechos humanos y libertades fundamentales de las inclusión social 2013 - personas con discapacidad, a través del fortalecimiento de la 2022 implementación de esta Política” (DNP, 2013, p. 31) Conpes Social No. 166 de Definió los lineamientos de política y el financiamiento de las
2013 acciones a cargo de las diferentes entidades del orden 10
PROCESO G7.PP 08/08/2022
PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN
GUÍA TÉCNICA DEL COMPONENTE DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Versión 2 Página 11 de 85
EN EL MARCO DE LOS PROCESOS DE ATENCIÓN DEL ICBF nacional involucradas en la Política Pública Nacional de Discapacidad e Inclusión Social. Resolución 113 de 2020 Se dictan disposiciones en relación con la certificación de discapacidad y el Registro de Localización y Caracterización de Personas con Discapacidad (MSPS, 2020). Las categorías de discapacidad establecidas en el presente documento se mencionan en la Tabla 3 del presente documento.
Fuente: Elaboración propia, Dirección de Nutrición, ICBF 2021.
Para el presente documento, la Resolución 113 de 2020 es muy importante ya que a partir de esta se establecen las acciones a realizar para cada una de las categorías de la discapacidad, establecidas en esta Resolución, en el marco de las actividades que realizan los profesionales Nutricionistas Dietistas para atender a la población con discapacidad y así lograr una alimentación saludable. En la tabla 3. se presentan las categorías de la discapacidad según lo establecido en el documento mencionado. Es importante mencionar que estas no son mutuamente excluyentes: Tabla 3. Definición de las categorías de la discapacidad establecidas en la Resolución 113 de 2020 del Ministerio de Salud y Protección Social Categorías de la Definición discapacidad Discapacidad En esta categoría se encuentran las personas que presentan en
física: forma permanente deficiencias corporales funcionales a nivel músculo esquelético, neurológico, tegumentario de origen congénito o adquirido, pérdida o ausencia de alguna parte de su cuerpo, o presencia de desórdenes del movimiento corporal. Se refiere a aquellas personas que podrían presentar en el desarrollo de sus actividades cotidianas, diferentes grados de dificultad funcional para el movimiento corporal y su relación en Jos diversos entornos al caminar, desplazarse, cambiar o mantener posiciones del cuerpo, llevar, manipular o transportar objetos y realizar actividades de cuidado personal, o del hogar, interactuar con otros sujetos, entre otras (Ministerio de la Protección Social & ACNUR,2011). Para aumentar el grado de independencia, las personas con alteraciones en su movilidad requieren, en algunos casos, de la ayuda de otras personas, al igual que de productos de apoyo como 11
PROCESO G7.PP 08/08/2022
PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN
GUÍA TÉCNICA DEL COMPONENTE DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Versión 2 Página 12 de 85
EN EL MARCO DE LOS PROCESOS DE ATENCIÓN DEL ICBF prótesis (piernas o brazos artificiales), órtesis, sillas de ruedas, bastones, caminadores o muletas, entre otros. De igual forma, para su participación en actividades personales, educativas, formativas, laborales y productivas, deportivas, culturales y sociales pueden requerir espacios físicos y transporte accesible. Discapacidad En esta categoría se encuentran personas que presentan en forma
auditiva: permanente deficiencias en las funciones sensoriales relacionadas con la percepción de los sonidos y la discriminación de su localización, tono, volumen y calidad; como consecuencia, presentan diferentes grados de dificultad en la recepción y producción de mensajes verbales y, por tanto, para la comunicación oral. Se incluye en esta categoría a las personas sordas y a las personas con hipoacusia esto es, aquellas que debido a una deficiencia en la capacidad auditiva presentan dificultades en la discriminación de sonidos, palabras, frases, conversación e incluso sonidos con mayor intensidad que la voz conversacional, según el grado de pérdida auditiva (Ministerio de la Protección Social & ACNUR, 2011). Para aumentar su grado de independencia estas personas pueden requerir de fa ayuda de intérpretes de lengua de señas, productos de apoyo como audífonos, implantes cocleares o sistemas FM, entre otros. De igual forma, para garantizar su participación, requieren contextos accesibles, así como estrategias comunicativas entre las que se encuentran los mensajes de texto y las sef1ales visuales de información, orientación y prevención de situaciones de riesgo. Discapacidad En esta categoría se incluye a aquellas personas que presentan visual: deficiencias para percibir la luz, forma, tamaño o color de los objetos. Se incluye a las personas ciegas y a las personas con baja visión, es decir, quienes, a pesar de usar gafas o lentes de contacto, o haberse practicado cirugía, tienen dificultades para distinguir formas, colores, rostros, objetos en la calle, ver en la noche, ver de lejos o de cerca, independientemente de que sea por uno o ambos ojos
(Ministerio de la Protección Social & ACNUR, 2011). Estas personas presentan diferentes grados de dificultad en la ejecución de actividades de cuidado personal, del hogar o del trabajo, entre otras. Para una mayor independencia y autonomía, estas personas pueden requerir productos de apoyo como bastones de orientación, lentes o lupas, textos en braille, macro tipo (texto ampliado), programas lectores de pantalla, programas magnificadores o información auditiva, entre otros. Para su participación requieren contextos accesibles en los que se cuente con señales informativas, orientadoras y de prevención de situaciones de riesgo, con colores 12
PROCESO G7.PP 08/08/2022
PROMOCIÓN Y PREVENCIÓN
GUÍA TÉCNICA DEL COMPONENTE DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD Versión 2 Página 13 de 85
EN EL MARCO DE LOS PROCESOS DE ATENCIÓN DEL ICBF de contraste, pisos con diferentes texturas y mensajes, en braille o sonoros, entre otros.
Sordoceguera: La sordoceguera es una discapacidad única que resulta de la combinación de una deficiencia visual y una deficiencia auditiva, que genera en las personas que la presentan problemas de comunicación, orientación, movilidad y el acceso a la información.
Algunas personas sordociegas son sordas y ciegas totales, mientras que otras conservan restos auditivos y/o restos visuales. Las personas sordociegas requieren de servicios especializados de gura interpretación para su desarrollo e inclusión social. Discapacidad Se refiere a aquellas personas que presentan deficiencias en las intelectual: capacidades mentales generales, como el razonamiento, la
resolución de problemas, la planificación, el pensamiento abstracto, el juicio, el aprendizaje académico y el aprendizaje de la experiencia. Estos producen deficiencias del funcionamiento adaptativo, de tal manera que el individuo no alcanza los estándares de independencia personal y de responsabilidad social en uno o más aspectos de la vida cotidiana, incluidos la comunicación, la participación social, el funcionamiento académico u ocupacional y la independencia personal en la casa o en la comunidad (American Psychiatric Association, 2014). Para lograr una mayor independencia funcional y participación social, estas personas requieren de apoyos especializados terapéuticos y pedagógicos, entre otros. Es necesaria la adecuación de programas educativos o formativos adaptados a sus posibilidades y necesidades, al igual que el desarrollo de estrategias que faciliten el aprendizaje de tareas y actividades de la vida diaria, como auto cuidado, interacción con el entorno y de desempeño de roles dentro de la sociedad. Los apoyos personales son indispensables para su protección y como facilitadores en su aprendizaje y participación social. Discapacidad Resulta de la interacción entre las personas con deficiencias psicosocial (alteraciones en el pensamiento, percepciones, emociones, (mental): sentimientos, comportamientos y relaciones, considerados como signos y síntomas aten
Estás viendo una vista previa
Lee el documento completo con Ariel
Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.