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ICBF - a25.p43.gth auto que decreta pruebas v2

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Detalles

Título
ICBF - a25.p43.gth auto que decreta pruebas v2
Autor
ICBF
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Familia
Año

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Secretaria General Oficina Control Interno Disciplinario - Instrucción AUTO QUE DECRETA PRUEBAS DE OFICIO DENTRO DE UNA INDAGACIÓN PREVIA – INVESTIGACIÓN DISCIPLINARIA (Según Corresponda) 1 SLeíndeea d ger laat uDitirae nccaicóino nGael nICerBaFl Avenida carrer0a1 6880 0N0o .9715 8a0 –8 050 Local 3014

PBX: /601) 4377630 - Bogotá - Colombia

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Secretaria General Oficina Control Interno Disciplinario - Instrucción “Toda decisión interlocutoria y el fallo disciplinario deben fundarse en pruebas legalmente producidas y aportadas al proceso por petición de cualquier sujeto procesal o en forma oficiosa. La carga de la prueba corresponde al Estado.” Además promueven la aplicación de preciados valores constitucionales como la dignidad humana, el derecho de defensa, la contradicción, etc., así las cosas, considera quien aquí provee que, el investigado argumentó con suficiencia la conducencia, pertinencia y utilidad de las pruebas que requiere para defender sus posturas y contrarrestar las presuntas irregularidades a que hizo referencia el informe de servidor público, lo que, en efecto permitirán a este funcionario proferir una decisión fondo, bien sea un pliego de cargos o un archivo definitivo. Así las cosas y con el fin de esclarecer los hechos objeto de investigación, de la revisión del

expediente se advierte la necesidad procesal de decretar pruebas dentro del presente actuación, al evidenciarse que (motivar y justificar la conducencia, pertinencia y utilidad del medio de prueba con la advertencia que se practicará de acuerdo con las reglas previstas en el código General Disciplinario, con observancia de las garantías legales – debido proceso, derecho de contradicción y defensa). Por esta razón resulta ordenar el decreto de pruebas. Así mismo, se ordena XXXXXXXXXXX

XXXXXXXXX

2 Por consiguiente, este Despacho, RESUELVE PRIMERO: DECRETAR de oficio la práctica de las siguientes pruebas acorde con lo motivado: DOCUMENTAL (a continuación se indicara el medio probatorio a practicar – confesión, documental, inspección, peritaje) 1) Oficiar al _________________, para que ( informe o allegue copias de ) __________dentro de los 10 días siguientes al recibo de esta solicitud, para que obre como prueba dentro de la presente actuación. 2) Consúltese y descárguese _____________, incluyéndose los anexos, para que obre como prueba, _________ (cuantas sea necesarias y atienda al tema de prueba) Teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 21 de la ley 1437 de 2011, sustituido por el artículo 1° de la ley 1755 de 2015, deberá advertirse, a las dependencias requeridas, que en caso de no poseer la información y/o documentación solicitada, debe remitir el requerimiento al funcionario competente, hecho que deberá informar a este despacho, indicando fecha y número de asunto o radicado con el cual hizo el direccionamiento Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No.75 a – 50 Local 3014 Línea gratuita nacional ICBF

PBX: /601) 4377630 - Bogotá - Colombia 01 8000 91 8080

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Secretaria General Oficina Control Interno Disciplinario - Instrucción SEGUNDO: Notificar esta decisión al investigado ______________ conforme lo dispuesto en el artículo 122 (o) 123 de la Ley 1952 de 2019 (el que corresponda), contra la presente decisión no procede recurso alguno, por tratarse de un decreto de pruebas oficioso. NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, XXXXXXX Jefe de la Oficina de Control Interno Disciplinario ICBF – Instrucción Proyectó. Revisó. (no olvide cambiar la marca de agua a RESERVADO) 3 Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No.75 a – 50 Local 3014 Línea gratuita nacional ICBF PBX: /601) 4377630 - Bogotá - Colombia 01 8000 91 8080

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