ICBF - a48.p43.gth testimonio v2
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Detalles
- Título
- ICBF - a48.p43.gth testimonio v2
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- —
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Secretaria General Oficina Control Interno Disciplinario - Instrucción TESTIMONIO DEL (LA) SEÑOR (A), IDENTIFICADO (A) CON LA CÉDULA DE CIUDADANÍA
NÚMERO (...) DENTRO DE LA (INDAGACIÓN PRELIMINAR o INVESTIGACIÓN
DISCIPLINARIA) EXPEDIENTE RADICADO No. (xxx).
En la ciudad de (xxx), siendo las (hora en que se inicia la diligencia) del (día mes año), concurrió a la (nombre de la dependencia), debidamente citada(o) (citar el medio de envió de la citación), el señor (la señora) (nombre del testigo), con el fin de rendir diligencia de testimonio dentro de la (IP o ID) Expediente No. (Radicación del expediente) que se adelanta en (averiguación de responsables o en contra de xxx, señalar cargo desempeñado para la época de los hechos). En tal virtud el suscrito funcionario (titular o comisionado) procedió a explicar al compareciente el deber que le asiste de rendir testimonio, según lo previsto en el artículo 164 del Código General Disciplinario, que señala: ARTÍCULO 164. Deber de rendir testimonio. Toda persona está en la obligación de rendir bajo juramento el testimonio que se le solicita en la actuación Procesal, salvo las excepciones constitucionales y legales. Los menores de edad (…) podrán rendir testimonio, diligencia que solo podrá ser recibida ante el Defensor o Comisario de Familia en su despacho, o a través de audio y video cuando las circunstancias así
lo determinen. El menor absolverá el cuestionario enviado para el caso por la autoridad disciplinaria. El disciplinado o su defensor podrán formular preguntas que no sean contrarias al interés del declarante. Enterándolo igualmente sobre las excepciones constitucionales y legales que lo eximen de cumplir dicho deber, referidas en el Artículo 33 de la Constitución Política de Colombia, que prevé: “Artículo 33. Nadie podrá ser obligado a declarar contra sí mismo o contra su cónyuge, compañero permanente o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, o primero civil”, y en los Artículos 166 y 167 del Código General Disciplinario, que señalan: ARTÍCULO 166. Excepción al deber de declarar. El servidor público informara a quien vaya a rendir testimonio sobre las garantías consagradas por el artículo 33 de la Constitución Nacional. ARTÍCULO 167. Excepciones por oficio o profesión. No están obligados a declarar sobre aquello que se les ha confiado o ha llegado a su conocimiento por razón de su ministerio, profesión u oficio: 1. Los ministros de cualquier culto admitido legalmente. 2. Los abogados. 3. Cualquier otra persona que por disposición legal pueda o deba 1 guardar secreto. A continuación, se hace la amonestación consagrada en el Artículo 168 de la misma normatividad, a través de la cual se entera al citado sobre la importancia moral y legal del acto, dándole a conocer además las sanciones establecidas contra los que declaren falsamente, contempladas en el Artículo 442 del Código Penal, en los siguientes términos: “Artículo 442. Falso testimonio. El que en actuación judicial o administrativa, bajo la gravedad
del juramento ante autoridad competente, falte a la verdad o la calle total o parcialmente, incurrirá en prisión de seis (6) a doce (12) años”. Cumplido lo anterior se toma el juramento de rigor, por el cual el compareciente juró decir la verdad en la declaración que va a rendir; a continuación, manifestó que no le asiste ninguna clase de impedimento y que es su voluntad rendir esta declaración. En este estado de la diligencia se hace presente (dejar constancia en caso de que el investigado o sujeto procesal o su Apoderado se hace presente) a efectos de ejercer su derecho de contradicción y de defensa. (o no se encuentra presente pese a habérsele comunicado la práctica de la diligencia mediante oficio o correo XXXX). El Despacho procede a formular al declarante el interrogatorio siguiente: PREGUNTADO. Sírvase decir sus nombres y apellidos completos, documento de identificación, edad, lugar y fecha de nacimiento, residencia, estado civil, estudios cursados, profesión, ocupación u oficio. CONTESTÓ. Mi nombre completo es (xxx), con cédula de ciudadanía número (xxx), edad (xxx) años, nací en (xxx), el (día mes año), resido en (dirección de domicilio), teléfono fijo (XXXX), celular No. (XXXX), de estado civil (xxx), estudios cursados (xxx), profesión (xxx), y me desempeño actualmente como (XXXX).- PREGUNTADO. Sírvase decir si conoce a los (nombre de los implicados), en caso cierto desde hace cuánto y qué relación o parentesco tiene con ellos. CONTESTÓ. (xxx). PREGUNTADO. (El Despacho hace las preguntas objeto de la prueba). CONTESTÓ. (xxx). En este estado de las diligencias el Despacho no hace más
preguntas y le concede el uso de la palabra al (nombre del sujeto procesal o Apoderado que se haya hecho presente), quien manifiesta su intención de interrogar. PREGUNTADO. (xxx). CONTESTÓ. (xxx). PREGUNTADO POR EL DESPACHO. Sírvase informar al Despacho si desea agregar, corregir o enmendar algo a la presente diligencia. CONTESTÓ. (xxx). No más. No siendo otro el objeto de la presente diligencia, se termina y firma por los que en ella intervinieron, una vez leída y aprobada el acta, siendo las (hora en que se termina la SLeíndeea d ger laat uDitirae nccaicóino nGael nICerBaFl Avenida carrer0a1 6880 0N0o .9715 8a0 –8 050 Local 3014
PBX: /601) 4377630 - Bogotá - Colombia
Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia De la Fuente de Lleras Secretaria General Oficina Control Interno Disciplinario - Instrucción diligencia). (Dejar constancia de los documentos que en desarrollo de la presente diligencia aportó el Testigo, describiéndolos y refiriendo el número de folios, al igual que el número de folios de la declaración). El declarante, El Implicado, __________________________________ _________________________________ Nombre Nombre
C.C.N. C.C.N.
Cargo Cargo El Apoderado del Implicado, El Abogado comisionado, (si asistió) __________________________________ _________________________________ Nombre Nombre C.C.N. Cargo T.P.N. Secretario Ad Hoc, _________________________________ 2 Nombre Cargo Este formato aplica si la diligencia se hace de forma presencial, evento en el cual se consigna de manera
textual las manifestaciones del declarante, si la diligencia se adelanta a través de una herramienta tecnológica, el testimonio se conservará en medio magnético CD el cual se incorporará al expediente haciendo parte integral del mismo y se hará un acta en la que conste fecha de la realización y quienes intervinieron en la diligencia, esto como medio de control.) Sede de la Dirección General Avenida carrera 68 No.75 a – 50 Local 3014 Línea gratuita nacional ICBF PBX: /601) 4377630 - Bogotá - Colombia 01 8000 91 8080