ICBF - Acuerdo 16 de 1998
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Detalles
- Título
- ICBF - Acuerdo 16 de 1998
- Autor
- ICBF
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Familia
- Año
- 1998
ACUERDO 16 DE 1998
Julio 24 <Fuente: Archivo interno entidad emisora> INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR <NOTA DE VIGENCIA: Decreto 1428 de 1998 derogado por el artículo 6 del Decreto 2206 de 1999> “Por el cual se establece la Planta de Personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar” Resumen de Notas de Vigencia NOTAS DE VIGENCIA: - Decreto derogado por el artículo 6 del Decreto 2206 de 1999, publicado en el Diario Oficial No 43.784, de 16 de noviembre de 1999, 'Por el cual se modifica la planta de personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar' - Mediante el Decreto 1428 de 1998, publicado en el Diario Oficial No. 43.351 de 31 de julio de 1998 , 'se aprueba el Acuerdo número 016 del 24 de julio de 1998, por el cual se establece la planta de personal del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar' LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO COLOMBIANO DE BIENESTAR FAMILIAR en uso de sus facultades legales y estatutarias y en especial las conferidas por el literal j) del artículo 19 del Acuerdo 00102 de 1.979, aprobado por Decreto 334 de 1.980
ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO. - Las funciones propias del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en sus diferentes dependencias, se cumplirán con la Planta de Personal que a continuación se establece:
DESPACHO DEL DIRECTOR GENERAL
No. de Cargos Denominación del Cargo Código Grado 1 (Uno) Director General de Entidad Descentralizada 0015 25 4 (Cuatro) Asesor 1020 16 1 (Uno) Asesor 1020 10 2 (Dos) Secretario Ejecutivo 5040 24 2 (Dos) Profesional Especializado 3010 20 3 (Tres) Profesional Especializado 3010 18
PLANTA GLOBAL
No. de Cargos Denominación del Cargo Código Grado 2 (Dos) Secretario General de Entidad Descentralizada 0037 23 8 (Ocho) Subdirector General de Entidad Descentralizada 0040 20 4 (Cuatro) Asesor 1020 10 5 (Cinco) Asesor 1020 07 4 (Cuatro) Jefe de Oficina 2045 28 5 (Cinco) Director Regional 2035 27 20 (Veinte) Director Regional 2035 26 8 (Ocho) Director Seccional 2095 20 20 (Veinte) Jefe de División 2040 265 (Cinco) Jefe de División 2040 23 14 (Catorce) Jefe de División 2040 21 60 (Sesenta) Jefe de División 2040 20 3 (tres) Profesional Especializado 3010 20 14 (Catorce) Profesional Especializado 3010 18 247 (Doscientos Cuarenta y Siete) Profesional Especializado 3010 17 102 (Ciento Dos) Profesional Especializado 3010 16
149 (Ciento Cuarenta y Nueve) Profesional Especializado 3010 14 241 (Doscientos Cuarenta y Uno) Profesional Universitario 3020 12 399 (Trescientos Noventa y Nueve) Profesional Universitario 3020 10 639 (Seiscientos Treinta y Nueve)) Profesional Universitario 3020 09 259 (Doscientos Cincuenta y Nueve) Profesional Universitario 3020 08 15 (Quince) Profesional Universitario 3020 06 46 (Cuarenta y Seis) Defensor de Familiar 3125 20 223 (Doscientos Veintitrés) Defensor de Familiar 3125 18 138 (Ciento Treinta y Ocho) Defensor de Familiar 3125 16 95 (Noventa y Cinco) Defensor de Familiar 3125 14 36 (Treinta y Seis) Defensor de Familiar 3125 12 5 (Cinco) Técnico Administrativo 4065 18 48 (Cuarenta y ocho) Técnico Administrativo 4065 17 9 (Nueve) Técnico Administrativo 4065 16 61 (Sesenta y Uno) Técnico Administrativo 4065 15 28 (Veintiocho) Técnico Administrativo 4065 14 83 (Ochenta y Tres) Técnico Administrativo 4065 13 24 (Veinticuatro) Técnico Administrativo 4065 12 145 (Ciento Cuarenta y Cinco) Técnico Administrativo 4065 11 192 (Ciento Noventa y Dos)
Técnico Administrativo 4065 10 299 (Doscientos Noventa y Nueve) Técnico Administrativo 4065 09 70 (Setenta) Técnico Administrativo 4065 08 4 (Cuatro) Técnico Operativo 4080 13 1 (Uno) Técnico Operativo 4080 11 4 (Cuatro) Secretario Ejecutivo 5040 24 3 (Tres) Secretario Ejecutivo 5040 22 8 (Ocho) Secretario Ejecutivo 5040 20 3 (Tres) Secretario Ejecutivo 5040 18 48 (Cuarenta y Ocho) Secretario Ejecutivo 5040 17 3 (Tres) Secretario Ejecutivo 5040 15 3 (Tres) Auxiliar Administrativo 5120 23 2 (Dos) Auxiliar Administrativo 5120 20 14 (Catorce) Auxiliar Administrativo 5120 16 71 (Setenta y Uno) Auxiliar Administrativo 5120 15 27 (Veintisiete) Auxiliar Administrativo 5120 14 107 (Ciento Siete) Auxiliar Administrativo 5120 13 77 (Setenta y Siete) Auxiliar Administrativo 5120 12 71 (Setenta y uno) Auxiliar Administrativo 5120 11 37 (Treinta y Siete) Auxiliar Administrativo 5120 09 120 (Ciento Veinte) Secretario 5140 14165 (Ciento Sesenta y Cinco) Secretario 5140 12 47 (Cuarenta y Siete) Secretario 5140 10 6 (Seis) Operario Calificado 5300 15 27 (Veintisiete)
Operario Calificado 5300 09 7 (Siete) Operario Calificado 5300 07 35 (Treinta y Cinco) Conductor Mecánico 5310 15 97 (Noventa y Siete) Conductor Mecánico 5310 13 34 (Treinta y Cuatro) Conductor Mecánico 5310 11 7 (Siete) Conductor Mecánico 5310 09 65 (Sesenta y Cinco) Celador 5320 09 13 (Trece) Celador 5320 06 5 (Cinco) Auxiliar de Servicios Generales 5335 15 21 (Veintiuno) Auxiliar de Servicios Generales 5335 11 243 (Doscientos Cuarenta y Tres) Auxiliar de Servicios Generales 5335 09 50 (Cincuenta) Auxiliar de Servicios Generales 5335 07 PARÁGRAFO. - El Director General, mediante Resolución, distribuirá los empleos de la Planta Global y ubicará el personal de conformidad con la estructura interna, la naturaleza de las funciones, los planes, programas y las necesidades del servicio. ARTÍCULO SEGUNDO. La incorporación de los empleados a la nueva junta de personal, se hará conforme a lo previsto en las disposiciones legales vigentes sobre la materia. Dichas incorporaciones deben realizarse dentro de los treinta (30) días, contados a partir de la fecha de publicación del Decreto que aprueba el presente Acuerdo. ARTÍCULO TERCERO. - El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de la publicación del Decreto del Gobierno Nacional que lo apruebe y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial los Acuerdos 016 del 17 de
agosto de 1.995 y 014 del 9 de julio de 1.998.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en de Bogotá, a los 24 JUL. 1998
PRESIDENTE DE LA JUNTA DIRECTIVA
SECRETARIO DE LA JUNTA DIRECTIVA
Disposiciones analizadas por Avance Jurídico Casa Editorial Ltda. Derecho del Bienestar Familiar
ISBN 978-958-98873-3-2
Última actualización: 31 de diciembre de 2023 - (Diario Oficial No. 52.604 - 9 de diciembre de 2023)